NOTIFICACIÓN DE LOS DERECHOS A LA PRIVACIDAD



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NOTIFICACIÓN DE LOS DERECHOS A LA PRIVACIDAD ESTA NOTIFICACIÓN DESCRIBE COMO LA INFORMACIÓN MÉDICA (INCLUYENDO INFORMACIÓN DE SALUD MENTAL), PUEDE SER UTILIZADA O REVELADA Y CÓMO USTED PUEDE TENER ACCESO A ESTA INFORMACIÓN. POR FAVOR REVÍSELA CUIDADOSAMENTE. Durante el proceso en el que se le proveen a usted los servicios Arapahoe/Douglas Mental Health Network obtendrá, archivará y utilizará su información de salud mental y médica, la cual sera información de salud protegida. Normalmente esta información es confidencial y no sera utilizada o revelada con excepción a lo siguiente: I. UTILIZACIÓN O REVELACIÓN DE LA INFORMACIÓN PROTEGIDA A. Usos y Revelaciones Generales en los cuales no se requiere la Aprobación de el Consumidor. La Red usará y revelará la información de salud protegida de las siguientes maneras: 1. Tratamiento. El tratamiento se refiere al suministro, la coordinación o el manejo del cuidado de la salud (incluyendo el cuidado de la salud mental) y a los servicios relacionados por uno o más proveedores del cuidado de la salud. Por ejemplo: el personal de la Red involucrado con su cuidado, puede utilizar su información para planear el curso de su tratamiento y consultarlo con otros miembros del personal, para asegurarse que los métodos mas apropiados se estén utilizando. 2. Pago. El pago se refiere a todas las actividades proporcionadas por el proveedor del cuidado de la salud (incluyendo el proveedor de la salud mental), para obtener o proveer el reembolso por el servicio del cuidado de la salud. Por ejemplo: la Red usará su información para desarrollar información de cuentas por cobrar, facturarle a usted, y con su consentimiento, proveer la información a su compañía de seguros por los servicios ofrecidos. La información proveída a los aseguradores y a los terceros pagadores incluirá información que lo identifique a usted, así como su diagnóstico, tipo de servicio, día del servicio, nombre del proveedor/identificador, u otra información acerca de su condición y su tratamiento. Si usted está cubierto por el Medicaid, la información será proveída al Programa del Medicaid del Estado de Colorado, incluyendo su tratamiento, condición, diagnóstico y servicios recibidos, entre otros.

3. Los Funcionamientos del Cuidado de la Salud. Los Funcionamientos del Cuidado de la Salud se refiere a las actividades proporcionadas por la Red que son funciones regulares de manejo y actividades administrativas. Por ejemplo: la Red puede usar su información de salud para controlar la calidad de servicio, entrenamiento y evaluación del personal, chequeos médicos, servicios legales, programas de acatamiento, planes administrativos, acreditación, certificación, licencia y actividades credenciales. 4. Contactando al Consumidor. La Red lo puede contactar a usted para recordarle de sus citas y para hablar acerca de los tratamientos u otros servicios que le beneficiarán a usted. 5. Requerido por la Ley. La Red revelará la información de salud protegida cuando es requerido por la Ley o cuando un proveedor externo la necesita. Algunos de estos ejemplos son: a) Cuando hay que reportar abuso infantil o alguna negligencia. b) Cuando la Corte ordena Release of Information (Entrega de Información) c) Cuando hay un deber legal para avisar o tomar acción con respecto al peligro cercano que corren otras personas. d) Cuando el consumidor es un peligro hacia así mismo o hacia otras personas, o es seriamente incapacitado. e) Cuando se requiere reportar algunas enfermedades o lesiones. f) Cuando un Coronel está investigando la muerte de un consumidor. 6. Actividades Externas de la Salud. La Red revelará la información de la salud protegida a las agencias externas ya sea por actividades autorizadas por la Ley y que son necesarias para chequear el sistema de la salud, programas del gobierno para beneficios de la salud, programas regulatorios o que determinen el acatamiento con los programas estándares. 7. Crímenes en el lugar o que son observados por el personal de la Red. Los crímenes que son observados por el personal de la Red, que son directamente hacia el personal o que ocurran en el lugar de la Red, tendrán que ser reportados a la Ley. 8. Negocios Asociados. Algunas de las funciones de la Red son proveídas por medio de los contratistas de los negocios asociados. Por ejemplo, algunos son: administrativos, clínicos, calidad de seguros, cuentas, legalidad, auditoría, y el manejo de los servicios los cuales serán proveídos por medio de un contrato con las entidades externas para llevar a cabo estos servicios. En estas situaciones, la información de salud protegida será proveída a estos contratistas cuando sea necesario para que ellos puedan llevar a cabo sus funciones contratadas. Es requerido que estos negocios asociados estén dentro

