INSTRUCCIONES PARA LA MATRÍCULA DEL CURSO 2012-13



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Transcripción:

INSTRUCCIONES PARA LA MATRÍCULA DEL CURSO 2012-13 El presente documento establece los distintos aspectos relacionados con la matrícula en la Universidad de Alicante para los estudios oficiales regulados en el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (BOE 14.12.1987) por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial, el RD 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado (modificado por el RD 189/2007, de 9 de febrero), el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la expedición y obtención del título de doctor y otros estudios de postgrado, así como los estudios propios de postgrado y especialización y los estudios de pregrado de primer y segundo ciclo regulados en la normativa de Títulos Propios de la Universidad de Alicante aprobada por la Junta de Gobierno el 17 de marzo de 2000. 1. CONVOCATORIA En el mes de junio, la Universidad de Alicante publica la convocatoria de matrícula en los distintos estudios para el curso académico siguiente. Dicha convocatoria incluirá el calendario de introducción de datos y de presentación de documentación, así como información relativa a la sala de automatrícula y la relación de la documentación a aportar por el alumnado en cada caso. La Universidad podrá comunicar la convocatoria de forma individualizada a los estudiantes del curso anterior y a los admitidos para iniciar estudios con límite máximo de admisión (LMA). 2. CALENDARIO DE MATRÍCULA El acceso al programa de automatrícula se realiza a través de la página web de la UA (http://www.ua.es/es/index.html), con un código de usuario y una contraseña. El/la estudiante introduce sus datos de matrícula siguiendo las instrucciones del propio programa. Finalizada la introducción de sus datos, se obtendrá un informe, que contendrá la relación de las asignaturas matriculadas y el cálculo aproximado del importe de la matrícula. Este informe no tiene ninguna validez como acreditación, pero es un comprobante de la introducción de datos realizada. El alumnado que inicie estudios de grado procedentes de la primera fase de preinscripción así como los de máster universitario y tercer ciclo, al finalizar la introducción de sus datos, obtendrán la carta de pago de matrícula. El importe total de la matrícula de este alumnado puede verse modificado por la publicación oficial de las tasas aplicables o por la incorporación de nuevos conceptos resultantes de la comprobación de datos que requieran justificación documental. Página 1 de 12

Período Horario Lugar Estudios impartidos por del 23 al 30 de julio 09.00 a 14.00 hs Biblioteca General Facultad de CC. Económicas y Empresariales Facultad de Ciencias de la Salud Del 23 al 30 de julio 14.00 a 19.30 hs Biblioteca General Todos los centros Facultad de Ciencias Facultad de Ciencias Facultad de Derecho Facultad de Derecho 09.00 a 14.00 hs Facultad de Educación Facultad de Educación Facultad de Filosofía y Letras Facultad de Filosofía y Letras Escuela Politécnica Superior Escuela Politécnica Superior Del 4 de septiembre al 11 de octubre de 2012 09.00 a 20.00 hs Biblioteca General Todos los centros 2.1. ESTUDIOS DE GRADO 2.1.1. Estudiantes de nuevo ingreso procedentes de preinscripción - Si han obtenido plaza en la preinscripción de junio: del 23 al 26 de julio Movimiento de listas para cubrir las vacantes que hayan quedado: 27 y 30 de julio Plazo para confirmar que se desea continuar en lista de espera: 31/07 - Si han obtenido plaza en la preinscripción de septiembre 1 : del 1 al 5 de octubre Movimiento de listas para cubrir las vacantes que hayan quedado: 8 y 10 de octubre Plazo para confirmar que se desea continuar en lista de espera: 11 de octubre La distribución de las citas de matrícula de este alumnado se realiza atendiendo a la nota de acceso al estudio obtenida en el proceso de preinscripción. La lista de espera de cada estudio está formada por quienes han solicitado el acceso a ese estudio y no han sido admitidos. Los movimientos de lista se producen cuando los admitidos en un estudio dejan su plaza