CARTA DE SERVICIOS POSTGRADO



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Transcripción:

CARTA DE SERVICIOS POSTGRADO Elaborado por: Revisado por: Postgrado Grupo de Mejora de Postgrado Fecha: 16/11/2009 Fecha: 16/11/2009 Edición Fecha modificación Motivo de la modificación 00 16/11/2009 Edición inicial Página 1 de 13

ÍNDICE 1.- PROLOGO... 3 2.- INFORMACIÓN DE CARÁCTER GENERAL Y LEGAL... 3 2.1. MISIÓN Y VISIÓN... 3 2.2.- DATOS IDENTIFICATIVOS... 4 2.3.- ENUMERACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN Y DE LOS PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS QUE SE TRAMITAN.... 4 2.4.- DERECHOS CONCRETOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS PRESTADOS... 5 2.5.- FÓRMULAS DE COLABORACIÓN O PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS... 6 2.6.- RELACIÓN SUCINTA Y ACTUALIZADA DE LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS PRINCIPALES PRESTACIONES Y SERVICIOS... 7 2.7.- DISPONIBILIDAD Y ACCESO AL SISTEMA DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y FELICITACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA 8 2.8.- UBICACIÓN, ACCESO Y TRANSPORTE... 9 3.- INFORMACIÓN DERIVADA DE LOS COMPROMISOS DE CALIDAD Y NORMATIVA APLICABLE... 10 3.1.- COMPROMISOS DE CALIDAD ASUMIDOS... 10 3.2.- INDICADORES DE CALIDAD UTILIZADOS... 12 Página 2 de 13

1.- PROLOGO Con esta Carta de Servicios se quiere informar a los ciudadanos, y en especial a los usuarios de las unidades de Másteres y Doctorado, de todos los servicios que se prestan, para que puedan acudir directamente a nuestras dependencias. Estas dos unidades conforman el Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial y es uno de los Secretariados que se han integrado en el Instituto de Estudios de Postgrado (en adelante IdEP), que dirige el Vicerrector de Estudios de Postgrado y Formación Continua. También se pretende hacer público los compromisos de calidad que se asumen por las personas que forman parte del Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial, así como los derechos que pueden exigirnos los ciudadanos y el modo de llevarlos a cabo. Pero el principal objetivo de esta carta es alcanzar una mejora en los servicios que se prestan. 2.- INFORMACIÓN DE CARÁCTER GENERAL Y LEGAL 2.1. MISIÓN Y VISIÓN La misión del Secretariado de Postgrado Oficial consiste en ser una unidad de apoyo administrativo que proporciona un servicio integral a la comunidad universitaria en todo lo relacionado con los estudios de postgrado (Másteres y doctorado), sirviendo de soporte a la Comisión de Másteres y Doctorado y velando por la calidad del servicio y la satisfacción de los usuarios. Visión. Queremos ser una unidad administrativa con identidad propia: -Por el servicio que presta. -Por la capacidad de respuesta que da a los usuarios. -Por ser creativa y comprometida con el progreso. -Por adaptarse a los cambios inmediatos y futuros. -Porque todo el personal que la integra está motivado con su trabajo. Página 3 de 13

