PROYECTO DE SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES PARA BIENES PÚBLICOS



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Transcripción:

1 PROYECTO DE SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES PARA BIENES PÚBLICOS TOMADOR y ASEGURADO: AYUNTAMIENTO CIF:

2 OBJETO DEL CONTRATO: son objeto de este Contrato los bienes públicos propiedad del Asegurado incluidos expresamente en póliza, estableciendo su exacta ubicación y las sumas aseguradas tanto para Continente como para Contenido. CONTINENTE: Inmueble como el conjunto de construcciones principales y/o accesorias y sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio como tal). En el caso de propiedad horizontal queda incluida la parte proporcional de los elementos comunes del edificio. Dentro del concepto de Inmueble se consideran incluidas las vallas, cercas y muros de cerramiento (incluidos los muros de contención de tierras), tubos, tuberías y otras instalaciones fijas, cuando se hallen situados dentro del recinto de los riesgos asegurados. Obras de reforma, mejora o adaptación realizadas por el Tomador y/o Asegurado, con el fin de adaptar las naves, locales y anexos, por él ocupados en régimen de alquiler a las necesidades del uso que les sea propio. CONTENIDO: ajuar industrial, existencias, instalaciones no fijas, maquinaria, mobiliario y equipos electrónicos. ALCANCE DE LA COBERTURA DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL: toda destrucción, menoscabo o desaparición de un bien o de parte del mismo, como consecuencia de cualquier hecho fortuito y accidental no excluido expresamente en póliza.

3 SEGURO A VALOR TOTAL. Modalidad de cobertura que exige que la suma asegurada cubra totalmente el valor de los bienes asegurados ya que si no llega a cubrirlo, el Asegurado es considerado como propio asegurador por la diferencia y, como tal, tendrá que soportar la parte proporcional de la pérdida o daño en caso de siniestro (regla proporcional). SEGURO A PRIMER RIESGO. Consiste en asegurar el pago de los daños hasta una cantidad determinada máxima, con independencia del valor total de los bienes, sin aplicación de regla proporcional y siendo este capital el límite máximo de cobertura durante el periodo del seguro, para uno o varios siniestros. SEGURO A VALOR DE NUEVO. Se ampliará la garantía del contrato a la diferencia entre el valor real de los bienes asegurados en el momento del siniestro y su valor de reposición, no pudiendo exceder esta diferencia del 50% del valor de reposición. Es de aplicación fundamentalmente a los daños a edificios y mobiliario. COMPENSACIÓN DE CAPITALES. Se conviene expresamente que, si en el momento del siniestro existiese un exceso de capital asegurado en una o varias partidas del continente y/o contenido, tal exceso podrá aplicarse a las otras partidas que resultasen insuficientemente aseguradas, siempre que la prima resultante del nuevo cálculo no excediera de la prima satisfecha en la anualidad en curso.

4 FRANQUICIAS APLICABLES: -Avería de maquinaria y Equipos electrónicos 150,- COBERTURA TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES. El Asegurador indemnizará al Asegurado los daños materiales que sufran los bienes públicos asegurados, en la situación del riesgo descrita en las Condiciones Particulares, como consecuencia directa de una causa súbita, accidental e imprevista, no clasificada como riesgo excluido en el Contrato. Expresamente incluidas como coberturas básicas tenemos: incendio, explosión, autoexplosión, caída del rayo, caída de aviones, daños atmosféricos (lluvia, viento, pedrisco y nieve), daños por agua por rotura de tuberías, robo y expoliación, etc El alcance de cobertura es del 100% del Capital asegurado tanto en Continente como en Contenido, a valor de nuevo.

5 Otras Coberturas : Daños Materiales GARANTÍAS LÍMITE Y FORMA DE GARANTÍA - Desperfectos por robo y expoliación en puertas, ventanas, etc.. 6.000,- a Primer Riesgo - Metálico en caja fuerte, empotrada o de más de 100 Kg. 6.000,- a Primer Riesgo - Metálico en mueble cerrado con llave. 600,- a Primer Riesgo - Transportador de fondos, con traslado directo entre las 8 y 22 h. 6.000,- a Primer Riesgo - Rotura de lunas, cristales y rótulos de los edificios, incluyendo gastos. 10.000,- a Primer Riesgo - Avería de maquinaria, equipos electrónicos, y portátiles. 150.000,- a Primer Riesgo - Portadores externos de datos, dentro del recinto asegurado. 150.000,- a Primer Riesgo - Gastos adicionales para reparación de equipos electrónicos. 60.000,- a Primer Riesgo - Bienes de empleados, con máximo por objeto de 1.000,-, excluyendo joyas, objetos de oro, metálico y vehículos. 100.000,- a Primer Riesgo - Vehículos en reposo, con máximo de 30.000,- por unidad. 100.000,- a Primer Riesgo - Bienes propiedad del asegurado en poder de terceros. 150.000,- a Primer Riesgo - Bienes de terceros, relacionados con la actividad asegurada. 150.000,- a Primer Riesgo - Cimentaciones Incluidas - Plantas y jardines. Daños por incendio, rayo o explosión. 20.000,- a Primer riesgo - Obras menores que no afecten a elementos estructurales. 100.000,- a Primer Riesgo - Daños estéticos en oficinas (misma dependencia o departamento). 30.000,- a Primer Riesgo - Daños eléctricos. 150.000,- a Primer Riesgo - Bienes temporalmente desplazados. 30.000,- a Primer Riesgo - Pérdida de alquileres/desalojamiento forzoso (máx. 1 año). 150.000,- a Primer Riesgo - Bienes de valor especial con valor unitario inferior a 6.000,-. 6.000,- a Primer Riesgo - Gastos de localización y reparación averías (Daños por Agua) 12.000,- a Primer Riesgo - Gastos de vigilancia, a consecuencia de siniestro cubierto en póliza. 6.000,- a Primer Riesgo - Gastos de extinción, demolición, desescombro, reposición de archivos, honorarios de profesionales externos (con límite de12.000,- para peritos por siniestro y año) y obtención de licencias. 600.000,- a Primer Riesgo

6 OTRAS INCLUSIONES EN PÓLIZA Medidas de la Autoridad. Los daños a los bienes asegurados que ocasionen las medidas necesarias adoptadas por la Autoridad o el Asegurado para cortar o extinguir el incendio e impedir su propagación, incluyendo los gastos por la adopción de tales medidas. Transporte de los bienes asegurados. Los gastos que ocasionen al Asegurado el transporte de los bienes asegurados, o cualquier otra medida adoptada, con el fin de salvarlos del siniestro. Objetos desaparecidos. El valor de los objetos desaparecidos con ocasión de un siniestro cubierto en póliza, siempre que se acredite su preexistencia y su desaparición no se deba a robo o hurto por no haber adoptado las correspondientes medidas de seguridad y vigilancia. Compensación de capitales: incluida Seguro a valor de nuevo: incluido

7 COBERTURAS EXTRAORDINARIAS PACTADAS CON ZURICH PARA ESTA PÓLIZA a) Se hace constar que en algunos de los edificios puede existir estructura de madera en tejados, escaleras o suelos, no superando el 40% de la totalidad del edificio. b) Dentro de los equipos electrónicos están incluidos los sistemas de apertura de puertas. c) Dentro de las garantías de robo queda cubierta la reparación o reposición de los sistemas de protección contra incendios e intrusión. d) Se incluye el robo de elementos pertenecientes a la edificación, adosados o fijados en el exterior, con un máximo de 12.000,- en exceso de los primeros 300,- que correrán por cuenta del Asegurado. e) El cableado eléctrico está cubierto siempre que su localización no supere los 1.000 metros de la situación de los riesgos asegurados en póliza para daños por incendio, explosión y fenómenos atmosféricos, con una franquicia de 300,-. f) Se hace constar que los ordenadores pueden estar en cualquiera de los edificios asegurados. g) Los parques infantiles tienen cobertura de incendio, explosión, caída del rayo, robo y actos vandálicos. Franquicia de un 10% de los daños con un mínimo de 300,-. h) Están incluidos los paneles informativos por incendio, explosión, caída de rayo, daños eléctricos, robo y actos vandálicos. Franquicia del 20% de los daños del siniestro con un mínimo de 300,-.

8 BIENES ASEGURADOS SUMA ASEGURADA/LÍMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN POR SINIESTRO CONTINENTE CONTENIDO TOTAL SUMAS ASEGURADAS PRIMA TOTAL ANUAL: