SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL NORMA MEXICANA NMX-D-141-1978 DETERMINACION DE LA CAPACIDAD DE LOS SISTEMAS DCALEFACCION EMPLEADOS EN AUTOMOVILES Y CAMIONELIGEROS. HEATER SYSTEM CAPACITY DETERMINATION FOR PASSENGECAR'S AND DUTY TRUCKS. DIRECCION GENERAL DE NORMAS
PREFACIO En la elaboración de esta norma, participaron las siguientes instituciones: FORD MOTOR COMPANY, S.A. CHRYSLER DE MEXICO, S.A. VEHICULOS AUTOMOTORES MEXICANOS, S.A. DE C.V. GENERAL MOTORS DE MEXICO, S.A. DE C.V. INDICE Núm. Del Capítulo 1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN 2. APARATOS Y EQUIPO 3. BIBLIOGRAFIA APENDICE
DETERMINACION DE LA CAPACIDAD DE LOS SISTEMAS DCALEFACCION EMPLEADOS EN AUTOMOVILES Y CAMIONELIGEROS. HEATER SYSTEM CAPACITY DETERMINATION FOR PASSENGECAR'S AND DUTY TRUCKS. 1 OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION Esta Norma Oficial establece el procedimiento para determinar la capacidad de los sistemas de calefacción, empleados en automóviles y camiones ligeros, además de verificar la remoción de humedad de la superficie interior del parabrisas. 2 APARATOS Y EQUIPO Vehículo equipado con sistemas de calefacción. 16 termopares como mínimo, con una precisión de ± 0.5 C. Selector de termopares. Indicador de temperatura, de tipo digital y de respuesta rápida. (1 segundo como máximo). Psicrómetro con una precisión de 3%. Anemómetro con una precisión de 2 %. Cronómetro con una precisión de ± 1 segundo. Grabadora portátil para registrar lecturas. (Opcional). 2.1 Preparación del vehículo Se verifica que el vehículo en que se va a evaluar el equipo de calefacción, funcione según las especificaciones del fabricante, incluyendo la batería; que los ductos no estén obstruídos y que no haya fugas ni pasos de aire, del compartimiento de motor al de pasajeros. Se colocan los termopares interiores, según se indica en la figura 1. colocando además uno en la entrada de agua del radiador del motor, uno en la manguera de entrada y otro en la de salida del calefactor y uno en el exterior en la parte superior lateral del vehículo (temp. medio amb.). Véase apéndice. 2.2 Condiciones de prueba Todas las pruebas para verificación del funcionamiento y capacidad del equipo de calefacción, deben realizar en horas que no se vean afectadas por carga solar.
2.3 Prueba de carretera 2.3.1 Procedimiento Se estaciona el vehículo en el lugar de la prueba por mínimo de 10 horas con los cristales abiertos de 2 a 3 cm para estabilizar la temperatura interior del vehículo con la temperatura ambiente. Después de alcanzar la estabilización de temperaturas, se meten al vehículo el conductor y un observador cerrado los cristales que así deberán permanecer durante toda la prueba. Se enciende el motor del vehículo y se colocan los controles del sistema de calefacción en la posición de máxima temperatura, con salida del aire al piso y desempañador con máxima velocidad de ventilador operando el vehículo como se indica a continuación: 60 minutos a 35 km/h, registrando temperaturas cada 2 minutos durante los 10 minutos iniciales y cada 10 minutos el resto del tiempo. 2.3.2 Resultado Se considera como satisfactorio el sistema de calefacción, si cumple con la gráfica No. 1 de promedio de temperaturas interiores corregidas a 23 C contra tiempo de prueba. A fin de comparar los resultados de diferentes vehículos en diferentes días, se debe aplicar un factor de corrección al promedio observado de temperaturas interiores del vehículo, según la formula siguiente: Siendo: (x - y) [ Te - (-23) ] W = --------------------------- + (-23) ( Z - Y ) W = Temperatura interior promedio corregida. X = Temperatura interior promedio observada. y = Temperatura ambiente. Z = Temperatura de entrada de agua al calefactor. Te = Rango de calibración del termostato del vehículo. 2.4 Prueba de desempeñamiento 2.4.1 Procedimiento El vehículo de prueba debe ser ocupado por dos pasajeros y trasladado a un lugar tal, que la temperatura ambiente sea de 10 C a + 10 C.
Con el motor funcionando a 1000 rpm y la transmisión en posición neutral; deben permanecer en ese lugar dentro del vehículo con éste totalmente cerrado, un período de 15 minutos o más, hasta que el área total del parabrisas quede completamente empañada. Una vez empañada el área total, se procede a operar el sistema de calefacción, en la posición de máxima temperatura y velocidad del ventilador con salida de aire al parabrisas. 2.4.2 Resultado Después de 4 minutos de operación del calefactor, el área "C" del parabrisas, la cual se describe en la tabla 1, y que se muestra en la figuras 2, 3 y 4 debe estar desempeñada en un 80%. El área del lado del pasajero (equivalen al área "C") en el parabrisas, debe estar desempañada en un 80%, después de 7 minutos de operación. Después de 10 minutos de operación, el área "A" del parabrisas la cual se describe en la tabla 1 y que se muestra en las figuras 2, 3 y 4 debe estar desempeñada en un 100% TABLA 1.- AREAS QUE DEBERAN SER DESEMPEÑADAS. AREA ANGULOS EN (GRADOS) IZQUIERDO DERECHO ARRIBA ABAJO A 18 56 10 5 C 10 15 5 1
GRAFICA No.1.- GRAFICA DE TEMPERATURAS CORREGIDAS NMX-D-141-1978
FIGURA 1 LOCALIZACION DE TERMOPARES EN EL INTERIOR DEL VEHICULO
FIGURAS 2, 3.- AREA DE GENERACION FIGURA 4 LOCALIZACION DE LAS AREAS A Y C; VISTAS DEL INTERIOR DEL VEHICULO
3 BIBLIOGRAFIA Ford Motor - Automotive Vehicle Test Manual P4-40, 64-2-3 & Specificaction Heater Ass'y ES-RAY-18478-AA, 71-8-7. Chrysler Proving Ground Test Procedure 903-A-07-10T. Especificaciones y Método de Prueba V.A. M. No. VAM-IP-30473. American Motor Corp. 8F-AM-14155. Chevrolet Engineering Center - Procedure No. 3503 - Heater System maximum capacity. SAE - J 941 c Motor Vehicle Driver's Bye Range. SAE - J 902 b Passenger Car Windshield Defrosting Sistems. APENDICE A Localización de termopares 1.- Altura tobillo pasajero delantero derecho. 2.- Parte superior tunel salida de aire al piso. 3.- Altura tobillo conductor. 4.- Altura rodilla pasajero delantero derecho. 5.- Altura rodilla conductor. 6.- Altura cabeza pasajero derecho. 7.- Altura cabeza conductor. 8.- Altura tobillo pasajero trasero derecho. 9.- Altura tobillo pasajero trasero izquierdo. 10.- Altura rodilla pasajero trasero derecho. 11.- Altura rodilla pasajero trasero izquierdo. 12.- Altura cabeza pasajero trasero derecho. 13.- Altura cabeza pasajero trasero izquierdo. México, D.F., Agosto 24, 1978 EL DIRECTOR GENERAL. DR. ROMAN SERRA CASTAÑOS. Fecha de aprobación y publicación: Agosto 31, 1979