Centro de Discapacitados Psíquicos Fahala



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Transcripción:

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DE ALHAURÍN EL GRANDE. ARTÍCULO 1. El objeto de este procedimiento negociado con publicidad es la contratación del servicio de COMEDOR del Centro Ocupacional FAHALA del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande sito en la C/ Nueva 16 de Alhaurín el Grande. Las características de dicho servicio, así como las condiciones en que han de realizarse, vienen determinadas en el Pliego de Condiciones Técnicas. ARTÍCULO 2. El presupuesto del contrato que servirá de base se fija en la cantidad estimativa de 67.576,30 euros, como máximo, impuestos no incluidos. La referida cantidad se sujetará a las siguientes condiciones: El importe máximo a abonar por comida diaria será de 3,43 euros para almuerzos, y de 1,35 euros para desayunos y meriendas (IVA No incluido). El número de días al año para la prestación del servicio será de 365, excepto Sábados, Domingos y Festivos y el mes de agosto. El número de usuarios inicialmente previsto es como máximo de 70 usuarios. La oferta deberá incluir directamente en el precio, el Importe del Valor Añadido (I.V.A.), si bien deberá detallarse expresamente, en la forma establecida por la Ley 37/1.992, de 28 de diciembre y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. El precio del contrato se ha determinado mediante el sistema que a continuación se descompone: Partiendo de dichos precios y contando que el máximo de menús por día reflejado en el pliego de prescripciones técnicas es de 70, el coste máximo por mes de cada servicio sería: Precio menú por el máximo de usuarios por 23 días hábiles como máximo: Almuerzo: 3.43 euros x 70 usuarios x 23 días hábiles= 5522.3 euros mes. Para el servicio de desayuno y merienda sólo se serviría para los usuarios de Estancia Diurna, gravemente afectados, que son 10, por lo que el precio máximo sería: Desayuno: 1.35 euros x 10 usuarios x 23 días hábiles= 310.5 euros mes Merienda: 1.35 euros x 10 usuarios x 23 días hábiles= 310.5 euros mes. Para calcular el coste anual, se multiplicaría la cantidad mensual por once meses que el Centro permanece abierto, lo que haría un total de: Almuerzo: Desayuno: Merienda: TOTAL 5522.3 euros x 11 meses= 60745.3 euros 310.5 euros x 11 meses= 3415.5 euros 310.5 euros x 11 meses= 3415.5 euros 67576.3 EUROS

ARTÍCULO 3. El servicio objeto de este procedimiento negociado deberá dar comienzo el día 1 DE SEPTIEMBRE DE 2009, y tendrá una duración de ONCE MESES a contar desde dicha fecha y concluyendo el 31 de julio de 2010. Por acuerdo expreso entre ambas partes podrán efectuarse dos prórroga de un año cada una. ARTÍCULO 4. Podrán concurrir a este procedimiento negociado las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público como prohibiciones de contratar. Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cuando en representación de alguna Sociedad, civil o mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición bastanteados previamente por la Secretaría General del Ayuntamiento. ARTÍCULO 5. La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento negociado, configurado en dos fases. La primera fase tiene por objeto la selección de candidatos, previa solicitud de participación de éstos, y de acuerdo con los siguientes criterios objetivos de solvencia que los mismos deberán reunir, debiendo presentar la documentación suficiente para acreditar el cumplimiento de los mismos a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 64 y 67 de la Ley de Contratos del Sector Público. Se proyecta invitar, siempre que cumplan con los criterios exigidos de selección, un número no inferior a tres candidatos. La segunda fase tiene por objeto la presentación de ofertas y la adjudicación del contrato, lo que se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios: - Menor Precio ofertado. Para participar en la PRIMERA FASE del procedimiento, los candidatos deberán presentar un sobre cerrado en el que figurará la inscripción "SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE. El referido sobre contendrá los siguientes documentos: a) Una solicitud firmada por el candidato o personas que le represente redactada conforme al siguiente modelo: D..., provisto del Documento Nacional de Identidad n. º...., en nombre propio o en representación de..., con domicilio en..., y C.I.F. n. º...., según acredita con poder bastanteado que acompaña, enterado del procedimiento negociado convocado por el Organismo Autónomo de

Desarrollo Local FAHALA del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande y que tiene por objeto la contratación del servicio de COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE, solicita ser admitido a la licitación e invitado a presentar oferta en base a los criterios objetivos de solvencia exigidos para la primera fase. b) Declaración responsable del licitador en la que afirme no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprendiendo esta declaración expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. c) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar. Documento Nacional de Identidad del firmante, escritura de constitución de la Sociedad y Poder bastanteado en su caso. d) Documentación acreditativa de solvencia económica y financiera y técnica o profesional, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. e) Documentación acreditativa de ser titular de establecimiento hostelero y/o restauración que esté inscrito en el Registro General Sanitario de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y cuente con la Autorización de la Dirección General de Salud Pública y Participación para realizar la actividad de Fabricación y/o Elaboración y/o Transformación, Envasado, Distribución y Almacenamiento de comidas preparadas para colectividades diversas. Las solicitudes de participación se presentarán en la forma y con la documentación señalada, y se entregarán en el Servicio de Contratación, Área Secretaría del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, durante las horas de 9 a 14, en la forma que especifica la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el plazo de DIEZ DÍAS NATURALES a partir del siguiente al de inserción del anuncio de la licitación en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande. La documentación deberá presentarse debidamente compulsada para poder ser tenida en cuenta en la tramitación del expediente. En el supuesto de presentarse las proposiciones por correo se establece el mismo plazo (día y hora) señalado anteriormente. Mediante Resolución del Presidente del Organismo se ordenará la convocatoria de la Mesa de Contratación tras la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación y procederá al examen y calificación de la documentación administrativa contenida en la misma. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo de tres días hábiles para que los candidatos corrijan o subsanen las deficiencias observadas. La Mesa de Contratación, una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, propondrá al órgano de contratación la selección de los que deban pasar a la siguiente fase.