de un acuerdo para que mantenegan la privacidad de toda la información de la salud entregada a ellos. 9. Investigación. La Red usará o revelará la información de salud protegida para propósitos de investigación si se siguen las limitaciones relevantes del Federal HIPAA Privacy Regulation. 45CFRs 164.512(i). 10. Consumidores Involuntarios. Cuando la información con respecto a los consumidores que han sido tratados involuntariamente, seguido por la Ley, será compartida con otros proveedores de tratamiento, entidades legales, terceros pagadores, entre otros, siempre que se necesite proveer el cuidado y el manejo necesario. 11. Miembros de la Familia. A excepción de los consumidores menores de edad, consumidores no en capacidad e involuntarios, la información de salud protegida no puede ser proveída a los miembros de familia sin el consentimiento del consumidor. En situaciones donde los miembros de familia están presentes durante una discusión con el consumidor y puede ser razonablemente sugerido debido a las circunstancias en el que el consumidor no se llegara a negar, la información puede ser revelada en el transcurso de la discusión. Sin embargo, si el consumidor se negara, la información de la salud protegida no será revelada. 12. Recaudación de Fondos. La Red o la Fundación para Recaudar Fondos, contactará a los consumidores como parte de las actividades de la Recolección de Fondos. 13. Emergencias. En caso de una emergencia por amenaza de vida el personal de la Red revelará la información necesaria para evitar serios daños o muertes. B. Autorización del Consumidor o Release of Information (entrega de información). La Red no podrá utilizar o revelar la información de salud protegida de ninguna manera sin su firma autorizándolo por medio de un Release of Information. Cuando usted firma una autorización o un Release of Information, puede ser revocado después, siempre y cuando esta revocación esté por escrito. La Revocación se aplicará con excepción de que la Red ya haya tomado acción con respecto a esto.

II. SUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR A. Acceso a la Información de Salud Protegida. Usted tiene el derecho de inspeccionar y de obtener una copia de la información de salud protegida archivada por la Red. Hay ciertas limitaciones para este derecho, las cuales se le informarán en el momento de hacer su solicitud, si algunas de estas limitaciones son aplicadas. Para realizar una solicitud tiene que pedirle al personal de la Red la fórmula adecuada para hacer esta solicitud. B. Corrección de su Expediente. Usted tiene el derecho de solicitarle a la Red cualquier corrección a su información de salud protegida. No se le exigirá a la Red hacer cualquier corrección al expediente si es determinado que éste está correcto y completo. Hay otras excepciones, las cuales se le informarán en el momento de hacer su solicitud, y si fuera el caso, a lo largo del proceso de apelación disponible para usted. Para realizar esta solicitud, tiene que pedirle al personal de la Red la fórmula adecuada para hacer esta solicitud. C. Estados de Cuenta de sus revelaciones. Usted tiene el derecho de recibir un Estado de Cuenta de ciertas revelaciones que la Red ha hecho con respecto a su información de salud protegida. Sin embargo, los Estados de Cuenta no incluyen las revelaciones que se han hecho con el propósito a el tratamiento, pagos u otros procedimientos de salud. En adición a esto, los estados de cuenta no incluyen revelaciones hechas a usted, revelaciones hechas por Autorizaciones firmadas, o revelaciones hechas antes del 14 de Abril, 2003. Hay otras excepciones las cuales se le informarán en el momento de solicitar su Estado de Cuenta. Para realizar esta solicitud, tiene que pedirle al personal de la Red la fórmula adecuada para esta solicitud. D. Restricciones Adicionales. Usted tiene el derecho de solicitar las restricciones adicionales en el uso o revelación de su información de salud. La Red no tiene que estar de acuerdo con esa solicitud, y hay ciertas limitaciones a cualquier restricción, las cuales se le serán informadas a la hora de hacer su solicitud. Pídale al personal de la Red la fórmula adecuada para hacer esta solicitud. E. Medios alternativos para recibir los Comunicados Confidenciales. Usted tiene el derecho de solicitar medios alternativos o direcciones alternativas para recibir comunicados de su información de salud protegida de la Red. Por ejemplo, si usted no quiere que la Red le envíe las cuentas u otros materiales a su casa, usted puede solicitar que esta información sea enviada a otra dirección. Hay ciertas limitaciones al conceder estas solicitudes, las

cuales se le informarán durante el proceso de su solicitud. Para hacer su solicitud, tiene que pedirle al personal de la Red la fórmula adecuada para realizar su solicitud. F. Copia de la Notificación. Usted tiene el derecho de obtener una copia de esta notificación cuando sea solicitada. III. INFORMACION ADICIONAL A. Leyes a la Privacidad. La Red debe por La Ley del Estado y por la Ley Federal, mantener la privacidad de la información de salud protegida. En adición a esto, la Red debe por ley proveer a los consumidores con una notificación, sus deberes legales y prácticas de privacidad con respecto a la información de salud protegida. Este es el propósito de esta notifcación. B. Términos de la Notificación y Cambios a la Notificación. La Red debe cumplir con los términos de esta Notificación o con cualquier correción a la Notificación que se deba seguir. La Red tiene los derechos de cambiar los términos de esta Notificación y de suministrar efectivamente la nueva Notificación de la información de salud protegida. Cuando la Notificación es revisada, la Notificación revisada será publicada en los lugares de servicio de la Red y será disponible cuando ésta sea solicitada. C. Quejas sobre los Derechos a la Privacidad. Si usted cree que la Red ha violado sus derechos a la privacidad, usted tiene el derecho de quejarse con los funcionarios de la Red. Para plantear su queja, usted tiene que llamar al Funcionario encargado de la Privacidad de Arapahoe/Douglas Mental Health Network al 303-723-4297. Usted también tiene el derecho de plantear su queja con United States Secretary of Health and Human Services, (Secretaría de la Salud y Derechos Humanos de los Estados Unidos) enviando su queja a la siguiente dirección: Office of Civil Rights, U.S. Department of Health and Human Services, 1961 Stout Street, Room 1426, Denver, CO 80294. Es política de la Red de que no puede haber ningun tipo de represalia hacia usted por haber planteado su queja o quejas. D. Información Adicional. Si usted desea información adicional acerca de sus derechos a la privacidad en la Red, por favor contacte al Funcionario encargado de la Privacidad de Arapahoe/Douglas Mental Health Network al 303-723-4297. E. Fecha Efectiva. Esta Notificación es efectiva el 14 de Abril, 2003.

CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DEL CONSUMIDOR SOBRE EL ABUSO DEL ALCOHOL Y DE LAS DROGAS. La Ley Federal y las Regulaciones protegen la confidencialidad de los expedientes del consumidor sobre el abuso del alcohol y de las drogas que Arapahoe/Douglas Mental Health Network mantiene. Generalmente, A/DMHN, no podrá decirle a otra persona fuera de la Red que el consumidor asiste a A/DMHN, o revelar alguna información identificando al consumidor como un alcohólico o drogadicto, al menos que: 1) El Consumidor lo autorice por escrito; o 2) Es revelado por una orden de la corte; o 3) Es revelado hacia el personal médico en caso de una situación de emergencia o a el personal calificado para una investigación, auditoría, o un programa de evaluación;o 4) El consumidor comete o amenaza con cometer algún crimen sea hacia A/DMHN o en contra de cualquier persona que trabaja para la Red. La violación por A/DMHN de la Ley Federal y las Regulaciones es un crimen. Las violaciones sospechosas deben ser reportadas al Abogado de los Estados Unidos en el Distrito de Colorado. La Ley Federal y las Regulaciones no protegen ninguna información acerca del abuso infantil o alguna negligencia sospechosa que hayan sido reportados bajo la Ley de Colorado a las Autoridades apropiadas del Estado o Autoridades Locales.