METODOLOGÍA FAMILIA DE ÍNDICES COLTES



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METODOLOGÍA FAMILIA DE ÍNDICES COLTES ABRIL DE 2013

TABLA DE CONTENIDO 1. GENERALIDADES... 3 2. FÓRMULA... 3 3. VALOR BASE... 3 4. RECOMPOSICIÓN... 4 5. NÚMERO DE BONOS QUE COMPONEN EL ÍNDICE... 4 6. PUBLICACIÓN DE LA CANASTA DEL COLTES... 4 6.1. CANASTA INFORMATIVA... 4 6.2. CANASTA DEFINITIVA... 4 7. FACTOR DE ENLACE... 4 8. SELECCIÓN DE LA CANASTA... 4 8.1. BONOS SELECCIONABLES... 4 8.1.1. FILTRO PLAZO AL VENCIMIENTO... 5 8.1.2. FILTRO LIQUIDEZ RELATIVA... 5 9. DETERMINACIÓN DE LA CANASTA... 5 9.1. RECOMPOSICIÓN DE LA CANASTA... 5 9.1.1. DETERMINACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS BONOS DENTRO DE LA CANASTA... 5 9.1.2. DETERMINACIÓN DEL PONDERADOR DE LOS BONOS DENTRO DE LA CANASTA... 6 10. RETORNO TOTAL... 6 11. METODOLOGÍA PARA EVENTOS ESPECIALES... 7 11.1. SWAP... 7 12. CORRECCIÓN DE ERRORES... 7 12.1. PUBLICACIÓN INCORRECTA DEL VALOR DEL ÍNDICE... 7 12.2. OMISIÓN DE UN EVENTO ESPECIAL... 7 12.3. ERROR EN LA APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA... 7 13. OTRAS CONSIDERACIONES... 7 2

1. GENERALIDADES La familia de índices COLTES, está diseñada para inversionistas cuyo objetivo sea seguir o estar expuestos al mercado de Renta Fija colombiano. Esta familia comprende todas las categorías de emisores en el mercado local (Gobierno y titularizaciones), dos tipos de referencia (peso COP y UVR) y los diferentes plazos a lo largo de la curva de rendimientos. Índice de Deuda Pública COLTES La Bolsa de Valores de Colombia (BVC) ha desarrollado unos índices de retorno total ponderado por capitalización de mercado sobre los títulos de deuda pública interna en pesos, denominados Índice de Deuda Pública COLTES, COLTES CP (Corto Plazo) y COLTES LP (Largo Plazo). Estos índices han sido diseñados para proveer a los inversionistas referencias de mercado de fácil replicación, los cuales permiten medir la evolución general del segmento de títulos de deuda pública interna TES Clase B Pesos. Índice de Deuda Pública COLTES UVR La Bolsa de Valores de Colombia (BVC) ha desarrollado un índice de retorno total ponderado por capitalización de mercado sobre los títulos de deuda pública interna en UVR s, denominado Índice de Deuda Pública COLTES UVR. Este índice ha sido diseñado para proveer a los inversionistas con una referencia de mercado de fácil replicación, la cual permite medir la evolución general del segmento de títulos de deuda pública interna TES Clase B UVR. 2. FÓRMULA El valor del COLTES es igual a la sumatoria del precio sucio de cada bono que conforma la canasta del índice por el ponderador que tiene cada bono dentro de la misma, ajustado por un factor de enlace. I(t) = Valor del índice en el instante t. t = Instante en el cual se calcula el valor del índice. i = 1, 2,,n bonos que componen el índice. n = Número de bonos en el índice en el instante t. W i = Ponderador del bono i en el instante t. E = Factor de enlace mediante el cual se da continuidad al índice en caso que se presente un rebalanceo ó recomposición de la canasta o en caso de ocurrencia de eventos especiales que generen variaciones en el índice. P i = Precio sucio del bono i en el instante t. 3. VALOR BASE El valor base ó I(t) con el que inició el COLTES en la apertura de la rueda ordinaria del 2 de enero de 2008 del mercado de Renta Fija fue de 100 puntos. 3

4. RECOMPOSICIÓN La recomposición del índice consiste en la selección de los bonos que conformarán la canasta del índice durante el siguiente mes. En el proceso de recomposición se determina, igualmente, la participación que cada bono seleccionado tendrá en el índice para el siguiente mes. La recomposición del COLTES se realizará, después del cierre del mercado de Renta Fija, el último día hábil bursátil de cada mes y estará vigente el primer día hábil bursátil del mes siguiente. 5. NÚMERO DE BONOS QUE COMPONEN EL ÍNDICE La canasta del índice COLTES tendrá al menos dos bonos y no tendrá límite máximo de componentes. 6. PUBLICACIÓN DE LA CANASTA DEL COLTES 6.1. CANASTA INFORMATIVA La BVC publicará la canasta informativa del COLTES tres (3) días hábiles bursátiles antes del día de publicación de la canasta definitiva; en caso tal que el día de publicación de la canasta informativa no sea hábil bursátil, se publicará la canasta informativa el día hábil anterior después del cierre del mercado. 6.2. CANASTA DEFINITIVA La BVC publicará la canasta definitiva de bonos y sus ponderadores el día hábil anterior a su entrada en vigencia. Esta canasta será publicada después del cierre de mercado de Renta Fija el último día hábil bursátil de cada mes. La canasta definitiva será publicada mediante un boletín informativo en el portal web de la Bolsa de Valores de Colombia. 7. FACTOR DE ENLACE El factor de enlace es el número que permite dar continuidad al valor del índice después de aplicar los procesos de recomposición, rebalanceo ó efectos de eventos especiales. El factor de enlace se calcula de la siguiente forma: Proceso = recomposición, rebalanceo o aplicación de evento especial. Valor teórico del índice después de aplicar el proceso = 8. SELECCIÓN DE LA CANASTA 8.1. BONOS SELECCIONABLES Formarán parte de la canasta de títulos a partir del cual se calculará los índices COLTES, todas las referencias de instrumentos TES Clase B Pesos que cumplan con los criterios de plazo al vencimiento y liquidez relativa. Formarán parte de la canasta de títulos a partir del cual se calculará el índice COLTES UVR, todas las referencias de instrumentos TES Clase B UVR que cumplan con los criterios de plazo al vencimiento y liquidez relativa. 4

Los títulos que superen los criterios de cada filtro formarán parte de la canasta hasta la siguiente fecha de recomposición, momento en el cual se vuelve a aplicar los filtros para definir la composición de la siguiente canasta. 8.1.1. FILTRO PLAZO AL VENCIMIENTO Las referencias deben tener a la fecha de recomposición del índice un plazo mínimo al vencimiento de 1 año. 8.1.2. FILTRO LIQUIDEZ RELATIVA Para que una referencia sea parte de la canasta de títulos que componen el índice, además de haber sido aceptada después de aplicar el filtro de plazo al vencimiento, debe haber participado en al menos el 0,1% del total del volumen negociado de los bonos, para el conjunto de referencias TES Clase B Pesos o UVR (dependiendo del índice a calcular), en los 3 meses anteriores a la fecha de recomposición. En el cálculo del volumen total negociado de los bonos se tiene en cuenta todas aquellas transacciones de compraventa definitiva con cumplimiento t+0 que hayan sido realizadas en MEC PLUS y en el SEN. La fórmula que se aplica para determinar la liquidez relativa es la siguiente: Vol. Negociado Referencia i = Volumen negociado para la referencia i en los tres meses previos al rebalanceo en los sistemas de negociación y registro administrados por la BVC (MEC PLUS) y Banco de la República (SEN). Para el cálculo de los índices COLTES y COLTES UVR se tendrán las referencias que cumplan la siguiente relación: 1 9. DETERMINACIÓN DE LA CANASTA Los bonos que cumplen con las características aquí descritas son los que conforman la canasta del COLTES 9.1. RECOMPOSICIÓN DE LA CANASTA La recomposición de la canasta del índice se realiza mensualmente en el último día hábil de cada mes y quedará vigente durante el mes siguiente. Para este proceso se deben realizar los siguientes pasos: 9.1.1. DETERMINACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS BONOS DENTRO DE LA CANASTA La participación de un bono dentro del índice se obtiene dividiendo el valor de mercado del saldo en circulación de ese bono por la sumatoria de los valores de mercado de los saldos en circulación de todos los bonos que componen la canasta en la fecha en la cual ocurre la recomposición. 1 Este valor podrá variar según lo determine la BVC. 5

La fórmula para determinar la participación es la siguiente: Participación i = Saldo en circulación del Bono i = Último saldo en circulación del bono I reportado por el ministerio de Hacienda y Crédito Público. i = Bono que hace parte de la canasta Precio Sucio i = Último precio sucio del Bono i No existe ningún límite máximo o mínimo para la participación que cada referencia pueda tener dentro del índice, una vez éste supere los filtros descritos anteriormente. 9.1.2. DETERMINACIÓN DEL PONDERADOR DE LOS BONOS DENTRO DE LA CANASTA El ponderador (Wi) de cada bono dentro de la canasta corresponde a la participación del saldo en circulación de los bonos en el mercado y al precio sucio de cada bono. Para determinar el ponderador se utiliza la siguiente fórmula: Unidades de índice en el Bono i = Participación i * Último valor del índice Precio Sucio del Bono i = Último precio sucio del Bono i La canasta del COLTES estará vigente durante un mes. Sin embargo, se podrán realizar procedimientos específicos durante cada periodo para replicar los cambios producidos en el mercado por eventos especiales. 10. RETORNO TOTAL Los índices que hacen parte de la familia COLTES son índices de retorno total, es decir que el pago de cupones permanece en la canasta hasta la siguiente recomposición y se reinvierte a la tasa IBR. Para este efecto la canasta del COLTES cuenta con un componente llamado CASH. La especie llamada CASH tendrá una ponderaci n de cero (0) dentro del COLTES después de cada recomposición y su precio siempre será de uno (1). En caso de que algún bono dentro de la canasta tenga un pago de cupón durante el periodo vigente, el ponderador de la especie CASH crecerá dependiendo de la cantidad de efectivo que entre por concepto del pago de cupón. Para los días posteriores al pago de cupón, la especie CASH se reinvierte a la tasa IBR hasta la siguiente recomposición conforme al procedimiento de cálculo del índice COLIBR calculado por la BVC. 6

11. METODOLOGÍA PARA EVENTOS ESPECIALES A continuación se describen los eventos especiales a aplicar en el cálculo del índice y de su canasta cuando se presentan eventos particulares que no estén cubiertos dentro de las reglas generales desarrolladas anteriormente. Se debe aclarar que la metodología para eventos especiales prima sobre las reglas generales enunciadas anteriormente, cuando dichos eventos especiales se presenten. 11.1. SWAP La BVC publicará el procedimiento a seguir cuando se anuncien SWAPs por parte del Gobierno Nacional. 12. CORRECCIÓN DE ERRORES 12.1. PUBLICACIÓN INCORRECTA DEL VALOR DEL ÍNDICE La Bolsa de Valores de Colombia podrá corregir cualquiera de los datos que sirven para calcular el valor del índice tan pronto como operativamente le sea posible, junto con el hallazgo del dato incorrecto se realizará una publicación al mercado en el portal web de la Bolsa de Valores de Colombia con la explicación del cambio a realizar, incluyendo el procedimiento a seguir y la fecha de aplicación en la canasta. 12.2. OMISIÓN DE UN EVENTO ESPECIAL La Bolsa de Valores de Colombia podrá incluir cualquier evento especial que afecte la composición del índice tan pronto como operativamente le sea posible, después de evidenciar la omisión de la aplicación del mismo en la canasta del índice, para esto, se realizará una publicación al mercado en el portal web de la Bolsa de Valores de Colombia con la explicación del tratamiento a realizar y la fecha de aplicación. 12.3. ERROR EN LA APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA La Bolsa de Valores de Colombia podrá corregir tan pronto como operativamente le sea posible cualquier error en la aplicación de la metodología, para esto, se realizará un análisis previo del impacto y se comunicará mediante una publicación en el portal web de la Bolsa de Valores de Colombia el tratamiento para corregir el evento confirmando la fecha de aplicación de la modificación. 13. OTRAS CONSIDERACIONES La Bolsa de Valores de Colombia ejecutará de forma general todos los procedimientos descritos en este documento, teniendo en cuenta que cualquier otro caso específico que según el análisis de la Bolsa justifique la omisión, alteración o inclusión de un procedimiento actual o nuevo, será publicado en el portal web con la debida explicación del mismo. El presente documento está sujeto a modificaciones y ajustes en caso de ser necesario. 7