Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 1 PLAN DE EXPLOTACIÓN A CINCO AÑOS PARA LA AYUDA DE AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN ZONA DE PENDIENTE PRONUNCIADA (PDR 2007/2013) DNI/ CIF APELLIDOS Y NOMBRE /RAZÓN SOCIAL: DIRECCIÓN: MUNICIPIO: PROVINCIA: TELÉFONO LOCALIDAD: CÓDIGO POSTAL: CORREO ELECTRÓNICO: 1.- SUPERFICIE EXPLOTACIÓN Indicar la superficie solicitada de la explotación que figura a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía: ha. 2.- LOCALIZACIÓN EXPLOTACIÓN Describir lo más claramente posible la localización o localizaciones de las parcelas de su explotación. 3.- DESCRIPCIÓN ORIENTACIÓN PRODUCTIVA Describir de forma abreviada la orientación u orientaciones productivas de la explotación:
Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 2 4.- DESCRIPCIÓN DE LAS SUPERFICIES SUJETAS A COMPROMISOS EN AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN PENDIENTE Indicar a continuación los recintos de la explotación con pendiente SIGPAC igual o mayor al 8% por los que solicita ayuda, que deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias, especificando cultivo, y tipo de compromiso al que se acoge. Nº Referencias SIGPAC Ayuda solicitada Provincia Término Agregado Zona Polígono Parcela Recinto Superficie Cultivo Superficie Tipo de Municipal recinto (ha) (ha) 1 Compromiso 2 (1) La superficie declarada debe coincidir con la solicitada en la Solicitud Única. (2) Tipo de compromiso: - Cubierta espontánea y eliminada con herbicida - Cubierta espontánea y eliminada con medios mecánicos - Cubierta sembrada y eliminada con herbicida - Cubierta sembrada y eliminada con medios mecánicos
Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 3 5.- RESUMEN AYUDA SOLICITADA POR CULTIVO Detallar la superficie solicitada por cultivos, distinguiendo el tipo de compromiso solicitado. CULTIVO OLIVAR ALMENDRO NOGAL CASTAÑO CEREZO HIGUERA TIPO DE COMPROMISO 3 SUPERFICIE SOLICITADA Superficie solicitada (3) Tipo de compromiso: - Cubierta espontánea y eliminada con herbicida - Cubierta espontánea y eliminada con medios mecánicos - Cubierta sembrada y eliminada con herbicida - Cubierta sembrada y eliminada con medios mecánicos
Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 4 6. MODIFICACIONES PREVISIBLES Describir las modificaciones previsibles que puedan afectar a las superficies de los cultivos por los que solicita ayuda durante los cinco años que dura el compromiso, incluyendo en su caso, las nuevas parcelas (indicando referencias SIGPAC). PRIMER AÑO: SEGUNDO AÑO: TERCER AÑO: CUARTO AÑO: QUINTO AÑO:
Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 5 7.- COMPROMISOS ADQUIRIDOS El titular de la explotación detallada en este Plan de Explotación se compromete a realizar las actuaciones que se recogen en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2007-2013, de 16 de julio y sus posteriores modificaciones, el Decreto 4/2013, de 29 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden anual correspondiente, por la que se regulen los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago único, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores productores integrados y de explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la demás legislación comunitaria, nacional y autonómica aplicable. El titular que se acoge a la ayuda de agricultura de conservación en pendiente debe cumplir los compromisos para la totalidad de la superficie solicitada, situada en recintos con pendiente igual o superior al 8% de la explotación dedicada al mismo cultivo. Los compromisos específicos que acepto cumplir son los siguientes: Establecimiento de una cubierta vegetal sembrada o espontánea en las calles del cultivo, y transversales a la línea de máxima pendiente. La cubierta, ya sea espontánea o sembrada se establecerá en otoño-invierno. Durante este periodo podrá efectuarse laboreo de conservación mediante el uso superficial (menos de 20 cm de profundidad) de cultivador. A partir de esta fecha, la cubierta herbácea tendrá que ser controlada mediante siega química, desbrozadora o segadora mecánica. La cubierta que se establezca deberá tener al menos una anchura igual a 1/3 del marco de plantación. En plantaciones con marcos irregulares, la cubierta se adaptará a la distribución de las plantas sobre el terreno y deberá mantener al menos una relación de cobertura de 1/3. Prohibición de labrar el suelo entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de cada año Durante dicho periodo deberá haber una cubierta vegetal establecida y controlada en las calles, que proteja al suelo de la erosión. En casos de inversión de flora y otras situaciones extraordinarias podrá llevarse a cabo una labor superficial, previa solicitud justificada ante el Servicio gestor de la ayuda, y siempre que la alteración del suelo no supere los 20 cm de profundidad Obligación de realizar un manejo del cultivo con el objeto de obtener una producción; se exigirá la realización de poda de producción, eliminación de varetas, eliminación de ramas secas o enfermas, así como la realización de un mantenimiento del suelo adecuado para la producción de cosecha. No se admitirá en ningún caso como superficie subvencionable aquella donde el cultivo esté descuidado o abandonado. Aplicación de tratamientos herbicidas más respetuosos con el medio ambiente. En el caso de control de la cubierta con tratamientos herbicidas, las materias activas a utilizar serán respetuosas con el medio ambiente, debiéndose limitar al mínimo el uso de aquellas que tengan efecto residual. Las materias activas que se podrán utilizar en olivar deberán limitarse a las incluidas en la Norma Técnica específica de producción integrada de olivar para elaboración de aceite de oliva en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Para el almendro, nogal, castaño e higuera, las materias activas permitidas serán las autorizadas para cada uno de estos cultivos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Para el cerezo se aplicará la Norma Técnica Específica en Producción Integrada de Cerezo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Plan de Explotación Agroambiental de Agricultura de conservación en pendiente Hoja nº 6 Llevar un cuaderno de explotación en el que se reflejarán todas las labores y operaciones realizadas a lo largo del año en cada una de las parcelas, especificando las operaciones que se realicen en las calles, así como los productos químicos utilizados en el control de la cubierta. En dicho cuaderno de explotación se recogerá la planificación de las actuaciones tendentes a reducir la erosión en las diferentes parcelas de la explotación. En el caso de que la cubierta sea sembrada, se especificará en el cuaderno de explotación; la especie sembrada, dosis empleada y momento de la siembra. La cubierta deberá tener un establecimiento adecuado de la especie sembrada para que se pueda validar el compromiso en el estrato de cubierta sembrada. El cumplimiento de los compromisos y actuaciones objeto de ayuda deberán mantenerse durante un periodo mínimo de cinco años consecutivos, que comenzarán a contar desde la fecha de presentación de la primera solicitud que se resuelva favorablemente, estando las superficies subvencionadas sujetas al cumplimiento del periodo íntegro de compromisos, salvo los casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. El beneficiario deberá mantener registradas a su nombre las unidades objeto de ayuda en el Registro de Explotaciones durante el periodo de cinco años consecutivos comprometido. En caso de que durante el periodo de un compromiso contraído como condición para la concesión de la ayuda el beneficiario ampliara la superficie de cultivo, dicha ampliación no será objeto de ayuda durante el periodo de duración del compromiso. En a de de 20. Fdo: