INFORME: LEY PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2016. Un año más, por estas fechas, se ha publicado el BOCM la Ley de Presupuestos para 2016 para la Comunidad de Madrid. Además, como ya se ha hecho en años anteriores, se ha publicado en la web madrid.org, dicha ley y otros documentos informativos sobre estos Presupuestos para 2016, destacando que el presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2016 crece un 2,71%. Siendo para este Gobierno, un presupuesto de evidente y manifiesto carácter social, con un refuerzo especial en el área sanitaria, educativa y de asuntos sociales. Para la enseñanza concertada, en estos Presupuestos por fin se producen modificaciones positivas con un incremento en un 1% de la primera partida que corresponde a los salarios del personal docente del módulo de conciertos, manteniéndose. Y además, se recuperará a partir del mes de septiembre de 2016, parte del orientador educativo de ESO (y/o CFGM y/o FPB) cuya dotación será de 1,40 horas por unidad de dichas enseñanzas, tal y como os habíamos adelantado ya. Por otro lado, continuando con la con la política de 2015, se prevé la recuperación del 50% de la rebaja del complemento autonómico de 2012 que falta por devolver. Otra nota positiva es la previsión de nuevas becas de comedor, donde se produce un importante incremento de 45.000 euros en relación el presupuesto de 2015. Sin embargo y en contraposición, debemos destacar que lamentablemente, la partida de otros gastos para 2016, tendrá la misma cuantía que en los OCHO años precedentes; 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, lo que supone seguir recibiendo como gastos de funcionamiento unas cantidades que cada vez cubren menos porcentaje de los gastos que se generan en el centro. Aunque no sería justo dejar de señalar y destacar aquí, que por lo menos esta partida se ha mantenido casi intacta en los últimos años, a pesar de los duros e intensos recortes que la Administración ha tenido que llevar a cabo en otros ámbitos y sectores. Al hilo de esto último que señalamos, queremos concluir esta primera valoración reconociendo el esfuerzo presupuestario que se hace en la Comunidad de Madrid por la enseñanza privada, concertada y sin concertar. Ya que, si bien se han congelado los módulos económicos, en aquellas zonas de crecimiento demográfico y donde había demanda de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos se han concedido nuevos conciertos o unidades concertadas. Esto sin duda contribuye y justifica el incremento aproximado de 341 nuevas unidades, que viene a compensar la reducción de unidades que se produjo el curso pasado. Por último, señalamos que la partida de gastos variables queda también congelada. Y esto supone que no se incrementarán los complementos de antigüedad, cargo y, que la cantidad económica para atender a las sustituciones será la misma que el año pasado. A continuación, pasamos a destacar y analizar de forma pormenorizada los aspectos más importantes de la Ley de Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2016 en materia de educación. Analizaremos aquí también los cambios que os hemos anunciado en esta breve introducción.
1-. PARTIDA DE SALARIOS DEL PERSONAL DOCENTE INCLUIDAS CARGAS SOCIALES. La primera partida del módulo de conciertos, se incrementa para el profesorado de pago delegado en los niveles de Primaria, Secundaria y Bachillerato en un 1% con respecto a lo marcado en la Ley 5/2013 de 23 de diciembre 2013, (BOCM, lunes 30 de diciembre de 2013), es decir, la Ley de Presupuestos para 2015, por lo que dichos módulos permitirán a la Consejería abonar al profesorado en la nómina de pago delegado, las siguientes cantidades: NIVEL EDUCATIVO CONCEPTOS Ley de Presupuestos para 2016 de la CM Infantil Salario base 1.585,80 Primaria Educación Especial Complemento Autonómico 379,80 TOTAL 1.965,60 Maestros en 1º y 2º ESO Salario base 1.692,41 Complemento Autonómico 379,80 2.072,21 ESO, Bach, CFGM Salario base 1.862,23 2.204,00 Complemento Autonómico 341,77 También hay que contemplar aquí lo señalado en la introducción del presente informe: la previsión de devolución del 50% de la reducción que se hizo en diciembre de 2012. 2-. EQUIPOS EDUCATIVOS: RATIOS PROFESOR /UNIDAD. Se mantienen las mismas ratios que se fijaron en enero de 2006, con la excepción de FP. Son las siguientes: NIVEL RATIO Nº HORAS POR UNIDAD Infantil 1,17:1 29,25h. (29 h. 15 ) Primaria 1,20:1 30 h. 1er. Ciclo ESO 1,49:1 37,25 h. (37 h. 15 ) 2º ciclo ESO 1,49:1 37,25 h. (37 h. 15 ) FP Básica (periodo lectivo en el centro) 1,56:1 39 h. FP Básica (periodo formación empresa) 0,54:1 13,50 h. (13 h. 50 ) CFGM de entre 1.300 y 1.700 horas Hasta 1,56:1 Hasta 39 h. CFGM de 2.000 (periodo lectivo en el 1,56:1 Hasta 39 h. centro)* CFGM de 2.000 (periodo formación 0,54:1 13,50 h. (13 h. 50 ) empresa)* PCPI: Módulos voluntarios 0,88:1 22 h. Bachillerato 1,64:1 41 h. Apoyos integración Primaria 1:1 25 h. Apoyos integración ESO 1:1 25 h. Apoyos compensación Primaria 1:1 25 h. Apoyos compensación ESO 1:1 25 h. Aulas de compensación para ESO 1,60:1 40 h. (*) En enseñanzas de FPGM con duración de 2.000 horas, los centros podrán distribuir la cuantía económica total, correspondiente a la ratio de profesorado de los dos cursos de las enseñanzas, en función de sus necesidades organizativas. Educación especial RATIO Nº HORAS POR UNIDAD Infantil 1,17:1 29,25h. (29 h. 15 ) Básica 1,20:1 30 h. Educación Especial Transición Vida 1:1 25 h. Adulta (6-8 psíquicos auditivos/3-5 autistas o problemas graves personalidad Educación Especial Transición Vida Adulta (Mas de 8 psíquicos auditivos/mas de 5 autistas o problemas graves personalidad 2:1 50 h.
