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AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27229 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 19/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el programa de estancias formativas en inglés para personal docente en centros educativos no universitarios de titularidad de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2014/10905] El aprendizaje de una o varias lenguas extranjeras, especialmente las habladas en los Estados de la Unión Europea constituye una herramienta necesaria para el desarrollo personal y profesional de todo ciudadano que forme parte de una sociedad plural como la nuestra, atendiendo a sus intereses, deseos y aspiraciones. Las lenguas constituyen un elemento básico de identidad cultural y representan un valor fundamental de cohesión de una comunidad. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge los objetivos de la Unión Europea orientados a conseguir que las lenguas sean un medio para la construcción de la ciudadanía europea y la movilidad entre las personas y para favorecer el intercambio cultural y lingüístico, y establece como uno de sus fines, mejorar la calidad y la eficacia de la educación y de la formación dentro de un marco de ciudadanía europea y donde el aprendizaje de idiomas juega un papel fundamental. La citada Ley, en su artículo 102.3, referido a la Formación Permanente, propone que las Administraciones educativas promuevan la formación en lenguas extranjeras de todos los profesores, con independencia de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito. El Decreto 7/2014, de 22 de enero, regula el Plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla-La Mancha. En este contexto, y siguiendo las directrices y recomendaciones del Consejo de Europa y la Comisión Europea, la Administración educativa de Castilla-La Mancha adquiere el compromiso de dar respuesta a la creciente demanda de nuestra sociedad de reforzar la dimensión comunicativa, prestando especial atención a la enseñanza de las lenguas extranjeras. Para garantizar la calidad de este aprendizaje mediante una enseñanza eficaz de las lenguas extranjeras se requiere necesariamente una buena formación inicial y permanente del profesorado en la adquisición de la competencia lingüística en lenguas extranjeras. Los cursos de inmersión lingüística tienen como finalidad principal sensibilizar sobre la significación de la dimensión plurilingüe de la educación y adquirir o mejorar las competencias de comunicación en una de las principales lenguas utilizadas en los foros comunitarios poniendo así en práctica la lengua inglesa en un entorno real y proporcionar al profesorado recursos didácticos y destrezas para aplicar en el aula. Al amparo de lo establecido en el Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se justifica la utilización de dichos medios por tener garantizado el colectivo beneficiario el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos. Por ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se aprueban las siguientes bases: Primera. Objeto y ámbito de la convocatoria. Esta resolución tiene como objeto aprobar las bases reguladoras del programa de estancias formativas en inglés para personal docente en centros educativos no universitarios de titularidad de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la mejora de la competencia lingüística y metodológica en inglés mediante la realización de estancias formativas en cursos de inmersión lingüística en inglés en la región, previstas dentro del Plan Integral de Plurilingüismo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y convocar 100 ayudas para 2014.

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27230 Estas ayudas estarán distribuidas de la siguiente forma según los niveles de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: - Niveles A1/A2: 30 plazas. - Nivel B1: 30 plazas. - Nivel B2: 30 plazas. - Nivel C1: 10 plazas. Segunda. Cuantía de las ayudas y cursos. 1. El gasto que implica esta convocatoria asciende a un total de 38.000 euros con cargo a la aplicación 18.04.421B.16702 para el año 2014, de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 2. El régimen será de alojamiento y pensión completa para todos los participantes. Los gastos ocasionados en los traslados de ida y vuelta hasta el centro donde se realizará el curso serán por cuenta de los participantes. 3. La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente resolución se abonará, por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, directamente a las empresas que resulten adjudicatarias del procedimiento de contratación convocado al efecto, conforme a los Pliegos de Cláusulas Administrativas, previa prestación del servicio de conformidad. Tercera. Destinatarios y requisitos 1. Los colectivos destinatarios de la presente resolución son el personal funcionario de carrera e interinos de Educación Infantil, de cualquier especialidad de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño. 2. Los requisitos son estar impartiendo docencia en un centro educativo no universitario de titularidad de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El cumplimiento de los requisitos será comprobado de oficio por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Estos requisitos deberán reunirse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Cuarta. Criterios de selección 1. Los participantes serán seleccionados de acuerdo con la siguiente priorización: a) Funcionarios de carrera. b) Funcionarios interinos. 2. La ordenación de las listas se efectuará en cada uno de los colectivos señalados en el punto 1.a y 1.b, de acuerdo con el tiempo de servicios prestados, computándose los meses completos y el nivel de competencia lingüística, declarados por los interesados en su solicitud de participación, sin perjuicio de que la Administración pueda comprobar la veracidad de los datos declarados. 3. En caso de igualdad en la puntuación obtenida, se celebrará un sorteo público entre los solicitantes empatados. La letra extraída en el sorteo determinará el orden alfabético, a partir de la letra inicial del primer apellido. La fecha y hora del sorteo público será publicado en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es) y en el tablón de anuncios electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Quinta. Calendario y lugar de realización. El período de realización de los cursos de inmersión lingüística será entre el 11 de septiembre y el 14 de septiembre de 2014 dentro del territorio regional, decidiendo el lugar concreto la empresa licitadora. Sexta. Contenido de los cursos. 1. Los cursos tendrán una duración de 30 horas de formación, para el desarrollo o actualización de las competencias relacionadas con las modalidades de escucha, producción e interacción en lenguas extranjeras y de metodologías

