BASES: CONVOCATORIA 2013 DE AYUDAS SOCIALES ENERGÍA PARA LA SOLIDARIDAD DE LA FUNDACIÓN IBERDROLA



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Transcripción:

BASES: CONVOCATORIA 2013 DE AYUDAS SOCIALES ENERGÍA PARA LA SOLIDARIDAD DE LA FUNDACIÓN IBERDROLA MARZO 2013

INTRODUCCIÓN La Fundación IBERDROLA tiene como misión contribuir al desarrollo social y cultural, y al bienestar y la calidad de vida en los territorios y países en que tiene lugar la actividad empresarial de IBERDROLA. De acuerdo con dicha misión, la Fundación IBERDROLA tiene entre sus fines fundacionales: El avance hacia un modelo energético sostenible. La solidaridad con los sectores más desfavorecidos y desprotegidos de la sociedad. La respuesta a los retos sociales actuales. Por ello, y como complemento a las acciones que llevan a cabo con este objetivo instituciones que trabajan a favor de estas personas y entornos, la Fundación IBERDROLA pone en marcha para el año 2013 una nueva edición de la Convocatoria de ayudas sociales 2013: Energía para la Solidaridad. BASES I. Objetivo de la Convocatoria II. Tipología de proyectos III. Requisitos para su presentación IV. Criterios generales de valoración de proyectos V. Proceso de presentación de proyectos: documentación y acreditación de las entidades. VI. Aportación de la Fundación Iberdrola y condiciones de la financiación VII. Resolución de la Convocatoria VIII. Formalización de la colaboración y desembolso de las ayudas concedidas IX. Seguimiento y justificación X. Reintegro XI. Términos de Confidencialidad XII. Disposiciones Finales I. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA Esta convocatoria tiene como objetivo apoyar a las organizaciones no lucrativas que trabajan en el territorio español y que desarrollan proyectos que promueven las necesidades básicas y el apoyo personal y social de las personas que están en riesgo o en situación de exclusión social; a proyectos socioeducativos y a todos aquellos proyectos que estén dirigidos a promover la autonomía personal y la calidad de vida en personas con discapacidad o en situación de dependencia y cuya finalidad esté orientada a: 1. Favorecer la cobertura de las necesidades básicas, la promoción del ajuste personal y social de los sectores de población más vulnerables. 2. Proteger el medio ambiente y contribuir a la lucha contra el cambio climático, a través de la implicación de colectivos en riesgo o situación de exclusión. 2

3. Impulsar otros proyectos de interés por su contribución a la calidad de vida de las personas, que estén alineados con los fines de la Fundación y la Estrategia de Responsabilidad Social del Grupo IBERDROLA. II. TIPOLOGÍA DE PROYECTOS Los Proyectos presentados en esta convocatoria deberán encuadrarse en una de las siguientes tipologías: Tipo 1: Lucha contra la pobreza y exclusión social Los proyectos destinados a esta tipología deben atender específicamente a colectivos en situación o riesgo de exclusión social entre los que se encuentran prioritariamente: Parados de larga duración. Personas mayores en situación de desamparo: Proyectos que fomenten un envejecimiento activo y prevención de la dependencia. Infancia: Promoción del éxito escolar. Participación familiar en el proceso educativo. Jóvenes y adolescentes: Carácter laboral. Fomento de la educación en valores y participación social. Drogodependientes: Prevención del consumo de drogas y fomento de hábitos saludables. Mujeres: Prevención y ayuda de las diferentes formas de violencia. Integración en la vida socio-laboral. Inmigrantes: Proyectos que formen parte de un programa integral. Cobertura de colectivos con dificultades para cubrir aspectos básicos de la vida cotidiana (alimentación, ropa, etc.) Tipo 2: Protección del Medio Ambiente y Lucha contra el Cambio Climático Se tendrán en consideración proyectos que tengan alguno de los siguientes objetivos: La conservación de la biodiversidad y los espacios naturales. El desarrollo sostenible mediante: uso de energías renovables, gestión eficiente de los recursos (agua y suelo) y gestión de residuos. Generación de empleos verdes en alguno de los colectivos citados, encaminados a la reducción del impacto ambiental de los distintos sectores económicos. Tipo 3: Proyectos de interés por su contribución a la calidad de vida de las personas y atención a la discapacidad. Tendrán cabida proyectos de índole asistencial o socioeducativa que resulten de especial interés para la Fundación IBERDROLA, por mostrar un claro alineamiento con los fines de 3