Seleccionados los candidatos, se invitará a los admitidos a presentar sus proposiciones en el Servicio de Contratación de este Ayuntamiento, durante las horas de 9 a 14, dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES a contar del siguiente al del envío de la invitación escrita. Los candidatos seleccionados deberán presentar en dicho plazo un único sobre titulado "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA SEGUNDA FASE DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE". El referido sobre contendrá los siguientes documentos: a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo D..., provisto del Documento Nacional de Identidad n. º...., en nombre propio o en representación de..., con domicilio en..., y C.I.F. n. º...., según acredita con poder bastanteado que acompaña, recibida la invitación para participar en el procedimiento negociado que tiene por objeto la contratación del servicio de COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE y enterado de los pliegos de condiciones técnicas y económico administrativas y demás documentos del expediente, se compromete a realizarlo con estricta sujeción a las condiciones citadas, en la cantidad de: Almuerzo: euros x 70 usuarios x 23 días hábiles= euros mes. Desayuno: euros x 10 usuarios x 23 días hábiles= euros mes. Merienda: euros x 10 usuarios x 23 días hábiles= euros mes. ARTÍCULO 6. El acto público de apertura de proposiciones tendrá lugar en la hora y fecha que se fije por la Presidencia del organismo Autónomo en la correspondiente resolución de convocatoria. La celebración de la licitación se atendrá a las normas establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público. El Organismo se reserva el derecho a declarar desierta la licitación si, en su apreciación libre, ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a sus fines, sin que por ello se pueda exigir por parte del contratista indemnización. ARTÍCULO 7. Efectuada la adjudicación provisional se requerirá al adjudicatario provisional para que en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el perfil de contratante del órgano de contratación presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como documento que acredite haber constituido la garantía definitiva que será del 5% del importe de adjudicacion. La adjudicación provisional se notificará a todos los licitadores. No procederá la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiere resultado adjudicatario provisional si éste no cumple las condiciones necesarias para ello. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de recepción por el adjudicatario definitivo de la

notificación de la adjudicación definitiva. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía definitiva. ARTÍCULO 8. En virtud de la adjudicación definitiva, el contratista quedará obligado a pagar cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, incluso los honorarios del Notario autorizante en el caso de que fuere necesario el mismo mediante escritura pública, pago de impuestos y cualesquiera otros que se produzcan. ARTÍCULO 9. Se establece el siguiente sistema, para que por parte de este Excmo. Ayuntamiento se efectúen los pagos que correspondan: El abono del precio correspondiente se efectuará por la Tesorería del Ayuntamiento al adjudicatario por meses cerrados, debiendo el adjudicatario presentar previamente, con el visto bueno del Administrador de los centros, el número de comidas servidas, días en los que realizó el servicio y los menús correspondientes. ARTÍCULO 10. Si las obligaciones derivadas del contrato fuesen incumplidas por el contratista el Órgano de Contratación está facultado para exigir su cumplimiento o declarar la resolución del contrato. En caso de fallecimiento del contratista la Corporación podrá denunciar el contrato. El contrato podrá modificarse cuando concurran las condiciones establecidas en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público. ARTÍCULO 11. El contratista viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y demás leyes especiales. El contrato objeto de esta licitación se entiende realizado a riesgo y ventura para el contratista. El contratista estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. ARTICULO 12. MESA DE CONTRATACIÓN Presidente: El Sr. Presidente del Organismo Autónomo o miembro de la Corporación en quien delegue. Vocales: El Sr. Concejal Delegado de Bienestar Social del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue. El Sr. Concejal Delegado de Desarrollo Local o Concejal en quien delegue. El Interventor General Municipal o funcionario en quien delegue. El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. Secretario de la Mesa: Un funcionario adscrito al área de Secretaría o funcionario en quien delegue.

Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario que actuará con voz pero sin voto. La Mesa podrá proponer a la Presidencia el nombramiento de cuantos asesores considere conveniente en razón de sus especiales conocimientos técnicos, que podrán asistir a sus reuniones, con voz y sin voto, en aquellos procedimientos de contratación en los que la complejidad de las valoraciones de las ofertas así lo aconseje, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra función que la de informar y asesorar de forma no vinculante. Constitución.- Para la válida constitución de la Mesa de Contratación se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros. Adopción de Acuerdos.- Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente. De los acuerdos de la Mesa se levantará acta de la que dará fe el Secretario de la misma. Normas de funcionamiento.-salvo las especialidades contenidas en los apartados anteriores, la Mesa de Contratación, dado su carácter de órgano colegiado, se regirá en su procedimiento, además de por la normativa específica de contratación administrativa, por lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ARTÍCULO 13. Los litigios derivados del presente contrato se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en el lugar en que la Corporación contratante tiene su sede. ARTÍCULO 14. En lo no previsto en este Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto por la Ley de Contratos del Sector Público, R.D. 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público, y con carácter supletorio, a las restantes Normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, preceptos del Derecho Privado. En Alhaurín el Grande a 25 de mayo de 2009. Fdo. El Presidente del Organismo Autónomo D. Juan Martín Serón