vacante por no haberse matriculado en plazo. Estas plazas vacantes se ofertan diariamente durante el período establecido para el movimiento de listas. Cada día se ofrecen las vacantes que haya en ese momento y quienes sean admitidos deberán matricularse ese mismo día. En caso contrario, se entenderá que renuncian a la plaza. El proceso se repite el resto de días que dura el mencionado período. Finalizado el período de movimiento de listas, quien quiera continuar en lista de espera deberá solicitarlo a la dirección del centro a través de formulario on-line, ya que de no hacerlo se entenderá que renuncia a continuar en lista de espera. Con todas las solicitudes se confeccionará una nueva lista de espera. 2.1.2. Estudiantes de continuación de estudios de grado El alumnado que se matricule para continuar los estudios de grado podrá hacerlo del 4 al 10 de septiembre de 2012. 1 Plazos provisionales por depender del los plazos de preinscripción que establezca la Generalitat Valenciana. Página 2 de 12

La distribución de las citas de matrícula de este alumnado se realiza atendiendo al criterio de rendimiento académico que se utiliza para las becas, referido al curso anterior, teniendo en cuenta las calificaciones obtenidas hasta la convocatoria C3 del curso 2011-12. 2.1.3. Estudiantes de nuevo ingreso procedente de estudios en extinción El alumnado que se matricule en los estudios de grado que sustituyen al plan en extinción que estaba cursando podrá hacerlo en los plazos que establezca cada centro que, en todo caso, no excederán del 20 de septiembre de 2012. 2.1.4. Estudiantes de los cursos de adaptación al grado El alumnado admitido en los cursos de adaptación al grado se matriculará en los plazos que establezca cada centro que, en todo caso, no excederán del 20 de septiembre de 2012. 2.2. ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO 2.2.1. Estudiantes que continúan estudios El período de matrícula será del 6 al 20 de septiembre de 2012. Los plazos para solicitar el traslado de expediente para continuación de estudios y, en su caso, el plazo de matrícula, se establecerán en cada centro. Las solicitudes se deben dirigir a la dirección del centro. 2.2.2. Estudiantes que inician un segundo ciclo El alumnado admitido para iniciar un estudio de segundo ciclo se matriculará en los plazos que establezca cada centro. 2.3. ESTUDIOS DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS El alumnado admitido para iniciar estudios de máster universitario se matriculará en tres períodos, en función de la fase de preinscripción de que provenga. Estos períodos son del 16 al 26 de julio, del 10 al 17 de septiembre y del 20 de septiembre al 11 de octubre de 2012. El período de matrícula para el alumnado que continúa estudios será del 6 al 20 de septiembre de 2012. 2.4. ESTUDIOS DE TERCER CICLO El período de matrícula será del 13 de septiembre al 31 de octubre de 2012 para el alumnado que inicia estudios y del 6 al 20 de septiembre de 2012 para los que continúan estudios. 2.5. ESTUDIOS PROPIOS DE POSGRADO Y ESPECIALIZACIÓN Dependerá de los plazos que se establezcan específicamente para cada estudio. 3. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA FORMALIZAR LA MATRÍCULA La documentación necesaria podrá presentarse personalmente o, si se prefiere, remitirla por correo certificado, haciendo constar en cada documento los datos personales (nombre y apellidos, y número de DNI, NIE o Pasaporte), así como el estudio al que corresponde. Página 3 de 12

Si hubiera algún error o deficiencia en la documentación presentada, la secretaría del centro lo comunicará para que subsane el problema. Si no se presenta la documentación requerida, se procederá, previa notificación, a la anulación de su matrícula. La relación de la documentación necesaria para cada tipo de estudio se encuentra en los anexos de este documento de acuerdo con el siguiente detalle: Estudios Anexo Plazo de presentación Lugar Grado Anexo I Secretaría del centro, excepto Hasta el 28/09/2012, salvo que la Primer y segundo ciclo Anexo II la solicitud de beca y la matrícula sea posterior, en cuyo documentación necesaria para caso será