PRECIOS PÚBLICOS ESTUDIOS DE GRADO EN ENFERMERÍA. AÑO ACADÉMICO 2015/16



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Transcripción:

PRECIOS PÚBLICOS ESTUDIOS DE GRADO EN ENFERMERÍA. AÑO ACADÉMICO 2015/16 DOGC Núm. 6900 26.06.2015. Decreto 118/2015, de 23 de junio Bonificaciones o exenciones Servicios académicos de carácter Precio/crédito docente (coeficiente de estructura C) Beca MECD condicional (1) FN general FN especial y PD 100% Precio créditos ECTS por 1ª matrícula 39.53 (por 1ª 50% 100% matrícula) Precio crédito por 2ª matrícula (coeficiente 1,2) 48.82 50% 100% Precio crédito por 3ª matrícula (coeficiente 2,6) Precio crédito por 4ª matrícula (coeficiente 3,6) Reconocimiento, adaptación o convalidación (*) 105.78 50% 100% No se beca 146.46 50% 100% 15% del precio de los créditos 50% 100% (*) No abonarán esta tasa los estudiantes que reconozcan créditos del so estudios de grado en Enfermería cursados en centros de la UAB (propios o adscritos) Servicios académicos de carácter administrativo Gestión de expediente académico, matrícula anual Modificaciones y ampliaciones parciales de matrícula Estudio de expediente académico para convalidación, adaptación, transferencia y reconocimiento Precios Bonificaciones o exenciones Beca MECD condicional (1) FN general FN especial y PD 69,80 50% 100% 27,27 50% 100% 54,54 No se beca 50% 100% Traslado de expediente académico 54,54 50% 100% Prueba de aptitud para la homologación de títulos extranjeros 152,66 50% 100% FN = Familia numerosa; PD = Personas con discapacidad (con un grado mínimo del 33%) (1) Información provisional. Pendiente publicación convocatoria de becas generales de la Administración del Estado convocada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Provisionalmente se aplicaran los mismos criterios académicos del curso 14/15. Estudiantes nuevo acceso nota fase general 5,50. Resto estudiantes aprobados un 80% de los créditos matriculados. Otros precios: Seguro Escola Obligatorio 1,12 Seguro Complementario 5,09 * Seguro Complementario de movilidad ERASMUS Out 9,72 * Servicio de apoyo de gestión académica de la UAB (precio establecido por la Comisión Económica del Consejo Social de la UAB) 160 * * Precios pendientes de aprobación por el Consejo Social de la UAB

Extracto Régimen de los Precios DOGC (podéis consultar el Decreto de precios completo en la web de la EUE) Art. 5.1. Las universidades tienen que exigir, como condición previa de matrícula o de expedición de títulos o certificados, el pago de las cantidades pendientes por matrículas en cualquier estudio o curso académico y universidad o centro al cual le sea aplicable este Decreto, y los intereses de demora correspondientes, en su caso. Art. 6.1. Los y las estudiantes que hayan obtenido la convalidación, la adaptación o el reconocimiento de créditos por razón de estudios o actividades realizadas en cualquier centro universitario abonan en la universidad el 15% de los precios que establecen los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del anexo. Art. 7.1. Segundas y sucesivas matrículas Cuando uno/a estudiante se matricula en cualquier universidad por segunda vez de un mismo crédito de un estudio de grado, o de un estudio no adaptado al Espacio Europeo de Educación Superior de primer y/o segundo ciclo, el importe de este crédito será el resultante de aplicar un coeficiente de 1,2 al precio del crédito sobre el cual se aplicó el coeficiente el curso anterior. La tercera vez que se matricula del mismo crédito, el importe de este será el resultante de aplicar un coeficiente de 2,6 al precio del crédito sobre el cual se aplicó el coeficiente el curso anterior. A partir de la cuarta vez, incluida esta, que se matricula del mismo crédito el importe de este será el resultante de aplicar un coeficiente 3,6 al precio del crédito sobre el cual se aplicó el coeficiente el curso anterior. Art 8.1. Segundas y sucesivas enseñanzas Se aplica un coeficiente de 1,4 a los precios por crédito que se establecen en este Decreto a los y las estudiantes que tengan uno o más títulos universitarios oficiales o las condiciones para obtenerlo, salvo que se trate de los primeros estudios de máster o de doctorado; también se aplicará este coeficiente a los y las estudiantes que tengan un título superior no universitario equivalente, a todos los efectos, a un título de grado. Art. 9.1. Abasto de las bonificaciones y exenciones de los precios públicos A los precios de los servicios académicos que se regulan en el presente decreto les son de aplicación las exenciones y bonificaciones