GUARDA RURAL CURSO DE GUARDA RURAL



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GUARDA RURAL "CESSA, Escuela de Seguridad Privada, es un Centro de Formación Homologado por la Secretaría de Estado de Seguridad y por la Dirección General de la Guardia Civil con fecha 21 de enero de 2005" CURSO DE GUARDA RURAL Por resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, publicada en el BOE núm. 212, de fecha 3 de septiembre de 2012, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades, la formación de los Guardas Rurales será la que a continuación se detalla según el Anexo I: FORMACIÓN Área Jurídica o Derecho Constitucional. o Derecho Civil. o Derecho Penal. o Derecho Procesal Penal. o Derecho Administrativo Especial. Área Socio Profesional o Deontología profesional. o Relaciones con las FCS. o Régimen Jurídico. o Primeros Auxilios. Área Técnico Profesional o Medios de protección y prevención. o Identificación. o Recogida y protección de pruebas. o Topografía. o Incendios forestales. Área Instrumental o Aparatos técnicos de comunicación. o Manejo y conservación del arma. o Técnicas de empleo de la defensa. 1

Área de Prácticas o Armamento y tiro. o Defensa personal. o Detención y cacheos. o Confección de planos y croquis. o Denuncias. o Primeros Auxilios. o Educación Física. EXAMEN Para los Guardas Particulares del Campo: quienes hayan sido convocados a examen para obtener la habilitación como Guardas Particulares del Campo, realizarán dos pruebas o ejercicios de carácter eliminatorio: a) Primera prueba. (De conocimientos teórico prácticos). Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de sesenta preguntas ajustadas al programa que figura en el punto 1.1 del anexo 1 «Temas comunes para todas las modalidades de Guardas Particulares del Campo» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar. b) Segunda prueba. (De aptitud física). Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el punto 2 del anexo 1 «Contenidos de las pruebas de preparación física para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades, debiéndose superar las marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de alguna o alguno de ellos supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto». 2

Sexo y edad De 18 a 25 años 50 metros 8,5 9 Flexiones Balón medicinal 3 veces 4,5 metros Salto vertical en centímetros 40 35 1.000 metros 4'30" 5'00" De 26 a 32 años 9 9,5 2 veces 4 metros 38 33 4'45" 5'15" De 33 a 39 años 9,5 10 1 vez 3,75 metros 36 31 5'00" 5'30" De 40 a 50 años 10,5 11 4,25 metros 3,25 metros 32 27 5'30" 6'00" De 51 en adelante 11 11,5 4 metros 3 metros 30 25 5'45" 6'15" Para su realización los aspirantes vendrán provistos de atuendo deportivo y deberán entregar al Tribunal, antes de la realización de los ejercicios físicos, Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los 15 días anteriores, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas, tal como se describe en el apéndice III. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos, supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo. Está exento de realizar esta prueba el aspirante a Guarda Particular del Campo que se encuentre habilitado como Vigilante de Seguridad y lo refleje en su instancia de solicitud. 3

CURSO DE GUARDA DE CAZA Por resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, publicada en el BOE núm. 212, de fecha 3 de septiembre de 2012, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades, la formación de los Guardas de Caza será la que a continuación se detalla según el Anexo I: FORMACIÓN Área Jurídica o Ley y Reglamento de Caza. o Ley y Reglamento de la Pesca Fluvial. Área Técnico Profesional o Caza menor. Caza mayor. o Modalidades de caza. o Armas de caza. o Los predadores. o Especies cinegéticas. o Federaciones y asociaciones de caza. Área de Prácticas o Prácticas de campo y finca natural o fluvial. o Confección de denuncias. EXAMEN Los aspirantes a Guardas Particulares del Campo en la especialidad de Guardas de Caza deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas ajustadas al programa que figura en el punto 1.2 del anexo 1 «Temas exclusivos para la especialidad de Guardas de Caza» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar. Los que se presenten en la misma convocatoria a las pruebas para Guardas Particulares del Campo y a las de alguna o algunas de sus especialidades, realizarán todas para las que hayan solicitado y hayan sido convocados, debiendo superar las de Guarda Particular del Campo para que les sean calificadas las de las especialidades. 4

CURSO DE GUARDAPESCA MARÍTIMO Por resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, publicada en el BOE núm. 212, de fecha 3 de septiembre de 2012, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades, la formación de los Guardapesca Marítimos será la que a continuación se detalla según el Anexo I: FORMACIÓN Área Jurídica o Pesca marítima de recreo. o Ley de costas. Área Técnico Profesional o Especies piscícolas. o Hábitat de las especies piscícolas. o Enfermedades. o Modalidades de pesca. o Federaciones y asociaciones de pesca. o Pesca marítima: artes y métodos de pesca. o La acuicultura marítima. o Reservas marinas. Área de Prácticas o Prácticas en medio marítimo u otro espacio acuícola. EXAMEN Los aspirantes a Guardas Particulares del Campo en la especialidad de Guardapescas Marítimos realizarán dos pruebas o ejercicios de carácter eliminatorio: a) Primera prueba. (De conocimientos teórico prácticos): Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de veinte preguntas ajustadas al programa que figura en el punto 1.3 del anexo 1 «Temas exclusivos a la especialidad Guardapescas Marítimos» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar. b) Segunda prueba. (De aptitud física): Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el punto 3 del anexo 1 «Pruebas de preparación física para los aspirantes a la especialidad de Guardapescas Marítimo» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades, debiéndose superar las 5

marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto». Sexo y edad De 18 a 25 años De 26 a 32 años De 33 a 39 años De 40 a 50 años De 51 en adelante Natación 50 metros Tiempo en segundos 90 95 95 100 100 105 105 110 110 115 Para su realización los aspirantes vendrán provistos de atuendo bañador y gorro de baño y deberán entregar al Tribunal, antes de la realización del ejercicio físico, Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los 15 días anteriores, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar la referida prueba, tal como se describe en el apéndice III. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos, supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo. Los que se presenten en la misma convocatoria a las pruebas para Guardas Particulares del Campo y a las de alguna o algunas de sus especialidades, realizarán todas para las que hayan solicitado y hayan sido convocados, debiendo superar las de Guarda Particular del Campo para que les sean calificadas las de las especialidades. 6