«FONDO SOLIDARIDAD CARREFOUR» II CONVOCATORIA DE AYUDAS A MENORES CON ENFERMEDADES RARAS Colección PreciOsos



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Transcripción:

«FONDO SOLIDARIDAD CARREFOUR» II CONVOCATORIA DE AYUDAS A MENORES CON ENFERMEDADES RARAS Colección PreciOsos La Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) lanza la II Convocatoria de Ayudas destinada a dotar de los recursos necesarios a menores y jóvenes hasta 21 años con enfermedades raras o poco frecuentes para su desarrollo personal en igualdad de condiciones. Los menores con enfermedades raras, además de medicación, requieren la aplicación de otros productos y técnicas sanitarias, así como servicios rehabilitación complementarios, apoyo psicológico, desplazamientos y ayudas técnicas y materiales, que quedan fuera del sistema sanitario o cuya cobertura por la Seguridad Social no responde a la urgencia y necesidad con la que pueden llegar a encontrarse muchas familias. IMPORTE DEL FONDO FEDER pone en marcha la II Convocatoria de Ayudas que se ha generado con los beneficios obtenidos por la venta del producto Colección PreciOsos en los centros Carrefour de toda España. El fondo de ayudas estará dotado de un total 100.000 que se distribuirá de la siguiente forma: Para las ayudas individuales se destinará el 60% del total del fondo. (Podrán concurrir tanto entidades socias de FEDER como personas individuales) Para las actividades grupales se destinará el 40% del total del fondo. (Podrán concurrir entidades socias de FEDER) En caso de que se produzca remanente, el mismo será destinado a la III Convocatoria de ayudas. PLAZOS Plazo de solicitud: del 30/06/2015 al 15/08/2015 Plazo de subsanación: 10 días naturales a partir de la notificación desde FEDER. Fecha prevista de resolución: Mes de octubre 2015 Plazo de ejecución comprendido entre el 01/04/2015 y el 31/03/2016. El plazo de justificación de las ayudas finaliza el 15/04/2016. Una vez finalizados los plazos establecidos, no se podrá recibir ningún documento, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la documentación requerida será causa de baja del expediente sin más trámite. BASES DE CONVOCATORIA FEDER publica dos bases diferentes en función del tipo de solicitante: Convocatoria A dirigida a entidades miembros de FEDER: ayudas grupales e individuales. Convocatoria B dirigida a menores que no tienen entidad de referencia. 1

1.- A QUIÉN SE DIRIGEN BASES DE CONVOCATORIA A (dirigida a entidades socias de FEDER) A la presente Convocatoria podrán concurrir entidades socias de FEDER adheridas en el momento del lanzamiento que atiendan a menores afectados por enfermedades poco frecuentes residentes en España, quedando excluidas aquellas que no justificaron debidamente la ayuda concedida en la I Convocatoria. Las entidades socias de FEDER, conocedoras de la realidad de los menores y jóvenes con enfermedades raras, podrán concurrir a la presente convocatoria presentando solicitudes a las dos modalidades que a continuación se describen. 2.- MODALIDADES Existen dos modalidades de solicitud: Modalidad 1 1.- SOLICITUDES Solicitud de Ayudas individuales agrupadas y priorizadas por las entidades socias de FEDER. Las entidades presentarán las ayudas individuales ordenadas indicando en primer lugar menor con mayor urgencia y necesidad y así sucesivamente. Las ayudas estarán destinadas a cubrir, en todo o en parte: La compra de fármacos o productos farmacológicos no abonados por la Seguridad Social Productos ortopédicos y orto protésicos Servicios de logopedia Servicios de rehabilitación Apoyo psicológico Análisis clínicos y genéticos Desplazamientos de los beneficiarios para recibir estos tratamientos. La entidad solicitante será responsable tanto de la solicitud, como de la gestión y justificación de la ayuda concedida. Así mismo, también serán responsables de que las ayudas lleguen a su destino y sean invertidas en las ayudas solicitadas. La solicitud se tramitará a través del siguiente formulario: PINCHA AQUÍ https://docs.google.com/forms/d/1nz4zdnu9synletxc8lz945blmy2fercp1w-cf0lltfi/viewform 2.- IMPORTES DE LAS AYUDAS Para ayudas individuales se establece 500 de máximo por menor, cobrando especial referencia los criterios de urgencia y necesidad que serán valorados por un Comité Técnico independiente. Excepcionalmente se concederán ayudas de importe superior cuando la situación de emergencia social así lo dicte. Las ayudas concedidas se fijarán atendiendo a la puntuación obtenida tras la valoración por parte de un Comité Técnico designado por FEDER. 2

3.- REQUISITOS Las entidades optantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a.- Ser una entidad miembro de FEDER ratificada al momento de la solicitud y estar al día en las obligaciones como socio de FEDER. b.- Desarrollar su actividad en el ámbito nacional, autonómico, provincial o local. c.- Estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda. d.- Haber justificado correctamente la ayuda concedida en la I Convocatoria, en caso de haberla recibido. Las entidades optantes deberán cumplir al momento de la solicitud con los siguientes requisitos: e.- Los beneficiarios que sean incluidos en la solicitud de ayudas deberán ser miembros de la entidad solicitante o familiar directo en primer grado de consanguinidad. f.- Cada beneficiario deberá cumplimentar la ficha de valoración socioeconómica (Anexo 2) que la entidad deberá adjuntar a la solicitud. 4.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA La solicitud quedará completa cuando se haya remitido el formulario online correspondiente y adjuntado la documentación requerida al email ayudas@enfermedades-raras.org En el momento de la solicitud, se presentarán los documentos por vía telemática. Todas las entidades cuyas solicitudes resulten aprobadas deberán enviar por vía postal toda la documentación original en el plazo que se indique en la resolución. DOCUMENTACIÓN: Modalidad 1 Solicitud de Ayudas individuales agrupada 1. Anexo 1: Carta de acuerdo de la Junta Directiva de la entidad aprobando la presentación de la solicitud individual. 2. Anexo 2: Documento que cumplimentarán los solicitantes-beneficiarios directos. 3. Anexo 3: (Resumen de los anexos 2), que cumplimentarán las entidades interesadas. 4. Anexo 4: Ficha de protección de datos personales. 5. Copia del último ejercicio de la declaración de la renta de la unidad familiar solicitante de la ayuda individual. 5.-EVALUACIÓN Las entidades presentarán las ayudas individuales indicando en primer lugar la ayuda al menor más urgente y necesaria y así sucesivamente. Criterios generales de evaluación de solicitudes: Ajuste a la naturaleza y principios de las bases. Urgente de necesidad y adecuación de la respuesta propuesta. Situación económica del núcleo familiar. Idoneidad. 3

Modalidad 2 1.- SOLICITUDES Solicitud para la realización de Actividades grupales promovidas por las entidades socias de FEDER. Solo se podrá presentar un proyecto por entidad. Actividades, grupos de ayuda mutua, talleres y/o acciones formativas de rehabilitación, logopedia, psicología, fisioterapia u otras terapias siempre y cuando vayan dirigidas a menores con enfermedades raras. Talleres formativos para aprender a realizar curas rutinarias, masajes u otras técnicas de atención / cuidado de los menores afectados dirigidos a cuidadores de menores afectados por ER. No se admitirán solicitudes: Que pretendan cubrir necesidades que se encuentren incluidas entre las prestaciones garantizadas por las Administraciones Públicas. Que tengan como fin la financiación de congresos o jornadas en sí mismos. Que cubran gastos de mantenimiento de la sede de la entidad. Que cubran gastos de materiales corporativos o informáticos. En las que se recoja el pago de nóminas del personal de la entidad; sin embargo, sí serán admitidas aquellas que contemplen el abono de honorarios de personal con el que se cuente de manera específica para desarrollar los talleres, terapias La solicitud se tramitará a través del siguiente formulario: PINCHA AQUÍ https://docs.google.com/forms/d/14i_dptuol1lr9cju1vczexs-b6lpzpocbmxjtu5nz6a/viewform 2.- IMPORTES DE LAS AYUDAS Para las actividades grupales se establece un máximo de 1000 por entidad. En caso de que el importe total del proyecto fuera mayor al importe concedido, la entidad deberá garantizar la realización de la actividad o adquisición de la ayuda. 3.- REQUISITOS Las entidades optantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a.- Ser una entidad miembro de FEDER ratificada al momento de la solicitud y estar al día en las obligaciones como socio de FEDER. b.- Desarrollar su actividad en el ámbito nacional, autonómico, provincial o local. c.- Estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda. d.- Haber justificado correctamente la ayuda concedida en la I Convocatoria, en caso de haberla recibido. 4.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA La solicitud quedará completa cuando se haya remitido el formulario online correspondiente y adjuntado la documentación requerida al email ayudas@enfermedades-raras.org: 1. Anexo 1: Carta de acuerdo de la Junta Directiva de la entidad aprobando la presentación de la solicitud grupal. 2. Certificado bancario de la cuenta de la entidad para el ingreso de la ayuda. 4

En el momento de la solicitud, se presentarán los documentos por vía telemática. Todas las entidades cuyas solicitudes resulten aprobadas deberán enviar por vía postal toda la documentación original en el plazo que se indique en la resolución. 5.-EVALUACIÓN Criterios generales de evaluación de solicitudes: Ajuste a la naturaleza y principios de las bases. Nivel de especificidad de las actividades. Idoneidad de la respuesta a la necesidad. Coherencia interna de la formulación (correspondencia entre objetivos, actividades, metodología, planteamiento de la evaluación, presupuesto ) Mecanismos de sostenibilidad del proyecto que faciliten su continuidad al margen de la ayuda solicitada. RESTO DE INFORMACIÓN PARA AMBAS MODALIDADES Las solicitudes que hayan cumplido con todos los requisitos serán evaluados por un Comité Técnico compuesto por profesionales del ámbito sociosanitario y de reconocido prestigio perteneciente a colegios profesionales, universidades u otras instituciones designados en exclusiva por FEDER. Cualquier duda o controversia que pudiera suscitarse respecto de alguna cuestión relativa a las presentes bases, será resuelta por la Comisión Ejecutiva de FEDER, cuya decisión será inapelable. Corresponde únicamente a FEDER la aceptación, estudio, revisión, validación o denegación de las solicitudes recibidas en base a los criterios antes citados. Cualquier aclaración o necesidad de ampliación de la información por parte de las entidades sociales deberá ser remitida a para su contestación. FEDER será la entidad garante de la distribución, destino y seguimiento de los fondos donados por Fundación Solidaridad Carrefour, no pudiendo estos ser entregados ni utilizados por los beneficiarios para fines distintos a los establecidos en el marco del convenio firmado por ambas partes. Cualquier modificación en la ejecución de la ayuda o actividad se comunicará vía correo electrónico dándose únicamente por aceptada cuando se reciba confirmación por escrito por parte de FEDER. El buen uso de la ayuda será de exclusiva responsabilidad de la entidad beneficiaria de la ayuda. El otorgamiento de la ayuda no comportará para FEDER ni para Fundación Solidaridad Carrefour la asunción de ningún tipo de responsabilidad derivada de su puesta en marcha. 6.- RESOLUCIÓN Una vez revisada la solicitud se comunicará a la entidad por correo electrónico la concesión total o parcial, o la no concesión, mediante una resolución irrecurrible. La misma deberá ser firmada de puño y letra por el presidente de la entidad. Cuando la resolución sea negativa, esta vendrá debidamente motivada. 5

Las entidades beneficiarias recibirán una resolución donde, en su caso, se especificará con detalle el importe de la ayuda concedida, forma de pago, la justificación de la ayuda, mecanismos de seguimiento y evaluación de la aplicación de la ayuda, así como la presentación de informes y los compromisos que se adquieren. Las entidades beneficiarias de las ayudas se comprometen, en el plazo de un mes desde la solicitud de devolución por parte de FEDER, al reintegro de las cantidades recibidas en los siguientes casos: Incumplimiento de los compromisos adquiridos y objetivos declarados, para los que la ayuda fue concedida. La inobservancia de cualquier otra condición impuesta por motivo de la concesión de la ayuda. Obtención de la ayuda si se observara a posteriori que no se reunían las condiciones requeridas para ello. La no justificación dentro del plazo. Haber obtenido la financiación requerida por medio de otras fuentes de financiación. Además, FEDER se reserva el derecho a solicitar la devolución de la ayuda por los cauces legales establecidos para ello. Igualmente, y en caso de observar cualquier comportamiento lesivo o cualquier conducta ilegal por parte del solicitante, se procederá a la anulación automática de la solicitud, así como a la devolución de las cantidades entregadas y todo ello sin perjuicio del establecimiento de las acciones legales oportunas. Las entidades beneficiarias adoptarán una actitud responsable y solidaria con las ayudas adquiridas gracias a esta convocatoria y, en la medida de lo posible, conservarán las mismas con la intención de hacerlas extensibles para el mayor número de beneficiarios posible (siempre y cuando la naturaleza de las ayudas lo haga posible). Y aunque esto no comporte un compromiso de obligado cumplimiento, si constituye una recomendación a modo de actitud deseable que será valorada positivamente a la hora de asignar las ayudas. 7.- JUSTIFICACIÓN Para la justificación, se aportará relación completa de los gastos subvencionados, aportando original y copia de las facturas o recibos y sus justificantes de pago. Estos documentos deberán ir debidamente detallados por la entidad emisora y deberán recoger los datos de la entidad beneficiaria, de los menores beneficiarios o sus tutores legales. FEDER se reserva la facultad de solicitar cualquier tipo de información complementaria en cualquier momento respecto de la evolución y desarrollo de la ayuda financiada, comprometiéndose la receptora a suministrar dicha información en plazo no superior a 10 días naturales. 8.- DIVULGACIÓN DE LAS AYUDAS FEDER y Fundación Solidaridad Carrefour podrán informar sobre las ayudas concedidas en sus diferentes canales de divulgación. Todo ello, en estricto cumplimiento de la normativa vigente de Protección de Datos personales. 6

Las publicaciones y notas de prensa que se emitan de los proyectos presentados en la presente convocatoria tendrán que contar con la aprobación previa tanto de FEDER como de Solidaridad Carrefour Fundación. En ellas, salvo indicación en sentido contrario, se deberá hacer referencia a la colaboración de ambas entidades al tiempo que se incluirán los correspondientes logos. 9.- ENVÍO DE SOLICITUDES: La presentación de cualquier solicitud de ayuda supone la aceptación implícita de las presentes bases. FEDER se reserva, no obstante, el derecho a modificar las mismas, en cuyo caso lo advertirá con la debida antelación y, en todo caso, asegurando su cumplimiento a los posibles optantes. Las entidades interesadas deberán enviar sus solicitudes vía formulario electrónico entrando en los enlaces que FEDER pone a disposición en estas bases así como la información complementaria que se detalla. Datos y contacto de la Convocatoria Fondo Carrefour: Gestión Asociativa de FEDER Convocatoria Fondo Carrefour Osos PreciOsos Dirección: Calle Alberto Durero, 1 Local D - (41018) Sevilla Email: ayudas@enfermedades-raras.org - Teléfono: 954 98 98 92 7