la Fundación y las líneas de Responsabilidad Social Corporativa del Grupo IBERDROLA, en su cobertura de algunos de los retos que plantea la sociedad actual. Por ejemplo, los proyectos dirigidos al desarrollo personal y social, al apoyo del entorno familiar del discapacitado y a la promoción de la autonomía. Se valorarán prioritariamente los proyectos dirigidos a: Personas con discapacidad intelectual Personas con discapacidad física. Personas con discapacidad sensorial Personas con discapacidades múltiples Personas con enfermedad mental III. REQUISITOS PARA SU PRESENTACIÓN Podrán concurrir entidades que cumplan con los siguientes requisitos: Estar constituidas legalmente como entidades privadas sociales sin fin de lucro, que persigan fines de interés general. Organización sujeta la Ley 49/2002. Tener como fines expresos, según sus Estatutos, la realización de actividades orientadas a los colectivos a los que se refiera la categoría a la que optan. Contar con sede social permanente dentro del territorio español y tener reconocida, conforme a la legislación española, legitimación o capacidad de obrar jurídicamente. Tener las cuentas de los dos últimos ejercicios económicos cerrados. Tener experiencia demostrable mínima de tres años en el trabajo con el colectivo de la categoría a la que optan. Contar con una estructura y capacidad suficiente para gestionar el proyecto seleccionado garantizando su viabilidad. Estar al corriente de pago en las obligaciones fiscales y laborales. Disponer de página web actualizada. Cada entidad solicitante sólo podrá presentar un único proyecto en esta Convocatoria. En el caso de haber sido beneficiario en alguna convocatoria anterior por parte de la Fundación IBERDROLA tiene que haber justificado correctamente las ayudas concedidas a 31 de diciembre de 2012. Quedan expresamente excluidas las Fundaciones y Asociaciones de Empresa o Grupos de Empresas, las Obras Sociales de las Cajas de Ahorro y las Organización Gubernamentales. 4

IMPORTANTE: El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será motivo de exclusión en la presente Convocatoria. Asimismo, se excluirán de esta Convocatoria aquellas entidades que en el caso de haber recibido ayudas en convocatorias anteriores, no hayan finalizado proyectos o hayan modificado el proyecto inicialmente presentado. IV. CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE PROYECTOS Las solicitudes serán evaluadas teniendo en cuenta principalmente lo siguientes: a) El potencial de mejora de las necesidades del colectivo beneficiario del proyecto b) La viabilidad técnica, economía y de gestión del proyecto y la entidad que lo presenta. c) El carácter innovador en términos de enfoque o ejecución. d) Las posibilidades de continuidad en el futuro. Se valorarán preferentemente los proyectos de entidades cuya labor se desarrolle en áreas donde Iberdrola está presente y que se sometan a la verificación por terceros independientes de su transparencia y buenas prácticas. Asimismo, la Fundación Iberdrola tendrá en cuenta en el proceso de valoración de las solicitudes las normas recogidas en su Código de Buen Gobierno. Los proyectos deberán: Identificar objetivos y fines de la Entidad. Incluir colectivo, tipología y fases del proyecto. Establecer criterios e indicadores de planificación. Prever la coordinación con otros agentes sociales. Contener información sobre su viabilidad técnica, económica y de gestión del proyecto; un presupuesto detallado y coherente, con una relación equilibrada entre los recursos empleados y los resultados previstos. Incluir un plan de difusión del proyecto y visibilidad de la participación de la Fundación IBERDROLA en su financiación. Asimismo, se tendrá en cuenta que los solicitantes dispongan de estructuras de gestión que aseguren la viabilidad del proyecto y tengan un fuerte arraigo en el ámbito territorial o social donde actúan, y coordinación con otras entidades y la Administración. Asimismo, se valorará que cuenten con recursos propios, de entidades privadas, de instituciones públicas o de instancias comunitarias, adicionales a los recursos solicitados a la Fundación IBERDROLA para desarrollar el 5

proyecto y facilitar su continuidad una vez finalizada la colaboración recibida al amparo de esta Convocatoria. Se valorarán especialmente aquellos proyectos presentados por entidades cuya gestión esté sometida a auditoría externa. Todo proyecto que resulte seleccionado no podrá imputar gastos anteriores a la fecha de resolución de la Convocatoria ni posteriores a la fecha de finalización del Convenio. Se excluyen de esta Convocatoria: los proyectos que no se dirijan específicamente a los colectivos beneficiarios previstos o que no se encuadren en las tipologías contempladas; los proyectos de infraestructuras que supongan la inversión en inmuebles (adquisición, construcción, reforma o mantenimiento); los proyectos de patrocinio, sensibilización y/o difusión; y los proyectos consistentes en actuaciones puntuales (publicaciones, estudios seminarios, congresos, conciertos, etc.). Asimismo, se excluirán de esta convocatoria aquellas entidades que en el caso de haber recibido ayudas en convocatorias anteriores, no hayan finalizado proyectos o hayan modificado el proyecto inicialmente presentado. La presentación a esta convocatoria presupone la plena aceptación de sus Bases y de la resolución, que será irrevocable. V. PROCESO DE PRESENTACION DE PROYECTOS: DOCUMENTACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS ENTIDADES. Las entidades solicitantes deberán cumplimentar en su totalidad la Ficha Resumen del Proyecto, de acuerdo con la plantilla (en formato Word), así como el formulario, ambos disponibles en la página Web de la Fundación IBERDROLA: www.fundacioniberdrola.org. Es necesario rellenar todos los campos solicitados adjuntando la siguiente documentación escaneada: Documento 1.* Ficha resumen, de acuerdo a la plantilla (en formato Word) descargable desde la página: www.fundacioniberdrola.org Documento 2.* Declaración de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior o Registro de Fundaciones. Documento 3.* Balance y cuenta de resultados normalizados, adaptados al Plan General Contable de los dos últimos ejercicios cerrados. Documento 4.* Presupuesto del año en curso. Documento 5.* Certificado en vigor de la Tesorería de la Seguridad Social justificando estar al corriente de sus obligaciones laborales. Documento 6.* Certificado en vigor de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de que la Entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. 6

Documento 7.* Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la Entidad y copia del DNI del representante legal de la Entidad. Documento 8.* Copia de los Estatutos de la entidad debidamente legalizados. Nota.: Los documentos a adjuntar en cada punto deben tener un máximo de 3 Mb. Todos los ficheros deberán ir numerados en su denominación y deberá presentarse un índice que permita la fácil localización de la documentación 1. * El plazo de recepción de solicitudes (vía online) se extenderá desde el día de su publicación, el 25 de marzo de 2013, hasta el 25 de abril de 2013, siendo la hora límite de presentación de propuestas las 14:00 horas (GTM +1). * No se admitirán proyectos ni documentación complementaria fuera del plazo y forma señalados. * La Fundación IBERDROLA garantiza la confidencialidad de la documentación aportada por las entidades solicitantes. * Toda la documentación deberá ser entregada en formato electrónico y en ningún caso se aceptará documentación física. * Aquellas solicitudes que se presenten fuera del canal establecido, que no se ajusten a las bases, que presenten carencias o incidencias en la documentación a incluir o cuya Ficha Resumen no haya sido cumplimentada en todos sus apartados, quedarán excluidas de la presente convocatoria. VI. APORTACIÓN DE LA FUNDACIÓN IBERDROLA Y CONDICIONES DE FINANCIACIÓN 1) La aportación de la Fundación IBERDROLA no excederá de 20.000 Euros por todos los conceptos, ni superará el 50% del coste total del proyecto, pudiéndose conceder todo o parte del importe solicitado. 2) Los recursos aportados por otras instituciones, entidades o por la propia entidad solicitante deberán ser documentados. Si no fuese posible, la concesión quedará condicionada a su justificación. 3) Sólo serán financiables a efectos de esta Convocatoria los costes relacionados directamente con el desarrollo del proyecto y los objetivos fijados en él: 1 Por ejemplo: Documento 1: Ficha Resumen del Proyecto (formato Word). 7

