CAPITULO 147. EVALUACION DE UN SOLICITANTE DE OPERACIONES AGRÍCOLAS RAD 137. SECCION 1. ANTECEDENTES



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Transcripción:

CAPITULO 147. EVALUACION DE UN SOLICITANTE DE OPERACIONES AGRÍCOLAS RAD 137. SECCION 1. ANTECEDENTES 1. OBJETIVO. Este capítulo provee una guía para evaluar a un solicitante para un certificado bajo el RAD 137. 3. GENERALIDADES. Debido a la naturaleza de las operaciones agrícolas, la manera en que el equipo de certificación maneja la evaluación dependerá del tamaño y complejidad de la operación propuesta. Los Inspectores pueden encontrar que algunas fases de certificación se sobreponen. Por ejemplo, un inspector puede revisar documentos de la Fase de Cumplimiento de Documentos previo a la reunión durante la Fase de Solicitud Formal A. El Equipo de Certificación. Los Departamentos de Operaciones y Aeronavegabilidad tienen la responsabilidad de disponer un equipo de certificación. El tamaño del equipo de certificación dependerá de la complejidad de la operación propuesta. El equipo debe consistir en al menos un inspector de operaciones y uno de aeronavegabilidad. Un inspector de aviónica también puede ser requerido. Un miembro del equipo será designado como el Jefe del Proyecto de Certificación. B. El Jefe del Equipo debe coordinar estrechamente todas las actividades con la especialidad apropiada. C. Requisitos de selección. El RAD 137 autoriza tantas operaciones agrícolas privadas y comerciales. (1) El operador de una aeronave agrícola privada no puede conducir operaciones sobre propiedades a menos que éste sea el propietario o arrendatario de la propiedad o tiene una propiedad u otro interés legal en las cosechas localizadas en la propiedad. Además, el operador no puede conducir operaciones sobre áreas congestionadas o por compensación o alquiler. Un operador de una aeronave agrícola comercial no está limitado por estas condiciones. (2) El operador/solicitante privado debe ser titular de una licencia de piloto privado, comercial o de transporte de aerolínea con las habilitaciones apropiadas. (3) El operador/solicitante comercial debe tener disponibles los servicios de un piloto que tenga una licencia vigente de piloto comercial o de transporte de aerolíneas con las habilitaciones apropiadas. (4) El operador/solicitante de un certificado de operador de aeronave agrícola comercial o privado debe ser propietario al menos de una aeronave aeronavegable apropiada, certificada y equipada para operaciones agrícolas. (5) El solicitante de un certificado de operador de aeronave agrícola comercial debe tener los servicios de un supervisor de operaciones agrícolas. Este supervisor debe poseer el conocimiento y habilidades apropiadas. D. Desviaciones y Concesiones.

(1) Las aeronaves públicas usadas para conducir operaciones agrícolas no necesitan cumplir con las reglas de certificación del RAD 137, pero deben cumplir con las reglas de operación del RAD 137. (2) Un helicóptero equipado para operaciones agrícolas bajo el RAD 133 solo esta limitado a la distribución de agua en incendios de bosque. (3) Los siguientes son ejemplos de desviaciones de la aplicación del RAD 137 del RAD que requiere autorizaciones: Operaciones dentro de una zona de control. Operaciones bajo mínimos VFR. Operaciones sobre areas congestionadas. 5. EL PROCESO DE CERTIFICACION. El siguiente proceso de certificación provee la continua interacción, desde la solicitud inicial hasta la emisión o rechazo del certificado del IDAC. Se asegura que los programas, métodos propuestos y los métodos de cumplimiento propuesto del solicitante son revisados, evaluados y aprobados cuidadosamente usando las siguientes cinco fases: A. Fase de Presolicitud. El solicitante someterá una carta de intención, resaltando la operación propuesta. Si el solicitante requiere de información sobre la solicitud o necesita orientación adicional, el jefe del proyecto de certificación tiene la obligación de conducir una reunión de presolicitud. B. Fase de Solicitud Formal. Esta fase comienza cuando el equipo recibe la solicitud y/o la carta de intención. El equipo completo entonces se reúne con el solicitante. Cualquier pregunta que surja en este momento debe ser resuelta. C. Fase de Cumplimiento de Documentos. Durante esta fase, la solicitud y todo el material emitido serán revisados. D. Fase de Demostración e Inspección. Durante esta fase, el solicitante demostrará la habilidad de cumplir con los Reglamentos Aeronáuticas Dominicanas y practicas de operaciones seguras. (1) Registros. (a) Los operadores de aeronaves agrícolas comerciales debe tener un sistema para mantener una lista actual de los clientes y servicios que ofrecen. Este sistema incluye un método para retener estos registros. (b) El IDAC no requiere que los operadores de aeronaves agrícolas privadas mantengan registros comparables detallando las distribuciones de sus operaciones de distribución agrícola. (2) Aeronave. El (los) in spectores(es) de aeronavegabilidad conducirán los registros de inspección de las aeronaves y el equipo de distribución tanto para operadores de aeronaves agrícolas, comerciales y privadas.

NOTA: Al inspeccionar un equipo de distribución previamente usado, se debe tener cuidado para prevenir la contaminación de materiales peligrosos o tóxicos. (3) El tamaño y complejidad de la operación determinara la extensión de la inspección requerida en la base del operador. (4) A menos que esté previamente demostrado, el solicitante o supervisor asignado debe mostrar conocimiento y habilidad satisfactorios con respecto a las operaciones de aeronaves agrícolas. E. Fase de Certificación. Si el solicitante cumple con los requisitos de certificación, el IDAC emitirá el certificado.

1. REQUISITOS Y COORDINACIÓN. A. Requisitos: SECCION 2. PROCEDIMIENTOS Conocimiento de los requerimientos regulatorios del RAD 137. Terminación exitosa del Curso de Adoctrinamiento para Inspectores de Aeronavegabilidad, o su equivalencia previa. Experiencia previa con operaciones bajo el RAD 137. B. Coordinación. Esta tarea requiere coordinación estrecha entre los Inspectores de Aeronavegabilidad y Operaciones. 3. REFERENCIAS Y AYUDAS DE TRABAJO. A. Referencias: RAD 1, 43, 61, 91 y 137. B. Ayudas de Trabajo. Ninguna 5. PROCEDIMIENTOS. A. Fase de Presolicitud. Provea al solicitante con la información necesaria y el formulario de solicitud. Pida al solicitante someter una carta de intención. Asegurarse que la aprobación solicitada no es contraria a ningún reglamento local o gubernamental. (1) Programar una reunión de presolicitud, si es necesaria. B. Fase de Solicitud Formal. (1) Aceptar la solicitud y revisar la carta de intención. La carta de intención debe incluir la siguiente información: Tipo especifico de certificado de operador de aeronave agrícola para el cual el solicitante esta solicitando (comercial o privado). Nombre legal de la empresa y nombre apropiado del negocio de la empresa (d/b/a), dirección de la base principal de operaciones, dirección del aeropuerto principal, dirección de correo (si aplica) y números telefónicos. Tipo de aeronave a operar. Tipo de materiales a distribuirse. Fecha estimada de inicio de operaciones y tiempo de servicios.

Nombres y direcciones del personal de administración o jefe supervisor de inspección. (2) Conducir la reunión formal, como sea apropiado. (3) Programar las inspecciones requeridas. C. Fase de Cumplimiento de Documentos. Revisar la solicitud aplicación y documentos adjuntos para asegurarse que la información esta completa y correcta. D. Fase de Demostración e Inspección. (1) Conducir pruebas de conocimiento y habilidad, según sea requerido. (2) Inspeccionar el sistema de registro comercial del solicitante, según aplique. (3) Inspeccionar la aeronave, los registros de mantenimiento de la aeronave para asegurarse de lo siguiente: La aeronave esta debidamente certificada y aeronavegable. El mantenimiento requerido está al día. La aeronave está debidamente equipada para operaciones agrícolas. La aeronave está en condiciones seguras de operación. (4) Conducir una inspección de la Facilidad, como sea apropiado. (Ver IDAC 2000, Vol. II, Cáp. 221). (5) Analizar los resultados. Conducir una reunión de evaluación con el equipo de certificación para analizar los resultados. (6) Reunión con el Solicitante. Conducir una reunión con el solicitante y resolver cualquier deficiencia. E. Fase de Certificación. (1) Preparar el Certificado de Operación. Cuando el solicitante ha cumplido todos los requerimientos regulatorios para la certificación, la Junta de Aviación Civil emitirá el Certificado de Operación de la siguiente manera: (a) Nombre del titular del certificado. Entrar el nombre completo y nombre legal del titular del certificado directamente debajo de Esto certifica que. (b) Dirección del titular del certificado. Entrar la dirección de la base principal de operaciones del titular del certificado directamente debajo del nombre del titular del certificado. (c) Declaración de Certificación de Autoridad. Especificar las operaciones de aeronaves agrícolas comercial o privado. (d) Número de Certificado. Como corresponda

(e) Fecha efectiva: la fecha efectiva deberá ser la fecha en que todos los requerimientos fueron cumplidos. Si se enmienda un cerificado para que refleje un cambio de dirección, anotar la emisión original del certificado. (f) Emitido en: como corresponda. (g) Firmas, títulos y resignación de la JAC: El presidente o designado de la JAC deberá firmar los certificados de operación emitidos a los operadores que cumplen con el RAD 137. Anotar el nombre completo de la persona que firma el certificado en el espacio provisto. F. Preparar un informe de certificación. Este informe debe ser realizado para los archivos de la Autoridad, remitido a los Encargados de Operaciones y Aeronavegabilidad y debe incluir el nombre y título de cada inspector que asistió en el proyecto de certificación. El informe debe estar firmado por el Jefe de Certificación y debe contener lo siguiente: Una copia de la carta de intención. La solicitud. Plan de actividades. Un sumario de cualquiera de las dificultades encontrada durante el proceso de certificación incluyendo una descripción de actividades correctivas. Una copia de cualquier autorización/desviación emitida. 7. RESULTADO DE LA TAREA. A. La terminación de esta tarea resultará en uno de los siguientes procesos: (1) Emisión de un certificado. (2) Una carta al solicitante informándole que la solicitud fue rechazada. (3) Una carta al solicitante confirmando la terminación del proceso de certificación por el solicitante. B. Distribución del informe de certificación. (1) Retenga el informe de certificación original y todos los documentos respaldatorios en el archivo del Departamento de Aeronavegabilidad. 9. ACTIVIDADES FUTURAS. Los inspectores asignados deben cuidadosamente observar al operador durante los primeros 90 días de operación. Serán necesarias inspecciones adicionales para determinar las prácticas operativas realizadas en un nivel adecuado de seguridad. La atención directa en particular de áreas que no han sido demostradas u observadas durante la certificación.