2.2.- DATOS IDENTIFICATIVOS Dentro del Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial se encuentran las unidades de Másteres y Doctorado, formando parte del Instituto de Estudios de Postgrado (IdEP) y éste lo dirige el Vicerrector de Estudios de Postgrado y Formación continua. 2.3.- ENUMERACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN Y DE LOS PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS QUE SE TRAMITAN. - Gestionar la oferta de los planes de estudios de Másteres Oficiales y Programas de Doctorado. - Tramitar el acceso y la preinscripción de los Másteres Oficiales, Másteres Erasmus Mundus y Doctorado. - Realizar la matriculación en los Másteres Oficiales y Doctorado. - Admisión de las tesis doctorales a depósito y tramitar los procesos relacionados con la defensa de las mismas. - Realizar toda la gestión docente de Másteres y doctorado: modificaciones de matricula, devoluciones de precios públicos, becas de los distintos organismos que subvencionan la matricula del estudiante, expedición de certificados, actas, traslados de expedientes, reconocimientos y transferencia de créditos. - Coordinar con el Servicio de Ventanilla Única para el apoyo administrativo al personal docente en la obtención de la acreditación para al acceso a Cuerpos Universitarios por la ANECA y para la obtención de la documentación necesaria para dicho proceso. - Iniciar el trámite de los expedientes de Títulos de Master y de Doctor. - Tramitar las solicitudes que se presenten en las convocatorias del Ministerio de Educación de mención de calidad a los Másteres y Programas de Doctorado, de ayudas a la movilidad para profesores y estudiantes en Másteres y Programas de Doctorado con mención de calidad. Así como las ayudas de movilidad a profesores y estudiantes para la mención europea en el titulo de doctor. - Gestionar los premios extraordinarios de Doctorado. - Realizar el trámite de las propuestas de Doctores Honoris Causa. - Gestionar las solicitudes de homologación de los títulos de doctor. - Dar difusión de los estudios de postgrado oficiales. Página 4 de 13

- Realizar las compulsas de los documentos que se expiden en el Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial o que se presentan en el mismo. - Mantener actualizada la página web del Secretariado. - Atender de forma personalizada y por los distintos medios (presencial, telefónica, email, fax, correo ordinario) a los futuros y actuales estudiantes de postgrado, a los doctores, los profesores, los departamentos. - Elaboración de estadística que se solicite. 2.4.- DERECHOS CONCRETOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS PRESTADOS De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las personas que sean usuarias del servicio tienen derecho, entre otros, a: - Ser tratadas con el debido respeto y consideración. - Recibir información de interés general y específico en los procedimientos que les afecten, que se tramiten en este Secretariado de manera presencial, telefónica, informática y telemática. - Ser objeto de una atención directa y personalizada. - Obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida. - Recibir una información administrativa real, veraz y accesible, dentro de la más estricta confidencialidad. - Obtener una orientación positiva. - Conocer el estado de tramitación del procedimiento que se lleva a cabo por esta unidad. - Facilitar los trámites a los alumnos extranjeros que se dirijan al Servicio, sin que tengan que desplazarse hasta el inicio de curso académico. - Conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos. - Obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deben permanecer en el expediente. Página 5 de 13

- No presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la administración actuante. Obligaciones de los usuarios: - Presentar la documentación necesaria para poder realizar el trámite que solicitan. (Derechos de los funcionarios) 2.5.- FÓRMULAS DE COLABORACIÓN O PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Los usuarios de los servicios que prestan el Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial, ya sean de la comunidad universitaria o externos a ella pueden colaborar en la mejora de la prestación del servicio a través de los siguientes medios: Directamente en la sede del Secretariado, o a través de la página web de la Universidad de Córdoba, rellenando la encuesta de satisfacción del cliente/ usuario, que se encuentra a su disposición y con ella pueden valorar el trabajo que realiza el personal. http://www.uco.es/organizacion/calidad/encuestas/encuestas.html A través de correo electrónico: master@uco.es y doctorado@uco.es. Telefónicamente: Máster 34957212599 y 34957212679 Doctorado 34957218025 y 34957218072. Vía fax: 34957218920. De forma presencial en la planta baja del Rectorado de la Universidad, sito en Avda Medina Azahara nº 5. Página 6 de 13