que establece la normativa estatal. Las condiciones que dan derecho a las exenciones en los precios se tienen que cumplir en la fecha de inicio de la prestación de la actividad académica (día de formalización de la matrícula). Art. 10.1. Becas generales de la Administración del Estado Pueden formalizar la matrícula sin abonar los precios establecidos por este Decreto los y las estudiantes de grado, y de primero y/o segundo ciclo y de máster que quieran solicitar una beca o ayuda al estudio para el curso 2015-2016 convocada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y cumplan previsiblemente los requisitos de aquella convocatoria. A estos efectos, la AGAUR emitirá una acreditación de carácter económico que los y las estudiantes tendrán que presentar en el momento de formalizar la matrícula. En todo caso, la exención total del pago del importe de la matrícula queda condicionada a la obtención efectiva de la beca. No tendrán que presentar esta acreditación los estudiantes que ya disponen de la credencial de becario del curso 2014-2015. En cualquier caso, si posteriormente los y las estudiantes no obtienen la condición de becario con derecho a la exención del precio de los servicios académicos, estarán obligados a abonar el precio correspondiente, en los plazos indicados por la universidad. Art. 10.2 La cuantía de la beca de matrícula que corresponde a los estudiantes de los centros adscritos no incluidos en el artículo 1.2, con excepción de los de las escuelas gestionadas por el Consorcio Escuela Industrial de Barcelona (CEIB) y por el Consorcio Escuela Técnica de Igualada (CETI), y de las universidades privadas es la correspondiente al importe del precio público fijado por el Gobierno de la Generalitat en el curso 2011-2012 para la titulación correspondiente o de otra del mismo grado de experimentalidad, actualizado en los términos previstos por la disposición que establezca los umbrales de renta y patrimonio familiar de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016.

PRECIOS MATRÍCULA PROPIA de la EUE 2015/16 Precio crédito ECTS (grado en Enfermería) 48 Precio del crédito reconocido o convalidado Documentación y gestión de apoyo EUE (incluye carpeta y agenda) 15% del precio del crédito 40 Información general Los precios públicos y las bonificaciones y exenciones que se aplican son los que fija el decreto de precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Cataluña publicados en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC núm. 6900 de 26/6/2015, Decreto 118/2015). Así mismo, y de acuerdo con este Decreto, se aplican los precios que fija el Consejo Social de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), y los precios propios que establece esta Escuela como centro adscrito. Los precios privados o propios de matrícula no tienen descuento, excepto en el reconocimiento de créditos que se aplicará el porcentaje indicado sobre el precio propio de cada crédito reconocido. El precio total a abonar por créditos matriculado por primera vez (cr.oficial 39,53 + cr.propio 48 = 87,53 ) supone un 54,16% en relación con la media del coste por crédito del conjunto del sistema universitario catalán. La clasificación de los estudios de grado en Enfermería es el coeficiente de estructura docente C, que determina los importes públicos a aplicar. Anulaciones de la matrícula y de asignaturas La dirección del centro autorizará la anulación total o parcial de la matrícula, siempre que la solicitud se presente dentro del plazo fijado a tal efecto en el calendario academicoadministrativo. En casos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar la anulación de la matrícula fuera del plazo establecido. Una vez se haya concedido la anulación de la matrícula, será aplicada inmediatamente en el expediente académico, la cual tendrá la misma consideración que si el estudiante no se hubiera matriculado, y no se podrá renunciar en ningún caso. El estudiante únicamente tendrá derecho a la devolución del precio público por la prestación de servicios académicos universitarios sí: a) Por causas que no le sean imputables, no se realice la actividad o no se preste lo servicio. b) Justifica debidamente enfermedad grave, accidente o cualquier otra circunstancia excepcional. c) Durante el proceso de reasignación, si la Oficina de Orientación para el Acceso a la Universidad (OOAU) le adjudica una plaza en otros estudios, se devolverá todo lo abonado excepto el importe correspondiente a la gestión del expediente (69.80 ) y lo correspondiente a documentación y gestión de apoyo EUE (40 ). No será de aplicación la devolución del importe de las reasignaciones en los supuestos siguientes: a. Cuando haya un cambio de preferencias por parte del estudiante. b. Si el estudiante vuelve a hacer una nueva preinscripción en convocatorias posteriores. c. Cuando la adjudicación de plaza se haga fuera del sistema de preinscripción de la OOAU. Las personas reasignadas con derecho a devolución tendrán que solicitar la anulación de matrícula antes del 23 de octubre de 2015, adjuntando fotocopia de la matrícula del centro donde ha sido asignada, así como copia del recibo de abono de la matrícula del nuevo centro. Caso de haber aplazado el pago de la matrícula propia, las cantidades aplazadas serán canceladas previa solicitud a la Dirección de la EUE.

El estudiante que abandone los estudios, para solicitar la anulación de matrícula, tendrá que comunicarlo por escrito a la Secretaría de la Escuela para hacer las diligencias que correspondan, y en el caso de que el estudiante haya pedido pago aplazado de la matrícula propia, tendrá que abonar íntegramente los importes pendientes, independientemente de la fecha de abandono. No será devuelto ningún importe que haya sido abonado. Modificaciones de la matrícula En los plazos fijados a tal efecto, el estudiantado podrá solicitar a la Dirección de la EUE la modificación parcial de la matrícula. Tendrá que abonar el importe de la tasa por modificación y ampliación parcial de matrícula. En casos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar la modificación de la matrícula fuera del plazo establecido. En caso de que se produzca un incremento en el importe de la matrícula, se tendrá que abonar la diferencia resultante en un pago adicional además de la tasa de solicitud de modificación. En los casos que las modificaciones de matrícula supongan una disminución en la liquidación económica, no se tendrá derecho a la devolución correspondiente, a excepción de que la modificación sea debida a causas imputables a la Universidad. Una vez concedida la modificación de la matrícula, será aplicada inmediatamente en el expediente del estudiante, y no se podrá renunciar en ningún caso. Conceptos incluidos en la matrícula La tasa de Servicio de apoyo de gestión académica de la UAB es aprobada anualmente por el Consejo Social de la UAB. El seguro escolar es obligatorio para todos los menores de 28 años españoles, los ciudadanos de países de la Unión Europea o los extranjeros con residencia en el Estado español provenientes de países con convenio que lo determine, o con reciprocidad expresamente reconocida, tendrán que abonar los precios fijados por este concepto. Si no eres estudiante de la Unión Europea, también tendrás que tener la Tarjeta de Estudiante Extracomunitaria. Los y las estudiantes que tengan 28 años o más, sin derecho al seguro escolar, no tendrán que abonar la cuota correspondiente. Sin embargo, se les exigirá que dispongan de un seguro con coberturas equivalentes al seguro escolar. El seguro complementario reúne estos requisitos. A los y las estudiantes que se matriculen de asignaturas de prácticas curriculares y los de intercambio es obligatorio que dispongan de un seguro complementario de accidentes y de responsabilidad civil. El seguro complementario es un servicio que te ofrece la Universidad este curso académico 2015-2016, que consiste en un seguro de accidentes y asistencia de viaje dirigido a todo el colectivo de estudiantes matriculados en la UAB. Para disfrutar de él hace falta que, en el momento de formalizar la matrícula, contrates el seguro complementario. Pago Para que la matrícula de todos los estudiantes que se matriculen en la Escuela sea válida, tienen que abonar los precios públicos establecidos, más la totalidad de los precios propios. Si escoge el pago de la matrícula propia fraccionado, se entiende que la obligación de pago está satisfecha en el momento en que se han efectuado los pagos de todos los plazos. El hecho de no pagar la matrícula en los plazos fijados comporta el estado de morosidad económica del expediente, de acuerdo con lo que queda regulado en el Decreto de precios públicos de la Generalitat de Cataluña. Será imprescindible el abono de cualquier pago pendiente, más la cantidad adicional de recargo vigente, como condición previa para la formalización de la nueva matrícula, modificación de la matrícula y/o para la solicitud de cualquier servicio académico (certificados, títulos, traslados, etc.). Así mismo, será de aplicación para los estudiantes que abonen el importe de su matrícula de cursos anteriores.

