Guía de. oposiciones. a Educación. Cantabria 2016



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Transcripción:

Guía de oposiciones a Educación Cantabria 16

16: Plazas ofertadas por especialidades PROF. DE ENSEÑANZA SECUNDARIA COD PLAZAS TOTAL 4 5 6 7 8 Lengua Castellana y Literatura Geografía e Historia Matemáticas Física y Química Biología y Geología 35 18 17 13 1 3 3 3 5 1 41 6 1 16 16 11 Inglés 19 3 6 18 Orientación Educativa 1 3 3 16 19 Tecnología 11 1 4 16 135 18 3 178 4.- ACCESO MISMOGRUPO 3.- ACCESO GRUPO SUPERIOR. DISCAPACIDAD 1.LIBRE

1.-NORMATIVA Orden de convocatoria: Orden ECD/17/16, de 8 de marzo (BOC del 15 de marzo de 16). Normativa básica estatal: Real Decreto 76/7 de 3 de febrero (BOC de de marzo de 7)..- REQUISITOS GENERALES Y ESPECÍFICOS Vienen detallados en la base ª de la orden de convocatoria. En cualquier caso, conviene aclarar dos aspectos: El relativo a la posesión de la formación pedagógica y didáctica. Con carácter general será necesario estar en posesión del Máster Universitario que habilite pare el ejercicio de la profesión de profesor de Educación Secundaria, en cualquiera de sus especialidades. Están exentos de la posesión del citado máster los que antes del 1 de octubre de 9 tengan alguno de los siguientes requisitos:.- Tener el Título Profesional de Especialización Didáctica, el CAP o el Certificado de Cualificación Pedagógica..-Tener el título de Maestro o el de licenciado en Pedagogía y Psicopedagogía..- Haber cursado 18 créditos de las enseñanzas de Pedagogía y Psicopedagogía..- Haber impartido docencia antes del término del curso 8-9 en enseñanzas regladas de ESO, Bachillerato, FP o EOI en centros públicos o privados. El relativo a no figurar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. No será necesario aportar certificación negativa, valiendo simplemente con autorizar a la Administración educativa a consultar nuestros datos en dicho registro. 3.- ACLARACIONES GENERALES SOBRE LA INS- TANCIA DE SOLICITUD Plazos: del 16 de marzo al 4 de abril, ambos inclusive. Coste: 3,3. Exentos: los aspirantes que se encuentren en la situación de desempleo con al menos un mes de antelación a la publicación de esta convocatoria. Proceso: se rellenarán tantas solicitudes como especialidades se quiera participar. Se rellenará mediante una aplicación informática en Educantabria, que cargará todos nuestros datos personales cuando obre previamente en poder de la Consejería. Importante!: no es suficiente con la tramitación electrónica de la solicitud, hay que imprimir copias y presentarlas en los registros correspondientes.

4.- DOCUMENTACIÓN Además de la instancia de solicitud que imprimimos de la aplicación informática, hay que presentar documentación de dos tipos: A).- Documentación de carácter general Fotocopia del título alegado. Los obtenidos en el extranjero añadirán credencial de homologación. Documento acreditativo de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica. Cumplimentarán además el anexo V. Ejemplar para la Administración de haber pagado las tasas según Modelo 46 WEB. Declaración de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas (modelo Anexo VIII y, en el caso de los que no posean la nacionalidad española y no sean miembros de la UE, modelo anexo IX). En su caso documentación relativa al conocimiento del castellano y modelo Anexo VII. En su caso (turno de discapacidad) certificación de discapacidad expedida por el órgano competente en la que figure el grado de discapacidad. B).- Documentación acreditativa de méritos Se presentará en tres bloques (experiencia docente previa, formación académica y otros méritos), todo ello según los apartados del baremo que figuran en el Anexo I, y aportando los documentos justificativos que figuran en dicho anexo. Muy importante leer a fondo el Anexo I! Aclaración acerca de la hoja de servicios: no es necesario presentarla en el caso de que los servicios se hayan prestado en Cantabria; en ese caso, bastará con rellenar el modelo Anexo VI. 5.- DESARROLLO DE LAS PRUEBAS 5.1.- Comienzo de las pruebas. Estas empezarán con un acto de presentación, al que es imprescindible acudir personalmente y acreditado (DNI, etc.) Se publicará en el BOC la fecha y los lugares de presentación, los centros y el inicio de las pruebas. Una vez hecha la presentación, se podrá reducir el número de tribunales si hay muchas ausencias. Una vez que arranque el proceso, los llamamientos se harán con 48 horas de antelación en los tablones de anuncios de los locales, empezando las actuaciones por la letra H. 5..- Criterios de valoración de las pruebas. Independientemente de la información verbal que se dé en el acto de presentación, con carácter general los criterios de valoración de todas las pruebas figuran en el Anexo IV B. 5.3.- Especialidad de Inglés. La totalidad de las pruebas de esta especialidad se desarrollarán en dicho idioma. 5.4.- Características de las pruebas propiamente dichas Primera prueba: tiene dos partes. Cada parte se valora de a 1 y se hace la media entre las dos, siempre y cuando en cada

parte se alcance un mínimo de,5 puntos. Las diferencias de calificación entre miembros de un tribunal de 3 o más puntos supondrá la eliminación de la puntuación máxima y mínima, haciéndose la media entre las restantes puntuaciones. Parte A: Parte Práctica. Duración máxima de 4 horas (es una novedad; siempre fueron horas). Parte B: Desarrollo de un tema. Uno de entre 4 temas elegidos al azar. Duración horas. Importante no poner nombres, ni hacer marcas, etc. que puedan entenderse como una identificación del opositor (se invalida el ejercicio). Segunda prueba: también tiene dos partes, aunque se valorará globalmente de a 1. Una hora de encerrona para prepararla, sin conexión exterior (no permiten dispositivos móviles). Durarán los dos partes una hora pudiendo hacerse al final un debate conjunto. Parte A: presentación y defensa de la programación didáctica. En el caso de Orientación es un plan de actuación. 3 minutos para su defensa. En el Anexo IV C) detallan la normativa reguladora de los currículos vigentes en Cantabria que hay que aplicar para las programaciones ( Importante su lectura!). Además, dejan el siguiente margen para las programaciones:.- Si se escoge hacer una programación para 1º ó 3º de ESO o 1º de Bachillerato, la normativa a aplicar es la LOMCE..- Si se escoge una programación para º ó 4º de ESO o º de Bachillerato, se podrá escoger voluntariamente entre una programación basada en normativa LOMCE o en normativa LOE. Ambas serán igual de válidas. Parte B: preparación y exposición de una unidad didáctica. En el caso de Orientación un programa de intervención y/o línea de actuación. Una unidad a elegir de entre 3 sacadas al azar. 3 minutos de duración. Más información sobre esta segunda prueba..- Se recoge su regulación en la base 8.1. de la orden de convocatoria. Ha quedado redactada de forma más abierta que en anteriores convocatorias..- La programación o el plan de actuación deberá reunir las siguientes características formales: máximo de 6 páginas (incluidos anexos) tamaño DIN-A4, orientación vertical, por una sola cara, letra Arial 1 (excepto en la portada y títulos), máximo 34 líneas por página..- Las programaciones se presentarán (sólo los que hayan aprobado la primera prueba) mediante una copia en papel y otra en CD, formato PDF..- La programación de todas las especialidades, excepto Orientación Educativa, contendrá entre 1 y 15 unidades numeradas y tituladas, estará referida y contextualizada a la Comunidad Autónoma de Cantabria y estarán referidas a un único curso escolar de la ESO, el Bachillerato o la ESO para personas adultas..- El plan de actuación de la especialidad de Orientación Educativa estará referido a un año académico, a varios cursos y /o etapas y/o enseñanzas, bien de un Departamento de Orientación (de IES o de CEPA), de una Unidad de Orientación de un colegio, de

