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BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA FORMAR PARTE EN LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE MÁLAGA EN LA CATEGORÍA DE BOMBEROS CONDUCTORES. PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria tiene por finalidad la selección del personal funcionario temporal con las categorías profesionales que se indican en la base segunda, para su contratación en régimen de interinidad, ya sea para sustituciones transitorias, ejecución de programas de carácter temporal, acumulación de tareas o cubrir plazas vacantes hasta su cobertura por funcionarios de carrera. Todos los nombramientos que puedan realizarse sobre el personal de esta Bolsa de Empleo deberán ser por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia. La convocatoria y, en su día, los posibles nombramientos se hacen al amparo del artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público. SEGUNDA: CATEGORÍAS A SELECCIONAR. Bolsa de Bomberos Conductores (Subgrupo C2): hasta un máximo de 50 personas. TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado público con las peculiaridades señaladas a continuación: 1. Tener cumplidos los dieciocho años, sin exceder de los cincuenta y cinco. 2. Poseer la titulación necesaria para desempeñar el puesto de trabajo al que se opte, según lo especificado en la base siguiente. 3. No padecer enfermedad o defecto físico que le impida desempeñar las tareas propias del puesto. CUARTA: TITULACION EXIGIDA. Bombero Conductor: - Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. - Estar en posesión del permiso de conducir clase C. QUINTA: SOLICITUDES. Las solicitudes para participar podrán dirigirlas los interesados al Sr. Presidente del Consorcio Provincial de bomberos de Málaga, presentándolas en el Registro General del Consorcio en la oficina que al efecto se habilite en el edificio del Centro Cívico Provincial, Avda. de los Guindos 48, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Deberán acompañarse de fotocopia del DNI y del Carnet de Conducir en vigor. Cuando las solicitudes no se presenten en el Registro de Entrada del Consorcio, el aspirante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos o en el organismo oficial que proceda, y anunciar a la Presidencia del Consorcio la remisión de la solicitud mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida en el Registro de Entrada del Consorcio con 1

posterioridad mayor a cinco días naturales desde la fecha de terminación del plazo. Transcurridos esos 5 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de solicitud sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Los/as aspirantes deberán presentar solicitud de acuerdo con el modelo que figura como Anexo 5 de las Bases. SEXTA.- PLAZO DE SOLICITUD. El plazo que dispondrán para presentación de solicitudes será el comprendido entre el 11 y 20 de junio de 2.008 inclusive. SÉPTIMA.- PUBLICIDAD.- La convocatoria y las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Las bases y todas las informaciones y anuncios relacionados con el procedimiento selectivo se harán públicos en los siguientes lugares: - A efectos legales: o Tablón de anuncios del Consorcio (Centro Cívico Provincial, Avda. de los Guindos 48 1ª planta Sala Mollina, Málaga). - A efectos meramente divulgativos: o Página web http://www.malaga.es de la Diputación Provincial de Málaga. OCTAVA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consorcio dictará resolución aprobando las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Se establece un plazo común de tres días para poder subsanar los defectos que adolezcan las solicitudes, así como para presentar reclamaciones aquellos solicitantes excluidos. A esta resolución se dará publicidad en los lugares señalados en la base SÉPTIMA. 2.- Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución de la Presidencia del Consorcio, por la que se aprobarán las listas definitivas. En ella además se especificarán: - Orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan ser realizados conjuntamente, siguiendo el resultado del sorteo efectuado a los mismos efectos por la Administración General del Estado para el último año. - Determinación de la composición del órgano de selección. - Fijación del lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba selectiva, haciendo constar que la citación para las sucesivas se hará simultáneamente a la publicación de las listas con los resultados de cada una de las pruebas anteriores. Esta resolución se hará pública en los lugares citados en la Base SÉPTIMA, y a través de ella, se considerarán citados los aspirantes para el desarrollo de las pruebas, siendo el llamamiento único. 2