el mismo día de la Máster universitario Anexo III la misma, que se publicará en matrícula la web de la unidad de Becas Tercer Ciclo Anexo IV Secretaría del CEDIP Durante el plazo de matrícula del Propios de posgrado y Secretaría de la unidad Anexo V estudio especialización responsable del estudio 4. SOBRE VIRTUAL El sobre virtual es la funcionalidad que la UA lleva utilizando desde el curso 2009-10 para sustituir al tradicional sobre de matrícula que se enviaba al domicilio del alumnado y que incluía las instrucciones para realizar la matrícula así como otra información relevante para el alumnado. Cada titulación establece el contenido de su sobre virtual a través de la siguiente web: http://web.ua.es/es/preinscripcion-matricula/preinscripcionmatricula.html 5. TARJETA UNIVERSITARIA (TIU) El alumnado que solicite la emisión de la TIU por primera vez deberá facilitar su fotografía a través del campus virtual. Para ello deberá aportar la imagen en un archivo digitalizado, siendo éste un requisito imprescindible para la formalización de la matrícula. 6. CARTA DE PAGO DE MATRÍCULA Este apartado no será de aplicación para los estudios propios de postgrado y especialización. 6.1. EMISIÓN DE LAS CARTAS DE PAGO Finalizado el periodo de introducción de datos y de recepción de documentación, y tras las oportunas comprobaciones, la Universidad emitirá las cartas de pago de las tasas de matrícula de acuerdo con el siguiente detalle: Tipo de estudio Grado Colectivo de alumnado Emisión de plazos y formas de pago Vencimiento para el pago Inician estudios procedentes de la fase a de preinscripción Inician estudios procedentes de la fase b de preinscripción o inician el curso de adaptación al grado Continuación de estudios Primer plazo: se obtendrá de forma inmediata tras validar la matrícula y no podrá domiciliarse. Primer plazo: La UA comunicará cuando se pueda descargar en cv Primer plazo: La UA comunicará cuando se pueda descargar en cv 1ª semana de agosto de 2012 1ª quincena de noviembre de 2012 2º quincena de octubre de 2012 Página 4 de 12

Tipo de estudio Máster universitario Tipo de estudio Tercer ciclo Tipo de estudio Primer y segundo ciclo Colectivo de alumnado Emisión de plazos y formas de pago Vencimiento para el pago Inician estudios procedentes de la primera fase de preinscripción Inician estudios procedentes de otras fases de preinscripción Continuación de estudios Primer plazo: se obtendrá de forma inmediata tras validar la matrícula y no podrá domiciliarse. Primer plazo: La UA comunicará cuando se pueda descargar en cv Primer plazo: La UA comunicará cuando se pueda descargar en cv 1ª semana de agosto de 2012 2º quincena de octubre de 2012 2ª quincena de octubre de 2012 Colectivo de alumnado Emisión de plazos y formas de pago Vencimiento para el pago Todos Primer plazo: se obtendrá de forma inmediata tras validar la matrícula y no podrá domiciliarse. 1ª quincena de noviembre de 2012 Colectivo de alumnado Emisión de plazos y formas de pago Vencimiento para el pago Todos Primer plazo: La UA comunicará cuando se pueda descargar en cv 2ª quincena de octubre de 2012 Con posterioridad a la emisión de las cartas de pago se procederá al cobro por domiciliación bancaria de las matrículas correspondientes. 6.2. CARTA DE PAGO DE MATRÍCULA La carta de pago de la matrícula puede incluir los siguientes conceptos: Actividad docente: según los datos introducidos y los que constan en los expedientes. Apertura de expediente: cada vez que se accede a un estudio en la Universidad de Alicante. En el caso de simultaneidad de estudios se pagará por cada estudio. Expedición de tarjeta de identidad: se pagará cada curso académico en que se matricule. En caso de simultaneidad de estudios se pagará sólo en uno de los estudios matriculados. Expedición de certificado de la Prueba de Aptitud para el acceso a la Universidad. Cuota del seguro escolar obligatorio, y del voluntario, en su caso. Aplicación, en su caso, del importe mínimo al que hace referencia el art. 146.7 del Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero (DOGV de 22 de marzo de 2005) del Consell de la Generalitat por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat. 6.3. TASAS DE MATRÍCULA El importe de las tasas de matrícula se calcula según lo que dispone el Decreto Legislativo 1/2005 de 25 de febrero ya mencionado, y aplicando las tarifas que cada año fija el Consell de la Generalitat Valenciana. Página 5 de 12

6.4. EXENCIONES Y BONIFICACIONES Sólo se aplicarán las exenciones y bonificaciones a que se refiere el artículo 148 del citado Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero tras comprobar la documentación aportada como acreditativa del derecho a la bonificación o exención que solicita. Estas exenciones y bonificaciones son las siguientes: - Solicitantes de beca. - Ser familia numerosa. - Tener alguna discapacidad. - Ser víctima de bandas armadas y elementos terroristas. - Haber obtenido la calificación matrícula de honor o ser premio extraordinario en el bachillerato, para quienes inicien estudios de grado. - Obtener la calificación de matrícula de honor, en una o varias asignaturas de las matriculadas en el curso académico inmediato anterior, en los mismos estudios. La Universidad de Alicante requerirá el pago cautelar de las tasas de matrícula a quienes soliciten beca y no cumplan los requisitos establecidos en las correspondientes órdenes ministeriales y de Conselleria por las que se convocan becas y ayudas para realizar estudios universitarios. 6.5. SEGURO ESCOLAR OBLIGATORIO La cuota anual del seguro escolar se incluirá en la carta de pago de la matrícula a todos los que, según los datos que aportan o que constan en su expediente, reúnen los requisitos de edad (*) y nacionalidad para ser beneficiarios /as de dicho seguro. Quienes ya hubieran pagado la cuota del seguro escolar correspondiente al año académico en que se matriculen (en otro centro de estudios) deberán aportar una fotocopia cotejada del justificante de dicho pago para que no se les incluya nuevamente en la carta de pago. No podrá acogerse a este seguro el alumnado de títulos propios no oficiales de pregrado. No obstante, tendrán la obligatoriedad de adscribirse a uno de los seguros voluntarios. (*) El pago del seguro escolar es obligatorio para todos los estudiantes que no tengan cumplidos los 28 años cuando se inicie el curso escolar en el que se matriculen. El curso escolar, a estos efectos, transcurre desde el día 15 de septiembre hasta el día 14 de septiembre del año siguiente. 6.6. SEGURO VOLUNTARIO La Universidad de Alicante ofrece a sus estudiantes la posibilidad de contratar un seguro voluntario de accidentes, como complementario del Seguro Escolar, o como supletorio de éste para quienes no reúnan los requisitos para ser beneficiarios/as de dicho Seguro Escolar. En el sobre virtual se suministrará al alumnado información sobre coberturas e importe de la prima anual del seguro voluntario. La contratación del seguro se realiza en el momento de la matrícula (a través del programa de automatrícula), y su importe se incluirá en la carta de pago. 6.7. FORMA Y PLAZOS DE PAGO Según el artículo 147 del mencionado Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, se podrá hacer efectivo el pago de la matrícula de una sola vez, al comienzo del curso, o bien de forma fraccionada, en dos plazos, que serán pagados: el primero al formalizar la matrícula y el segundo durante la segunda quincena del mes de enero. El impago de alguno de estos plazos comportará la anulación automática de la matrícula, sin derecho al reintegro de las cantidades que se hubiesen abonado. Para los estudios conducentes a títulos no oficiales se podrá establecer un número de plazos distinto. Página 6 de 12

El alumnado solicitante de beca, así como aquellos que tengan derecho a exenciones o bonificaciones que supongan la totalidad de las tasas académicas, no podrá domiciliar el pago de la matrícula. Tampoco podrá ser domiciliado el primer plazo de la matrícula de los alumnos que inician estudios de grado, máster universitario o tercer ciclo procedentes de la primera fase de preinscripción. La domiciliación bancaria se podrá realizar en cualquier Banco o Caja de Ahorros. En caso de no poder domiciliar el pago de la matrícula, se emitirá una carta de pago para su abono en efectivo en cualquier oficina de la CAM, Banco de Santander, Bankia o Caja Murcia, o en cualquier cajero automático de la CAM, Bankia, Caja Murcia o de la red de cajeros Telebanco 4B, así como a través de los servicios de banca electrónica de estas entidades. 6.8. JUSTIFICANTE DE PAGO En el caso de domiciliación bancaria, una vez efectuada el cargo de las tasas de matrícula en la cuenta designada, es responsabilidad de la entidad bancaria la notificación del justificante de pago. En caso de que el pago se haga en efectivo, el justificante será la carta de pago con la validación mecánica o el sello de la entidad financiera donde se haya efectuado, o bien, en su caso, el comprobante del cajero automático. 6.9. EFECTOS DEL PAGO El pago del primer plazo de las tasas constituye la formalización definitiva de la matrícula, salvo anulación posterior por impago del segundo plazo o por cualquier otra de las causas previstas en la normativa vigente. La validez de la matrícula está condicionada al pago de las tasas correspondientes y a la comprobación de los datos y documentos aportados. El impago de alguno de los recibos de la matrícula, en los plazos establecidos, conllevará la anulación de la misma en todas y cada una de las asignaturas matriculadas, con la consiguiente nulidad de los efectos académicos que, en su caso, se hubieren producido. La falsedad en dichos datos o documentos conllevará la anulación de la matrícula, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que de ello se deriven. 7. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Quedan derogados los plazos que contradigan lo establecido en esta instrucción. Página 7 de 12

ANEXO I DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA DE GRADO 1. PARA TODO EL ALUMNADO: Número de la cuenta bancaria (entidad, oficina, D.C. i núm. de cuenta) en la que se domicilia el pago (no es necesario aportar documento, simplemente consignar el dato en el programa de automatrícula). Si forma parte de una familia numerosa, adjunte una fotocopia cotejada (*) del título actualizado, salvo que ya lo hubiese presentado en el curso anterior en el mismo centro y no esté caducado en la fecha de comienzo oficial del curso académico (10/09/2012). Si ha obtenido matrícula de honor global del 2º curso del Bachillerato, o es premio extraordinario en el bachillerato, adjunte una fotocopia cotejada (*) del certificado correspondiente. Si ya ha pagado el seguro escolar en otro centro, adjunte el justificante correspondiente de este pago. Si solicita reconocimiento de créditos, deberá adjuntar a la solicitud que le suministrarán en la Secretaría la documentación que en ella se indica. Si solicita beca, en la web de la Unidad de Becas: http://sa.ua.es/becas/, se informará de cuándo y dónde debe presentar la solicitud y la documentación necesaria. Si solicita exención de tasas por estar afectado por una discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar una fotocopia cotejada (*) de la certificación de esa circunstancia. En caso de ser víctima de bandas armadas y elementos terroristas, deberá presentarse una fotocopia cotejada (*) de los siguientes documentos: el que acredite que es víctima de bandas armadas y elementos terroristas y, en caso de ser hijo/a de la persona reconocida como víctima, libro de familia. 2. PARA ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO: Fotocopia del DNI (en caso de nacionalidad española), o del número de identificación de extranjeros (NIE) o del Pasaporte (quienes no tengan la nacionalidad española). Cumplimentación de la solicitud electrónica de la tarjeta de identificación universitaria (TIU) en el campus virtual. La fotografía se tendrá que descargar en formato digital. 2.1. Si se matricula por primera vez y procede de Selectividad: Fotocopia cotejada (*) de la tarjeta de selectividad Carta de pago de haber pagado las tasas de traslado, si viene de una universidad que no pertenezca a la Comunidad Valenciana. 2.2. Si se matricula por primera vez y procede de FP: Fotocopia cotejada (*) del título y de la acreditación de calificaciones para la admisión en la universidad. 