un Equipo de Atención Temprana o de un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica. Insistimos: consultad la base 8.1. de la convocatoria. 6.- SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO Ponderaciones. Los aspirantes que han aprobado (superado las dos pruebas) pasan a la fase de concurso, ponderándose por /3 la puntuación media obtenida en las pruebas y por 1/3 la puntuación de méritos. Aspirantes seleccionados. Una vez hechas las ponderaciones y ordenados por puntuación se dará por seleccionados los aspirantes que tengan un número de orden igual o menor que el número de plazas convocadas por especialidad; debiendo presentar, en un plazo de días naturales desde el siguiente al de la publicación de las listas, la siguiente documentación:.- Todos los originales de la documentación (de requisitos y méritos) que presentaron junto con la solicitud de participación al comienzo del proceso..- Fotocopia del DNI..- Declaración jurada de no haber sido separados del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública..- Quienes presentaron fotocopia de la certificación de discapacidad, además del original de dicha certificación, deberán aportar otro certificado que acredite la compatibilidad de su discapacidad con el desempeño de la función docente..- Certificado médico de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación incompatible con la docencia, expedido por un médico de familia de la Comunidad en la que reside..- En el caso de que la administración educativa no lo haya podido comprobar, deberá aportar un certificado negativo (no estar incluido) expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Petición de destinos para el curso 16/17. Se efectuará en los 3 días siguientes a la publicación de la relación definitiva de aspirante seleccionados. La Consejería publicará en su momento (mes de agosto) la normativa de petición y las vacantes a elegir. 7.- FASE DE PRÁCTICAS Durará 6 meses, excepto las personas que disfruten de una licencia por maternidad, en ese caso se reducirán las prácticas a 3 meses. Las prácticas se regularán mediante una Resolución específica que se publicará en el BOC. Serán tuteladas por un profesor e incluirán, además, actividades de formación obligatorias programadas por la Consejería. La calificación será de apto o no apto, en función de los informes que elabore el Servicio de Inspección, el profesor tutor, el director del centro y los responsables de las actividades de formación programadas. En el caso de resultar no apto, las prácticas se repetirán en el curso siguiente, pudiéndose realizar esta repetición una sola vez. Si se vuelve a suspender esta segunda fase de prácticas se perderán todos los derechos al nombramiento como funcionario de carrera.

8.- ALGUNOS MOMENTOS A TENER EN CUENTA DE CARA A COMPROBACIONES Y POSIBLES RE- CLAMACIONES Listados de admitidos y excluidos. La Consejería dispondrá de un plazo de 1 mes, desde el 4 de abril, para publicar estas listas. Plazo para reclamaciones: 1 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Reconocimiento de méritos. Los méritos reconocidos se comprobarán mediante consulta individualizada en Educantabria. Contra el reconocimiento provisional de méritos, los interesados podrán presentar reclamación en el plazo de 1 días hábiles contados a partir del día siguiente al de comienzo del periodo de consulta. Al finalizar la fase de oposición se publicarán las puntuaciones definitivas de los aspirantes que hayan superado dicha fase. Al mismo tiempo se notificará a dichos aspirantes la resolución recaída, en su caso, en las reclamaciones presentadas. En caso de no estar de acuerdo con las puntuaciones asignadas, dichos aspirantes, podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes. Notas de la primera prueba. Finalizada la primera prueba, los tribunales publicarán, en los tablones de anuncios de los lugares donde se haya celebrado, las calificaciones obtenidas por los aspirantes (en cada una de las partes de la prueba). Se podrá interponer reclamación ante el tribunal en el plazo de días hábiles. Lista de seleccionados (personas que han superado todo el proceso selectivo). Tras la publicación de las listas provisionales de seleccionados, se concederá un plazo de 3 días hábiles para la subsanación de posibles errores. Transcurrido dicho plazo, se elevarán las listas de aspirantes a definitivas. Contra dichas listas, los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes. Más información: www.stac-stec.org Canal @stecinterinos en Telegram