CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES y LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL



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Transcripción:

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES y LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Entre la Universidad Nacional de Quilmes, denominada en adelante, la UNQ, representada en este acto por su Rector Mario Enrique Lozano DNI Nº 14.240.781, con domicilio legal en la calle Roque Sáenz Peña N 352, de la Ciudad de Bernal, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, por una parte, y por la otra LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, denominada en adelante LA DEFENSORÍA, representada por su titular la Defensora del Público de Servicios de Servicios de Comunicación Audiovisual, LIC. CYNTHIA LUJÁN OTTAVIANO, DNI Nº 23.250.442, con domicilio en la calle Adolfo Alsina 1470, de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, y en forma conjunta denominadas las PARTES, acuerdan celebrar el presente Convenio: PRIMERA: NORMATIVA DE APLICACIÓN El presente contrato queda sometido a las disposiciones del Decreto Delegado N 1023/2001 (Régimen de Contrataciones del Estado) de la Administración Nacional y la Resolución N 32/13 de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios). SEGUNDA: OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto la provisión por la UNQ de Servicios de Asistencia Técnica para el desarrollo del sistema de administración y seguimiento de presentaciones, y asistencia para su puesta en marcha, conforme lo detallado en el Anexo I Plan de trabajo, el cual forma parte del presente convenio. Las PARTES colaborarán en todo momento, de acuerdo con el principio de buena fe, para asegurar la correcta ejecución y desarrollo de los Servicios de Asistencia Técnica acordados en el presente Convenio. SEGUNDA: CONTRAPRESTACIÓN. Como contraprestación por los Servicios de Asistencia Técnica acordados en el presente Convenio, LA DEFENSORÍA acuerda pagar a la UNQ las sumas indicadas en el Anexo II que forma parte integrante del presente convenio, en los plazos y formas indicados en el referido Anexo II.

TERCERA: UNIDAD EJECUTORA. Los Servicios de Asistencia Técnica acordados en el presente Convenio serán prestados mediante la Unidad Ejecutora de la UNQ denominada Unidad de Tecnologías de la Información y la Comunicación, en adelante UTICs, dirigida por el Dr. Pablo E. Martínez López. CUARTA: COMISIÓN MIXTA. Se constituye la Comisión Mixta integrada por l el Dr. Pablo E. Martínez López Director de la Unidad de Tecnología de la Información y la Comunicación, y el Lic. José Ferrero, Jefe de Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación General dependiente de la SECRETARÍA GENERAL por LA DEFENSORÍA. La Comisión Mixta será la responsable de dar seguimiento al cumplimiento del presente Convenio, evaluar los resultados y, al mismo tiempo, elaborar propuestas y acciones que puedan dar lugar a nuevos Convenios entre las partes. CUARTA: FACTURACIÓN. Las facturas y remitos deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, y presentados en original en el Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Alsina 1470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 10 a 14 hs. QUINTA: DATOS IMPOSITIVOS DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual reviste la condición de exento. El número de C.U.I.T. correspondiente es 33-71304120-9. SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los trabajos que se realicen, como así también la propiedad intelectual sobre los mismos, que se obtengan de las tareas desarrolladas en el marco de este convenio, son propiedad exclusiva de la Defensoría del Público. SEXTA: CONFIDENCIALIDAD. Toda la información y/o documentación transmitida y/o conocida por las PARTES a los fines de la ejecución del presente Convenio, será considerada INFORMACIÓN CONFIDENCIAL y se encuentra alcanzada por las previsiones de la Ley 24.766. Los recursos humanos asignados, asumirán la obligación de mantener absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda información que llegare a su conocimiento, directa o indirectamente, con motivo de su desempeño, no pudiendo utilizarla en beneficio propio o de terceros, aún después de finalizado este acuerdo. Todos los aspectos de confidencialidad de la información estarán sujetas a la normativa