2.6.- RELACIÓN SUCINTA Y ACTUALIZADA DE LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS PRINCIPALES PRESTACIONES Y SERVICIOS Normativa reguladora de los servicios prestados por el Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial (Másteres Oficiales y Doctorado) Con carácter general: Ley 30/1992 de 26 de Noviembre (BOE de 27 de noviembre) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE 14 de enero). Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de Abril. Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades Estatutos de la Universidad de Córdoba, Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA 27 octubre). Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal. Ley 40/2003 de 28 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas Estudios de Postgrado Oficial: Real Decreto 1393/2007, de 29 de Octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Real Decreto 56/2005, de 21 Enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado. Real Decreto 778/1998, de 30 de Abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del Titulo de Doctor y otros estudios de Postgrado. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Acuerdo de la comisión del distrito único universitario de 21 de junio 2007 Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los Masteres Oficiales regulados por Real Decreto 56/2005, de estudios oficiales de Postgrado. Página 7 de 13

Orden ECI/2514/2007 de 13 de Agosto, del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte,sobre expedición de Títulos Universitarios Oficiales de Master y Doctor. Normas reguladoras de los estudios de Doctorado adaptadas al espacio europeo de educación superior de la Universidad de Córdoba aprobadas por de 30 de abril de 2009. Convenio de la Haya de 1961, sobre la eliminación del requisito de la legalización de documentos públicos extranjeros. Real Decreto 189/2007, de 9 de Febrero, por el que se modifican determinadas disposiciones del Real Decreto 56/2005, de 21 de Enero, por el que se regulan los Estudios Universitarios Oficiales de Postgrado. Real Decreto 1044/2003, de 1 de Agosto, donde se regula el Suplemento Europeo al Titulo. Decreto 302/2009 de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias de Grado, Máster y Doctorado, se actualiza el catálogo de enseñanzas universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten y se fijan los precios públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para el curso 2009/2010. 2.7.- DISPONIBILIDAD Y ACCESO AL SISTEMA DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y FELICITACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Los usuarios del Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial pueden formular sugerencias, quejas y felicitaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados. Este sistema es un instrumento que facilita la participación de todas las personas en sus relaciones con el servicio, que se puede añadir a los ya mencionados en el punto 2.5. Quienes pretendan formalizar una queja o sugerencia, deberán realizarlas a través de los buzones electrónicos disponibles en el Secretariado de Postgrado Oficial, así como, a través del Registro General de la Universidad de Córdoba o Registro Auxiliar del Campus Rabanales, presentando el modelo normalizado disponible en su sede y en la página web: http://www.uco.es/organización/calidad/buzones/buzones.php Página 8 de 13

Una vez recibida y admitida la queja, felicitación o sugerencia, el responsable de la unidad recabará la información necesaria al objeto de poder resolverla. Se elaborará un informe que será remitido a la persona interesada de forma personaliza, en el plazo previsto por la unidad. 2.8.- UBICACIÓN, ACCESO Y TRANSPORTE. Direcciones postales, telemáticas y telefónicas. El Secretariado de Estudios de Postgrado Oficial tiene su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, que se ubica en la Avenida Medina Azahara nº 5, planta baja, CP 14071 Córdoba. Se puede contactar con la unidad a través de los siguientes números de teléfono: Másteres: 34957212599 ó 34957212679 Doctorado: 34957218025 ó 34957218072 Correos electrónicos: Másteres: master@uco.es Doctorado: doctorado@uco.es O también a través de su dirección web: http://www.uco.es/idep/ Formas de acceso y transporte. Autobuses urbanos: Las líneas 5, 7 y 8 (paran en Avda. Medina Azahara), la línea 2 (tiene parada en Avda. República Argentina). A diez minutos andando desde las estaciones de RENFE y de autobuses Horario de atención al público. El horario de atención al público es desde las 9 horas hasta las 14 horas de Lunes a Viernes, salvo festivos. Página 9 de 13