NOVENA: PROCEDIMIENTO SELECTIVO La selección se efectuará por concurso oposición, de acuerdo con las pruebas específicas que se señalan en el anexo 1. La Prueba 1 de Test será eliminatoria para los/las aspirantes que no obtengan una calificación mayor de 5 puntos y que, además, sea igual o mayor a la puntuación que establezca las cien mejores calificaciones. DÉCIMA: EL ÓRGANO DE SELECCIÓN: El órgano de selección será nombrado por la Presidencia del Consorcio y estará integrado por 2 personas especialistas en temas jurídicos, una de las cuales ejercerá de Presidente, y 3 personas profesionales de los servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos. Todos los miembros del órgano de selección deberán tener titulación igual o superior a la exigida para la participación en el procedimiento selectivo y deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público. El Presidente podrá incorporar a cuantos especialistas y asesores considere oportunos para el mejor desarrollo y celeridad en la realización de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y a las funciones que determine el tribunal, no teniendo voto en ningún caso. Deberán abstenerse de formar parte del órgano de selección, aquellos miembros a los que le afecte cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. Asimismo, y contra la composición del Tribunal podrá interponerse, por parte de los aspirantes y por los mismos motivos que pudieran dar lugar a la abstención, antes referida, escrito de recusación en el plazo de cinco días naturales a partir de la publicación de los componentes del órgano de selección. El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario, y su actuación se ajustará a las bases de la convocatoria. No obstante, él mismo resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las propias Bases. UNDÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. Terminada la calificación de los aspirantes tanto en la fase de oposición como en la de concurso, el órgano de selección procederá de la siguiente forma: 1.- Simultáneamente con los resultados del concurso, se publicará una relación inicial de aspirantes calificados como aptos, ordenada de mayor a menor puntuación obtenida, indicando en el mismo anuncio que deberán presentar en el plazo de tres días hábiles los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en esta convocatoria se exigen en la Base TERCERA y documentos originales de los méritos alegados, para su cotejo. Los candidatos seleccionados deberán igualmente suscribir compromiso de conducir vehículos oficiales del servicio de extinción de incendios y salvamentos, así como de disponibilidad para utilizar como medios de transporte en la prestación de los servicios tanto medios terrestres (expresamente automóviles, furgonetas o camiones) como medios aéreos (expresamente helicópteros) o marítimos (expresamente lanchas o barcas). 3

Aquellos que dentro del plazo indicado no presentaren la documentación exigida, salvo casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de que pudieran haber incurrido en falsedad en su instancia. 2.- Tras ello se resolverán, en su caso, las reclamaciones presentadas al concurso y se hará pública la lista definitiva, elevándose la misma a la Presidencia del Consorcio para que resuelva la incorporación a la Bolsa de Empleo Temporal del personal seleccionado. DUODÉCIMA: FUNCIONAMIENTO, ALTA Y BAJA EN LA BOLSA. La presente Bolsa tendrá vigor hasta la finalización de las pruebas selectivas para funcionarios de carrera previstas, para esas mismas categorías, en el presupuesto de 2.008. Los aspirantes incluidos en la Bolsa que sean llamados a nombramiento deberán, antes de ser nombrados, pasar examen médico y psicológico que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos a ese respecto, para lo cual se realizarán en los servicios médicos y psicológicos que señale el Consorcio cuantas pruebas clínicas y complementarias se consideren necesarias para determinar la sujeción o no del aspirante al cuadro Anexo 3, incorporado a estas bases. El tipo y fines del reconocimiento psicológico se incorporan como Anexo 4. Ambos reconocimientos deberán concluir con un certificado que declare a los aspirantes como APTOS para el servicio, en caso contrario causarán baja en la Bolsa. La no presentación sin justificación a los reconocimientos médico o psicológico supondrá la exclusión de la bolsa. Los nombramientos se efectuarán según el orden de puntuación de la lista definitiva de personal seleccionado, empezando a convocar al primero de la lista. Si por cualquier motivo el aspirante convocado no responde a la propuesta de trabajo del Consorcio, se llamaría al segundo en lista y así sucesivamente. A excepción de las posibles incidencias que se podrían desarrollar por parte de los aspirantes: El aspirante que no acepte la invitación del Consorcio Provincial, pasa al último de la bolsa de la zona, salvo justificación suficiente a juicio de la Gerencia. El aspirante que no atienda dos invitaciones por parte del Consorcio, sin justificación, será dado de baja definitiva de la bolsa de empleo. La falta de rendimiento o la prestación anómala de los servicios dará lugar a la baja en la bolsa de trabajo, previo informe escrito de los responsables del Consorcio Provincial, con audiencia y conocimiento del afectado. En los primeros nombramientos se ofrecerán los nombramientos previsiblemente de mayor duración a los seleccionados con las mayores puntuaciones. Tras ello el nombramiento se ofrecerá por riguroso orden temporal en las necesidades de los servicios. 4

DÉCIMOSEGUNDA: DESTINO Y RESIDENCIA. El personal contratado podrá ser destinado y adscrito a los distintos centros que integran el Consorcio, debiendo residir en el Municipio consorciado a que se destine. Se fija un periodo de prueba de un mes para el primer periodo de nombramiento. DÉCIMO TERCERA: CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO La participación en el procedimiento selectivo supone la declaración expresa de aceptación estas bases y del conocimiento del contenido de los Estatutos de este Consorcio, en especial los artículos referentes a la vinculación del personal con los Entes Consorciados. DÉCIMO CUARTA: NORMAS FINALES. Contra las puntuaciones otorgadas y contra los restantes actos de trámite, podrán los interesados presentar escrito de alegaciones, en el plazo de tres días desde la fecha de su publicación o notificación, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, y para la impugnación de tales actos en el recurso administrativo que, en su caso, se interpongan contra la misma. ANEXO 1 PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CATEGORÍA DE BOMBERO CONDUCTOR. A. FASE DE OPOSICIÓN: La puntuación del conjunto de esta fase se obtendrá del siguiente modo: - La valoración de las tres pruebas se sumará y se dividirá entre tres. El número así obtenido se multiplicará por 0 75 y dará la puntuación total de la fase. PRUEBA 1.- PRUEBA TEÓRICA TIPO TEST. Para su realización deberá presentarse en la acreditación el original del Documento Nacional de Identidad. Consiste en responder por escrito un cuestionario, de 100 preguntas tipo test, determinado por el Tribunal calificador justo antes del inicio de la prueba, sobre los temas propios del puesto a cubrir, en un tiempo máximo de dos horas y treinta minutos. El temario será el que figura al final de este Anexo 1. tema: El cuestionario deberá tener el número de preguntas que se indican para cada materia o - 25 preguntas del temario de materias generales. - Al menos, 15 preguntas sobre conocimiento de materiales, equipos o vehículos propios de los servicios. - Al menos, 10 preguntas sobre conocimiento del medio geográfico y las comunicaciones en la provincia de Málaga. 5

- El resto de las preguntas deberán referirse al temario de materias específicas indicadas en el correspondiente Anexo. Este cuestionario se calificará por preguntas acertadas puntuando 0,1 puntos y aquellas no acertadas restarán de la puntuación total 0,05 puntos. No puntuarán las no contestadas. Esta prueba será eliminatoria, pasando a la siguiente solamente quienes obtengan las 100 mejores calificaciones siempre que igualen o superen los 5 puntos. El resultado de esta Prueba se publicará en los lugares establecidos en la Base SÉPTIMA. PRUEBA 2.- PRUEBAS FÍSICAS. Para poder participar en las pruebas físicas se deberá entregar en la acreditación para la prueba, antes de su inicio, un Certificado médico oficial en el que conste que el aspirante reúne las condiciones físicas necesarias para poder realizarlas haciendo referencia a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Consiste en la realización de 4 ejercicios, que se ejecutarán en el orden establecido, con objeto de respetar los principios de la Ley de la Alternancia. Cada ejercicio será eliminatorio, siendo pues necesario superar la marca mínima exigida en cada uno de ellos, para pasar al siguiente. En aquellos que no se especifique lo contrario, sólo se permitirá un intento. La calificación de la prueba física se obtendrá de sumar los resultados obtenidos en cada una de las mismas y dividirlo por el total de pruebas. Es necesario en todas las pruebas obtener 5 puntos como mínimo. Invalidaciones: Todas aquellas previstas en el Reglamento de la Federación de Atletismo que pudieran ser aplicables a la prueba. Publicado el resultado de la misma en los lugares establecidos en la base SÉPTIMA, los aspirantes que la hayan superado, se entenderán citados para realizar la siguiente prueba selectiva en el lugar, fecha y hora que se indicará en la misma relación. Los ejercicios serán los siguientes: 2.1.- CARRERA DE 100 METROS LISOS 2.1.1. FINALIDAD: Medir la velocidad de traslación/desplazamiento. 2.1.2. POSICIÓN INICIAL: La salida se dará en posición de pie, brazos caídos a lo largo del cuerpo, pies separados aproximadamente a la anchura de las caderas, con piernas extendidas y tronco erguido. 2.1.3. EJECUCIÓN: Recorrer la distancia de 100 metros lisos en pista y sin salirse de su calle. 6

2.1.4. DESCRIPCIÓN: El ejecutante se colocará en la línea de salida sin pisarla. A la voz de «listos» inclinará el tronco hacia adelante y flexionará la pierna adelante. A la voz de «ya» o cualquier otra señal preestablecida (pistola o silbato), saldrá. El cronómetro se pone en marcha cuando se da la señal de salida y se detiene cuando el corredor cruce con el pecho la línea de meta. 2.1.5. NORMAS ESPECIALES: La salida se puede realizar de pie o agachados, sin tacos de salida. Se permitirá una salida nula. A la segunda salida nula el/la aspirante quedará eliminado/a. Se considerará salida nula, anticiparse al estímulo de salida (voz, pitido o pistoletazo), saliendo antes de que se diera el mismo, así como cualquier intento en que el candidato interfiera a otro. El/la aspirante quedará eliminado si se saliera de la calle asignada o pisara durante el recorrido las líneas que delimitan su calle. El calzado a utilizar debe tener suela de goma, no estando permitido, en ningún caso, el uso de zapatillas de clavos. 2.1.6. ANOTACIÓN: Se anotará el tiempo invertido (en segundos y décimas) desde el pitido o voz inicial de salida hasta que se cruce la línea de meta con el pecho. 2.1.7. MATERIAL: Cronómetro, silbato, pistola de salida y banderas. 2.1.8. PUNTUACIÓN Tiempo HOMBRES MUJERES PUNTOS MINIMO 14 50 a 14 21 16,00 a 15 71 5 14 20 a 13 91 15 70 a 15 41 6 13 90 a 13 61 15 40 a 15 11 7 13 60 a 13 39 15 10 a 14 81 8 13 40 a 13 01 14 80 a 14,51 9 MÁXIMO 13 00 14,50 10 2.2.- DOMINADAS EN BARRA HORIZONTAL 2.2.1. FINALIDAD: Medir la fuerza rápida de la musculatura dorsal y flexora del tren superior. 2.2.2. POSICIÓN INICIAL: Suspendido en la barra (flexión de hombros a 180º y extensión de codos) con presa dígito palmar hacia el frente de la barra, y a la anchura de los hombros. Posición final: Abducción de hombros, flexión de codos en la posición referenciada. 2.2.3. EJECUCIÓN: Efectuar flexiones de codos con las rodillas extendidas, e inmóviles, durante 30. 7

2.2.4. DESCRIPCIÓN: Desde la posición inicial subir flexionado los codos de manera que la barbilla supere el borde superior de la barra, manteniendo la cabeza en posición horizontal con la mirada hacia el frente sin extender el cuello. En el descenso la extensión de los codos debe ser total. 2.2.5. NORMAS ESPECIALES: Se permitirán dos intentos. No se permitirá ningún tipo de balanceo de las piernas, por lo tanto éstas permanecerán inmóviles durante todo el ejercicio. Las piernas se podrán mantener entrecruzadas o paralelas, pero en la misma posición durante todo el ejercicio. 2.2.6. ANOTACIÓN: Se contará el número de veces que pase la barbilla sobre el borde superior de la barra de forma correcta durante 30. 2.2.7. MATERIAL: Barra horizontal. 2.2.8. PUNTUACIÓN Repeticiones HOMBRES MUJERES PUNTOS MINIMO 8-9 5 5 10-11 6 6 12-13 7 7 14-15 8 8 16-17 9 9 MÁXIMO 18 10 10 2.3.- CIRCUITO DE AGILIDAD 2.3.1. FINALIDAD: Medir la coordinación dinámica general, la velocidad de movimientos y su eficacia. 2.3.2. POSICIÓN INICIAL: Detrás de la línea de partida, a uno de los lados de la valla, preparado para correr en posición de salida de pie esperando la señal de salida. El lugar de salida es opcional a derecha o izquierda de la valla. 8

2.3.3. EJECUCIÓN: A la señal de salida correr a toda velocidad, en la dirección que indica el diagrama. 2.3.4. DESCRIPCIÓN: Realizar los desplazamientos a la máxima velocidad posible respetando la forma de superación de los obstáculos y el orden indicado. 2.3.5. NORMAS ESPECIALES: El cronómetro se pone en marcha a la señal de salida y se detiene cuando el candidato supera la señal de llegada, después de saltar la última valla. Es nulo todo intento en el que el candidato derribe uno o las dos estafetas, por tanto se podrán tocar los obstáculos pero sin tirarlos. Se permiten dos intentos con descanso intermedio. 2.3.6. ANOTACIÓN: Se contabilizará el mejor tiempo, en segundos y décimas, de los dos intentos. 2.3.7. MATERIAL: Dos estafetas de 1,70 metros de altura por 3 cm. de ancho, mantenidos verticalmente por la correspondiente base. Dos vallas de atletismo tipo standard, colocadas en altura 0,72 metros, y una de ellas prolongada verticalmente por dos palos adosados a sus extremos laterales, que tienen las mismas características de los anteriormente citados. Cronómetro. Área marcada sobre madera, cemento, asfalto, material sintético, etc. según el diagrama. 9

2.3.8. PUNTUACIÓN: Tiempo HOMBRES MUJERES PUNTOS MINIMO 10 46 a 10 29 11 72 a 11 55 5 10 28 a 10 11 11 54 a 11 37 6 10 10 a 9 93 11 36 a 11 19 7 9 92 a 9 75 11 18 a 11 01 8 9 74 a 9 57 11 00 a 1 83 9 MÁXIMO 9 56 10 82 10 2.4.- CARRERA DE 1.000 METROS 2.4.1. FINALIDAD: Medir la resistencia anaeróbica. 2.4.2. POSICIÓN INICIAL: La salida se dará en posición de pie, brazos caídos a lo largo del cuerpo, pies separados aproximadamente a la anchura de las caderas, con piernas extendidas y tronco erguido. 2.4.3. EJECUCIÓN: Carrera 1.000 metros lisos en pista de Atletismo. 2.4.4. DESCRIPCIÓN: Recorrer la distancia de 1.000 metros en pista por calle libre. El ejecutante se colocará en la pista en el lugar señalado, detrás de la línea de salida, sin pisarla. A la voz de «ya», o disparo, o pitido, saldrá a recorrer la distancia marcada por calle libre sin molestar al resto de candidatos. 2.4.5. NORMAS ESPECIALES: Se permitirá un solo intento. No se permite obstaculizar ni realizar maniobras perjudiciales para el resto de candidatos. No se permitirán zapatillas de tacos. 2.4.6. ANOTACIÓN: Se anotará el tiempo invertido en minutos y segundos. 2.4.7. MATERIAL: Cronómetro y silbato. 2.4.8. PUNTUACIÓN Tiempo HOMBRES MUJERES PUNTOS MINIMO 3 40 a 3 36 4 45 a 4 36 5 3 35 a 3 31 4 35 a 4 31 6 3 30 a 3 21 4 30 a 4 21 7 3 20 a 3 06 4 20 a 4 06 8 3 05 a 2 51 4 05 a 3 51 9 MÁXIMO 2 50 3 50 10 10

PRUEBA 3: PRUEBAS PRÁCTICAS. Constará de dos ejercicios, para cuya valoración se sumarán las puntuaciones de cada uno de ellos y se dividirán entre dos. 3.1. PRIMER EJERCICIO: PRUEBA DE DESTREZA EN CONDUCCIÓN DE CAMIÓN. Para su realización se deberá presentar el original del carné de Conducir. Consistirá en acreditar prácticas de conducción de camión dentro de un recinto vallado, efectuando las maniobras ordinarias tanto en conducción hacia adelante como en marcha atrás. Se valorará la adecuada relación entre habilidad para el manejo del vehículo (limpieza en las maniobras, no tocar los pivotes, no salirse del itinerario, buen trato del cambio de velocidades, etc.) y el tiempo de realización de las maniobras (el órgano de selección tras señalar el itinerario señalará el tiempo ideal para su realización y lo hará público a los participantes, penalizándose la desviación sobre el tiempo ideal señalado). El 45% de la puntuación valorará el buen manejo del vehículo y el otro 55 % la adecuación al tiempo ideal. Se sumará la valoración de ambas partes y puntuará de 0 a 10 puntos, siendo necesario igualar o superar la puntuación de 5 para superarlo. 3.2.SEGUNDO EJERCICIO: PRUEBA DE NATACIÓN CON RESCATE DE MANIQUÍ EN FONDO. Consistirá en recorrer nadando en estilo libre 44 metros en una piscina de 22 metros de largo; tras ello se descansará asido al borde durante 5 segundos cronometrados por el órgano de selección, nadando a continuación a rescatar un maniquí situado en el fondo de la piscina a 12 metros, rescatarlo y volver al punto de partida. Si no se lleva al punto de partida el maniquí se considerará no superada la prueba. La puntuación por tiempos será la siguiente: Tiempo Puntuación - de 2 minutos 10 puntos De 2 a 2 09 9 puntos De 2 10 a 2 19 8 puntos De 2 20 a 2 29 7 puntos De 2 30 a 2 39 6 puntos De 2 40 a 2 50 5 puntos + de 2 50 No superada 11

B. FASE DE CONCURSO: No será eliminatoria, ni sus puntaciones podrán servir para superar los mínimos exigibles en la fase de pruebas o de entrevista. Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición y que deseen que se valoren sus méritos en la fase de concurso, deberán presentar en el Registro de Entrada del Consorcio, en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de los resultados de la fase de oposición, una relación autovalorada con los méritos que aleguen y acompañar fotocopias de los documentos acreditativos de los mismos, acompañadas de los documentos originales para su compulsa. La puntuación de la fase de concurso obtendrá sumando la valoración de los apartados de Formación y perfeccionamiento y Experiencia, y se multiplicará por 0,25. Su resultado se publicará en los lugares establecidos en la base SÉPTIMA. Puntuable según el siguiente baremo: Formación y Perfeccionamiento: - Por tener otros títulos: o título de Diplomado: 1 puntos. o Por tener título de Licenciado: 2 00 puntos. Máximo por este apartado 2 puntos. - Por cursos impartidos por centros oficiales relacionados con las funciones propias del puesto a desempeñar, se valorarán según las horas de duración, con la siguiente puntuación: 0,03 puntos por hora de asistencia a cursos relacionados directamente con el objeto de la convocatoria. 0,01 puntos por hora de asistencia de cursos no directamente relacionados 0,02 puntos por hora de docencia y/o ponencia. Máximo en este apartado: 3 00 puntos. Experiencia profesional: Por cada 6 meses de trabajo realizando funciones propias del puesto a cubrir, acreditados mediante el correspondiente nombramiento, contrato laboral y certificado de vida laboral: 0,50 puntos hasta un máximo de 5. ANEXO 2 TEMARIO MATERIA GENERAL 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales de los españoles 2. La Administración Pública Española. La Administración del Estado, autonómica y Local. 3. La Comunidad Autónoma Andaluza. Regulación Jurídica. El Estatuto de Andalucía. 4. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y Regulación Jurídica. Tipos de Entidades Locales. El municipio y la Provincia. Concepto, elementos y competencias. 12