vigente en materia de Protección de Datos Personales Ley N 25.326 y Decreto N 1518/01 o normativa que las modifique y/o sustituya. La publicación y/o difusión de la existencia del presente Convenio, y/o de los Servicios de Asistencia Técnica necesitará expresa conformidad de ambas partes sobre el texto a publicar con indicación de origen y autoría, respetando en todos los casos la presente cláusula de confidencialidad. SÉPTIMA: VIGENCIA. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO: El presente Convenio regirá a partir de la fecha de su suscripción por las PARTES y tendrá vigencia por CINCO (5) MESES con opción a prórroga a favor de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL conforme Artículo 183 inc. b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Defensoría del Público. Las PARTES podrá rescindir el presente Convenio en los términos del Artículo 180 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Defensoría del Público. OCTAVA: MODIFICACIÓN: Se podrán aumentar o disminuir las cantidades acordadas por el presente Convenio dentro de los límites establecidos en el Artículo 183 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Defensoría del Público. NOVENA: CESION DEL CONVENIO. El presente Convenio ha sido suscripto teniendo en consideraciones las condiciones, potencialidades y características particulares de las PARTES. En consecuencia, queda expresamente prohibida la cesión y/o subcontratación del objeto del convenio. NOVENA: RELACIÓN DE LAS PARTES. Cada parte mantiene su autonomía e independencia en sus respectivas estructuras técnicas y administrativas, asumiendo cada una la responsabilidad por los hechos, actos, omisiones o infracciones que se deriven directa o indirectamente de su actuación como contraparte, no implicando en dicho supuesto responsabilidad de naturaleza alguna para la contraria. Se deja expresamente sentado que este Convenio no limita en forma alguna el derecho de cada una de las partes a suscribir convenios similares con otras instituciones, organismos o empresas oficiales o privadas interesadas en fines análogos. DÉCIMA: JURISDICCIÓN DOMICILIOS. Ante cualquier desacuerdo, discrepancia o disputa derivada de la aplicación o interpretación del presente Convenio, las PARTES se comprometen a agotar de buena fe todas las instancias de negociación tendientes a poner fin al conflicto. La

negociación se encontrará a cargo de los representantes de las PARTES que firman el presente Convenio o, en caso de imposibilidad o reemplazo, a quienes ellos designen por escrito. En caso de no poder arribar a una solución satisfactoria, las PARTES se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires. A todos los efectos derivados del presente Convenio, las Partes constituyen domicilio especial en los lugares establecidos en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen. Previa íntegra lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Bernal, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, a los días del mes de febrero de 2015. Por UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES Nombre: Cargo: Por LA DEFENSORÍA Nombre: Cargo:

ANEXO I PLAN DE TRABAJO PRIMERO: OBJETO. LA UNQ se compromete a realizar la segunda etapa del desarrollo del sistema informático de gestión de presentaciones y denuncias de la Defensoría del Público. El desarrollo propuesto incluye: Ingreso de presentación por parte del público por medio de página web. Recepción y aceptación de las presentaciones por parte de Mesa de Entradas. Gestión de derivaciones Registro de notas formales salientes, relacionadas o nó con una presentación. Gestión de informes de investigaciones Gestión de temáticas Alertas antes faltantes de información Archivar / desarchivar de consultas / actuaciones SEGUNDO: PLAZO DE EJECUCIÓN. LA UNQ se compromete a realizar los trabajos en un plazo de cinco (5) meses. TERCERO: PLAN DE TRABAJO: las actividades se desarrollarán en los siguientes momentos: MES 1: Segunda etapa de desarrollo de funcionalidades referidas a: Relación con Audiencias Dar ingreso a una presentación que llega por medio del formulario web. Registro de nota formal (firmada) relacionada con una o múltiples consultas / actuaciones. Registro de nota formal (firmada) NO relacionada con consultas / actuaciones. Consulta de Notas formales (firmadas). Decidir una presentación como derivación y remitirla a un organismo externo, cerrando la misma

Pasar una consulta a actuación, asociándola a otra actuación ya existente. MES 2: Segunda etapa de desarrollo de Funcionalidades referidas a: Protección de Derechos Pedido de informe a Dirección de investigaciones Pedido de informe a asuntos Jurídicos Cargar y editar el resumen de la actuación. Asociar informe de investigación a actuación Análisis, Investigación y Monitoreo Asignar temáticas a una consulta. Asignar temática de egreso a una actuación. Ingresar Informe de investigación a Actuación. Funciones Transversales a las Direcciones Panel con resumen de Presentaciones, Derivaciones, Consultas y Actuaciones por área. Director posibilidad de gestionar los elementos de trabajo que tiene asignados los miembros del equipo. MES 3: Segunda etapa de desarrollo de funcionalidades referidas a: Relación con Audiencias Alertas ante no respuesta de denunciantes. Panel de información sobre cantidad de Presentaciones/Consultas/Actuaciones que tienen asignados los miembros del equipo de trabajo.