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27231 específicas para la enseñanza de lenguas extranjeras o de contenidos en entornos Aicle, Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras, quedando distribuidas por niveles de la siguiente manera: a) Nivel A1/A2: 20 horas de formación lingüística y 10 horas de formación metodológica. b) Nivel B1: 15 horas de formación lingüística y 15 horas de formación metodológica. c) Nivel B2: 10 horas de formación lingüística y 20 horas de formación metodológica. d) Nivel C1: 5 horas de formación lingüística y 25 horas de formación metodológica. 2. Los participantes se organizarán en grupos en función de su nivel de competencia lingüística. Cada grupo dispondrá de profesorado que participará con estos en las actividades diseñadas para el desarrollo del programa. 3. La Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación se reserva el derecho de reajuste de los apartados 1 y 2, respetando la priorización de los participantes. 4. A los participantes se les facilitará el material didáctico necesario para el seguimiento del curso. Séptima. Obligaciones de los beneficiarios. Los participantes tendrán la obligación de: a) Participar en todas las actividades lectivas y complementarias planificadas por la organización. b) Realizar una prueba de nivel inicial para incorporarse al nivel más adecuado a su competencia lingüística. c) Actuar en todo el proceso formativo, recopilando todos los datos y valoraciones. d) Presentar la memoria del programa según el Anexo I de las actividades desarrolladas durante el curso, en el plazo de un mes a partir de la finalización del curso. e) Incorporarse el día anterior a la fecha de comienzo del curso a partir de las 20:00 pm y hasta las 24:00 pm. Octava. Plazo y forma de presentación de solicitudes. 1. Los interesados presentarán la solicitud mediante la cumplimentación del formulario (Anexo II) disponible en la intranet docente del Portal de Educación de Castilla-La Mancha en la dirección (www.educa.jccm.es), accesible a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección: http://www.jccm.es Para acceder a esta intranet, los interesados necesitarán utilizar usuario de acceso personal. Las solicitudes presentadas recibirán del Registro Único de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, número, fecha y hora de entrada. 2. Al cumplimentar la solicitud, los interesados deberán marcar su nivel de competencia lingüística según el MERCL, Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. 3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el día 3 de septiembre de 2014. 4. Si la información incluida en la solicitud no está debidamente cumplimentada según está establecido en las bases reguladoras de esta resolución, o dicha solicitud presenta defectos de forma, el interesado dispondrá de un plazo máximo de diez días para subsanar dicho error una vez le sea comunicado. Si no se subsanase este error en el plazo establecido, su solicitud será desestimada. Novena. Procedimiento de concesión y valoración de solicitudes. 1. La adjudicación de plazas se realizará en régimen de concurrencia competitiva. 2. La Comisión de Valoración valorará las solicitudes recibidas de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo III. 3. La Comisión de Valoración tendrá la siguiente composición: a. La persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, o persona en quien delegue, que presidirá la comisión.

