FORMACION y ASISTENCIA EN MATERIA!lE DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL



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CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Transcripción:

NACIONES ASAMBLEA GENERAL UNIDAS Distr. GENERAL A/CN.9/58 25 enero 1971 ESPAÑOL ORIGINAL: INGLES I COMI8ION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL Cuarto período de sesiones Ginebra, 29 Qe marzo de 1971 FORMACION y ASISTENCIA EN MATERIA!lE DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL Informe del secretario Gener~l I. DECISIONES DE LA COMISION y MEDIDAS ADOPTADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL l. En su segundo período de sesiones, celebrado en Ginebra del 3 al 11 de marzo de 1969, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional adoptó la siguiente decisiónl/: "Con objeto de contribuir a resolver el problema de la preparación de expertos locales en derecho mercantil internacional, especialmente en los países en desarrollo, y de intensificar y coordinar los programas existentes, la Comisión pide al secretario General que adopte las medidas siguientes: a) Recomendar a los 6rganos interesados que los seminarios y los cursos de formación regionales organizados en el ámbito del Programa de Asistencia para la enseñanza, el estudio, la difusi6n y una comprensi6n más amplia del derecho internacional sigan incluyendo materias referentes al derecho mercantil internacionalj b) Recomendar que algunas de las becas concedidas en el ámbito del Programa de Asistencia mencionado en el apartado precedente sean o~orgadas a candidatos que tengan especial inter~s en el derecho mercantil internacionalj c) Hacer lo necesario para agregar los nombres de expertos en derecho mercantil internacional, con los datos pertinentes, para su inclusión en un l! Informe de la Comis ión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su segundo período de sesiones (1969), Documentos Of a es e la Asamb ea General v ~simo cuart roda de sesiones, Suplemento No. 18 (A 7618, párr. 160). 11-01535 /...

Página 2 suplemento al "Registro de expertos y especialistas en derecho internacional", según se indica. en el inciso a) del apartado 11) del párrafo 36 del informe del Secretario General (A/CN_9/27);. d) Completar la información de que se dispone sobre las; actividades de organizaciones internacionales en la esfera de la formación y asistencia en materia de derecho mercantil internacional, según se indica en el apartado i) del párrafo 36 del informe del Secretario General; e} Celebrar consultas con el Comité Consultivo del Programa de Asistencia de las Naciones Unidas, citado en el apartado a) del presente párrafo, y con los órganos de las Naciones Unidas, los organismos especiali~ zados y otras organizaciones y organismos que actúan en el campo del derecho ~ mercantil internacional, acerca de la posibilidad de establecer en el marco de sus programas en determinadas universidades u otras instituciones de países en desarrollo: i)institutos o cátedras regionales para la formación en materia de derecho mercantil internacional, y ii) Seminarios o cursos para estudiantes, profesores, abogados y funcionarios del gobierno que actúen o se interesen en esta esfera; f) Informar a la Comisión, en su tercer período de sesiones, sobre los resultados de sus consultas y la medida en que ha sido posible lograr los objetivos antes citados, e indicar a la Comisión las nuevas medidas que convenga adoptar habida cuenta de esta experiencia." 2. En su tercer período de sesiones, celebrado en Nueva York del 6 al 30 de abril de 1970, la Comisión examinó el informe del Secretario General sobre forma ción y asistencia en materia de derecho mercantil internacionalgj y siguiente decisión~/~ "La Comisión: adoptó la Pide al Secretario General que continúe e intensifique las actividades en materia de formación y asistencia emprendidas en conformidad con la decisión adoptada por la Comisión en su segundo período de sesiones y que consulte con las instituciones competentes respecto de la posibilidad práctica de preparar materiales de enseñanza sobre la materia y de dar más amplitud a la enseñanza del derecho mercantil internacional en el programa de esas instituciones. ti. gj Documento,A/CN.9/39. :d Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para Internacional sob~ la labor realizada en su tercer (1970), Docu ntos Oficial d Asamblea el' 1 de sesiones. Slóplemento No. 11 CA 8011), párr. 200. /...

A/CN 9/58 Página 3 3. Habiendo examinado el informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre su tercer período de sesiones, la Sexta Comisión informó' a la Asamblea General, entre otras cosas, de lo Sigutentefr./: "30. Muchos representantes destacaron que era funda~(ltal para la CNUIMI. el perfeccionamiento de los conocimientos locales en materia de derecho mercantil internacional, especialmente en los países en desarrollo, y acogieron complacidos la decisión de la Comisión de continuar e intensificar el programa existente de formación y asistencia. 31. Algunos representantes sugirieron que la CNUUvlI preparara un nuevo programa de formación de asistencia, en el que se previerah, sobre todo, períodos importantes de formación práctica, incluida la recibida en organizaciones o en'instituciones que participaran activamente en los trabajos sobre la materia. Se señalé que tal pl~grama no entrañaría costos adicionales para las Naciones Unidas. 32. Otros consideraron importante establecer cátedras o institutos regionales de derecho mercantil internacional en universidades o institu ciones académicas de los países en desarrollo y expresaron la esperanza de que pudiesen encontrarse medios para llevar a cabo este programa. 11 4. Bol' recomendación de la Sexta Comisión, la Asamblea General aprobó la resolu ción 2635 (XXV), en la que recomendaba (inciso b) del párrafo 5) que la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional siguiera prestando atención a los medios de fomentar la formación y asistencia en la esfera del derecho mercantil internacional. _ 5. La Sexta Comisión presentó también un informe a la Asamblea General sobre el Programa de Asistencia de las Naciones Unidas para la enseñanza, el estudio, la difusión y progra.ma) (A/8130). resolución 2698 (XXV). una comprensión más amplia del derecho internacional (tema 90 del al Secretario General que: Tras examinar ese informe, la Asamblea General aprobó la En el párrafo 3 de la resolución, la Asamblea General pidió 11,» continue sus esfuerzos con objeto de promover, dentro del marco del Programa, la formación y la asistencia en materia de derecho mercantil internacional., a fin de satisfacer la necesidad, en particular de los países en desarrollo, de aumentar el nwnero de juristas lo.cales especializados en esta esfera;" J.±/ Informe.de.la Sexta COmisión sobre el informe de la COmisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. sobre la labor reálizada en su tercer período de sesiones (1970), A/8146, párrs. 30 a 32.. /...

11. ACTIVIDADES EMPRFfiDIDAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS DECISIONES DE LA COmSION 6. De conforttd.dad con el párrafo a) de la decisión de la CHUDMI (citado en el, párrafo 1, supra), el Seminario regional de las Naciones Unidas de derecho internacional para Africa dedicó uno de sus periodos de sesiones al examen de los aspectos de la labor de la CNUDMI de importancia especial paraa...oprica. El Seminario tue organizado por el UNITAR y se celebro en enero de 1970 en Acera" Ghana. Participaron en él altos funcionarios de Estados africanos y expertos y organizaciones internacionales. observadores de 7. Con arreglo al p h~~fo b) de la decisión de la Cottd.sión, al hacer las adjudicaciones en el Programa de becas Naciones Unidas/UNITAR para estudios de derecho internacional en 1970, se prestó atención a los candidatos que teman interés especial en el derecho mercantil internacional. Siguiendo el procedimiento adoptado en afios anteriores 5 /, los 'becarios recibieron capacitación práctica en la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas. Esa capacitación incluía proyectos relacionados con el derecho mercantil internacional ejecutados bajo la supervisión de miembros de la Subdirección de Derecho Mercantil Internacional. 8. Treinta y un Estados Miembros de las Naciones Unidas han atendido la petición del Secretario General de que se indicaran los nombres, con los datos pertinentes, de expertos en las diversas materias del derecho mercantil internacional para su inclusión en el Registro de expertos y especialistas en derecho internacional. ha preparado una lista de 125 expertos en derecho mercantil internacional que se publicará como suplemento especial del Registro de expertos y especialis'tas en derecho internacional (A/6677). 9. De conf'ormidad con lo resuelto por la CUUDMI en sus períodos de sesiones segundo y tercero; el Secretario General se dirigió a los ~rga.nos de las Naciones Unidas, a los organisnos especializados y a otras organizaciones internacionales a fin de averiguar: a) si estaban- prestando asistencia o proyectaban prestarla respecto de la formación y asistencia en materia de derec~o mercantil internacional; Véase el informe del Secretario General sobre el Programa de asístencia de las Naciones Unidas para la enseñanza, el estudio, la difusi6n y una comprensión más amplia del derecho internacional, documento A/8130, párr. 18. Se l... e e I

