ANEXO: DOCUMENTO TÉCNICO CONTRATO MANTENIMIENTO ALUMBRADO PÚBLICO AYTO. DE VILLASABARIEGO. 2018 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS 1. OBJETO. A petición del Excmo. Ayuntamiento de Villasabariego (en adelante Ayuntamiento), se redacta el presente documento con objeto de establecer un programa de mantenimiento tanto preventivo como correctivo de las instalaciones del alumbrado público del Término Municipal de Villasabariego. Dentro del mantenimiento correctivo se encuentran las actuaciones puntuales sobre las instalaciones del alumbrado público requeridas por el Ayuntamiento de dicho Municipio. Para ello se asegurará la continuidad del servicio del alumbrado público previniendo las posibles averías y realizando, en su caso, las reparaciones, sustituciones, etc., necesarias para el mantenimiento del nivel técnico, como de la calidad de las instalaciones y del alumbrado, a fin de minimizar los posibles peligros que pueda ocasionar a personas, animales o cosas. La aceptación de las instalaciones, independientemente del tipo que se trate, le obliga a mantener el tipo de elementos montados originalmente, sin que puedan ser alteradas sus características, salvo en caso de previa autorización por el Ayuntamiento. 2. RELACIÓN DE TRABAJOS. El contrato de mantenimiento incluye todas las labores que se enumeran a continuación y que se desarrollan en el siguiente apartado. Revisión bimensual de todas las instalaciones de alumbrado público de todos los núcleos urbanos que componen el Municipio. Son 530 puntos de luz. Limpieza bianual de las células fotoeléctricas y paneles solares de las farolas fotovoltaicas. Limpieza y puesta a punto anual de 530 luminarias cerradas y faroles. Se efectuará el movimiento o retirada del cableado y/o punto de luz de alumbrado en edificaciones que vayan a ser derribadas o se encuentren en mal estado, siempre que sea requerido por el Ayuntamiento hasta un máximo de tres movimientos/retiradas por año. Disponibilidad de avisos de averías en alumbrado público las 24 horas del día los 365 días del año. Dando solución a la avería en un plazo de 48 horas o solución inmediata cuando el tipo de trabajo a realizar sea de carácter de urgencia porque supone un peligro para las personas, animales o cosas. Quedan incluidas 3 asistencias mensuales que supongan cambio de lámpara y/o equipo, siendo facturada a parte la cuarta y siguientes asistencias. Reparación y de luminarias dañadas accidentalmente. En este caso la mano de obra y los medios auxiliares están incluidos en este contrato, hasta un máximo de tres al año. 1
Si el Ayuntamiento encargara la colocación de algún punto de luz nuevo, el empresario formulará presupuesto en el plazo de quince días. Si el Ayuntamiento lo aceptase, se colocará y se pagará aparte de este contrato; pero el presupuesto deberá ser elaborado en todo caso. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS. A continuación se dará una descripción más detallada de los trabajos a efectuar. Revisión bimensual de todas las instalaciones de alumbrado público de todos los núcleos urbanos que componen el Municipio. o Se comprobará el estado de los soportes, tapas de arquetas, puertas de báculos, luminarias y en general, el estado de todos los elementos o componentes visibles de la totalidad de las instalaciones de alumbrado. Como resultado de la inspección se procederá de forma inmediata, a la resolución de las anomalías que se detecten, como pueden ser la ausencia de puertas de báculos o tapas de arquetas, peligro de caída de punto de luz o algunos de sus componentes por defecto del soporte, de la luminaria o de sus anclajes, retoque con pintura en zonas oxidadas, etc. o Sustitución de lámparas y equipos electrónicos defectuosos. o Comprobar las características mecánicas y las eléctricas (aislamientos, pérdidas, etc. de los distintos componentes de luminarias, reflectores, accesorios de lámparas, etc.) o Verificación del correcto encendido y apagado del alumbrado público. o Revisión de los cuadros de mando y protección. Revisiones y puesta a punto del calibrado y funcionamiento de los dispositivos de protección. Revisión y puesta a punto de los dispositivos de accionado. Revisión y puesta a punto del reloj astronómico. Limpieza general, ajuste y engrase de contactos y conexiones. Limpieza general de los centros de mando y repaso de pintura de los elementos metálicos. Comprobación y corrección del Factor de Potencia, teniendo que ser como mínimo de 0,95. o Igualmente comprobará si durante la realización de obras en la vía pública o como consecuencia de acciones de terceros, se han ocasionado daños o modificaciones en las instalaciones de alumbrado, comunicando de forma inmediata al Ayuntamiento las anomalías observadas y adoptando simultáneamente las medidas necesarias para evitar o reducir los posibles deterioros o averías en las instalaciones efectuadas. o Revisión de la instalación eléctrica. Estos trabajos se efectuarán de modo que todas las instalaciones hayan sido revisadas en los 4 puntos siguientes como mínimo una vez al año. Comprobación de la caída de tensión al final de la línea. Comprobación de la resistencia de aislamiento. Comprobación de las intensidades por fase (equilibrio de fases). Comprobación de la tensión de la corriente suministrada. o Revisión de las farolas fotovoltaicas. Estos trabajos se efectuarán de modo que todas las farolas hayan sido revisadas en los 4 puntos siguientes como mínimo dos veces al año. 2
Estado de carga de las baterías. Funcionamiento del regulador. Instalación eléctrica. Estado de la luminaria/lámparas. o En el caso que el Ayuntamiento considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas, podrá exigir al Instalador, que lo sustituya por productos ajustados a la actual tecnología. o Se deberá comunicar por escrito al Ayuntamiento con 2 días de antelación el día, la hora y el lugar en el cual se va a realizar la revisión con la finalidad de que el personal municipal verifique con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. o Una vez finalizada la revisión y efectuadas las subsanaciones pertinentes el contratista deberá emitir un informe dónde conste el estado general de las instalaciones, defectos encontrados y reparados, dejando constancia de la ubicación exacta del daño (localidad, calle y numero/s) y se acompañara, en su caso, los materiales sustituidos. El Ayuntamiento verificará con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. Limpieza bianual de las células fotoeléctricas y de los paneles solares de las farolas fotovoltaicas, siendo estas limpiezas en los meses de marzo y septiembre. o Se deberá comunicar al Ayuntamiento con 2 días de antelación el día, la hora y el lugar en el cual se va a realizar los trabajos con la finalidad de que el personal municipal verifique con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. o Una vez finalizados los trabajos el contratista deberá emitir un informe dónde conste el estado general de las células y los paneles, defectos encontrados y reparados, dejando constancia de la ubicación exacta de las mismas (localidad, calle y numero/s). El Ayuntamiento verificará con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. Limpieza y puesta a punto anual de 530 luminarias cerradas y tipo villa. Se realizaran estas operaciones en 530 luminarias del municipio de manera anual y de forma rotativa, de manera que al cabo de 4 años hayan sido realizadas estas labores en la totalidad de las luminarias de todo el municipio. o Limpieza interior y exterior de las luminarias cerradas y faroles. Ésta comprenderá la limpieza de la carcasa, el interior del reflector y del cierre, el exterior e interior del vidrio. Se emplearán los productos adecuados de modo que no se provoquen daños en la luminaria. o Revisión y puesta a punto del estado de la luminaria, inspeccionando, entre otros, su fijación, el portalámparas y su correcta disposición, el estado de las juntas (procediendo a su sustitución, en caso de ser necesario) y la inclinación de la luminaria mediante el nivel adecuado. o Revisión y puesta a punto de los componentes eléctricos de la luminaria, efectuándose también su limpieza y la de su receptáculo. o Comprobación del estado físico de los soportes (brazos, postes o báculos), así como de sus anclajes. o Revisión y puesta a punto de las puertas de soportes, efectuando los ajustes necesarios y asegurándose de que quede perfectamente cerrado el hueco de acceso a la caja de fusibles. 3