3-. PARTIDA DE OTROS GASTOS. Una vez más, la previsión para la partida de "otros gastos" queda congelada en las cuantías que se han venido percibiendo durante 2015 y desde 2009, lo que supone una importante pérdida en términos de poder adquisitivo. Esta partida solo experimenta un cambio en Bachillerato, donde se produce un incremento del 1% con el fin de igualar el modulo establecido por la Ley de Presupuestos de Estado. También hay algún cambio en determinados ciclos de grado medio que queda detallados en el Anexo de la Ley de Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2016 Concretamente, las cuantías por unidad, para el año 2016 quedan de la siguiente manera en la Ley: NIVEL 2016 Mensual/aula 2016 Educación Infantil 6.909,17 575,76 Educación Primaria 6.909,17 575,76 ESO 1º Ciclo 8.344,13 695,34 ESO 2º Ciclo 9.207,33 767,28 Apoyos Integración Primaria (hasta un máximo de) 1.173,00 97,75 Apoyos compensación Primaria (hasta un máximo de) 1.173,00 97,75 Apoyos Integración ESO (hasta un máximo de) 1.173,00 97,75 Apoyos compensación ESO (hasta un máximo de) 1.173,00 97,75 Aulas compensación educativa ESO (hasta un máximo de) 10.413,51 867,79 Bachillerato 9.356,85 779,73 FP Básica/CFGM (*) (*) (*) Las cuantías de los Ciclos varían. Dependen del Ciclo y por ellos os recomendamos que lo miréis en el Anexo IV de la Ley de Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2016 Hay que destacar también aquí que aunque no está recogido en el anexo de la Ley de Presupuestos, se prevé continuar con la financiación dedicada al bilingüismo en los centros docentes autorizados por la Comunidad de Madrid. Educación especial 2016 Mensual/aula 2016 Infantil 7.368,14 614,01 Básica 7.368,14 614,01 Transición Vida Adulta 10.486,11 873,84 PPANEE 10.486,11 873,84 4-. FUNCIÓN DIRECTIVA. Los centros concertados seguirán percibiendo durante 2016 las cantidades que indicamos a continuación: A) FUNCIÓN DIRECTIVA DOCENTE (recordamos que esta cantidad se abona a través de la nómina de pago delegado). Se mantienen en el mismo importe que en el año 2016. Y las cuantías contempladas en la Ley son las reflejadas a continuación: 1.- A los centros de Educación Primaria que imparten en régimen de concierto al menos, 9 unidades en este nivel o conjuntamente con la educación infantil, incluidas unidades de integración, en su caso, hasta un importe máximo anual.3.078,27 (219,87 /mes en 14 pagas)
2.- A los centros de Educación Secundaria que impartan en régimen de concierto al menos dos de las siguientes enseñanzas: ESO (incluidos Programas de Cualificación Profesional Inicial), Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y/o Superior, hasta un importe máximo anual... 4.755,28 (339,66 /mes en 14 pagas) 3.- A los centros de educación secundaria que impartan en régimen de concierto Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Superior más otras dos enseñanzas entre las siguientes: ESO (incluidos Programas de Cualificación Profesional Inicial), Ciclos Formativos de Grado Medio y/o Superior y Bachillerato, se dotará una financiación adicional, hasta un importe máximo anual... 4.755,28 (339,66 /mes en 14 pagas) 4.- A los centros que tengan en régimen de concierto al menos nueve unidades en Educación Especial, hasta un importe máximo anual...3.078,27 (219,87 /mes en 14 pagas) Recordamos que, para percibir estas cantidades es necesario que a través de la hoja de recogida de datos, se determine por el titular qué profesor o profesores tienen que percibirla, teniendo en consideración que las cantidades asignadas a cada centro, pueden dividirse, como máximo, entre tres profesores. Sin embargo, debido a que el importe no se ha incrementado, no será necesario que se reitere la comunicación a la Consejería, si ya se efectuó en su día y no se desea realizar cambios. B) FUNCIÓN DIRECTIVA NO DOCENTE. Esta partida tampoco se incrementa. Por ello, se percibirá la misma cantidad que se percibió durante los últimos seis años. Continua la posibilidad de que dicha financiación pueda justificarse tanto con el personal que preste servicios directamente en el centro como con personal que realice la función directiva no docente fuera del centro en equipos centralizados de dirección y gestión de la propia titularidad. Os reflejamos a continuación, las cantidades previstas de la función directiva no docente para 2015: 1.- A los centros que impartan Educación Primaria y tengan al menos nueve unidades sostenidas con fondos públicos en esa etapa y, en su caso en Educación Infantil, incluidas unidades de integración, hasta un importe máximo anual...1.998,26 (166,52 /mes en 12 pagas) 2.- A los centros que tengan al menos ocho unidades sostenidas con fondos públicos en ESO (incluidos Programas de Cualificación Profesional Inicial), Bachillerato y CFGM y/o CFGS, hasta un importe máximo anual.... 4.995,66 (416,31 /mes en 12 pagas) 3.- A los centros que tengan al menos nueve unidades sostenidas con fondos públicos en Educación Especial, hasta un importe máximo anual... 1.998,26 (166,52 /mes en 12 pagas) 5-. PARTIDA DE GASTOS VARIABLES. Los gastos variables también se congelan en la cuantía presupuestada en 2016. Os recordamos que a esta partida se cargan los complementos de dirección, trienios, sustituciones, etc. Por ello, las cuantías del complemento de antigüedad y cargos, no sufrirá disminución, es decir, se mantiene. Con respecto al abono de las sustituciones os destacamos que no se prevé que se modifiquen los supuestos de sustitución a cargo de la misma. Y por tanto, seguirán en vigor las últimas Instrucciones dictadas al respecto en 2011 en contra de lo establecido por la Disp. Adicional 5ª de la Ley General de Presupuesto del Estado donde se establece para los centros de hasta dos líneas la sustitución a los
profesores a partir del día 10 de la baja en, y sustituir los permisos por paternidad, entre otras mejoras en el régimen de sustituciones. 6-. ORIENTACIÓN. En este apartado hay que destacar positivamente el incremento de esta partida a partir de septiembre de 2016, desde el 1,25 h por unidad (financiación actual) al 1,40 horas por unidad, para unidades concertadas de ESO, CFGM y FPB, porque no se recupera la financiación del orientador de bachillerato. 7-. PERSONAL COMPLEMENTARIO. La Ley no prevé ningún incremento para este personal. Por ello, la financiación queda también igual que ha sido durante 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. Os reflejamos en la siguiente tabla las cantidades para 2016: Motóricos Auditivos Otros ATENCIÓN A.N.E.E. EN CENTROS ORDINARIOS 24.175,35 (importe máximo) 22.904,95 (importe máximo) 28.682,25 (importe máximo) Recordamos que Importe a determinar por la Administración se hará, en función de las necesidades concretas a atender tanto del alumnado como del profesorado. Educación especial Infantil/Básica Psíquicos 24.175,35 Autistas o problemas graves 20.311,46 de personalidad Auditivos 22.904,95 Plurideficientes 28.682,25 Transición Vida Adulta Psíquicos 39.816,44 Autistas o problemas graves 35.758,58 de personalidad Auditivos 29.813,03 Plurideficientes 44.111,94 8.- BECAS Y AYUDAS A LAS FAMILIAS. La nueva Ley de Presupuestos para 2016 dispone una previsión total de unos 32.000 cheques guardería, mil cheques más que en 2015. Y además también se prevé unas 100.000 ayudas de precio reducido de comedor, que supone un incremento de 45.000 ayudas en relación a 2.015. Por otro lado, el número de centros se beneficiarios de las ayudas para préstamo de libros de texto, será igual que en 2015. En este año para el estudio de ciclos formativos de Grado Superior se aumentaran en 3.000 becas más que durante 2015. Hay también una novedad con respecto a 2015 por la que se pretende que 12.625 alumnos, disfruten de alguna ayuda para actividades extraescolares. Por último, se dispondrán de 3.000 nuevas becas para estudio de idiomas y TIC y 1.000 becas para segunda oportunidad.