E~ñol Pagina 5 b) si podían establecer o coadyuyar al estable<.:irniento de institutos o caté.. dras regionales de derecho mercantil internacional en universidades u otras insti.. tuciones de los países en desarrollo; c) si podían organitar o coadyuvar a la organización de seminarios o cursos de derecho mercantil internacional para estudiantes ~ profesores, funcionarios públicos y profesionales de los países en desarrollo. 10. Las respuestas a esa consulta indicaban que un número notable de organizaciones había realizado, en sus correspondientes esferas de activicl.a.d, diversos programas de asistencia y fo;tlliación, inclusive concesión de becas, cursos y seminarios de formación sobre materias relacionadas con el derecho nercantil internacional, y que proyectaban otros progra'lllas semejantes. Esas actividades se resumen en el anexo del presente informe. 11. No obstante, en las respuestas no había. indicación alguna de que hubiera d;ispo.. nibles los considerables fondos necesarios para establecer institutos o cátedras regionales de ensefianza de derecho mercantil internacional. Las organizaciones interesadas consideraban que tales contribuciones no entraban en su esfera normal de actividades o, en la mayoría de los casos, quedaban tuera del alcance de sus recursos financieros. Esto fue puesto en conocimiento del Comité Consultivo del Programa de asistencia de las Naciones Unidas para la enseñanza, el estudio, la difusión y una comprensión más amplia del derecho internacional, en su quinto período de sesiones, celebrado en octubre de 1970 6 /. 12. Habida cuenta de esta falta de éxito, la Secretaría buscó otros medios para aplicar la decisión de la Comisión. Se señaló a la atención de algunos funcionarios encargados de la elaboración de los planes de estudios de las universidades de los países en desarrollo la evolución de esta nueva rama del derecho y se sugirió que el derecho mercantil internacional. debía incluirse e.."l los planes de estudios de sus facultades de derecho. El interés de la Comisión por el establecimiento de institutos o cátedras de ense6.anza de derecho mercantil internacionaj. fue comunicado a la Asociación de Universidades Africanas, considerando que así se ayudaría a las universidades de ese continente a recaudar los fondos necesarios de fundaciones e instituciones dedicadas a la enseñanza. e investigación Jurídicas, o posiblemente J!bid., párr. 16. l...

E~ñOl Psgina6 de otras fuentes de. financiación. Se prevé la transmisión de comunicaciones análogas a las asociaciones tmivérsite!rias de otras regiones. 13. De conformidad con la decisión de la Comisión relativa a la preparación de materiales de enseñanza sobre derecho mercantil internacional. (citada. en el párrafo 2 s1,1pra), se han cele'brado consultas con las instituciones apropiadas acerca de la posibilidad práctica de preparar tales materiales. El Centro Jurídico Internacional de Nueva York ha mostrado interés en el proyecto y está elaborando planes para la producción de dichos materiales, a :fin de utilizarlos en Africa y América. La.tina. Como se ha indicado anteriormente, esos materiales no serían e publicados por las Naciones Unidas. En consecuencia, su producci6n no requeriría ningún desembolso de fondos por las Naciones Unidas. La contribución de la Organización se limitaría a la celebración de consultas por funcionarios de la Secretaría con los especialistas que se ocupan de la. preparación de dichos materiales.., /...

Anexo Página 1 ANEXO,. INFORMACION suministrada POR ORGANOS ImERNACIONALES SOBRE SUS ACTIV DADES RELACIONADAS CON LA FORMACION y LA ASISTENCIA EN MATERIA DE DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL A. Organos de las Naciones Unidas, organismos especializados y organizaciones conexas l. CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE COMERCIO Y DESARROLLO (UNCTAD) U2. Entre las actividades de asistencia técnica programadas o realizadas no ha habido ningún proyecto en la esfera concreta del derecho mercantil internacional. No obstante, la mayoría de los cursos de formación en la esfera general del comercio internacional realizados en virtud del programa de la UNCTAD incluyen el estudio de algunos aspectos de las normas que rigen las relaciones comerciales entre distintos países. En este contexto general cabe mencionar los siguientes cursos: a) Cursos regionales en materia de promoción de las exportaciones realizados en cooperación con las comisiones económicas regionales y el Centro de Comercio Internacional UNCTADjGATT. b) El Curso Regional de Política Comercial de la CEPAL Y los cursos sobre comercio exterior y políticas comerciales CEPA/GATT. c)el curso de capacitación de funcionarios aduaneros de la Asociación de Libre Comercio del Caribe (CARIFTA). En el marco de SU programa interregional, la UNCTAD ha contratado asimismo los servicios de un asesorinterregional sobre documentación comercial quien presta asesoramiento a los países en desarrollo que lo solicitan sobre la simplificación y normalización de los documentos y procedimientos del comercio internacional.n 2. ORGANIZACIONDELAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL (ONUDI) It liln el curso de capacitación organizado por la Sección de Industrias de Exportación de la División de política y Programación Industrial de la ONUDI en Zagréb, ~n 1968, se abordaron temas como los pagos internacionales y el transporte marítimo. El próximo curso de capacitación en exportaciones industriales que se organizará a finales del presente año también incluirá algunacapacitaci6n en esas materias. No obstante, en esos cursos se da.más importancia a la organización de un marco para la promoción de las exportaciones,.inclusive arreglos de crédito ft 1 -.