2.3. Si ha hecho traslado de expediente desde otro centro universitario: Carta de pago de haber pagado las tasas de traslado, emitido por el centro de origen. 2.4. Si ya tiene una licenciatura, un grado o una diplomatura: Fotocopia cotejada (*) del título universitario oficial. 2.5. Si ha superado las pruebas de acceso para mayores de 25 años: Fotocopia cotejada (*) del justificante de haber superado las pruebas de acceso para mayores de 25 años. Justificante del pago de las tasas de traslado si las pruebas no se han superado en esta universidad. 2.6. Si ha superado las pruebas de acceso para mayores de 40 ó 45 años: Fotocopia cotejada (*) del justificante de haber superado las pruebas de acceso correspondientes. (*) Para cotejar una fotocopia debe presentar también el documento original. Después de comprobar la autenticidad de la copia le devolverán el original. Si las fotocopias estuvieran ya compulsadas por el organismo que emitió el documento original o por un notario o, en caso de tratarse de documentos extranjeros, estuvieran ya cotejadas y legalizadas por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original. Página 8 de 12

ANEXO II DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO 1. PARA TODO EL ALUMNADO: Número de la cuenta bancaria (entidad, oficina, D.C. i núm. de cuenta) en la que se domicilia el pago (no es necesario aportar documento, simplemente consignar el dato en el programa de automatrícula). Si forma parte de una familia numerosa, adjunte una fotocopia cotejada (*) del título actualizado, salvo que ya lo hubiese presentado en el curso anterior en el mismo centro y no esté caducado en la fecha de comienzo oficial del curso académico (10/09/2012). Si ya ha pagado el seguro escolar en otro centro, adjunte el justificante correspondiente de este pago. Si solicita convalidación de estudios, deberá adjuntar a la solicitud que le suministrarán en la Secretaría la documentación que en ella se indica. Si solicita beca, en la web de la Unidad de Becas: http://sa.ua.es/becas/, se informará de cuándo y dónde debe presentar la solicitud y la documentación necesaria. Si solicita exención de tasas por estar afectado por una discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar una fotocopia cotejada (*) de la certificación de esa circunstancia. En caso de ser víctima de bandas armadas y elementos terroristas, deberá presentarse una fotocopia cotejada (*) de los siguientes documentos: el que acredite que es víctima de bandas armadas y elementos terroristas y, en caso de ser hijo/a de la persona reconocida como víctima, libro de familia. 2. PARA ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO EN ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO: Fotocopia del DNI (en caso de nacionalidad española), o del número de identificación de extranjeros (NIE) o del Pasaporte (quienes no tengan la nacionalidad española). Cumplimentación de la solicitud electrónica de la tarjeta de identificación universitaria (TIU) en el campus virtual. La fotografía se tendrá que descargar en formato digital. Fotocopia cotejada (*) del título universitario oficial o del certificado académico personal del primer ciclo superado que da acceso al estudio. Carta de pago de haber pagado las tasas de traslado, emitido por el centro de origen, si ha hecho traslado de expediente desde otro centro universitario. (*) Para cotejar una fotocopia debe presentar también el documento original. Después de comprobar la autenticidad de la copia le devolverán el original. Si las fotocopias estuvieran ya compulsadas por el organismo que emitió el documento original o por un notario o, en caso de tratarse de documentos extranjeros, estuvieran ya cotejadas y legalizadas por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original. Página 9 de 12

ANEXO III DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS 1. PARA TODO EL ALUMNADO: Número de la cuenta bancaria (entidad, oficina, D.C. y núm. de cuenta) en la que se domicilia el pago (No es necesario aportar documento, simplemente consignar el dato en el programa de automatrícula). Si forma parte de una familia numerosa, adjunte una fotocopia cotejada (*) del título actualizado, salvo que ya lo hubiese presentado en el curso anterior en el mismo centro y no esté caducado en la fecha de comienzo oficial del curso académico (10/09/2012). Si ya ha pagado el seguro escolar en otro centro, adjunte el justificante correspondiente de este pago. Si solicita beca, en la web de la Unidad de Becas: http://sa.ua.es/becas/, se informará de cuándo y dónde debe presentar la solicitud y la documentación necesaria. Si solicita exención de tasas por estar afectado por una discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar una fotocopia cotejada (*) de la certificación de esa circunstancia. En caso de ser víctima de bandas armadas y elementos terroristas, deberá presentarse una fotocopia cotejada (*) de los siguientes documentos: el que acredite que es víctima de bandas armadas y elementos terroristas y, en caso de ser hijo/a de la persona reconocida como víctima, libro de familia. Informe Técnico emitido por el CEDIP, en el caso, de títulos de acceso extranjero no homologados. (La aportación del documento la realizará el CEDIP) 2. PARA ESTUDIANTES QUE INICIAN ESTUDIOS Fotocopia del DNI (en caso de nacionalidad española), o del número de identificación de extranjeros (NIE) o del Pasaporte (quienes no tengan la nacionalidad española). Original o fotocopia compulsada, o cotejada (*) del título que da acceso al estudio. Cumplimentación de la solicitud electrónica de la tarjeta de identificación universitaria (TIU) en el campus virtual. La fotografía se tendrá que descargar en formato digital. Los estudiantes que inician estudios del Máster Universitario en profesor de educación secundaria, enseñanzas artísticas, de idiomas y deportivas, deberán aportar, además de la documentación anterior: La acreditación de tener superado, como mínimo, el nivel B1 en un idioma extranjero, de acuerdo al Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL). 3. CARACTERÍSTICAS DE LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO Deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, así como traducidos oficialmente al castellano. La traducción deberá estar realizada: por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero. por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento. por traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España mediante nombramiento por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. (*) Para cotejar una fotocopia debe presentar también el documento original. Después de comprobar la autenticidad de la copia le devolverán el original. Si las fotocopias estuvieran ya compulsadas por el organismo que emitió el documento original o por un notario o, en caso de tratarse de documentos extranjeros, estuvieran ya cotejadas y legalizadas por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original. También se admitirán las copias cotejadas por los organizadores de los estudios siempre que el cotejo cumpla con los requisitos establecidos por las instrucciones dictadas por la Secretaría General de la Universidad de Alicante (http://www.ua.es/secretaria.gral/es/compulsas.pdf). Página 10 de 12

ANEXO IV DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA DE TERCER CICLO 1. PARA TODO EL ALUMNADO: Número de la cuenta bancaria (entidad, oficina, D.C. y núm. de cuenta) en la que se domicilia el pago (No es necesario aportar documento, simplemente consignar el dato en el programa de automatrícula). Si forma parte de una familia numerosa, adjunte una fotocopia cotejada (*) del título actualizado, salvo que ya lo hubiese presentado en el curso anterior en el mismo centro y no esté caducado en la fecha de comienzo oficial del curso académico (10/09/2012).. Si ya ha pagado el seguro escolar en otro centro, adjunte el justificante correspondiente de este pago. Si solicita exención de tasas por estar afectado por una discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar una fotocopia cotejada (*) de la certificación de esa circunstancia. En caso de ser víctima de bandas armadas y elementos terroristas, deberá presentarse una fotocopia cotejada (*) de los siguientes documentos: el que acredite que es víctima de bandas armadas y elementos terroristas, y, en caso de ser hijo/a de la persona reconocida como víctima, libro de familia. Si es becario/a de un proyecto de investigación, adjunte una fotocopia cotejada de la credencial actualizada de becario/a. 2. PARA ESTUDIANTES QUE INICIAN ESTUDIOS Fotocopia del DNI (en caso de nacionalidad española), o del número de identificación de extranjeros (NIE) o del Pasaporte (quienes no tengan la nacionalidad española). En caso de no poseer titulación, original o fotocopia compulsada o cotejada (*) de la certificación académica que acredite los créditos superados en uno o varios másteres universitarios. Cumplimentación de la solicitud electrónica de la tarjeta de identificación universitaria (TIU) en el campus virtual. La fotografía se tendrá que descargar en formato digital. Original o fotocopia compulsada, o cotejada (*) del título que da acceso al estudio. 3. CARACTERÍSTICAS DE LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO Establecidas en el punto 3 del anexo III. (*) Para cotejar una fotocopia debe presentar también el documento original. Después de comprobar la autenticidad de la copia le devolverán el original. Si las fotocopias estuvieran ya compulsadas por el organismo que emitió el documento original o por un notario o, en caso de tratarse de documentos extranjeros, estuvieran ya cotejadas y legalizadas por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original. También se admitirán las copias cotejadas por los organizadores de los estudios siempre que el cotejo cumpla con los requisitos establecidos por las instrucciones dictadas por la Secretaría General de la Universidad de Alicante (http://www.ua.es/secretaria.gral/es/compulsas.pdf). Página 11 de 12

ANEXO V DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIOS PROPIOS DE POSGRADO Y ESPECIALIZACIÓN Desde el momento en que realice la matriculación en el Campus Virtual y hasta los 15 primeros días desde el inicio del curso, se deberá presentar la siguiente documentación en la secretaría administrativa del estudio: Fotocopia del DNI (en caso de nacionalidad española), o del número de identificación de extranjeros (NIE) o del Pasaporte (quienes no tengan la nacionalidad española). En el caso de titulados por la Universidad de Alicante (UA) - Si el título que les da acceso ha sido obtenido en la UA no deberán aportar ninguna documentación. En el caso de titulados por una universidad española - Fotocopia cotejada (*) del título, o del depósito en su caso, que le de acceso. En el caso de titulados por una universidad extranjera: Si tiene el título homologado: - Fotocopia cotejada (*) de la homologación del título que le da acceso. Si no tiene el título homologado: - Fotocopia cotejada (*) del título que le da acceso. (*) Para cotejar una fotocopia debe presentar también el documento original. Después de comprobar la autenticidad de la copia le devolverán el original. Si las fotocopias estuvieran ya compulsadas por el organismo que emitió el documento original o por un notario o, en caso de tratarse de documentos extranjeros, estuvieran ya cotejadas y legalizadas por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original. También se admitirán las copias cotejadas por los organizadores de los estudios siempre que el cotejo cumpla con los requisitos establecidos por las instrucciones dictadas por la Secretaría General de la Universidad de Alicante (http://www.ua.es/secretaria.gral/es/compulsas.pdf). El CEDIP podrá solicitar la aportación de documentación complementaria para garantizar la veracidad de los datos facilitados, incluida la legalización de los documentos expedidos en el extranjero, así como su traducción. En caso de requerirse la legalización, ésta deberá realizarse por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya. Este requisito no se exigirá en ningún caso a los documentos expedidos por las autoridades de los estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En caso de requerirse la traducción al castellano, ésta deberá venir firmada y sellada, en su caso, por traductores españoles o extranjeros debidamente identificados. Página 12 de 12