INSTRUCCIÓN de 12 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, sobre

Documentos relacionados
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS CURSO

Consejería de Educación RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2005, de la Dirección. Pág. 66 JUEVES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2005 B.O.C.M. Núm.

Comunidad de Madrid. 1. Justificación

Proyectos de Formación en Centros. Curso 2015/2016

CONVOCATORIA PARA FACILITAR EL USO DE MATERIALES DE APOYO PARA LA ENSEÑANZA Y EL APRENDIZAJE DE LAS MATEMÁTICAS EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

b) Desarrollo de las competencias comunicativas y lingüísticas (bilingüismo y dimensión internacional de los centros educativos).

La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar planes de formación permanente del profesorado para su desarrollo en el curso

ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1996 SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS (B.O.E. DEL 29).

Jornada de COORDINADORES DE FORMACIÓN CALIDAD E INNOVACIÓN DE CENTRO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

PROGRAMA DE FORMACIÓN MAESTROS EN EL AULA

Proyectos de Formación en Centros. Curso 2016/2017

La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar planes de formación permanente del profesorado para su desarrollo en el curso

CONVOCATORIA PROVINCIAL

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE FORMACIÓN EN EL CENTRO

1. EL CENTRO 2. OBJETIVOS

Líneas prioritarias. b) Fomento y mejora de la convivencia escolar.

Líneas prioritarias. b) Fomento y mejora de la convivencia escolar. c) Formación en competencias comunicativas y lingüísticas en lenguas extranjeras.

Folio 1/12 ANEXO. 1. Objeto y finalidad.

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

ANEXO I DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA INFANCIA. En consonancia con los objetivos que se plantea la Consejería de Educación, Universidades y

Decreto 5/2001, de 18 de enero, por el que se crean los Centros de Formación Ambiental para el Profesorado de la Comunidad de Madrid ( 1 )

SEMINARIOS, GRUPOS DE TRABAJO, PROYECTOS DE FOR. EN CENTROS:

CONVOCATORIA SELECCIÓN PLANES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES E INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA

INSTRUCCIÓN. Primero.- Incorporación de alumnos al programa de diversificación curricular.

adquieren el compromiso necesario para hacer posible el desarrollo del programa y su ampliación.

RESUELVO. Primero. Objeto y finalidad.

específicos y diferenciados, no siendo posible diseñar una optativa con contenidos de ambas materias.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTRO

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

CONVOCATORIA PROVINCIAL DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO: GRUPOS

I. Comunidad Autónoma

CONSEJERíA DE EDUCACiÓN, CULTURA y UNIVERSIDADES

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. Autonomía pedagógica de los centros

CONVOCATORIA Planes de

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES E INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

I. Comunidad Autónoma

PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL

GOBIERNO DE EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

BACHILLERATO DE EXCELENCIA. Implantación y regulación: Orden EDU 551/2012 de 9 de julio

Periodicidad de reuniones y planificación del contenido de las mismas.

JUNTA DE EXTREMADURA. Consejería de Educación. Dirección General de Política Educativa

Consejería de Educación y Cultura

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Región de Murcia CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

I. Comunidad Autónoma

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

PLAN DE TRABAJO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

Primera. Participación. Segunda. Líneas de actuación

ANEXO I. Primera. Objeto, ámbito y perfil de los centros a los que se dirige la presente convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

B.O.C. y L. - N.º 62 Miércoles, 1 de abril

ANEXO II INSTRUCCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADA DE SEXTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN EL CURSO

Centro de Formación del profesorado en idiomas

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Apartado k) El plan de formación del profesorado. Su aprobación corresponde al Claustro de profesorado.

EMPRENDEDURISMO, REDES EDUCATIVAS Y USO DE LAS TIC EMPRETIC. Para alcanzar este objetivo, EMPRETIC se propone realizar las siguientes actividades:

Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

INSTRUCCIÓN. PRIMERA: Objeto y ámbito de aplicación.

EL PLAN DE ORIENTACIÓN DE CENTRO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

ANEXO VI PLAN DE LECTURA

INSTRUCCIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. Dzwc6uEuwEbSZkhmo/9iow==

GOBIERNO DE EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Dirección General de Educación Infantil y Primaria CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. Comunidad de Madrid

Tecnología e Innovación en el Contexto Educativo del Alumnado TECNICEA

CARACTERÍSTICAS DE PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS, SEMINARIOS Y GRUPOS DE TRABAJO.

Anexo III: Modelo de Convenio de colaboración entre la empresa y el centro educativo

CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PLANES PERSONALES DE FORMACIÓN PERMANENTE DE EQUIPOS DE PROFESORES, CURSO 2014/2015

CONVOCATORIA PARA FACILITAR EL USO DE MATERIALES DE APOYO PARA LA ENSEÑANZA Y EL APRENDIZAJE DE LAS MATEMÁTICAS EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

I. Comunidad Autónoma

CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN PERMANENTE DE EQUIPOS DE PROFESORES CURSO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

IES SANTA MARÍA DE GUÍA

Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, y el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, RESUELVO

CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN PERMANENTE DE EQUIPOS DE PROFESORES. CURSO

CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN PERMANENTE DE EQUIPOS DE PROFESORES CURSO 2015/2016

INSTRUCCIONES. b) Establecer los cauces de coordinación entre los distintos profesionales que intervienen en la atención de los alumnos enfermos.

ANEXO I PROTOCOLOS E INSTRUMENTOS DE TRABAJO SOLICITUD DE EXPERIENCIA DE CALIDAD:

I. Comunidad Autónoma

Transcripción:

INSTRUCCIÓN de 12 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, sobre las condiciones y el procedimiento que deben seguir los centros públicos en los que se imparten enseñanzas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Castilla y León para la implantación y el desarrollo del programa educativo Aprender con el periódico a partir del curso escolar 2007-2008. La Instrucción de 25 de junio de 2002, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, estableció las bases para la implantación y el desarrollo del Programa educativo Aprender con el periódico en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria e Institutos de Educación Secundaria seleccionados desde el curso escolar 2002-2003. Transcurridos cinco años desde la implantación del programa resulta oportuno revisar e incluir algunos aspectos del mismo que afectan a la planificación y organización de los centros participantes y que, por tanto, requieren una actualización de aquella Instrucción. Por todo ello, la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, en el ejercicio de sus competencias, ha considerado conveniente dictar la siguiente INSTRUCCIÓN Primera.- Objeto y ámbito de aplicación. La presente Instrucción establece las condiciones y el procedimiento que deben seguir los centros públicos en los que se imparten enseñanzas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Castilla y León para la implantación y el desarrollo del programa educativo Aprender con el periódico a partir del curso escolar 2007-2008. 1

Segunda.- Condiciones de participación en el programa. Para la participación en el programa será preciso el cumplimiento de tres requisitos previos: la solicitud por escrito dirigida al Director Provincial de Educación, la elaboración de un proyecto adecuado a los intereses y necesidades de los alumnos, y la aprobación del mismo por el Consejo Escolar, oído el Claustro de Profesores. Las Direcciones Provinciales de Educación seleccionarán los centros que participarán en el programa entre aquéllos que lo hayan solicitado, en el número que establezca la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa. Por tratarse de un programa abierto a un número limitado de centros, y para dar opción a que ese número sea el mayor posible, la participación en el programa se limita a dos años. Una vez transcurridos los cuales, y para que la baja en el programa no suponga una ruptura con el mismo y los centros puedan seguir realizando actividades con la prensa en el aula, éstos percibirán una dotación especial únicamente para recibir suscripciones de los diarios regionales y locales editados en su provincia, al menos, durante dos años más. Tercera.- Objetivos del programa educativo. Los objetivos que se pretenden conseguir con la realización de este programa son: - Promover el hábito de la lectura de periódicos entre el alumnado, así como la idea de que leyendo periódicos también se aprende. - Fomentar en el alumnado el interés por conocer mejor la actualidad de su entorno más cercano y el mundo que le rodea, así como su estado de cosas, señalando las peculiaridades específicas del periódico en relación con otros medios de comunicación. 2

- Generalizar el uso del periódico como un recurso didáctico que proporciona un contexto de actualidad a la tarea educativa, aportando pautas para enseñar a aprender con y a partir del periódico. - Acercar la figura del periodista al ámbito educativo y, más concretamente, a las aulas, analizando su función social y las dificultades y retos de su trabajo. - Mejorar la capacidad de comprensión de los mensajes del lenguaje periodístico, analizando la función de los diferentes recursos utilizados en los mismos. - Desarrollar en el alumnado la capacidad crítica con respecto a los mensajes de los medios de comunicación, para que aprenda a contrastar las informaciones y opiniones vertidas en los mismos. - Capacitar al profesorado y al alumnado para la producción de periódicos en diferentes soportes (papel, digital...). Cuarta.- Financiación del programa. La Consejería de Educación financiará los gastos necesarios para el desarrollo de este programa educativo en los centros docentes que participan en el mismo a través de un suplemento de las dotaciones económicas en el apartado de gastos de funcionamiento de los centros. Quinta.- Proyecto de centro. Durante el mes de septiembre el equipo directivo del centro elaborará el proyecto, que se integrará en el plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora y que incluirá los siguientes apartados: a) Justificación del mismo, incluyendo las experiencias previas del uso de la prensa en el centro. b) Objetivos específicos que pretende el centro al participar en el programa. 3

c) Etapas educativas a las que va dirigido, especificando los cursos y alumnos implicados. d) Áreas y materias educativas y relación nominal del profesorado implicado en la implantación del programa. e) Recursos materiales disponibles en el centro para implantar este programa. f) Actividades a realizar con los periódicos por áreas y su temporalización. g) Propuesta de intervenciones de los profesionales de la prensa escrita en el aula y su temporalización. h) Plan de seguimiento y evaluación del proyecto. i) Profesor responsable de la coordinación del programa, designado por el equipo directivo del centro. Sexta.- Responsable del programa en el centro. El responsable del programa en el centro educativo será un profesor del mismo y tendrá las siguientes funciones: - Dirigir la elaboración del proyecto. - Convocar y conducir las reuniones de seguimiento y evaluación que se establezcan en el proyecto. - Difundir las actividades de formación que se propongan desde la Consejería de Educación, Dirección Provincial o CFIE entre el profesorado del centro y participar en dichas actividades de formación. - Coordinar cualquier actuación relativa al programa con el Asesor Técnico Docente responsable del mismo en la Dirección Provincial de Educación. - Elaborar los informes del desarrollo y evaluación del programa en el centro, según los modelos que se facilitarán desde la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa. - Coordinar la elaboración de una memoria en la que se recojan todos los aspectos importantes relacionados con el desarrollo del programa 4