Anexo Página 2 3. ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) "La organización ha contribuido ampliamente desde 1955 organizando cursos semestrales de política comercial para funcionarios públicos de países en desarrollo Hasta ahora han participado en los cursos de Ginebra 287 funcionarios procedentes de 78 países. Doscientos cincuenta y tres funcionarios han participado en los cursos en Africa, que se realizan en colaboración con la Comisión Económica para Atrica f1'. La finalidad de los cursos no es sólo dar a conocer a los participantes las normas y principios multilaterales de política comercial, pues tienen también una orientación esencialmente práctica. ti 11 J 4. BANCO I.NTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION y FOMENTO (BIRF) "Las organizaciones del Grupo del Banco Mundial no realizan ningún programa de capacitaci6n o investigaci6n en materia de derecho ~rcantil ;tnternacional, si bien han admitido peri6dicamente pasantes para que estudien en el Departamento Jurídico las principales operaciones del Banco Mundial. lt 5. FO:NDO MONETARIO MERNACIONAL (FMI) ".. Esta [órganizaciói! sigue contratando miembros de nuestro Servicio de Banca Oentral yel Departamento Jurídico, que atienden las solicitudes de nuestros países miembros con respecto a proyectos de ley,asesores letrados y expertos. Por otra parte, funcionarios de esos dos departamentos han participado activamente en las investigaciones y los debates sobre la creación, con los auspicios de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, de un instrumento negociable internacional que se utilizaría en el comercio y otras transacciones. En segundo lugar el Instituto del FMI ofrece cursos en Washington, que tratan principalmente de ltil política monetaria y los métodos de análisis a funcionarios, especialmente de los países en desarrollo. A este respecto, el Instituto 1J.ncluYil entre sus materias temas relacionados con las restricciones comerciales y de pagos. Finalmente, el Fondo presta constántemente asistencia a sus miembros, inclusive muchos países en desarrollo, para analizar y evaluar sistemas de control cambiario a la luz del Convenio Constitutivo del Fondo. El Departamento de Relaciones Cambiarias y Comerciales está especialmente interesado en este aspecto de las actividades del Fondo." B. Organizaciones intergubernamentales l. COMITE JURID!COCONSULTIVO ASIA'rICO-AFRICANO "Hasta ahora no tenemos ningún programa especial para prestar asistencia respecto de la formación e investigaci6n en materia de derecho mercantil internacional. No obstante fftil Asociaci6i! estaría dispuesta a admitir a uno o dos especialistas, que podrían trabajar en la Secretaría para ganar experiencia en las investigaciones en la materia. u /... e

7 ; A/CN.9/58 Anexo Página 3 2. COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS e U fjffay un tipo de asistencia para la formación de abogados que. se refiere al derecho mercantil internacional. Esa asistencia se presta mediante: Donaciones a determinadas facultades o instituciones dedicadas a lá enseñanza del derecho especialmente orientada hacia las necesidades de la Comisión. La organización de visitas de estudiantes y profesores que preparen trabajos especiales a la sede de las instituciones de la Comisión. La concesión de un determinado número de becas. u 3. CONSEJO DE EUROPA ti... t1creaci6n de becas para realizar estudios relacionados con la :propiedad industrial El Comité de Ministros ha aprobado por un período de prueba de dos años la creación de un sistema de becas para personas que deseen realizar: a) trabajos de investigación de interés para Europa; o b) trabajos para terminar estudios avanzados o perfeccionar la formación de los becarios, mediante estudios de carácter internacional. lt 4. ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS n l. 26 becas -comercio internacional - capacitación para agregados comerciales latinoamericanos. Bélgica. 2. 67 becas - comercio internacional - Reino Unido, Francia, Bélgica, Japón. 3. 23 becas - aspectos jurídicos y económicos de la integración europea. Bélgica. 4. 30 becas - comercio nacional e internacional. Brasil." /...