Plano de situación. 3.- INFORMACIÓN DERIVADA DE LOS COMPROMISOS DE CALIDAD Y NORMATIVA APLICABLE 3.1.- COMPROMISOS DE CALIDAD ASUMIDOS La relación de servicios prestados por el Secretariado de Postgrado Oficial recogidos en esta Carta se prestarán y reconocerán conforme a los siguientes compromisos de calidad: - Gestionar las propuestas de másteres completos en los plazos establecidos, en el 80% de los casos. - Gestionar las propuestas de las líneas de investigación de los programas de doctorado en plazo, en el 80% de los casos. - Matricular a los estudiantes de postgrado el día que se personan para hacerlo en el IdEP, en un 75%. Página 10 de 13

- Tramitar las solicitudes de acceso de los alumnos extranjeros en el plazo de dos meses, en un 75%. - Tramitar las solicitudes de devoluciones de precios públicos en tres mese, en un 80% - Emitir las certificaciones, en el 80% de los casos, en un plazo de 15 días. - Notificar las resoluciones, en el 75% de los casos, en un plazo de 15 días. - Poder tramitar, en el 60% de los casos, las solicitudes presentadas porque no necesitan subsanación de defectos. - Tratar en Comisión de Másteres y Doctorado, en el 80% de los casos, las solicitudes que han entrado en plazo. - Emitir, en el 80% de los casos, las resoluciones de la Comisión de Másteres y Doctorado en el plazo de 15 días. - Tratar, en el 60% de los casos, las solicitudes que no necesitan subsanar algún defecto. - Enviar, en el 75% de los casos, las comunicaciones de autorización de lectura de la tesis y el nombramiento del tribunal en menos de tres días a los interesados desde que se emite la resolución. - Enviar, en el 75% de los casos, la documentación para la lectura de tesis con al menos 2 días de antelación respecto a la lectura. - Emitir el 85% de los títulos provisionales de doctor en 15 días. - Remitir, el 80% de los expedientes de títulos de doctor tramitados en menos de 6 meses. - Que las Comisiones de Seguimiento de premios extraordinarios de doctorado puedan ver todas las solicitudes que cumplen los requisitos para presentarlas. Página 11 de 13

- Notificar la resolución de premios extraordinarios de doctorado a los solicitantes en el plazo de 15 días. 3.2.- INDICADORES DE CALIDAD UTILIZADOS Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por el Secretariado de Postgrado Oficial se establecen los siguientes indicadores del nivel de calidad y eficacia de los servicios que se prestan: - Porcentaje de propuestas de másteres que acabado el plazo están conformados. - Porcentaje de programas de doctorado que acabado el plazo están conformados. - Porcentaje de estudiantes de postgrado que se matriculan el mismo día que se personan. - Porcentaje de solicitudes de acceso de alumnos extranjeros que se tramitan en 2 mese. - Porcentaje de solicitudes de devoluciones de precios públicos que se tramitan en el plazo de tres meses. - Porcentaje de certificaciones emitidas en 15 días. - Porcentaje de resoluciones notificadas en 15 días. - Porcentaje de solicitudes varias presentadas que no necesitan subsanación de defectos. - Porcentaje de solicitudes que habiendo entrado en plazo son tratadas en la Comisión de Másteres y Doctorado. - Porcentaje de resoluciones adoptadas por la Comisión de Másteres y Doctorado que son emitidas en el plazo de 15 días. - Número de solicitudes que no necesitan subsanar algún defecto para poder ser tratadas. Página 12 de 13

- Porcentaje de comunicaciones de autorización de lectura y nombramiento de tribunal de tesis que se envían en menos de tres días hábiles. - Porcentaje de documentación para la lectura de tesis que se ha mandado con al menos dos días de antelación a la fecha de lectura. - Porcentaje de títulos provisionales de doctor que se emiten en 15 días. - Porcentaje de expedientes de títulos de doctor tramitados en menos de 6 meses. - Porcentaje de solicitudes de premios extraordinarios de doctorado, que cumpliendo los requisitos, son vistas por las Comisiones Evaluadoras. - Porcentaje de comunicaciones hechas a los solicitantes de premios extraordinarios de doctorado en 15 días. Página 13 de 13