5. Formas de Gestión de los Servicios Públicos Locales. Especial referencia a los Consorcios. Diferentes tipos de Consorcios. 6. La Función Pública Local. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Incompatibilidades. 7. Los Estatutos del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga. 8. La responsabilidad de la Administración. Régimen General y Normas en relación con las actuaciones de bomberos MATERIA ESPECÍFICA 1. El fuego. principios generales. La combustión. El tetraedro del fuego. Clasificación. La transmisión del calor. Combustibilidad. Materiales combustibles. 2. Sustancias y equipos extintores.mecanismos de extinción. Sustancias y elementos de extinción. Agentes extintores hídricos. Gases inertes. Agentes químicos. Otros elementos 3. Materiales y equipos contraincendios. Aparatos y elementos de una línea hidráulica. Bombas. Vehículos contraincendios. Clasificación y equipos. Vehículos de salvamento. Clasificación, equipos y herramientas. Vehículos especiales y auxiliares. Clasificación, equipos y herramientas. Equipos y herramientas complementarios. 4. Sistemas y técnicas de extinción y actuación. Sistemas fijos de extinción. Sistemas automáticos de detección. Fuegos de interior. Incendios forestales. Salvamentos. Otras intervenciones 5. Epi s protección personal. Uniforme y ropa de trabajo. Equipo personal del bombero. Equipo de protección respiratoria. Trajes de protección personal. Otros elementos de protección. Aptitudes físicas y psicológicas del bombero 6. Elementos generales de la conducción. La conducción de vehículos de emergencias. Normas generales de conducción. 7. Demografía, geografía y economía básica de la provincia de Málaga. Conocimiento del entorno. 9. La Ley de Gestión de Emergencias de Andalucía. Especial referencia al Título III: Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento. 10. Ley Forestal de Andalucía 11. Legislación Básica de Protección Civil 12. Norma Básica de la Edificación. 13. Legislación en el transporte de Mercancía Peligrosas: TPC/ADR, TRF/RID. 14. El Plan de Acción 2008-2012 del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga. ANEXO 3 LISTADO DE EXCLUSIONES POR MOTIVO DE ENFERMEDAD O DEFECTO FÍSICO. Criterios: El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios que se indican a continuación: 1. Oftalmología. No padecer: 13

Disminuciones de la agudeza visual inferiores a ½ en el ojo mejor y 1/3 en el ojo peor, medida sin corrección. Retinopatía (se admite la Coriorrentinitis Central Serosa). Retinosis pigmentaria. Hemeralopia. Hemianopsia. Diplopia. Discromatopsias importantes. Glaucoma. Afaquias, pseudoafaquias. Subluxación del cristalino. Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida. Queratitis crónica. Alteraciones oculomotoras importantes. Dacriocistitis crónica. Párpados: Cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie. Tumores oculares. Amputación importante del campo visual en ambos ojos. 2. Otorrinolaringología. No padecer: No se admitirá audífono. La agudeza auditiva conversacional será medida según normas P.G.B. (pérdida global binaural) y no se admitirá ningún grado de hipoacusia. Trauma acústico o sordera profesional. No se admitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas E.L.I. (Early Loss Indez). Vértigo. Dificultades importantes en la fonación. Perforación timpánica. 3. Aparato locomotor. No padecer: Enfermedades y limitaciones de movimientos: No se admitirán grados de movilidad inferiores a: a) Extremidades superiores: Hombro: Elevación progresiva en anteversión hasta 180º. Abducción hasta 120º. Dinamometría Escapular menor de 25 kilos. Codo: Flexión hasta 140º. Extensión hasta 0º. Supinopronación: de 0º a 180º. Muñeca: Flexo Extensión hasta 120 º. Manos y dedos: 14

Dinamometría: No inferior a 30 kilos en cualquiera de las manos. Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de una mano. Falta o pérdida de cualquier falange de cualquier dedo, excepto la falange distal del 5º dedo. Falta de una mano o de cualquier parte de la misma, salvo los dedos, según se describe anteriormente. b) Extremidades Inferiores: Cadera: Flexión hasta 120º. Extensión hasta 10º (más allá de 0º). Tener una extremidad inferior más corte que la otra (mayor de 1 cm.) Rodilla: Extensión completa. Flexión hasta 130º. Lesiones articulares o ligamentosas no reparables. Tobillo: Flexo Extensión dorso plantar hasta 45º. Pie: Pie zambo. Pie plano. Pie plano espástico. Pie cavus. Dedos: Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar. Falta de cualquier falange de cualquier dedo. Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo. Hallux Valgus. Dedo en martillo. c) Columna vertebral: Escoliosis mayor de 7º. Costilla accesoria que produzca Robo de Subclavia. Hernia Discal. d) Enfermedades varias: Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función. Osteomielitis. Osteoporosis. Condromalacia. Artritis. Luxación recidivante. Miotonía congénita. Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de Bombero. 4. Aparato Digestivo. No padecer. Cirrosis. Hepatopatías crónicas. 15