- Honorarios de profesionales y técnicos relacionados directamente con el proyecto. - Cobertura de las necesidades básicas (alimentación, higiene, equipamiento escolar ) y de atención psicosocial cuyo objetivo esté orientado a los fines esenciales del proyecto. - Difusión del proyecto: coste de diseño, seguimiento y evaluación, directamente relacionado con el proyecto y siempre que no superen el 5% de la ayuda solicitada. - Gastos indirectos o administrativos o de gestión general, que no podrán superar el 5% del importe total del proyecto (estos gastos deberán ir especificados de forma clara en los informes que se soliciten por parte de la Fundación IBERDROLA). 4) No se considerarán gastos financiables: - Los gastos generados por el mantenimiento de la sede habitual de la entidad solicitante (alquiler, agua, gas, teléfono, electricidad, impuestos, seguros, comunidad, reparaciones de equipos, etc.) - Gastos atribuibles a dietas, viajes y estancias de los responsables y equipo del proyecto. - Los que constituyan una mera transferencia de fondos a otras entidades. - Amortización de operaciones crediticias, gastos o costes financieros. VII. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Una vez analizadas aquellas solicitudes presentadas que cumplan todos los requisitos, los proyectos serán valorados por un Comité de Expertos convocados por la Fundación IBERDROLA, de acuerdo a los criterios de valoración indicados en estas Bases. La resolución final de la Fundación IBERDROLA se adoptará y se hará pública no más tarde del 10 de junio de 2013. La decisión adoptada será inapelable. Se publicará en la Web de la Fundación: www.fundacioniberdrola.org y se comunicará por correo electrónico a los representantes de los proyectos seleccionados en el plazo de 7 días a contar desde la fecha de resolución. VIII. FORMALIZACIÓN DE LA COLABORACIÓN Y DESEMBOLSO DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS La colaboración se formalizará mediante la firma de un Convenio de Colaboración entre la Fundación IBERDROLA y la entidad o entidades cuyos proyectos hayan sido seleccionados, en el que quedarán reflejados - entre otros - los siguientes aspectos: - Descripción del proyecto (Anexo en el Convenio) - Importe de la financiación y otros posibles recursos recibidos. - Plazos y fases de ejecución del proyecto. 8

- Procedimiento de seguimiento y emisión de informes semestrales y anuales. - Calendario y requisitos formales para los desembolsos parciales. - Plan de Comunicación. - Causas de resolución del Convenio de Colaboración. 1) Las entidades seleccionadas para la obtención de las ayudas deberán proporcionar a la Fundación IBERDROLA toda la documentación y datos necesarios para la cumplimentación del Convenio de Colaboración. 2) En ningún caso la firma del Convenio de Colaboración dará lugar a una relación de tipo laboral entre el representante o alguno de los miembros o beneficiarios de la entidad y la Fundación IBERDROLA. 3) El logotipo de la Fundación IBERDROLA deberá aparecer en toda la documentación, información y publicidad de la entidad beneficiaria de la ayuda, así como en su página Web. 4) La Fundación IBERDROLA se reserva el derecho de publicar el importe de las ayudas y la identidad de las entidades beneficiarias, así como de dar la publicidad y difusión que considere adecuadas a este programa de ayudas. 5) Forma de Pago: - Una vez firmado el Convenio de Colaboración, y previa presentación de carta de solicitud de pago, la Fundación IBERDROLA desembolsará el 50% de la financiación aprobada mediante transferencia a la cuenta corriente de la entidad que se consigne en el citado Convenio. - A la presentación del primer informe semestral de seguimiento, y previa su verificación, la Fundación IBERDROLA desembolsará el 50% restante. IX. SEGUIMIENTO Y JUSTIFICACIÓN A fin de verificar la adecuada gestión técnica y financiera de los proyectos financiados, se establecen las siguientes normas de seguimiento y justificación, las cuales serán objeto de mayor desarrollo y especificación en el Convenio de Colaboración a suscribir entre la entidad seleccionada y la Fundación Iberdrola: Las entidades seleccionadas deberán presentar un Informe Semestral sobre el grado de avance de sus proyectos, de acuerdo a los requisitos predefinidos por la Fundación IBERDROLA en las Bases de la presente Convocatoria y en el Convenio de Colaboración. Las entidades seleccionadas deberán presentar un Informe final al término del segundo semestre (periodo que coincidirá con la finalización del proyecto por el que se concedió la Ayuda). En él se deberán adjuntar copia de los documentos 9