Los estudiantes que formalicen la matrícula como becarios condicionales pueden realizar el pago aplazado. La no tramitación de beca, por carencia de la entrega de la solicitud y/o documentación, así como la denegación de esta, implicará la modificación de la matrícula y el abono en un único pago, sin perjuicio de los plazos pendientes de abonar de los pagos aplazados. El importe correspondiente se tendrá que abonar en el plazo de 10 días desde la fecha de la resolución. La Orden de domiciliación de recibos SEPA o Mandato es requisito necesario para realizar cualquier cobro en una cuenta corriente o IBAN. El estudiante tiene que ser titular de la cuenta bancaria de una Entidad bancaria española. La forma de pago de la totalidad de la matrícula (pública y propia), se puede satisfacer de dos formas: - Opción 1: Pago global El importe total de la matrícula, pública y propia, se hace en un solo pago a través del Abonaré, recibo con código de barras, que se imprimirá junto a la matrícula. - Opción 2: Pago aplazado Esta segunda opción se fracciona en cuatro pagos, el primero con Abonaré y los tres restantes domiciliados en la cuenta bancaria que el estudiante determine. 1er pago al formalizar la matrícula. Se abonará la totalidad de los precios públicos a través del Abonaré, recibido con código de barras, que se imprimirá junto a la matrícula. 2º pago el día 1 de octubre de 2015. El 34% del importe de matrícula propia se domiciliará en la cuenta del estudiante. 3er pago el día 4 de enero de 2016. El 33% del importe de matrícula propia se domiciliará en la cuenta del estudiante. 4º pago el día 1 de abril de 2016. El 33% del importe de matrícula propia se domiciliará en la cuenta del estudiante. El pago a través del Abonaré no tiene ninguna comisión de coste para el estudiante. Se tiene que hacer efectivo el pago en un plazo máximo de 7 días naturales a partir de la fecha de formalización de la matrícula. No habrá que presentar el comprobante de pago en la Escuela, la información llega automatizada. Se tiene que comprobar que todos los datos que consten sean correctos de acuerdo con la matrícula. El pago del Abonaré se puede realizar por cualquiera de los siguientes medios: 1- Cajeros SERVICAIXA de la Caixa (el resguardo expedido por el terminal sirve de comprobante del pago). 2- Línia Oberta de la Caixa (sólo clientes de la Caixa ). 3- Por Internet en www.lacaixa.es (si no es cliente de la Caixa ). https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es.html 4- Oficinas de CaixaBank o la Caixa. Días: martes y jueves - Horario: consultar en la oficina Importante Para poder pagar con tarjeta, sea por el medio que sea, tenéis que tener configurado con vuestra oficina un límite superior al del importe que tenéis que abonar.

Consecuencias del impago Caso de no hacer efectivo cualquier pago cuando corresponda, se aplicarán los mismos criterios aprobados por la UAB y se cobrará el recargo estipulado, a excepción de los gastos bancarios de devolución, para cada recibo impagado que se irá incrementando en función de los meses que se tarden en pagar, de acuerdo con el escalado que se indica a continuación: - Hasta 3 meses desde la formalización de la matrícula, para los estudiantes con pago en un único plazo o desde la fecha fijada por el pago del 2º, 3er y 4º plazo, para los estudiantes con pago aplazado así como por los recibos impagados en concepto de modificación de matrícula: 7% de recargo sobre el importe pendiente. - Superior a 3 meses y hasta 6 meses: 11% del importe pendiente. - Superior a 6 meses: 15% del importe pendiente. Si la causa de la devolución del recibo es imputable a un error de la entidad bancaria donde están domiciliados los recibos, el estudiante podrá presentar una justificación firmada y sellada por dicha entidad en un plazo de 10 días y no se aplicará el recargo de devolución. Los recibos impagados junto con el recargo correspondiente se tendrán que hacer efectivos mediante abonaré que será entregado por la Gestión Académica de la EUE. Si el estudiante tiene variaciones importantes en su economía, a alegando motivos justificados, podrá pedir beca al MECD fuera de plazo. En la web de la Escuela podéis consultar una información sobre una oferta de financiación sin intereses para estudiantes de la EUE Sant Pau. Cómo se calcula el importe de una matrícula de Grado Ejemplo de cálculo de un estudiante menor de 28 años, con matrícula Ordinaria (sin ningún descuento) que se matricula de 60 créditos (CR) ECTS por primera vez y coge la segunda opción de forma de pago que es la aplazada. Precios 2015/16 Importe total 1er pago al matricularse (abonaré) Matrícula oficial 1a.vez 60 CR x 39,53 2.371,80 2.371,80 Gestión de expediente académico 69,80 69,80 Seguro Escolar obligatorio 1,12 1,12 Seguro Complementario 5,09 * 5,09 * Servicio de apoyo de gestión académica UAB 160,00 * 160,00 * Documentación y gestión de apoyo EUE 40,00 40,00 ---------------- Total a abonar al matricularse............. 2.647,81 Importe de Matrícula propia EUE 60 CR x 48 = 2.880,00 Domiciliaciones de la Matrícula propia: - El día 1 de octubre 2015.............. 979,20 - El día 4 de enero 2016............... 950,40 - El día 1 de abril de 2016.............. 950,40 --------------- Total importes precios públicos y propios abonados durante año. 5.527,81 ======================================================= * Pendiente de aprobación por el Consejo Social de la UAB

Ejemplo de cálculo de un estudiante menor de 28 año, con matrícula Becaria condicional que se matricula de 60 créditos (CR) ECTS (por primera vez) i aplaza el pago de la matrícula propia de la EUE: Precios 2015/16 Importe total 1er pago al matricularse (abonaré) Matrícula oficial 1ª.vez 60 CR x 39,53 2.371,80 0,00 Gestión de expediente académico 69,80 69,80 Seguro Escolar obligatorio 1,12 1,12 Seguro Complementario 5,09 * 5,09 * Servicio de apoyo de gestión académica UAB 160,00 * 160,00 * Documentación y gestión de apoyo EUE 40,00 40,00 ---------------- Total a abonar al matricularse.... 276,01 Importe de Matrícula propia EUE 60 CR x 48 = 2.880,00 Domiciliaciones de la Matrícula propia: - El día 1 de octubre 2015.............. 979,20 - El día 4 de enero 2016............... 950,40 - El día 1 de abril de 2016.............. 950,40 --------------- Total importes precios públicos y propios abonados durante el año 3.156,01 ======================================================= Si la beca es denegada se deberá abonar, en un plazo de 10 días, el importe correspondiente a las tasas académicas mediante abonaré...................... 2.371,80 El estudiante de menos de 28 años paga seguro escolar obligatorio. Los estudiantes mayores de 28 años no abonan este seguro pero tienen que tener un seguro equivalente, que puede ser el seguro complementario. * Pendiente de aprobación por el Consejo Social de la UAB Barcelona, 10 de julio de 2015