aceptación o renuncia a la ayuda. No obstante, se entenderán aceptadas si el interesado no presenta renuncia expresa en dicho plazo.



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RESOLUCION DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE CONCEDEN CON CARÁCTER DEFINITIVO LAS AYUDAS AL APOYO A LA FORMACIÓN DE INVESTIGADORES PARA LA PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN: ASISTENCIA A CONGRESOS Y REUNIONES CIENTÍFICAS (BOLSAS DE VIAJE), INCLUIDA EN EL PROGRAMA 2015 DE FORMACION DE INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA. (Resolución de 11 de febrero de 2015, B.O.C. nº 35, de 20 de Febrero). SEGUNDO PLAZO. Por Resolución de este Vicerrectorado de fecha 28 de Julio de 2015 se concedió provisionalmente ayudas para asistencia a congresos y reuniones científicas, abriéndose un plazo de tres días hábiles para plantear alegaciones o reclamaciones contra dicha resolución. Transcurrido el plazo de presentación de alegaciones y examinadas las alegaciones recibidas, este Vicerrectorado en virtud de las atribuciones que tiene conferidas (Resolución de 3 de julio de 2015, por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna RESUELVE Primero: Desestimar la reclamación presentada por Doña Yurena Rodriguez Rodriguez ya que no resulta posible conceder un mayor número de ayudas por motivos de insuficiencia presupuestaria. La base general primera de la convocatoria establece prioridad en la concesión a las solicitudes presentadas en el primer plazo. Aunque es voluntad de este Vicerrectorado atender el mayor número de solicitudes posible, lo cierto es que la falta de crédito ha obligado a priorizar las solicitudes según el expediente académico al ser insuficiente la medida (también tomada en el primer plazo de solicitudes) de minorar los importes de la ayuda en un porcentaje. Segundo: Desestimar la reclamación presentada por Doña Magdalena Fernández Pérez. La convocatoria prevé la priorización de las solicitudes, en el caso de insuficiencia presupuestaria, conforme al expediente académico no estando prevista la consideración de otros méritos de carácter científico como expone la interesada. Por otro lado, la nota de corte se fija una vez conocido el número de solicitudes presentadas en este segundo plazo y el crédito disponible no siendo posible dar a conocer a los interesados dicha nota con antelación como propone la reclamante. Tercero. Desestimar la reclamación presentada por Don Kevin Rodriguez Wittmann al no ser posible tomar en consideración otras calificaciones que no sean la del expediente académico de la titulación, en particular, la del máster como propone el interesado. 1 1 / 6

Cuarto: Desestimar la alegación presentada por Doña Fátima Negrín Santos ya que la convocatoria establece la obligatoriedad de que se incluya en el resumen de la ponencia la nota de agradecimiento por la financiación que se conceda. Al no poderse cumplir tal requisito, aunque la interesada haya expuesto los motivos, no es posible conceder la ayuda ya que supondría un incumplimiento de las condiciones de la subvención con la que se financian las ayudas. Quinto: Al haberse aportado por Doña Caterina Rodriguez de Vera, certificado de nota media de la titulación académica y comprobarse que dicha nota media es de un 8,43, nota media superior a la nota de corte, procede conceder ayuda para la acción solicitada, correspondiéndose por tanto una ayuda por importe de 880. Sexto: No admitir como documentos válidos acreditativos de la nota media del expediente académico los presentados por Doña Rosa María Cáceres Alvarado y Doña Carolina Mercedes Wagner Abuchabe. El documento presentado por Rosa María Cáceres Alvarado no contiene la nota media en base diez que permita conocer si la interesada obtuvo una calificación igual o superior a 7,88 (nota de corte; el presentado por Doña Carolina, correspondiente a estudios cursados en una Universidad extranjera (Venezuela) no contiene ningún dato relativo a la nota media de los estudios cursados en base 10, al margen de que en el caso de estudios cursados en el extranjero es preciso que se aporte un documento de equivalencia de nota media expedida por la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación). Séptimo: Conceder con carácter definitivo las ayudas que se relacionan en anexo a esta Resolución. En dicho anexo se recoge igualmente la relación de solicitudes que aunque admitidas al procedimiento, no obtienen financiación por los motivos que quedaron expuestos en la Resolución provisional de 28 de julio de 2015. Octavo: Fijar un plazo de tres hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución para la aceptación o renuncia a la ayuda. No obstante, se entenderán aceptadas si el interesado no presenta renuncia expresa en dicho plazo. Noveno: El plazo para la justificación de las ayudas, de acuerdo a lo señalado en la base general tercera de la convocatoria, finaliza el 9 de septiembre de 2015. Décimo: Para el cobro de las ayudas será imprescindible presentar además de la copia cotejada de la documentación justificativa de la asistencia al Congreso/reunión científica, la siguiente documentación: 2 2 / 6

- Para el cobro de los gastos de desplazamiento: Factura del billete de avión y tarjetas de embarque o, en su caso, de otros medios de transporte. - Para el cobro del alojamiento: Factura del establecimiento correspondiente. - Para el cobro de la inscripción en el Congreso/reunión científica: Factura de la inscripción. Decimoprimero: Publicar la presente resolución y su anexo en la dirección web http://www.ull.es/view/institucional/ull/programa_de_formacion_de_investigadores/es, publicación que de acuerdo a lo previsto en el artículo 59,6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, surtirá todos los efectos de notificación practicada. Contra la presente Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante este Vicerrectorado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer EL VICERRECTOR Francisco Almeida Rodriguez 3 3 / 6

RELACION DE SOLICITUDES CONCEDIDAS CON CARÁCTER DEFINITIVO Solicitudes presentadas NIF Destino Fecha Importe ayuda Nota Expte GIL RODRIGUEZ VERONICA 78****99C PERÚ 12/07/2015 16/07/2015 1280 9,01 RODRIGUEZ GONZALEZ MIRIAM CANDELARIA 79****40K ESPAÑA 13/07/2015 15/07/2015 720 8,94 LOPEZ AGUILAR DAVID 78****65P España 24/06/2015 26/06/2015 720 8,89 GARCIA HERNANDEZ JUAN SAMUEL 54****91Q España 22/07/2015 24/07/2015 720 8,87 DIAZ PEREZ ROCIO 78****42K España 24/06/2015 26/06/2015 720 8,78 RAMOS PEREZ CRISTINA 78****09W Italia 06/09/2015 12/09/2015 880 8,78 HERNANDEZ RODRIGUEZ MIGUEL ANDRES (**) 54****16H Polonia 14/06/2015 20/06/2015 880 8,78 LEON PEREZ SARA DEL CRISTO 43****72D España 24/06/2015 26/06/2015 720 8,75 FUMERO BATISTA FRANCISCO JOSE 45****21F República Checa 08/06/2015 12/06/2015 880 8,53 GARCIA POOLE CHLOE 45****72M Portugal 08/09/2015 12/09/2015 880 8,47 RODRIGUEZ DE VERA CATERINA 45****16V Escocia 30/08/2015 02/09/2015 880 8,43 MARTIN FERNANDEZ FRANCISCO JOSE 78****38K Finlandia 20/08/2015 22/05/2015 880 8,28 GARCIA MARCO ENRIQUE 44****71J España 01/07/2015 04/07/2015 720 8,26 FERNANDEZ ESTEBAN MARIA INMACULADA 43****99Z España 27/05/2015 29/05/2015 720 8,25 NUÑEZ CASTRO ANDRES MANUEL 43****92V España 07/07/2015 10/07/2015 720 8,23 MONZON RODRIGUEZ DIEGO MANUEL 43****51F Portugal 12/07/2015 16/07/2015 880 8,11 PEREZ YEPEZ JUAN ERNESTO 78****53Z España 16/06/2015 18/06/2015 720 8,09 MORALES RANDO CELIA 54****00X Perú 12/07/2015 16/07/2015 1280 8,05 BALIBREA GONZALEZ SOFIA INES 42****75F Bélgica 07/07/2015 11/07/2015 880 7,93 MORA LUIS CARLOS EFREN 43****57L España 06/07/2015 10/07/2015 720 7,88 Nota: Sólo se concede una ayuda a aquellos solicitantes que han presentado más de una solicitud. 4 4 / 6

RELACIÓN DE SOLICITANTES ADMITIDOS QUE NO HAN OBTENIDO AYUDA ONZALEZ HERNANDEZ MARIA PROVIDENCIA 78****29H Francia 06/09/2015 10/09/2015 880 7,73 MONTESEGURO PADRON VIRGINIA 54****8Z España 30/08/2015 04/09/2015 720 7,72 GONZALEZ BENCOMO HERMINIA 78****24N España 22/07/2015 24/07/2015 720 7,64 SANTIAGO BENITEZ ADRIAN JOSE 43****18G SCOTLAND 30/08/2015 02/09/2015 880 7,64 RODRIGUEZ WITTMANN KEVIN 44****14G INGLATERRA 15/07/2015 17/07/2015 880 7,60 MORALES AMADOR ADRIAN 45****49K Reino Unido 30/08/2015 2/09/2015 880 7,49 GARCIA LLORENTE EVA 78****5V Italia 15/06/2015 19/06/2015 880 7,40 FERNANDEZ SERAFIN CAROLINA 78****07N España 23/07/2015 25/07/2015 720 7,27 ALVAREZ SANTOS JAVIER LUIS 54****63T Portugal 20/07/2015 21/07/2015 880 7,23 BRITO SANCHEZ PATRICIA 42****1S España 14/06/2015 17/06/2015 720 7,21 ARMAS DIAZ ALEJANDRO 54****71B Alemania 18/09/2014 18/09/2014 880 7,19 ARIÑO MATEO EVA 22****7A Grecia 25/05/2015 28/05/2015 880 7,1 MUIÑOS TRUJILLO GABRIEL 78****65G Países Bajos 24/08/2015 26/08/2015 880 6,99 LOPEZ PEREZ PEDRO JAVIER 26****37Q España 01/07/2015 04/07/2015 720 6,72 RIVERO TRUJILLO DAVID 54****97N ESPAÑA 07/05/2015 09/05/2015 720 6,61 RODRIGUEZ RODRIGUEZ YURENA 78****27L Turquía 18/06/2015 20/06/2015 720 6,45 CACERES ALVARADO ROSA MARIA 43****64K España 12/05/2015 14/05/2015 720 FERNANDEZ PEREZ MARIA MAGDALENA 33****87R Inglaterra 31/08/2015 01/09/2015 880 PARRA MUÑOZ NICOLE MARIA ANGELA 16****96 España 19/07/2015 23/07/2015 720 PEAKE MESTRE CHRISTIAN JAMES 24****17M Grecia 25/05/2015 28/05/2015 880 WAGNER ABUCHAIBE CAROLINA MERCEDES Y3****64N Italia 18/05/2015 22/04/2015 880 5 5 / 6

SOLICITUDES EXCLUIDAS SOLICITANTE NIF MOTIVO DE LA EXCLUSIÓN CASTAÑEYRA LUIS LEANDRO 54****68Q No aportar la documentación requerida en el plazo de subsanación. EXPOSITO IZQUIERDO CRISTOFER JUAN 78****49J No aportar la documentación requerida en el plazo de subsanación. FUMERO DIOS INMACULADA SANDRA 43****62H JORGE TRUJILLO CAROLINA 78****31F LOPEZ PEREZ PEDRO JAVIER 26****37Q MARTIN GOMEZ JOSE ANTONIO 45****77W MEIER CECILE X4****11E No estar matriculada en un programa de doctorado de la ULL en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. MELIAN DIAZ DAMARI 54****23C NEGRIN SANTOS FATIMA MILAGROS 43****86S PERRETTI MARTIN MARCELLE DAYANA 42****62R ROBLES SANTANA MARIA ARANZAZU 52****40F ROSA PADILLA ALBERTO DE LA 78****86F SANTOS ROSALES GUIDO 54****33J No haber subsanado de conformidad el defecto de la solicitud (abstract sin los agradecimientos a que hace referencia la convocatoria) 6 6 / 6