justificativos de gastos imputables al Proyecto, en los términos que específicamente se consignen por la Fundación IBERDROLA en el Convenio de Colaboración. Las circunstancias que durante el desarrollo del proyecto den lugar a modificaciones sustanciales habrán de ser autorizadas expresamente por la Fundación IBERDROLA previa solicitud por parte de la entidad beneficiaria, en los plazos, y siguiendo los cauces que se establezcan en el Convenio de Colaboración La Fundación IBERDROLA podrá solicitar en cualquier momento información técnica y financiera para proceder a la verificación o control de la ejecución del proyecto, de acuerdo a los términos prefijados por la Fundación IBERDROLA en el Convenio de Colaboración. Sólo se admitirán facturas con fechas de emisión comprendidas dentro del periodo de ejecución del proyecto previsto en la Convocatoria. X. REINTEGRO Las entidades beneficiarias de las ayudas se comprometen al reintegro de las cantidades recibidas en los siguientes casos: Incumplimiento de la obligación de justificación y/o de los objetivos para los que la colaboración fue concedida. Supuestos en que los gastos no se llevasen a cabo por cualquier causa o se modificasen sustancialmente los proyectos sin autorización expresa de la Fundación IBERDROLA. Omisión de cualquier otra condición impuesta por motivo de la concesión de la colaboración. Obtención de la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello. Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se deriven del Convenio de Colaboración que se firme entre la entidad seleccionada y la Fundación IBERDROLA. XI. TÉRMINOS DE CONFIDENCIALIDAD Los datos personales recogidos en la solicitud de ayuda y en la documentación anexa que se aporte, serán incorporados a un fichero titularidad de la Fundación IBERDROLA, con domicilio social en C/ Arequipa, 1-4ª Planta. 28043 Madrid. La finalidad del fichero es la de gestionar la solicitud y dar difusión a la Convocatoria de Ayudas Sociales. Los afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con la legislación vigente, dirigiendo un escrito, adjuntando copia del DNI o Pasaporte, a Fundación IBERDROLA (Ref. LOPD), C/ Arequipa, 1-4ª Planta, Madrid 28043. La persona o entidad que presente la solicitud estará obligada, en el caso de que introduzca datos de carácter personal referentes a otra/s persona/s, con carácter previo a su inclusión, informarles de los extremos contenidos en el párrafo anterior. 10

En cualquier caso, la Fundación IBERDROLA acepta que la información que se desprenda de la relación que pueda establecerse no podrá ser utilizada de modo que pueda perjudicar directa o indirectamente los intereses de ambas partes. Para el fin detallado en el párrafo anterior, la Secretaría de la Convocatoria conservará la información en un lugar seguro y la protegerá del mismo modo en que salvaguardaría su propia información y sus conocimientos especializados. Asimismo, a través de la cumplimentación voluntaria del formulario, la entidad se obliga a guardar confidencialidad sobre la información a la que tuvieran acceso de la Fundación IBERDROLA, siempre y cuando esta información no fuera de dominio público. XII. DISPOSICIONES FINALES La presentación a esta Convocatoria presupone la plena aceptación de sus Bases y de la resolución, que será inapelable. La Fundación IBERDROLA no será titular de los proyectos presentados y la realización de los proyectos y su titularidad serán de exclusiva responsabilidad de la entidad beneficiaria. INFORMACIÓN Y CONSULTAS TÉCNICAS: Ayudassociales2013@iberdrola.es 11