Anexo Página 4 5. OFICINAS INT.ERNACIONALES REUNIDAS PARA LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (BIRPI) lia) Leyes modelo :eara los Ea~!3es en desarrollo IJinJ Comité de expertos se reuni6 en octubre de 1969; ; redact l leyes modelo para los países en desarrollo sobre diseños industriales, jjuij se publicarán en breve. J ' b) Pasantías En 1969, se recibieron 36 solicitudes de pasantías, de las que se concedieron lo; en 1970, se recibieron 29 solicitudes y se otorgaron 10. Este programa continuará. c) Seminarios En 1969 se celebraron seminarios sobre propiedad industrial en El Caira y Buenos Aires. En el programa de. trabajo para 1971..1973 que se presentará a los 6rganos competentes de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) (continuaci6n de las BIRPI, con una estructura más moderna), se prevé la celebraci6n de un seminario. regional cada año. d) Enseñanza del derecho de. la :eropiedad intelectual En 1970 se publicará una guía de cursos universitarios y otros cursos de enseñanza superior del derecho de la propiedad intelectual. 2. Las BIR?I han ofrecido el máximo de asistencia al Comité organizador de un centro latinoamericano de formaci6n en propiedad industrial, que se establecerá en Caracas, Venezuela. El carácter preciso de la asistencia que ~ se concederá dependerá del desarrollo ulterior del plan para el centro.., proyectado. 3. Los seminarios mencionados en el párrafo 1 supra se han celebrado o se celebrarán en todos los casos en países en desarrollo, pero no en una universidad u otra instituci6n determinada de uno de ellos. No obstante, las BIRPI o la OMPI colaborarán de buen grado con cualquiera de tales 1n8titu" ciones que deseen recibir ayuda para organizar seminarios o cursos de derecho de la propiedad intelectual. ti /...

Anexo Página 5 C. Organizac;.;tones no..@:bern.amep..iales..reconocidas. ~omo entldade~ ronsult.ivas por el Consejo Econóln!co y S?cial ASOCIACION DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL "a) En su 74a. reuni6n (mayo de 1969), el Comité Ejecutivo de la lata aprobó una aportación de 10.000 dólares para la creación de una beca (que estaria relacionada con la IATA) para coadyuvar, por conducto de la OACI, a. la formación de funcionarios públicos de paises en desarrollo. b) En los últimos años, la!ata ha contribuido en diversas ocasiones a la organizaci6n de seminarios y conferencias sobre problemas (jurídicos y de otra índole) relacionados con la aviación internacional. Esa.s reuniones han incluido la Conferencia internacional sobre la libertad del aire (Montreal, noviembre de 1967), un ciclo de conferencias sobre el derecho aeronáutico celebrado en el Instituto Universitario de Altos Estudios Internacionales de Ginebra (noviembre de 1968 - marzo de 1969), y el seminario sobre problemas juridicos de la aviación internacional (Basllea, noviembre de 1969). c) En términos más generales, la lata ha mantenido por muchos años una estrecha y activa colaboración con el Instituto de Derecho AeronáUtico y el Espacio de la Universidad McGlll, Montreal. Cabe esperar que la lata proseguirá sus actividades siguiendo el criterio general descrito en los incisos b) y c) supr~, dentro de los 1:únites de sus recursos humanos y financieros. 11 D. ~ras organizaciones no @bern~enta.!~ e FACULTAD INTERNACIONAL PARA LA ENSEÑANZA DEL DEBECHO COMPARADO "Durante diez años la Facultad :b..a realizado cursos y mesas redondas de derecho internacional privado, inclusive derecho mercantil internacionaj., en relaci6n con su programa de enseñanza del derecho comparado en general. Esos cursos se han celebrado no s610 en la Universidad de Estrasburgo, donde tiene su sede, sino también en muchas otras universidades de todo el mundo, aj.gunas de ellas situadas en paises en desarrollo. Me refiero especialmente a dos cursos académicos en la Universidad Nacional Autónoma de México, tres en la Universidad de Caracas, dos en la Universidad de Concepci6n y dos en la Universidad de Valparaiso. En esos die~ años se han matriculado en la. Facultad casi 5.000 estudiantes de 68.Estados, y sus profesores procedian de 75 uni'versidades de 41 pa.ises. 11