Gestión de actuaciones por interferencias. Desarchivar Actuación / Consulta. Análisis, Investigación y Monitoreo Gestión de informes de investigación MES 4: Segunda etapa de desarrollo de funcionalidades referidas a: Legal y Técnica Agregar a resolución su numeración de acuerdo al protocolo interno. Asignar tipificación a resolución. Funciones Transversales a las Direcciones Consultar agenda de personas y Organismos. Producir listados de presentaciones / consultas / actuaciones (por diferentes criterios). Además se realizará: Diseño de la estrategia de migración de datos. Asistencia a personal de DEFENSORIA para la preparación de los ambientes de despliegue del sistema. MES 5: Realización de tareas de: Migración de datos Capacitación de personal de Defensoría Pruebas en paralelo del sistema

Puesta en producción del sistema. Supuestos: LA DEFENSORIA participará activamente de la priorización, definición detalla y validación del material necesario para la construcción. LA DEFENSORIA será responsable de toda la infraestructura de servidores y conectividad necesaria para el sistema. La administración de esta infraestructura correrá por cuenta exclusiva de LA DEFENSORIA del Público. Universidad Nacional de Quilmes se limitará a proveer el software para ser alojado en los servidores y la transferencia tecnológica. Todas las tareas del equipo Universidad Nacional de Quilmes se desarrollarán en oficinas de Universidad Nacional de Quilmes en Bernal destinadas al proyecto con reuniones periódicas según los requisitos del proyecto en oficinas de LA DEFENSORIA. El desarrollo será realizado íntegramente con herramientas Open Source y el código fuente de al aplicación entregado a LA DEFENSORIA. CUARTO: PRODUCTOS ENTREGABLES: LA UNIVERSIDAD se compromete a entregar a LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO los siguientes elementos: 1. Programas informáticos con la implementación de las funcionalidades priorizadas para ser desarrolladas en el MES 1. 2. Programas informáticos con la implementación de las funcionalidades priorizadas para ser desarrolladas en el MES 2. 3. Programas informáticos con la implementación de las funcionalidades priorizadas para ser desarrolladas en el MES 3. 4. Programas informáticos con la implementación de las funcionalidades priorizadas para ser desarrolladas en el mes 4. 5. Servicios detallados en el plan de trabajo, para el mes 5, conclusión del servicio con la puesta en marcha del sistema.

QUINTO: DE LA RECEPCIÓN: LA DEFENSORÍA prestará su conformidad a los productos entregables dentro de los DIEZ (10) días de recepcionados. Transcurrido dicho plazo, si ésta no hubiera manifestado su conformidad o rechazo con su contenido, se entenderá que fue aceptado tácitamente.

ANEXO II DEL PAGO PRIMERO: PRESUPUESTO: LAS PARTES convienen el pago de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($672,500.00), los que serán abonados por la DEFENSORIA DEL PUBLICO en la forma detallada en el punto siguiente. SEGUNDO: PAGO. LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO se compromete a abonar a LA UNQ, en CINCO (5) pagos parciales según el siguiente cronograma: Primer pago: equivalente al VEINTIOCHO PORCIENTO (28%) del total dentro de los DIEZ (10) días de la suscripción del presente Convenio específico. Segundo pago: equivalente al DIECISÉIS PORCIENTO (16%) del total dentro de los DIEZ (10) días de la conformidad por parte de LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. de la recepción de los productos entregables correspondientes al Mes 2. Tercer pago: equivalente al DIECISÉIS PORCIENTO (16%) del total dentro de los DIEZ (10) días de la conformidad por parte de LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. de la recepción de los productos entregables correspondientes al Mes 3. Cuarto pago: equivalente al DIECISÉIS PORCIENTO (16%) del total dentro de los DIEZ (10) días de la conformidad por parte de LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. de la recepción de los productos entregables correspondientes al Mes 4. Quinto pago: saldo restante dentro de los DIEZ (10) días de la conformidad por parte de LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. de la recepción de los productos entregables correspondientes al Mes 5. Los pagos se realizarán contra la factura o recibo de acuerdo a las normas de la AFIP, mediante transferencia bancaria a través de la Cuenta Única del Tesoro a la cuenta bancaria que LA UNQ registre en el Padrón Único de Entes del Sistema Integrado de Información Financiera del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN.