el cambio de categoría del producto odontológico aprobado por Disposición ANMAT N 7221/98 del 30 de Noviembre de 1998 y se



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Transcripción:

0348 BUENOS AIRES, 1 4 ENE 2011 VISTO el Expediente no 1-47-804-09-4 el Registro de la esta Administración Nacional; y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones la firma DEFUEN S.A. solicita el cambio de categoría del producto odontológico aprobado por Disposición ANMAT N 7221/98 del 30 de Noviembre de 1998 y se autorice la inscripción del mismo en el Registro de Especialidades Medicinales (en adelante REM) de esta Administración Nacional, como una nueva especialidad medicinal, la que será elaborada en la República Argentina. Que las actividades de elaboración, producción, fraccionamiento, importación, exportación, comercialización y depósito en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial de medicamentos se r/~ encuentran regidas por la Ley 16.463 y los Decretos no 9.763/94, 150/92 Y sus modificatorios no 1890/92 y no 177/93. Que la presente solicitud se encuadra en los términos legales del Artículo 3 del Decreto no 150/92 (t.o. Decreto no 177/93). r5'

Secretaría de Políticas, Regulación 03' 8 Que como surge de la documentación aportada ha satisfecho los requisitos exigidos por la normativa aplicable. Que el Instituto Nacional de Medicamentos ha tomado la intervención de su competencia y de su informe se desprende que el producto reúne los requisitos técnicos que contempla la norma legal vigente y que los establecimientos declarados demuestran aptitud para la elaboración y el control de calidad del producto cuya inscripción se solicita. Que consta la evaluación técnica producida por la Dirección de Evaluación de Medicamentos, en la que informa que la indicación, posología, vía de administración, condición de expendio y los proyectos de rótulos y prospectos se consideran aceptables y reúnen los requisitos que contempla la norma legal vigente. Que los datos identificatorios característicos a ser transcriptos en el proyecto de Disposición y Certificado autorizante han sido convalidados por las áreas técnicas precedentemente citadas. tri Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Administración Nacional, dictamina que se ha dado cumplimiento a los requisitos legales y formales que contempla la normativa vigente en la materia. Que corresponde autorizar la inscripción en el REM de la especialidad medicinal objeto de la solicitud.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos no 1.490/92 y no 425/10. Por ello; EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA DISPONE: ARTICULO 10. - Autorízase a la firma DEFUEN S.A. la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de esta Administración Nacional de la especialidad medicinal denominada MUCOBASE, y nombre genérico BENZOCAINA la que será elaborada en la República Argentina, de acuerdo con los Datos Identificatorios Característicos que figuran como Anexo I de la presente Disposición y forma parte integral de la misma. ARTICULO 2.- Autorízase los textos de los proyectos de rótulos y prospectos que obran a fojas 142 a 150., I ARTICULOS 3.- Extiéndase, sobre la base de lo dispuesto en los u artículos precedentes, el Certificado de Inscripción de la Especialidad Medicinal en el REM, figurando como Anexo II de la presente Disposición, que forma parte integral de la misma. ARTICULO 4.- En los rótulos y prospectos autorizados deberá figurar la leyenda: ESPECIALIDAD MEDICINAL AUTORIZADA POR EL MINISTERIO rjl

03'8 DE SALUD; CERTIFICADO N, con exclusión de toda otra leyenda no contemplada en la norma legal vigente. ARTICULO 5.- Con carácter previo a la comercialización del producto cuya inscripción se autoriza por la presente disposición, el titular del mismo deberá notificar a esta Administración Nacional la fecha de inicio de la elaboración o importación del primer lote a comercializar, a los fines de realizar la verificación técnica consistente en la constatación de la capacidad de producción y de control correspondiente. ARTICULO 6.- La vigencia del Certificado mencionado en el artículo 3 será de CINCO (5) AÑOS, a partir de la fecha impresa en el mismo. ARTICULO 7.- Déjese sin efecto la Disposición 7221/98 del 30 de Noviembre de 1998. ARTICULO 8. - Regístrese. Inscríbase en el Registro Nacional de Especialidades Medicinales al nuevo producto. Por Mesa de Entradas notifíquese al interesado, haciéndole entrega de la copia autenticada de la presente Disposición, conjuntamente con sus Anexos 1 y II Y los proyectos de rótulos y prospectos autorizados. Gírese al Departamento de Registro a los fines de confeccionar el legajo correspondiente. Cumplido, archívese PERMANENTE. Expediente no 1-47-804-09-4 ~I:POSICION N 0.3".8 rj Dr. OTTO A. ORSlNGBER sua 1NTERVENTIZ>R A.~ "' A.T.

ANEXO 1 DATOS IDENTIFICATORIOS CARACTERÍSTICOS DE ESPECIALIDAD MEDICINAL inscripto por DISPOSICION (ANMAT) no 0348 Nombre Comercial: MUCOBASE Nombre Genérico: BENZOCAINA Industria: ARGENTINA Lugar de elaboración: CORONEL MENDEZ 438/ 440, WILDE, PARTIDO DE AVELLANEDA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES (BROBEL S.R.L. - ETAPA ELABORACION A GRANEL Y ACONDICIONAMIENTO PRIMARIO) Y EN DORREGO 331, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (DEFUEN S.A. - ETAPA ACONDICIONADOR SECUNDARIO). Los datos identificatorios autorizados por la presente Disposición se detallan a continuación: Forma Farmacéutica: PASTA BUCAL Nombre Comercial: MUCOBASE Clasificación ATC: N01BAOS Indicación/es Autorizada/s: Se indica en forma tópica en cavidad bucal, para aliviar el dolor de aftas, ulceraciones, erosiones y molestias ~n I ':.A

Secretaria de Políticas) Regulación provocadas por roce de prótesis, dolor de encia o dientes, gingivitis y queilitis. Fórmula completa por unidad de forma farmacéutica o porcentual: Nombre Genérico: BENZOCAINA Concentración/es: BENZOCAINA 20 G. Excipientes: ALOE VERA 10X POLVO 0,2 G, PANTENOL 1,5 G, GELATINA 4,3 G, PECTINA 14,3 G, CARBOXIMETILCELULOSA SODICA 10 G, ESENCIA DE FRUTILLA POLVO 2 G, CICLAMATO DE SODIO 0,2 G, METACRILATO 4,4 G, VASELINA SOLIDA 22 G, VASELINA LIQUIDA C.S.P. Origen del Producto: SINTETICO Vía/s de Administración: TOPICO BUCAL Envase/s Primario/s: TUBO DE ALUMINIO Presentación/es: TUBO DE ALUMINIO CONTENIENDO 5 G Contenido por unidad de venta: TUBO DE ALUMINIO x 5 G. Período de Vida útil: VEINTICUATRO (24) MESES. Forma de Conservación: TEMPERATURA ENTRE 150C Y 300C. Condición de Expendio: VENTA BAJO RECETA. i Expediente no 1-47-804-09-4 I I ' DISPOSICION NO '~ 03, 8 [\J Dr. c;dch:""~ngher sua.inteor NTOR. A.:N.M. T.

ANEXO 11 CERTIFICADO Expediente no 1-47-804-09-4 La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); Certifica que, mediante la Disposición no... O.. 3.. 4.. 8... y de acuerdo con lo solicitado por la firma DEFUEN S.A. se autorizó la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales, de un nuevo producto con los siguientes datos identificatorios característicos: Nombre Comercial: MUCOBASE Nombre/s Genérico/s: BENZOCAINA Industria: Argentina Lugar de elaboración: CORONEL MENDEZ 438/ 440, WILDE, PARTIDO DE AVELLANEDA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES (BROBEL S.R.L. - ETAPA ELABORACION A GRANEL Y ACONDICIONAMIENTO PRIMARIO) Y EN DORREGO 331, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (DEFUEN S.A. - ETAPA ACONDICIONADOR SECUNDARIO) Los siguientes datos identificatorios autorizados por la presente Disposición se detallan a continuación: Forma Farmacéutica: PASTA BUCAL

Clasificación ATC: N01BA05 Indicación/es Autorizada/s: Se indica en forma tópica en cavidad bucal, para aliviar el dolor de aftas, ulceraciones, erosiones y molestias provocadas por roce de prótesis, dolor de encia o dientes, gingivitis y queilitis. Fórmula completa por unidad de forma farmacéutica o porcentual: Concentración: BENZOCAINA 20 G Excipientes: ALOE VERA 10X POLVO 0,2 G, PANTENOL 1,5 G, GELATINA 4,3 G, PECTINA 14,3 G, CARBOXIMETILCELULOSA SODICA 10 G, ESENCIA DE FRUTILLA POLVO 2 G, CICLAMATO DE SODIO 0,2 G, METACRILATO 4,4 G, VASELINA SOLIDA 22 G, VASELINA LIQUIDA C.S.P. Origen del Producto: SINTETICO Vía/s de Administración: TOPICO BUCAL {\ Envase/s Primario/s: TUBO DE ALUMINIO Presentación/es: TUBO DE ALUMINIO CONTENIENDO 5 G Contenido por unidad de venta: TUBO DE ALUMINIO X 5 G Período de Vida útil: VEINTICUATRO (24) MESES Forma de Conservación: TEMPERATURA ENTRE 150C Y 300C Condición de Expendio: VENTA BAJO RECETA rj'

Secretaría de Políticas, Regulación AN.M.AT. Se extiende a la firma DEFUEN S.A., el CERTIFICADO NoJ'5 60 39. d.. CINCO (5) AN-OS. d... slen o su vigencia por a partir e la fecha impresa en el mismo. Ciudad de Buenos Aires; 14 ENE 2011 Expediente no 1-47-804-09-4 DISPOSICION, N ~"? r:j 0348