- Tipo de interés: Euribor trimestral + Diferencial. Sin redondeo. Diferencial máximo del 2,80%.



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Transcripción:

PLIEGOS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN DE PRESTAMO A LARGO PLAZO PARA CANCELAR EL PRESTAMO DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES EN EL IMPORTE MAXIMO DE 1.298.508,19 EUROS 1.- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto del presente contrato la concertación de una operación de préstamo por importe máximo de 1.298.508,19 euros con objeto de cancelar totalmente el préstamo suscrito a raíz del plan de pago a proveedores, todo ello de conformidad con el artículo 3 referido a la cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que como excepción a lo dispuesto en la disposición final trigésimo primera de la Ley 17/2012, de 27 de Diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, permite durante 2014 concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelar parcial o totalmente la deuda pendiente con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. 2.- CONDICIONES FINANCIERAS. Las condiciones financieras de la operación básicamente son las siguientes: - Importe máximo: 1.298.508,19 euros. En todo caso, el importe por el que se formalizará la operación será por el importe vivo del préstamo del plan de pagos a la fecha de formalización prevista si éste fuese inferior al señalado. - Tipo de interés: Euribor trimestral + Diferencial. Sin redondeo. Diferencial máximo del 2,80%. - T.A.E.: 3% - Periodo de carencia: NO. - Periodo de amortización: 8 años. Coincidente con la duración que resta del préstamo a cancelar ( hasta el 29 de mayo de 2022). - Sistema de amortización: trimestral comprensivas de amortización e intereses. Las cuotas de amortización serán constantes, con vencimiento al final de cada trimestre natural.

- La operación se concertara con la flexibilidad necesaria para poder efectuar cancelaciones anticipadas y así si la situación económica del Ayuntamiento lo permite poder dar cumplimiento al artículo 32 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera - Sin comisiones. No se admitirán comisiones de apertura, estudio, amortización anticipada, amortizaciones parciales ni en general comisiones o gastos de cualquier otro tipo. - Garantía: Sin garantía PIE. 3.- CRITERIOS DE ADJUDICACION. La adjudicación a favor de cualquiera de las entidades bancarias participante vendrá determinada por el diferencial más favorable al Ayuntamiento. 4.- OTRAS CONDICIONES. La formalización del contrato quedará condicionada a la obtención por el Ayuntamiento de la correspondiente autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de conformidad con lo señalado en el artículo 3.2 del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Por tanto, la oferta presentada mantendrá la vigencia necesaria hasta la obtención de dicha autorización para poder formalizar el préstamo con dichas condiciones ofertadas. En el supuesto de que el Ayuntamiento no recibiera la oportuna autorización, ni la entidad adjudicataria ni el resto de licitadores tendrán derecho alguno a la percepción de indemnizaciones económicas en concepto de gastos de estudio de la operación o cualquier otro. 5.- DISPOSICION DE FONDOS. Formalizada la operación, el ingreso del préstamo se realizara en una cuenta específica abierta al efecto, que no supondrá gasto alguno para el Ayuntamiento, y desde donde se procederá por el Ayuntamiento a realizar la oportuna transferencia para cancelar en la cuantía del préstamo recibido el préstamo formalizado en su día dentro del Plan de Pago a Proveedores con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

6.- COMUNICACIÓN DE LOS TIPOS DE INTERES Y VENCIMIENTOS. La entidad prestamista, a la formalización de la operación aportará el cuadro de amortización del préstamo. La entidad prestamista comunicara las modificaciones que se produzcan en el tipo de interés en el plazo de quince días naturales siguientes al del comienzo del devengo del mismo. Asimismo, se comunicará con una antelación mínima de diez días los vencimientos de interés y amortización que se produzcan, así como sus importes. 7.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION. El Ayuntamiento remitirá invitación para participar a las entidades bancarias con oficina en Benaguasil y aquellas otras que se considere conveniente. Las ofertas se presentaran en sobre cerrado en el Registro del Ayuntamiento antes de las catorce horas del día 5 de septiembre de 2014. Durante el plazo de presentación, los licitadores podrán examinar el expediente en el Departamento de Intervención del Ayuntamiento. Dentro del plazo señalado, los licitadores presentaran en sobre cerrado la proposición económica según modelo adjunto ( anexo I) a las presentes normas y un proyecto de contrato de préstamo. El proyecto de préstamo deberá acomodarse a lo establecido en las presentes normas, entendiéndose como no puesto lo que no se adecue a las mismas. Deberá aportarse igualmente un estudio comparativo, entre los intereses del préstamo de conformidad con la oferta presentada, y los intereses que pagaría el Ayuntamiento sabiendo que éste se acogió a las medidas previstas en la Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, concretamente a la modalidad de reducción máxima del tipo de interés manteniendo los iniciales periodos de amortización, todo ello con objeto de verificar el ahorro financiero anual que se producirá como consecuencia de la suscripción de la nueva operación de endeudamiento. La mesa de contratación será presidida por el Alcalde o persona en quien delegue. Formarán parte de la misma como vocales dos concejales delegados y el Secretario,

el Interventor y el Tesorero municipales. El Secretario de la Corporación ejercerá la secretaria de la mesa salvo que delegue en otro funcionario. La mesa de contratación, una vez constituida, examinara y calificara los documentos aportados. Se emitirá informe valorando las propuestas presentadas por la intervención municipal. Con posterioridad se formulara propuesta de adjudicación. Esta propuesta y el informe podrán ser simultáneos cuando de las ofertas presentadas se deduzca claramente la más ventajosa. De no aceptarse en Pleno la propuesta de la Mesa de contratación, deberá motivarse la adjudicación. Aprobada la adjudicación por Pleno, y una vez obtenida la correspondiente autorización por el Ministerio de Economía y Hacienda, la operación se formalizara en el correspondiente contrato. En el momento de la firma del contrato, el/los representantes de la entidad adjudicataria deberá/n presentar, a efectos de comprobar su capacidad jurídica, original y fotocopia de la siguiente documentación: - DNI - Poder notarial a favor del firmante/s de la operación. Este poder deberá ser bastanteado por el Secretario de la Corporación. - Certificación de estar inscritos en el Registros de Entidades de Crédito del Banco de España. Tanto la entidad prestamista como el Ayuntamiento aceptan que el contrato se formalice con la intervención del Secretario Municipal a los solos efectos de que dicho funcionario compruebe cuantas cuestiones considere necesario en relación con los documentos que figuren en el expediente administrativo y sin que tal intervención equivalga al otorgamiento de fe pública mercantil con relación al contrato suscrito.

No obstante lo anterior, en caso de ser necesario o solicitarse por la entidad su formalización en documento público, los gastos de otorgamiento serán por cuenta del que interese dicha formalización. 8.- NORMATIVA APLICABLE. De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4.1.l) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Publico, en relación con el artículo 53.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el contrato que se suscriba se regulara por las normas especiales que le sean de aplicación, careciendo dicho contrato de carácter administrativo.

ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA PARA CONCERTAR UNA OPERACIÓN DE PRESTAMO A LARGO PLAZO POR IMPORTE MAXIMO DE 1.298.508,19 EUROS TENIENDO COMO FIN LA AMORTIZACION DEL PRESTAMO FORMALIZADO CON EL FONDO PARA LA FINANCIACION DE LOS PAGOS A PROVEEDORES DON CON DNI Y DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES EN Nº CP LOCALIDAD PROVINCIA DE TELEFONO FAX, ACTUANDO EN REPRESENTACION DE CON CIF HACE CONSTAR QUE, Recibida invitación del Ayuntamiento de Benaguasil por el que se solicita oferta para concertar una operación de préstamo a largo plazo por importe máximo de 1.298.508,19 euros, con el fin de cancelar parte del préstamo suscrito en su día por el Ayuntamiento dentro del Plan de Pagos a Proveedores, declaro con intención de obligar a la entidad representada, que: 1. Ni el firmante ni la Entidad representada están incursos en ninguna de las prohibiciones ni incapacidades para contratar con las Administraciones Publicas. 2. Que acepta expresamente las normas reguladoras para la concertación de una operación de préstamo a largo plazo por importe máximo de 1.298.508,19 euros aprobadas por el Ayuntamiento de Benaguasil. En todo caso, el importe por el que se formalizara la operación será por el importe vivo del préstamo del plan de pagos a la fecha de formalización prevista si éste fuese inferior. 3. El plazo de amortización será coincidente con la duración que resta del préstamo a cancelar ( hasta el 29 de mayo de 2022). 4. Que el firmante posee poder bastante para la presentación y concertación del préstamo, comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa de tal circunstancia, señalada en la norma 7ª de las normas reguladoras, en el momento de formalizar el contrato, en el caso de resultar adjudicatario. 5. Que el diferencial que se oferta por esta entidad, aplicable sobre el EURIBOR trimestral, es de sin redondeo. 6. La T.A.E de la operación es. Lugar, fecha y forma del Representante/s de la Entidad licitadora. PEDRO PABLO PERIS GARCIA Fecha firma: 28/07/2014 AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL ANA MARIA ALVAREZ ALOY Fecha firma: 28/07/2014 AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL