ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 17 DE DICIEMBRE DE 2014 POR EL AYUNTAMIENTO PLENO Ilmo. Sr. Alcalde... Sres. Concejales... ASISTENTES D. José Luis Tena Marín D. Jesús Edo Gargallo D. Miguel Cabrero Bayo D. Juan Hermoso Villalba D. Benito Ros Corella Dª. Amparo Atienza Chisbert Sr. Secretario.. D. Jorge Gallego Domínguez En Alcalá de la Selva, siendo las 19:40 horas del día reseñado, se reunieron en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, en acto público, los Sres. Concejales citados, al objeto de resolver los asuntos incluidos en el siguiente orden del día. I.- PARTE RESOLUTIVA DE LA SESIÓN ORDINARIA 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE DE LA MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE 2014. Votos a favor: 6 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Miguel Cabrero Bayo, D. Juan Hermoso Villalba, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. 2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE DE LA MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2014. Votos a favor: 6 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Miguel Cabrero Bayo, D. Juan Hermoso Villalba, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. 3.- RENUNCIA DE Dª. PATRICIA PÉREZ BAYO AL CARGO DE CONCEJAL, DECLARACION DE VACANTE Y SOLICITUD DE NOMBRAMIENTO DE SUSTITUTO POR LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL. El Sr. Alcalde-Presidente propone la adopción del siguiente acuerdo:
Visto el escrito presentado por Dª. Patricia Pérez Bayo, Concejal de este Ayuntamiento, en el que manifiesta que presenta su renuncia al cargo de Concejal del Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español para el que fue elegido en las pasadas elecciones municipales. Resultando, que según consta en el expediente obrante en este Ayuntamiento correspondiente a la celebración de las Elecciones Municipales del día de 22 de mayo de 2011, en la Candidatura presentada por el Partido Socialista Obrero Español, en la que estaba incluida el Concejal Dª. Patricia Pérez Bayo que ahora renuncia, el candidato siguiente en la colocación de dicha lista es D. Fernando M. Tarín Tarín. Considerando, que según el art. 9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, los Concejales pierden dicha condición, entre otras causas: 4.- Por renuncia, que deberá hacerse efectiva ante el Pleno de la Corporación Considerando, que conforme al art. 182 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en caso de renuncia de un Concejal, el escaño se atribuirá al candidato o, en su caso, al suplente de la misma lista a quien corresponda, atendiendo a su orden de colocación. La Corporación, por unanimidad, ACUERDA: PRIMERO.- Quedar enterada la Corporación Municipal del escrito presentado con fecha 26 de noviembre de 2014 por Dª. Patricia Pérez Bayo, Concejal de este Ayuntamiento, en el que manifiesta que por razones personales no le es posible seguir ejerciendo el cargo de Concejal del Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, por lo que solicita le sea aceptada y tramitada su renuncia a dicho cargo. SEGUNDO.- Declarar la vacante producida del cargo de concejal de este Ayuntamiento por la dimisión de Dª. Patricia Pérez Bayo, trasladando certificación del presente acuerdo a la Junta Electoral Central, a los efectos previstos en el art. 182 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. TERCERO.- Comunicar a la Junta Electoral Central que el candidato siguiente de la lista presentada por el Partido Popular en las Elecciones Locales de 22 de mayo de 2011 es D. Fernando M. Tarín Tarín. CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la ejecución del presente acuerdo. QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a Dª. Patricia Pérez Bayo, agradeciéndole los servicios prestados al Ayuntamiento de Alcalá de la Selva. Votos a favor: 6 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Juan Hermoso Villalba, Miguel Cabrero Bayo, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. Dictámenes de las Comisiones Informativas Municipales Cuentas y Hacienda 4.- DAR CUENTA DEL FONDO DE MEJORAS. Se da cuenta de que el saldo de la cuenta de mejoras es de 16.675. El Sr. Ros Corella sugiere que se podrían cortar las ramas de los árboles que hay junto a la carretera en dirección a Cedrillas, aunque sabemos que la competencia es de la diputación provincial. El Sr. Cabrero Bayo expone que también hay otra similar subiendo al cementerio. El Sr. Edo Gargallo expone que ya se contempló hace unos años la resiembra en zonas clareadas
del Pinar. El Sr. Alcalde-Presidente expone que el forestal es que ve qué acciones son más prioritarias para el monte. 5.- ADHESIÓN AL PUNTO GENERAL DE ENTRADA DE FACTURAS ELECTRÓNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, FACe. Visto que con fecha 11/11/2014, se inició expediente para la adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, FACe. Visto que con fecha 11/11/2014 se emitió informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la legislación aplicable. Examinada la documentación que la acompaña y de acuerdo con la misma, en relación con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno adopta el siguiente ACUERDO: PRIMERO. Adherirse el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración del Estado, FACe, disponible en la dirección URL www.face.gob.es, cuya recepción de facturas tendrá los mismos efectos que los que se deriven de la presentación de las mismas en el registro administrativo. SEGUNDO. Impulsar que mediante la Tramitación de la factura electrónica en la Ordenanza, las facturas cuyo importe sea importe sea menor de 5.000,00, impuestos incluidos, queden excluidas de la obligación de facturación electrónica. TERCERO. Establecer que los códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizativa, son: Código de la oficina contable: L01440125. Código del órgano gestor: L01440125. Código de la unidad de tramitación: L01440125. Estos códigos serán indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas. CUARTO. Remitir el acuerdo de adhesión al Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración Central FACe, para su difusión y conocimiento a los proveedores, tal y como establece la Disposición adicional 6ª de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público, al Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, y a la sede electrónica. QUINTO. Remitir el acuerdo de adhesión al Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración Central FACe del Ayuntamiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por los medios telemáticos habilitados al efecto.» Votos a favor: 6 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Juan Hermoso Villalba, Miguel Cabrero Bayo, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. 6.- APROBACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA. El Sr. Presidente propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
«Considerando que por Providencia de Alcaldía de fecha 03/12/2014 se solicitó informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para aprobar la Ordenanza municipal reguladora de la factura electrónica. Considerando dicho informe que fue emitido en fecha 03/12/2014, y visto el proyecto de Ordenanza municipal reguladora de factura electrónica, solicitado por Providencia de Alcaldía de fecha 03/12/2014. El Pleno del Ayuntamiento, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de los artículos 29.2.d) y 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y del artículo 130 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, ACUERDA: PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de factura electrónica, con la redacción que a continuación se recoge: «Artículo 1.- Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas del sector público, se regula a través de la presente Ordenanza los requisitos técnicos de las facturas electrónicas remitidas a través del punto general de entrada de facturas del Estado, FACE, al que se encuentra adherido el Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL). Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta 5.000 euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro de entrada del Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL). Las facturas por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos, sí deberán presentarse de forma electrónica a través del Punto general de Entrada del Estado, FACE al que se encuentra adherido el Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL). Artículo 2.- Ámbito subjetivo. Lo previsto en la presente Ordenanza será de aplicación a las facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y el Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL). Artículo 3.- Obligación de presentación de facturas en el registro. El proveedor que haya expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados al Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA, tendrá la obligación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de presentarla ante un registro administrativo, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios. En tanto no se cumplan los requisitos de tiempo y forma de presentación establecidos en esta Ley no se entenderá cumplida esta obligación de presentación de facturas en el registro. Artículo 4.- Uso de la factura electrónica. Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL) podrán expedir y remitir factura electrónica.
En todo caso, estarán obligadas a expedir la factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015, y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda (FACE), las entidades siguientes cuando el importe de la factura sea por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos: a) Sociedades anónimas; b) Sociedades de responsabilidad limitada; c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria; e) Uniones temporales de empresas; f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones. Artículo 5.- Exclusión de facturación electrónica. Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta 5.000 euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro de entrada del Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA (TERUEL). Las mismas deberán ajustarse a lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Se determina por este Ayuntamiento establecer este importe de 5.000,00 euros incluyendo impuestos de conformidad con el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en sus Informes 43/2008, de 28 de julio de 2008 y 26/2008, de 2 de diciembre de 2008 dispone que el precio del contrato debe entenderse como el importe íntegro que por la ejecución del contrato percibe el contratista, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. También quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios. Artículo 6.- Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas. El Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA dispondrá de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes. El Ayuntamiento de ALCALÁ DE LA SELVA está adherido a la utilización del punto general de entrada de facturas electrónicas que proporciona el Estado, FACE. Los códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizada, son:. Código de la oficina contable: L01440125.. Código del órgano gestor: L01440125.. Código de la unidad de tramitación: L01440125. Los pliegos de cláusulas administrativas de todos los concursos que publique este Ayuntamiento deberán contener esta codificación, que será indispensable para la remisión de todas las facturas electrónicas. El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará una solución de intermediación entre quien presenta la factura y la oficina contable competente para su registro. El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de facturas electrónicas en el formato que se determina en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre. El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura.
Todas las facturas electrónicas presentadas a través del punto general de entrada de facturas electrónicas producirán una entrada automática en un registro electrónico de la Administración Pública gestora de dicho punto general de entrada de facturas electrónicas, proporcionando un acuse de recibo electrónico con acreditación de la fecha y hora de presentación. El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará un servicio automático de puesta a disposición o de remisión electrónica de las mismas a las oficinas contables competentes para su registro. DISPOSICIONES ADICIONALES Disposición Adicional Primera.- Entrada en vigor de la factura electrónica. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, entrara en vigor el 15 de enero de 2015. Disposición Adicional Segunda.- Entrada en vigor La presente Ordenanza entrará en vigor una vez se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, todo ello, de conformidad con el artículo 70.2 de la citada Ley.» SEGUNDO. Someter a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto» Votos a favor: 6 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Juan Hermoso Villalba, Miguel Cabrero Bayo, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. 7.- RELACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PAGOS PENDIENTES. El Sr. Cabrero Bayo expone que los pagos son correctos. El Sr. Ros Corella expone que estamos de acuerdo en la mayoría de las facturas, pero con alguna no estamos de acuerdo con el procedimiento que se ha seguido. Aunque en la comisión de Cuentas votamos en contra, ahora votaremos abstención. En la factura de los toros de fiestas, de importe de 6.280, los toros son alquilados o comprados? El Sr. Alcalde-Presidente responde que los toros cerriles son alquilados. El Sr. Ros Corella expone que si los 280 del refresco del dia 12 de octubre, es el refresco de la guardia civil? Si lo paga el ayuntamiento que se sepa. La Sra. Atienza Chisbert expone que no tengo una copia de los pagos. El Sr. Edo Gargallo expone que son solo 280 y los guardias civiles iban pidiendo por los establecimientos del pueblo. El Sr. Alcalde-Presidente expone que el expediente de contratación está completo y lo puedes ver cuando quieras. El Sr. Presidente propone a la Comisión Municipal Informativa de Cuentas y Hacienda, por
unanimidad, la adopción del siguiente acuerdo: Primero.- Autorizar, disponer y aprobar las facturas pendientes de pago por parte de este Ayuntamiento, según relación que figura en el anexo entregado a los miembros de la Corporación Municipal. Segundo.- Que se proceda al pago de las mismas con cargo a las correspondientes partidas presupuestarias del Presupuesto de 2014, según las disponibilidades de tesorería municipal. Votos a favor: 4 de D. José Luis Tena Marín, D. Jesús Edo Gargallo, D. Miguel Cabrero Bayo y D. Juan Hermoso Villalba. Abstenciones: 2 de D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. III.- PARTE DE LA SESIÓN ORDINARIA DEDICADA AL CONTROL, SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN. 8.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO PAR: ASIGNACIONES PAC TERUEL
El Sr. Ros Corella expone que se presenta la moción porque existe un trato desigual para la PAC para Teruel. El Sr. Edo Gargallo expone que proponemos que se añada a la moción remitirla al Ministerio del Estado, y que se pida la dimisión del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, porque el Consejero miente y ha hecho un mal reparto de la PAC para Teruel. El Sr. Alcalde-Presidente expone que si se pide la dimisión del Consejero no estamos de acuerdo con la modificación de la moción. El Sr. Cabrero Bayo expone que esta desigualdad en la PAC se arrastra desde hace tiempo. El Sr. Hermoso Villalba expone que Modesto Lobón mintió cuando dijo que los estratos del reparto de la PAC no se podían cambiar. La PAC tiene repercusiones en el Presupuesto del Estado, ha habido una disminución de 200 millones, y entiendo que la moción debe dirigirse además de al Gobierno de Aragón, al Congreso de los diputados y al Senado. El Sr. Ros Corella expone que la moción solicita al Gobierno de Aragón que se hagan los mecanismos que sean necesarios para que en Teruel cobren lo mismo que en Huesca y en Zaragoza. Hay compensaciones que se pueden realizar a los agricultores de Teruel. El Sr. Edo Gargallo expone que es verdad que es el Plan del año 1992, y que todos los sindicatos votaron a favor, pero ahora se trata de la PAC del año 2014 al 2020. Para Aragón son 200 millones de euros menos, y supone un 15% menos lo que van a cobrar los agricultores. Si el PAR es gobierno, que gobierne, y que invierta en Teruel. El Sr. Hermoso Villalba expone que el presupuesto global son 200 millones de euros menos. Votos a favor: 4 de D. José Luis Tena Marín, D. Miguel Cabrero Bayo, D. Benito Ros Corella y Dª. Amparo Atienza Chisbert. Votos en contra: 2 de D. Jesús Edo Gargallo y D. Juan Hermoso Villalba. 9.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA. El Sr. Ros Corella expone que la fecha del decreto 079/2014, tiene que ser septiembre y no diciembre, y por otro lado, en los decretos 101/2014 y 102/2014 no sabe si está repetida la modificación presupuestaria del taller de empleo, ya que se hizo una modificación presupuestaria el año pasado con la subvención del taller de empleo, y pregunta si se ha hecho la modificación ahora, ha habido pagos sin consignación presupuestaria?
Por el Sr. Alcalde-Presidente se da cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto nº 2.568/1986, de 28 de noviembre, en relación con los artículos 22.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 30.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, se han dictado los Decretos números del 080/2014 al 105/2014. 10.- INFORMACIÓN DE ALCALDÍA. El Sr. Alcalde-Presidente informa de lo siguiente: - Que ya está terminado el depósito de Fuen de la Reina y Colector general Este. - Que el taller de empleo de Restauración del Castillo ya ha comenzado. - Que el vial rochas de la virgen ya se está terminando. - Que han propuestos el resto de los municipios de la Hermandad Virgen de la Vega, que para sacar fondos para la Ermita, realizar una fiesta, que cada año se hará en uno de los municipios. - Que hoy ha venido Luisa Fernanda Rudi para inaugurar la Escalinata de Cabra de Mora y a ver la ampliación de las pistas de ski de valdelinares. 11.- RUEGOS Y PREGUNTAS. La Sra. Atienza Chisbert realiza la siguiente pregunta: qué concejal entra por la renuncia de Patricia? El Sr. Edo Gargallo le responde que entra Fernando Tarín. El Sr. Ros Corella realiza varias preguntas y ruegos, que son las siguientes: - Ruega que se arregle el vallado de las Charqueras. El Sr. Alcalde-Presidente responde: - Que el vallado fue nuevamente arreglado por completo en el mes de agosto. El Sr. Edo Gargallo expone que se ha arreglado todos los años en el mes de agosto. Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 20:15 horas, por la Alcaldía-Presidencia se dio por finalizada la sesión, de todo lo que, como Secretario doy fe. Vº Bº EL ALCALDE,