Propuesta Promocional HiperJuego para PRENSA bancodeldeporte Cariño, en el Bote del Jueves, con mi Tarjeta de MARCA nos pueden caer 240.000 Euros y con la tuya MAS porque eres un FUTBOLERO y no paras de usar tu Tarjeta del bancodeldeporte en las gasolineras, en los restaurantes y en nuestras saliditas nocturnas A mi lo que me encantan son las LOTERIAS que me regala MARCA por mis compras! esta vez PRENSA si que ha inventado algo FANTASTICO!!, verdad tesoro? Creo que con tu Tarjeta MARCA, ya empieza a emocionarte el FUTBOL. Registro de la Propiedad Intelectual Copyright 1995-2002 Ampliación de Contenidos en Obra Registral Todos los Derechos Reservados 35.137 ( 18/8/1995 ) 35.455 ( 30/8/1995 ) 13.546 ( 19/5/2000 ) 13.726 ( 16/6/2000 ) 14.248 ( 26/10/2000 ) 14.953 ( 15/3/2001 ) 15.030 ( 6/4/2001 ) 15.078 ( 20/4/2001) 15.167 ( 10/5/2001 ) 15.168 ( 10/5/2001 ) 15.169 ( 10/5/2001 ) 15.248 ( 29/05/2001 ) 15.285 ( 1/6/2001 ) 15.380 ( 21/6/2001 ) 15.787 ( 19/9/2001 ) 15.905 ( 16/10/2001 ) 15.974-75-76 ( 30/10/2001 ) 16.216 ( 28/12/2001 ) V-127-02 ( 21/01/2002 ) V-622-02 ( 6/5/2002 ) V-755-02 ( 27/5/2002 ) V-861-02 ( 13/6/2002 ) 5 de Septiembre de 2002 v.1 Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 1 de 15
Introducción Lo mejor de nuestro sistema es su INNOVACION en contenidos de Fidelización así como su EXCLUSIVIDAD. De ahí que, con esta opción PROMOCIONAL, el operador puede obtener una confirmación real del valor PUBLICITARIO y CAUTIVADOR que va a suponer en las próximas décadas explotar en exclusiva tan paradigmático, diferenciador y potente sistema de Fidelización. En esta documentación presentamos a PRENSA/bancodeldeporte una propuesta que recoge los aspectos más relevantes de una CESION TEMPORAL para un año (PROMOCION) en EXCLUSIVA SECTORIAL (Banca) de una Licencia de explotación HiperJuego. Esta promoción da derecho a una Opción de Compra al término del año, así como a la Gestión externalizada (outsourcing) del sistema a través de nuestra empresa JAVIER FERRER ALOS MODELOS INFORMATICOS S.L., que comprende básicamente: el circuito logístico de las apuestas de respaldo, la gestión de todo el programa de Fidelización, la implantación de un call center de HiperJuego para clientes de PRENSA y, el diseño y asistencia a la website dinámica (servidor ASP.Net) de PRENSA/HiperJuego con la publicación y reparto de los premios. Es decir, todo el soporte de la promoción a partir del fichero anónimo de consumo de clientes con la Tarjeta PRENSA / bancodeldeporte. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 2 de 15
A continuación exponemos las líneas maestras que contemplaría el Contrato de Cesión final, cuya redacción ultima será previamente colegiada por su y nuestro gabinete jurídico: 1.- Cesión de la Propiedad Intelectual Cesión en exclusiva territorial y temporal de la Licencia de uso del sistema de Fidelización HiperJuego; limitaciones y derechos. Opción de Compra de la Licencia de uso con pleno dominio, a un año y con precio determinado, para el ámbito exclusivo de E S P A Ñ A y sector BANCA, así como de la cláusula de liberación de la Opción de Compra. 2.- Consultoría del Autor, Gestión e Implantación del sistema La propuesta incluye una Consultoría de Autor para la transmisión del know-how en relación a todos los aspectos concernientes al sistema: restricciones y diseños publicitarios, determinación de la mejor rejilla de apuestas a su sector (tipo y cantidad: análisis de coste y beneficio esperado), diseño sectorial de las Normas de Juego y Participación para los titulares, limitaciones legales, soporte matemático de la expectativa y seguimiento de su cumplimiento, aprovechamiento publicitario de los impactos Implantación y gestión de todo el sistema: clientes actuales de la Tarjeta PRENSA, definición del protocolo de nuevas altas de titulares. Determinación de todo el circuito de gestión, coordinación entre el operador y el outsourcer, comunicaciones, emisión de Tarjetas, reparto de premios y publicación contínua en el website de PRENSA/HiperJuego, planes de contingencia, etc. 3.- Costes de Licencia, gestión y regalo de fidelización Se determinan los costes de repercusión para llevar a cabo la PROMOCION: - coste de la cesión temporal de explotación - coste de gestión de la promoción - coste del regalo a los titulares: apuestas de L.A.E. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 3 de 15