o Revisión y puesta a punto de la toma de tierra, determinándose su estado mediante su inspección ocular y las mediciones precisas o Revisión y puesta a punto del tablero de conexiones (conexiones, bornas, fusibles, etc.) situadas en la base de los soportes, efectuándose también su limpieza. o Revisión y puesta a punto de las cajas de derivación y de los tendidos eléctricos aéreos o sobre fachada. o Se deberá comunicar al Ayuntamiento con 2 días de antelación el día, la hora y el lugar en el cual se va a realizar estos trabajos con la finalidad de que el personal municipal verifique con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. o Una vez finalizados los trabajos el instalador deberá emitir un informe dónde conste el estado general de las instalaciones, defectos encontrados y reparados, dejando constancia de la ubicación exacta de las luminarias (localidad y calle) y se acompañara, en su caso, los materiales sustituidos. El Ayuntamiento verificará con los necesarios registros y control el grado de cumplimiento de esta obligación. Se efectuará el movimiento o retirada del cableado con sus accesorios y/o punto de luz de alumbrado en edificaciones que vayan a ser derribadas o se encuentren en mal estado, siempre que sea requerido por el Ayuntamiento hasta un máximo de tres movimientos/retiradas por año. Disponibilidad de avisos de averías en alumbrado público las 24 horas del día los 365 días del año. Dando solución a la avería en un plazo de 48 horas o solución inmediata cuando el tipo de trabajo a realizar sea de carácter de urgencia porque supone un peligro para las personas, animales o cosas. Quedan incluidas 3 asistencias mensuales que supongan cambio de lámpara y/o equipo, siendo facturada a parte la tercera y siguientes asistencias. Reparación y/o reposición de luminarias dañadas accidentalmente. En este caso los materiales que tengan que ser empleados para la reposición de la luminaria serán facturados aparte. La mano de obra y los medios auxiliares quedan incluidos en el presente contrato de mantenimiento hasta un máximo de tres al año. Previamente se formulará presupuesto en el plazo de quince días. Si el Ayuntamiento encargara la colocación de algún punto de luz nuevo, el empresario formulará presupuesto en el plazo de quince días. Si el Ayuntamiento lo aceptase, se colocará y se pagará aparte de este contrato ( en este caso incluyendo la mano de obra y los medios auxiliares) ; pero el presupuesto deberá ser elaborado en todo caso. 4. MATERIALES DE RECAMBIO MÁS USUALES. Las lámparas y equipos electrónicos defectuosos serán sustituidos por otros según la siguiente relación: Lámparas defectuosas de vapor de mercurio de alta presión de 125W serán sustituidos por lámparas Philips modelo HPL-N 125W/542. Lámparas defectuosas de vapor de sodio de alta presión de 50, 70, 100 o 150W por lámparas Philips modelo MASTER SON-T PIA Plus de la potencia que corresponda en cada caso. 4
Reactancias defectuosas asociadas a lámparas de vapor de mercurio de alta presión por reactancias ELT modelo VMI 12/23-3. Equipos electrónicos defectuosos asociados a lámparas de vapor de sodio de alta presión por equipos ELT modelo VSI 10/23-ARCE 100, VSI 15/23-ARCE 100, VSI 10/23-2P-RASE-CA o VSI 15/23-2P-RASE-CA según corresponda dependiendo de la instalación con línea o sin línea de mando y de la potencia de las lámparas. Equipos electrónicos defectuosos de RAT modelo SOH regulación IPM de 3 niveles y potencia 70, 100 o 150 W según corresponda por equipos de la misma marca y modelo. Los elementos de mando y protección serán sustituidos por otros de idénticas características de la marca comercial Schneider o similar. Reloj astronómico por otro de idénticas características de la marca comercial ORBIS. 5. PERSONAL Y MEDIOS. Los trabajos anteriormente relacionados deberán ser efectuados por el personal cualificado según el Reglamento electrotécnico de baja tensión aprobado por el RD 842/202, de 2 de agosto. Cumplimiento además, de cuantas disposiciones sean necesarias relativas a dicho personal en materia de prevención y riesgos laborales. El contratista deberá disponer, sin coste adicional a este contrato, de los equipos, herramientas y medios auxiliares necesarios para la ejecución de los trabajos, como escaleras, andamios, plataformas, herramientas manuales, aparatos de medida, equipos de soldadura, etc. 6. CONCLUSIÓN. Con todo lo anteriormente expuesto se consideran perfectamente definidas las labores a realizar para el correcto y adecuado mantenimiento preventivo y correctivo del alumbrado público del Ayuntamiento de Villasabariego. En Villasabariego a fecha de la firma electrónica. 5