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27232 b. Un asesor del Servicio de Plurilingüismo. c. El titular de la Jefatura de Sección de Plurilingüismo. d. Un funcionario del Servicio de Plurilingüismo que actuará como secretario. 4. Evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada y formulará propuesta de concesión, que se efectuará de acuerdo con los criterios y baremo indicados en la base cuarta. Décima. Resolución. La persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación resolverá la selección de los beneficiarios. La resolución se publicará en el Portal de Educación y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha en un plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha surtirá los efectos de la notificación. En dicha resolución se publicará el listado de solicitantes adjudicados, junto con el listado priorizado de reservas y de excluidos. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Undécima. Certificación de la actividad. Al profesorado participante que realice el curso previsto durante el tiempo de duración de la inmersión lingüística se le reconocerá 3 créditos por la participación al amparo de esta convocatoria, y según lo establecido en la Orden de 08/10/2008, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula la homologación, la convocatoria, el reconocimiento, el registro y la certificación de las actividades de formación permanente del profesorado no universitario. Duodécima. Obligaciones y renuncias. Si, una vez confirmada su participación, el beneficiario renunciase a la realización de la actividad, remitirá por escrito su renuncia, junto con la documentación justificativa, a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. En este caso el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión del curso al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación. El órgano concedente comunicará esta opción a los interesados mediante los sistemas de mensajes de texto para teléfonos móviles y correo electrónico, en el número y dirección de correo indicados en su solicitud, con el fin de que, en el plazo improrrogable de 2 días hábiles, acepten la propuesta de adjudicación. Decimotercera. Recursos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, según se dispone en los artículos 8.2.a), 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, y de forma potestativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo establecido en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Decimocuarta. Condición del programa y posibles incumplimientos. La realización del programa para el que se convocan estas ayudas queda condicionada a la adjudicación a la empresa ganadora de la licitación en el correspondiente procedimiento contractual. El incumplimiento del programa por parte del personal docente beneficiario determinará su exclusión del curso correspondiente a propuesta del profesorado responsable. Decimoquinta. Habilitación para la ejecución. Se habilita a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación para la ejecución de la presente resolución.

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27233 Decimosexta. Efectos. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 19 de agosto de 2014 El Consejero de Educación, Cultura y Deportes MARCIAL MARÍN HELLÍN

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27234 ANEXO I MEMORIA DEL PROGRAMA I. Valoración Organizativa - Actividades desarrolladas (evaluación pedagógica y organizativa). - Propuestas de mejora. II. Personal - Aspectos transferibles a la actividad docente. - Autoevaluación del nivel de competencia lingüística alcanzado. - Grado de satisfacción general con la actividad. - Incidencias. - Propuestas de mejora.

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27235 Nº Procedimiento 030574 Código SIACI Consejería de Educación, Cultura y Deportes Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación SKBQ ANEXO II SOLICITUD PARA ESTANCIAS FORMATIVAS EN INGLES PARA PERSONAL DOCENTE DE CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS DE TITULARIDAD DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES *NIF * NIE *Número de documento: DATOS DEL SOLICITANTE *Nombre *1º Apellido *2º Apellido *Provincia *Localidad *C.P. *Teléfono *Fax *Móvil *Correo electrónico *Centro Educativo DATOS DE LA SOLICITUD *Localidad *Provincia *Código Centro *Especialidad *Nivel de Competencia Lingüística A1 A2 B1 B2 C1 *Antigüedad docente (expresada en meses) *Situación Laboral FUNCIONARIO DE CARRERA FUNCIONARIO INTERINO *Área/Materia que imparte *Datos a cumplimentar obligatoriamente Los datos de carácter personal que se faciliten mediante este formulario quedarán registrados en un fichero cuyo responsable es la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, con la finalidad de determinar la concesión del programa de estancias formativas en inglés al docente solicitante. Por ello pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante dicho responsable o mediante tramitación electrónica. Para cualquier cuestión relacionada con esta materia puede dirigirse a las oficinas de información y registro o al correo electrónico, protecciondatos@jccm.es. Página 1 de 2

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27236 Consejería de Educación, Cultura y Deportes Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación SOLICITA La persona abajo firmante SOLICITA sea autorizado a participar en el programa ESTANCIAS FORMATIVAS EN INGLÉS Acreditación del cumplimiento de los requisitos Declaraciones responsables: La/s persona/s abajo firmante/s, en su propio nombre o en representación del solicitante, declara/n que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, en caso de ser propuesto como beneficiario. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. Firma del solicitante: En Toledo, a de de 2014 Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación Consejería de Educación, Cultura y Deportes Bulevar del Río Alberche, s/n 45071 Toledo Página 2 de 2

AÑO XXXIII Núm. 162 25 de agosto de 2014 27237 ANEXO III BAREMACIÓN PARA PARTICIPAR EN ESTANCIAS FORMATIVAS EN INGLES PARA PERSONAL DOCENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. En la selección de los profesores se tendrá en cuenta la siguiente priorización: 1. Funcionarios de carrera. 2. Funcionarios interinos. Méritos Documentación acreditativa Experiencia docente en los tres últimos cursos escolares (Hasta 9 puntos) 0.25 puntos por cada mes completo, las fracciones no serán tenidas en cuenta. La documentación se comprobará de oficio. En caso de empate, el orden de los aspirantes se establecerá mediante la aplicación sucesiva de los siguientes criterios: la mayor puntuación obtenida de los funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Si aún así persistiesen los empates se celebraría un sorteo público exclusivamente entre los solicitantes empatados.