ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA REUNIDOS



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ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA En Córdoba, a 8 de Mayo de 2010 REUNIDOS De una parte, DON CARLOS VÁZQUEZ ALBALADEJO, mayor de edad, con DNI nº 19.486.117- B actuando en nombre y representación de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y PATOLOGÍA MAMARIA (en adelante, SESPM) entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, con domicilio social en Valencia, C/ Plaza Alfredo Candel Nº 13 2º-3ª, y NIF G-/ 58394891, en su calidad de Presidente, cargo para el que fue nombrado en virtud de acuerdo adoptado por la Asamblea General en Octubre de 2005 en Orense y ratificado en Sevilla en sesión celebrada el día 18-Junio de 2009 y actúa por las facultades que le son conferidas en los Estatutos que regulan la organización y funcionamiento de SESPM. Y de otra parte, DOÑA MARINA ALVÁREZ BENITO, mayor de edad, con DNI nº 80126297-R actuando en nombre y representación de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA (en adelante, SEDIM) entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, con domicilio social en Madrid, C/ Goya, Nº 38, 3º Izda, y NIF G- 82590266, en su calidad de Presidenta, cargo para el que fue nombrada en virtud de acuerdo adoptado por 1

elecciones generales de la sociedad, celebradas en Bilbao en Junio de 2009 y actúa por las facultades que le son conferidas en los Estatutos que regulan la organización y funcionamiento de SEDIM. Ambas partes en la representación que ostentan, reconociéndose mutuamente plena capacidad de obrar y de obligarse, libre y espontáneamente, EXPONEN I. Que SESPM es una entidad privada sin ánimo de lucro, regida por sus propios Estatutos, cuyo propósito es desarrollar una amplia actividad informativa, formativa y asistencial tanto para sus Socios como para la Sociedad en general en el ámbito de la salud mamaria, para ello cuenta con más de 1200 miembros, todos ellos licenciados universitarios en Ciencias de la Salud y dedicados en sus diferentes especialidades al diagnostico y tratamiento del cáncer de mama y del resto de las patologías mamarias. Entre sus objetivos está el fomentar el desarrollo de la enseñanza e investigación de la Senología, facilitar y promocionar la labor de los profesionales que la ejercen, y a través de su Fundación dotar de becas y premios a distintos beneficiarios todos ellos dedicados a la investigación, estudio y tratamiento de las patologías mamarias y especialmente del cáncer de mama. II. Que SEDIM Con el nombre de "SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA" (SEDIM) se constituye una sociedad médico-científica, sin fines lucrativos, que se rige por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, normas complementarias y por los presentes Estatutos, dirigida a agrupar a todos aquellos médicos, especialistas en Radiodiagnóstico, con especial dedicación o particular interés en el área del diagnóstico e intervencionismo por imagen de la mama. Entre sus objetivos está Fomentar el desarrollo del Diagnóstico e Intervencionismo por Imagen de la Mama, en todos sus aspectos, defender los derechos y atribuciones del radiólogo en su aplicación al área de la mama, contribuir a la mejora del nivel científico, docente y asistencial de sus Socios y promover y fomentar relaciones con otras especialidades, Sociedades y Organizaciones Nacionales e Internacionales vinculadas al área del Diagnóstico e Intervencionismo por Imagen de la Mama, así como fomentar la labor investigadora. 2

III. Que es interés común de las partes actuar e incidir en la mejora de la calidad de vida y de la situación de la población afectada de cáncer de mama, por lo que ambas partes han convenido la suscripción de un acuerdo marco, que se regirá de acuerdo con las siguientes ESTIPULACIONES PRIMERA.- Objeto de la colaboración El presente documento tiene como objeto fijar el marco de actuación para la colaboración entre la SESPM y SEDIM. Esta colaboración estará relacionada con cualquier actividad orientada a la lucha contra el cáncer de mama. El presente acuerdo marco de colaboración se ejecutará mediante convenios expresos para cada actividad o campaña, que deberán ser aprobados expresamente y cada uno de ellos, por las entidades firmantes del presente convenio. SEGUNDA.- Duración El presente acuerdo tendrá una duración de un año desde el momento de su firma. No obstante lo anterior llegada la fecha de vencimiento prevista, el presente Convenio quedará automáticamente prorrogado por sucesivos períodos de un año. La vigencia del presente Acuerdo quedará condicionada a los Convenios específicos que puedan firmarse, donde se detallarán concretamente los términos del contenido y alcance de los mismos, previamente pactados por las partes El Convenio podrá extinguirse y quedará resuelto y sin efecto por alguna de las causas siguientes, debiendo mediar un pre-aviso de sesenta (60) días: A) por mutuo acuerdo entre las partes B) por incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones contenidas en el presente Convenio. 3

TERCERA.- Seguimiento En cada convenio de desarrollo del presente Convenio Marco de Colaboración se nombrará un coordinador responsable por cada una de las entidades firmantes, con el fin de asegurar la coordinación entre ellas y de velar por la correcta realización de las acciones acordadas. CUARTA.- Confidencialidad Las partes son conscientes del carácter altamente confidencial y sensible de la información que la SESPM y SEDIM se trasladen mutuamente en el marco del presente acuerdo de colaboración. Dicha información no podrá ser usada para ninguna otra finalidad distinta a la expresamente prevista por las partes en cada momento. Queda bien entendido que la obligación de confidencialidad perdurará con carácter indefinido a la finalización, por cualquier motivo, de las relaciones existentes entre SESPM y la SEDIM. QUINTA.- Utilización de marcas, signos o logotipos La SESPM se obliga a no utilizar, sin el consentimiento expreso por parte de SEDIM, en el marco del presente acuerdo marco de colaboración y de sus convenios específicos, imágenes, marcas comerciales, logotipos, etc. propiedad de SEDIM, quedando bien entendido que los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos son de exclusiva titularidad de SEDIM. Del mismo modo, SEDIM se obliga a no utilizar, sin el consentimiento expreso por parte de la SESPM, en el marco del presente acuerdo marco de colaboración y de sus convenios específicos, imágenes, marcas comerciales, logotipos, etc. propiedad de la SESPM, quedando bien entendido que los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos son de exclusiva titularidad de la SESPM. SEXTA.- Protección de datos Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente contrato, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como consecuencia del acuerdo de colaboración contratado o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos. Todos los datos facilitados por las partes se considerarán información confidencial. En consecuencia, los contratantes se obligan a guardar secreto profesional respecto de dichos datos, procediendo a la devolución de la citada documentación una vez finalizada la relación entre ambas. 4

Queda excluida del deber de secreto y confidencialidad toda información que sea de conocimiento público; la que haya sido recibida de terceras personas con anterioridad al presente contrato; la que se haga pública sin mediar culpa de las partes, así como la que deba ser comunicada a las autoridades administrativas o judiciales o al público en cumplimiento de la normativa vigente. SÉPTIMA.- Fuero aplicable En el caso de que surja cualquier divergencia o conflicto entre las partes en relación con el cumplimiento, incumplimiento o interpretación del presente acuerdo, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia, con renuncia expresa a su propio foro si fuese otro. Y para que así conste, firman el presente acuerdo, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, y en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento. Por SESPM, D. Carlos Vázquez Albaladejo Presidente SESPM Por SEDIM D.ª Marina Álvarez Benito Presidenta SEDIM 5