1.- Cesión de la Propiedad Intelectual Como ya es conocido por Vds., el sistema se basa y tiene su valor en que se haya protegido bajo la cobertura de las leyes internacionales de la Propiedad Intelectual @Copyright, por lo que el propietario de su explotación (autor material y registral) tiene la potestad legal de conceder licencias de explotación a terceros para un ámbito territorial, un sector comercial concreto y para un tiempo determinado (promoción). El Contrato de Cesión para el operador PRENSA, redactado por nuestro Departamento Jurídico de Propiedad Intelectual, dirigido y asistido por el letrado D. Juan Jose Carreño Moreno, gabinete especializado en esta materia jurídica, contemplará, dicha en términos genéricos y entre otras, los siguientes aspectos: 1.- Una descripción detallada de los registros habidos hasta el momento del sistema (desde 1995), de los cuales es beneficiario el licenciatario, acompañado de las notas simples registrales que aseguran la ausencia de cargas y limitaciones sobre las mismas. Hay que recordar que es norma en la cesión de explotación de la Propiedad Intelectual para un sector, que su beneficiario obligue a una transmisión por acto notarial y con entrada en el registro de la Propiedad Intelectual como una anotación marginal que da publicidad a terceros de la titularidad y cautividad del bien en su dominio. 2.- Derechos y obligaciones de la cesión de explotación del sistema al licenciatario. Haciéndose especial hincapié en que: 2.1. El autor se compromete a no ceder ninguna otra Licencia de explotación del sistema, durante un año, para el sector de la BANCA en el territorio de ESPAÑA. Siendo, por lo tanto, a todos los efectos, el operador PRENSA/bancodeldeporte el único posible explotador del sistema en exclusiva durante ese año, para ese sector y en dicho ámbito territorial. 2.2. Al cabo de un año, de no suscribirse por PRENSA la Opción de Compra de la Licencia de explotación en exclusiva, queda libre el autor para licenciar a otro operador para su sector y territorio, perdiéndose todo derecho a la utilización por parte de PRENSA del sistema. O en su caso quedan libres las partes para determinar una nueva contratación del sistema según sus propios intereses. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 4 de 15
2.3. El precio de la cesión temporal de la Licencia en exclusiva durante un año para el sector de la BANCA y para el ámbito ESPAÑA es de 150.000 euros ( 24.957.900 Pta.) 2.4. Solo a través de la adquisición imprescriptible y en exclusiva de la Licencia de pleno dominio para un sector y ámbito territorial, puede PRENSA, haciendo suyo por completo el activo intelectual, decidir quien implanta, gestiona etc., de otra forma solo es posible a través de la implantación y gestión de nuestra empresa informática JAVIER FERRER ALOS MODELOS INFORMATICOS S.L. El pleno dominio alcanza los derechos de explotación, liberalidad de la gestión, enajenación, venta, subrogación frente a terceros y creación de sublicencias; siempre para el sector y territorio para el que tiene el derecho universal de explotación. Dicho de otro modo, dentro del sector y ámbito territorial su posición de dominio es el mismo que ostenta el autor, con todos los derechos reservados (a excepción de los derechos morales, no transmisibles ni imprescriptibles, del autor). 2.5. La Opción de Compra se establece con un precio determinado de 3.000.000 euros ( 499.158.000 de Pta.) para el sector de la BANCA y el ámbito de ESPAÑA. Se determina, asimismo, una forma de pago de 2 años, a partes iguales, con aval bancario y sin intereses, o de 5 años aplicando un interés desde el primer año de euribor mas 2%. A este precio se le descontará el precio de la cesión temporal (150.000 euros 24.957.900 Pta). No obstante el precio que constará en la escritura de transmisión será el precio indicado. 2.6. De hacerse efectiva la Opción de Compra y como dueño del sistema, PRENSA podrá determinar quién realiza la implantación y gestión del sistema, para lo cual podrá exigir a nuestra empresa todos los soportes informáticos (análisis, diagramas, programas fuente y ejecutables, ficheros de datos, aplicativos de Internet, bases de datos etc.) y ofimáticos, que se han diseñado y han permitido la gestión en el primer año. Inlcuye asimismo la correspondiente consultoría que permita una adecuada transmisión de conocimiento técnico al D.S.I. de la empresa o departamento informático que PRENSA designe. 2.7. En el contrato final se especificará con detalle el protocolo para la liberación de la Opción de Compra, para el caso de no hacerse efectiva esta opción por el operador. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 5 de 15
2.8. PRENSA podrá realizar toda la publicidad que desee del sistema, incluido el nombre de marca registrado HiperJuego (*), con la salvedad de respetar el diseño de logotipo, así como de la obligada inclusión en lugar visible, por precepto legal, de la leyenda: J.F.A. Copyright 1995-20xx (xx = año de edición del soporte). Con esta leyenda, a que da derecho la Ley de Propiedad Intelectual, tanto el autor como sus licenciatarios realizan una publicidad del sistema con reserva de dominio, como obliga la propia Ley para garantizar su protección. 2.9. Hay que recordar que la publicidad en todos los medios (carteles, dípticos, normas del sistema, la propia Tarjeta, etc.) es de y para PRENSA/bancodeldeporte, y que HiperJuego es solo el nombre de marca del sistema protegido de Fidelización. Por todo ello la exigencia es que figure, reducido, en algún lugar de la Tarjeta el logotipo HiperJuego que da nombre al sistema objeto de protección. Los puntos anteriores resumen los aspectos más relevantes de las condiciones de la cesión temporal de la Propiedad Intelectual. En cualquier caso les remitimos al texto final del Contrato de Cesión que nos pueden solicitar para su valoración jurídica. (*) Registros vigentes de la Marca HIPERJUEGO nº 1.982.111 de 22 de Agosto de 1995, CLASE 16ª nº 1.982.112 de 22 de Agosto de 1995, CLASE 28ª nº 1.982.113 de 22 de Agosto de 1995, CLASE 42ª nº 1.982.358 de 24 de Agosto de 1995, CLASE 35ª Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 6 de 15
2.- Consultoría del Autor,Gestión e Implantación del sistema La consultoría de autor va incluida en la propuesta y es imprescindible para la correcta puesta en marcha del sistema, ya que son especialmente relevantes aquellos aspectos que tienen que ver con: - Análisis de los costes de la Fidelización. - La estructura de las apuestas en la Tarjeta. - Diseño final de la Tarjeta plastificada, no magnética, que se vincula a un código de Tarjeta preexistente de PRENSA / bancodeldeporte. - Diseño de las Normas de Participación del sistema específicas para el sector y publicación ante Notario. - Requisitos que deben cumplir los diseños publicitarios según exigencia administrativa (ver Autorización de Ministerio de Economía y Hacienda Loterías y Apuestas del Estado por expediente nº 219.01 de 9 de Febrero de 2001) - Procedimientos de colaboración, comunicación y asistencia entre el operador y el outsourcer Esta consultoría tiene como objeto trasladar la acumulación de conocimiento que del sistema tiene la corporación del autor, el know-how. Durante el periodo de la promoción la empresa del autor, JAVIER FERRER ALOS MODELOS INOFORMATICOS S.L., realizará la puesta en marcha y gestión del sistema, externalizando todas las tareas del Programa de Fidelización de HiperJuego que incluyen desde la recepción del fichero de consumos de clientes (base de la Fidelización) hasta la publicación y reparto de los premios, así como de la asistencia a los titulares (call center 902) En los siguientes apartados (2.1 a 2.4) hacemos un resumen de estas tareas. No obstante el análisis funcional y orgánico para la implantación y gestión del sistema (requerimientos, recursos y sistemas) están expuestos en las documentaciones entregadas a Vds. y a ellas remitimos para el detalle: Nº 16.216 de 28-12-2001 Estudio de Implantación y Gestión Externalizada del sistema de Fidelización HiperJuego en un Operador Análisis combinatorio y probabilístico de las apuestas de loterías y quinielas de Fútbol según el modelo de Fidelización de HiperJuego Nº V-755-02 de 27-05-2002 Análisis de escenarios, potencia en el reparto de premios y sinergia de crecimiento de HiperJuego. 5 y 10 millones de titulares. Banca y Telefonía Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 7 de 15
2.1.- DISEÑO TARJETA y FOLLETOS a) Tarjeta HiperJuego de PRENSA / bancodeldeporte Nuestro departamento de diseño se pondrá en contacto con su homónimo de PRENSA para determinar el diseño de la cara 1 y 2 de la Tarjeta para integrar su imagen corporativa y publicitaria: colores, logotipos y estructura. Esta Tarjeta se vincula, a través de su mismo código, con una preexistente de compra del bancodeldeporte que tiene el Titular. Emitida y soportada por el Banco Español de Crédito, S.A. Las compras con esta Tarjeta, por parte del Titular, son las que activan y mejoran la expectativa millonaria de la rejilla de apuestas de la Tarjeta HiperJuego / PRENSA Se adjuntan prototipos de ejemplo de tarjetas HiperJuego / PRENSA/ bancodeldeporte, con el ánimo de visualizar cómo podría ser el instrumento publicitario y fidelizante final. No obstante estos ejemplos son meros prototipos y deben ser tomados como tal, a la espera de un trabajo especifico de diseño e imagen posterior. Las leyendas y logotipos principales de la cara 1 son: - PRENSA / bancodeldeporte - En algún lugar el logotipo del sistema : HiperJuego - Reclamo ej.: Participa todos los días con tu Tarjeta del bancodeldeporte - Indicación Promoción valida hasta fecha, a partir de la cual las apuestas no tienen valor y la promoción ha concluido - Nombre y código del titular - J.F.A. @ Copyright 1995-20xx Las apuestas y la información de la cara 2: - En algún lugar el logotipo del sistema : HiperJuego - La rejilla de apuestas (primitivas, bonolotos y quinielas). - Código de barras del numero de serie (peña) - Leyenda: Ver normas de participación en Folleto del Titular - J.F.A. @ Copyright 1995-20xx Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 8 de 15
La Tarjeta de HiperJuego/ PRENSA se concibe para la PROMOCION con un carácter temporal, por lo que se fabrica con cartón duro plastificado (similar a un D.N.I.) y sin banda magnética, pues en esta modalidad no se requieren sus marcajes; son realizados por la Tarjeta bancodeldeporte que es la usada en las compras por el Titular. Por ello, la nueva Tarjeta está orientada a ser un NUEVO INSTRUMENTO PUBLICITARIO con un contenido altamente FIDELIZANTE. En una futura modalidad duradera, y no promocional, podrían ir las apuestas impresas en la misma Tarjeta de compra. b) Publicidad e instrumentos corporativos del sistema: Folleto del Titular (tríptico informativo de todo el sistema). Normas del Juego (publicadas ante Notario). Formulario de entrega de la Tarjeta al nuevo Titular. Titulares y frases de reclamo publicitarias. Impactos publicitarios para el aprovechamiento del reparto de los premios. Comunicación vía SMS con altas expectativas de premios millonarios. c) Diseño de la website de HiperJuego/ PRENSA Sitio www.hiperjuego.com/prensa/index.htm Supervisado por el departamento de PRENSA, pues mientras dura la promoción, a todos los efectos, es su website (outsourcing). Podrá incluir su propia publicidad, reclamos y ofertas, así como de enlaces recíprocos con los website de www.prensa.com y www.bancodeldeporte.com Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 9 de 15
2.2.- DESARROLLO y GESTION DE LA PLATAFORMA INFORMATICA Se desarrollan, implantan y asisten todas las herramientas informáticas para llevar a cabo la logística y gestión del Programa de Fidelización HiperJuego. Remitimos al lector a nuestro trabajo Estudio de Implantación y Gestión Externalizada del sistema de Fidelización HiperJuego en un Operador. Algunas tareas allí descritas: - Determinación de la estructura de apuestas en las series de tarjetas. - Programas de gestión de titulares. - Comunicación con D.S.I. de PRENSA/bancodeldeporte para la recepción del fichero plano con el consumo de sus clientes datos anónimos. - Cálculo nocturno de premios, expectativa y reparto. - Logística y respaldo de las apuestas en una administración de L.A.E. - Guarda y custodia de las apuestas en caja fuerte de Banco. - Publicación nocturna de la expectativa de premio para cada Titular con la actualización en la sede de Internet. - Envío de resúmenes de expectativa de premios, via e-mail, a aquellos titulares que hayan solicitado ese servicio. - Reparto de premios en metálico, según el procedimiento de las Normas. - Emisión de nuevas tarjetas y reposición de otras por pérdida o deterioro. - Entrega semanal de las apuestas oficiales de HiperJuego a PRENSA para el abono y justificación del coste de regalo de Fidelización. - Asistencia a todo el Plan de Sistemas para el mantenimiento correcto de toda la actuación: contingencias, control de calidad del servicio, etc. - Las consultas del Titular en el website podrán satisfacer todas sus demandas de información: listas diarias de cuánto habría ganado en cualquier fecha pasada según su consumo (días cerrados con sorteos realizados), expectativas inmediatas de premio, demostración del reparto continuo según consumo de todos los participantes de su misma peña (serie), titulares (anónimos) premiados y su importe, total de premios repartidos por el sistema y su detalle, estado actual de los botes de HiperJuego (acumulación de las categorías 4ª y 5ª), detalle de su consumo en los últimos 7 días (base del reparto), etc. Podrá solicitar mediante formularios: modos de comunicación (via e-mail y nivel de detalle y periodicidad de su información), si desea que se le envien mensajes SMS a través de su móvil cuando su expectativa de premio supere una cantidad determinada, solicitud de Tarjetas para algún conocido, buzón de sugerencias codificadas y comentarios, etc. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 10 de 15
2.3.- DESARROLLO INTERNET: website HJ/ PRENSA/bancodeldeporte Un apartado de especial importancia para el sistema es el desarrollo del website de HiperJuego para PRENSA/bancodeldeporte. Su desarrollo permitirá la consulta interactiva (anónima por código) de cualquier titular: saldos de consumo últimos 7 días, premios obtenidos, expectativa en tiempo real para cualquiera de los sorteos y quinielas de Fútbol con premios simulados, etc. Aunque la consulta es por códigos (la Tarjeta) y nunca aparece el nombre de ningún titular (por seguridad para la privacidad de los datos por medio de su anonimato), se dará a cada Titular una contraseña inicial que podrá cambiar. No obstante para asegurar la transparencia del sistema de reparto, los datos acumulados de su serie son accesibles para todo Titular pues es la base del reparto proporcional y justifica y explica su nivel de premio. El diseño, como se ha comentado, estará supervisado y aceptado por PRENSA, pues, aunque gestiona el outsourcer, toda la información interactiva y la actualización de su base de datos, a todos los efectos, es como si estuviera gobernada por el D.S.I. del operador. Se podrá incluir publicidad, ofertas, etc, y estará enlazada recíprocamente con la página principal de la sede del operador. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 11 de 15
2.4.- CALL CENTER: atención a clientes por 902 Se habilita en todo el tiempo de la promoción un teléfono de asistencia (902) para los clientes de PRENSA para cualquier información sobre su cuenta de Fidelización de HiperJuego. En este teléfono se podrán solucionar todo tipo de incidencias o consultas: - perdida o deterioro de Tarjeta y reposición. - estado de su expectativa - premios que ha conseguido - etc. Como indica el formulario de alta del Titular, éste podrá solicitar, si dispone de buzón de correo electrónico, que se le informe semanal y automáticamente con los resúmenes de los aciertos de todos los sorteos de la semana, la evolución diaria de su expectativa de premios, botes acumulados etc. Esta solicitud se puede solicitar en cualquier momento desde la website. Cualquier comunicación personalizada y fidelizante estará supervisada por el departamento oportuno de PRENSA, pues será un aspecto relevante dentro de su área de comunicación con clientes. La ventana del call center tendrá un horario de mañana y de Lunes a Viernes, y su dotación se determinará según necesidades. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 12 de 15
3.- Costes de implantación y gestión Contempla todo el circuito de gestión del Programa de Fidelización HiperJuego, con los siguientes recursos aplicados: - Diseño y publicidad corporativa: Tarjeta, Folleto, Normas y website. - No se incluyen los costes finales de imprenta, tampoco la fabricación de la tarjeta master no personalizada de cartón y plastificada. - Personalización final de las tarjetas de HiperJuego/ PRENSA. - Desarrollo de la Plataforma Informática de Gestión del Programa. - Logística de las apuestas y premios. - Gestión de todo el Programa de Fidelización desde el fichero plano de consumos de clientes anónimo de PRENSA/bancodeldeporte. - Servicios de comunicación nocturnos con el D.S.I. del operador. - Desarrollo Internet: website HiperJuego/ PRENSA. - Cálculos nocturnos y actualización de la sede Internet. - Protocolo para el reparto y comunicación de premios, según las Normas. - Call Center : atención a clientes por 902. - Personal técnico de diseño, programación informática y gestión para la actuación descrita Para una ampliación de contenidos ver los trabajos: Nº 16.216 de 28-12-2001 Estudio de Implantación y Gestión Externalizada del sistema de Fidelización HiperJuego en un Operador Análisis combinatorio y probabilístico de las apuestas de loterías y quinielas de Fútbol según el modelo de Fidelización de HiperJuego Nº V-755-02 de 27-05-2002 Análisis de escenarios, potencia en el reparto de premios y sinergia de crecimiento de HiperJuego. 5 y 10 millones de titulares. Banca y Telefonía Se aplica un coste para el desarrollo, implantación y gestión dedicada, en modalidad outsourcing y durante un año de servicio de: Coste hasta 1 millón de titulares / tarjetas gestionadas: 180.000 euros ( 29.949.480 Pta. ) Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 13 de 15
Consideraciones a los costes - No esta incluida en la propuesta el coste de fabricación de la tarjetas master, aquella sobre la que se personalizan las apuestas, código de serie y nombre del Titular. Los trabajos de personalización sí que están contemplados. - Se recuerda que en el supuesto de ejecutarse la Opción de Compra del sistema, al finalizar el año, el outsourcer está obligado a dar todos los desarrollos y herramientas informáticas que ha diseñado y utiliza para llevar a cabo la gestión, incluido programas de terceros que se traspasarían con su licencia: servidores de comunicaciones, etc. - Finalmente, se recuerda que el coste del regalo de Fidelización (apuestas gratuitas para el cliente) supone un coste por Tarjeta de 0,6 ceuro/dia (1 Pta/dia) según el actual diseño que se re-evaluará con la consultoría del autor y que se deben ir adquiriendo a medida que se va ampliando la base de clientes fidelizada, para respaldar con boletos oficiales las apuestas de las tarjetas. Tarjeta ejemplo para Marca: Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 14 de 15
ALGUNOS ASPECTOS PENALES DEL USO INDEBIDO DE LA OBRA REGISTRAL "HIPERjuego" La materia penal relativa al uso indebido de los derechos de autor y de propiedad intelectual viene regulada en las Secciones 1ª ("De los delitos relativos a la Propiedad intelectual"; arts. 270 a 272) y 4ª ("Disposiciones comunes ") del Capitulo XI ("De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores") del Titulo XIII ("Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico") del Libro II ("Delitos y sus penas") del Código Penal (L.O. 10/1995, de 23 de noviembre) como sigue: CAPITULO XI.- "De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores" Sección 1ª.- "De los delitos relativos a la propiedad intelectual" Artículo 270. [Supuesto] Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios. La misma pena se impondrá a quien intencionadamente importe, exporte o almacene ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin la referida autorización. Será castigada también con la misma pena la fabricación, puesta en circulación y tenencia de cualquier medio específicamente destinada a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador. Artículo 271. [Supuestos cualificados] Se impondrá la pena de prisión de un año a cuatro años, multa de ocho a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica. b) Que el daño causado revista especial gravedad. En tales casos, el Juez o Tribunal podrá, asimismo, decretar el cierre temporal o definitivo de la industria o establecimiento del condenado. El cierre temporal no podrá exceder de cinco años. Artículo 272. [Responsabilidad civil] 1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios. 2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa del infractor, en un periódico oficial. Sección 4ª.- Disposiciones comunes a las secciones anteriores Artículo 287. [Denuncia del agraviado] 1. Para proceder por los delitos previstos en los artículos anteriores del presente capítulo será necesaria denuncia de la persona agraviada o de sus representantes legales. Cuando aquélla sea menor de edad, incapaz o una persona desvalida, también podrá denunciar el Ministerio Fiscal. 2. No será precisa la denuncia exigida en el apartado anterior cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas. Artículo 288. [Publicación de la sentencia] En los supuestos previstos en los artículos anteriores se dispondrá la publicación de la sentencia en los periódicos oficiales y, si lo solicitara el perjudicado, el Juez o Tribunal podrá ordenar su reproducción total o parcial en cualquier otro medio informativo, a costa del condenado. Además, el Juez o Tribunal, a la vista de las circunstancias del caso, podrá adoptar las medidas previstas en el artículo 129 del presente Código. Esta obra no podrá ser reproducida total o parcialmente, ni transmitirse por procedimientos electrónicos, mecánicos, magnéticos o por sistemas de almacenamiento y recuperación informáticos o cualquier otro medio, ni su préstamo, alquiler, o cualquier otra forma de cesión de uso del sistema (explotación del sistema, contenidos, ejemplar, ) sin el permiso previo y escrito del titular del copyright o cesionarios debidamente autorizados al efecto, siendo tipificada tal conducta por el Código penal, con penas de hasta cuatro años de prisión. Javier Ferrer Alós CopyRight 1995-2002 Página 15 de 15