(organización interna, actividades realizadas, materiales generados, conclusiones, etc.) que se entregaría al finalizar el curso escolar junto con el informe final del programa en la fecha que la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa establezca a tal efecto. La memoria se elaborará preferiblemente en formato digital (con un tamaño máximo de 4 megas) para favorecer su divulgación en el Portal de Educación. El profesor designado dedicará dos horas complementarias semanales a las funciones propias de la coordinación del programa, que serán tenidas en cuenta por el Área de Inspección Educativa de cara a la confección de su horario individual, siempre y cuando las disponibilidades horarias del conjunto de la plantilla del centro lo permitan. Séptima.- Recursos materiales para el programa. Los centros educativos destinarán las aportaciones económicas recibidas para el desarrollo del programa a sufragar los gastos originados por: - La suscripción diaria a los periódicos de carácter provincial o regional. - Las intervenciones de profesionales de la prensa escrita en el aula. - La adquisición de un número determinado de ejemplares de periódicos en fechas convenidas. - Material fungible, suscripciones a otros diarios o revistas, y cualquier otro recurso que se considere necesario para el desarrollo del programa. La Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa establecerá el número máximo de cada uno de estos recursos materiales con los que podrá contar el centro. Los centros educativos, una vez conocidos los recursos materiales asignados, y de acuerdo con lo establecido en su proyecto, deberán solicitar al 5

coordinador provincial los ejemplares de los periódicos y/o la intervención de los profesionales de la prensa escrita con una antelación mínima de quince días a la fecha de realización de la actividad prevista. Asimismo, los centros educativos recibirán de la Consejería de Educación material de apoyo para el profesorado. Octava.- Formación del profesorado. Las Direcciones Provinciales de Educación organizarán actividades de formación para los profesores implicados en el programa de los centros participantes y, en especial, para el profesorado de los centros que se incorporan al programa por primera vez, preferiblemente a comienzos de cada curso escolar. La experiencia y la labor realizada por el profesorado de los centros que han participado a lo largo de estos últimos cinco años puede servir de gran ayuda a la hora de planificar estas actividades de formación, sobre todo en lo que se refiere a ponentes, contenidos, experiencias de aula, etc. La Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por su parte, podrá organizar congresos, cursos, jornadas, encuentros, etc. si así lo estima necesario. Novena.- Coordinador Provincial. El Director Provincial de Educación nombrará, a propuesta del Jefe del Área de Programas Educativos, un asesor técnico docente que será el encargado de coordinar la puesta en marcha y desarrollo del programa en los centros de la provincia. Las funciones que desarrollará serán las siguientes: - Asesorar a los centros educativos en la elaboración del proyecto del programa, siguiendo las pautas establecidas por la Dirección General de 6

Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, así como en cualquier otra cuestión relacionada con el programa. - Coordinar las actuaciones de los centros educativos en relación con los periódicos (petición de diarios para fechas concretas, presencia de los periodistas en el aula, visitas de los alumnos a las sedes de los periódicos...). - Contactar con el responsable de cada periódico para gestionar las peticiones cursadas por los centros. - Difundir las actividades de formación que se propongan desde la Consejería de Educación, Dirección Provincial o CFIE en los centros participantes en el programa. - Establecer un plan de seguimiento y evaluación de los programas de los centros. - Realizar, en colaboración con el inspector de Educación correspondiente, el seguimiento y evaluación del programa en cada centro. Décima.- Seguimiento. El coordinador provincial, junto con el inspector de Educación de cada centro, conforme al plan de seguimiento y evaluación establecido, realizará al menos dos informes a lo largo del curso. El primer informe será realizado al final del mes de enero y el segundo en el mes de junio. Dichos informes se dirigirán al Director Provincial de Educación que remitirá copia a la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa. El Director Provincial de Educación, una vez iniciado el programa Aprender con el periódico y a la vista de los informes realizados por el coordinador provincial y el inspector de Educación, procederá a la corrección, reajuste o suspensión del programa en aquellos centros que hubieran incumplido las condiciones establecidas en esta Instrucción, poniéndolo, asimismo, en conocimiento de esta Dirección General. 7

Undécima.- Premios. En el marco del Plan de Fomento de la Lectura en centros educativos de Castilla y León HOY LIBRO!, la Consejería de Educación premiará a los centros que mejor desarrollen el programa Aprender con el periódico, lo cual se establecerá en las convocatorias que a tal efecto se publiquen. Valladolid, a 12 de septiembre de 2007 EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN EDUCATIVA Fdo.: Emilio Gutiérrez Fernández 8