Pancreatitis crónica. Ulcera sangrante recidivante. Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo. Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante. 5. Aparato Cardiovascular. No padecer: Hipertensión arterial mayor de 155/95 mm.hg. Insuficiencia cardíaca. Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente. Coronariopatías. Arritmias importantes. Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto. Flutter. Fibrilación. Síndromes de preexcitación. Bloqueo aurículo ventricular de 2 º o 3 º grado. Extrasístoles patológicos. Valvulopatiís. No se admitirán prótesis valvulares. Aneurismas cardíacos o de grandes vasos. Insuficiencia arterial periférica. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos o éxtasis o alteraciones tróficas varicosas importantes. Secuelas post tromboembólicas. Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de los trabajos de Bombero. 6. Aparato respiratorio. No padecer. Disminución de VEMS por debajo del 80%. EPOC. Asma bronquial. Atelectasia. Enfisema. Neumotórax recividante. Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar en las tareas específicas de Bombero. 7. Sistema Nervioso Central. No padecer: Parkinson, coreo o balismo. Epilepsia. Esclerosis múltiple. Ataxia. Arterio esclerosis cerebral sintomática. Vértigo de origen central. 16

Alteraciones psiquiátricas de base. Cualquier grado de hiposmia. 8. Piel y faneras. No padecer: Cicatrices que produzcan limitación funcional importante, y aquellos procesos patológicos que limiten o se agraven con el desempeño de la función de Bombero. 9. Otros procesos patológicos que impiden el normal desarrollo de las funciones de Bombero. No padecer: Diabetes tipo I o II. Diabetes insípida. Enfermedad de Cushing. Enfermedad de Addison. Insuficiencia renal crónica. Falta de un riñón. Enfermedades renales evolutivas. Hemopatías crónicas graves. Pruebas analíticas compatibles con patología de base. Tumores malignos invalidantes. Tuberculosis. Hernia inguinal. Análisis de orinal: Aluminuria y/o cilindruria importantes. 10. Alcoholismo o drogodependencia. No padecer. 11. Obesidad o delgadez manifiesta que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal calculado según la fórmula siguiente: P.I. = (Talla en cms. 100) + edad / 4) X 0,9. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio médico, dificulte o impida el desarrollo de las funciones de Bombero. ANEXO 4 FINES Y CRITERIOS DEL EXAMEN PSICOLÓGICO El examen psicológico tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función a la que aspiran, excluyendo aquellos rasgos que puedan dar lugar a trastornos psicopatológicos que puedan poner en peligro la prestación de los servicios. A.- Valoración de aptitudes: Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población en general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual. 17

B.- Valoración de actitudes y personalidad: Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función de bombero/a, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Así mismo deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de personalidad. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: Estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento del estrés y motivación por el trabajo de bombero/a. Los resultados objeto de las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de la personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo, problemas de salud, consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación y expectativas respecto de la función a realizar. ANEXO 5 MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN D/Dª con DNI nº, con domicilio en C/, Nº de la población de Código Postal, teléfono de localización MANIFIESTA: - Que ha tenido conocimiento de la convocatoria para tomar parte en las pruebas selectivas para la bolsa de trabajo temporal de funcionarios interinos Bomberos Conductores del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga correspondiente al año 2.008. - Que reúne los requisitos exigidos para participar en dichas pruebas, en concreto la titulación de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente y el carnet de conducir del tipo C. - Que acompaña fotocopia de los documentos acreditativos de su personalidad (DNI), del Carné de Conducir en vigor y del título exigido para participar en las pruebas. A la vista de lo expuesto SOLICITA: 18

- Ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas para la Bolsa de Empleo Temporal 2.008 de Bomberos Conductores del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga. Málaga, de junio de 2.008 (FIRMA) SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE MÁLAGA. 19