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Policía Local Jefatura PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA ADQUISICIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE ARRENDAMIENTO NO FINANCIERO (RENTING), DE CINCO VEHÍCULOS CON DESTINO LA BRIGADA ESPECIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN 1.- DE LOS VEHÍCULOS VEHÍCULOS OBJETO DE CONTRATACIÓN Características técnicas: Unidades... 5 (cinco) Tipo... Monovolumen Nº Puertas... 5 Combustible... Gasolina con kit de compatibilización automática don Gas Licuado del Petróleo.( G.L.P.) (Depósito, inyectores, conmutados, etc.) Cilindrada... 1.590 cc Nº cilindros... 4 Nº válvulas... 16 Potencia Kw/cv... 88/120 cv Alimentación... Inyección multipunto. Caja de cambio Manual. 5 velocidades. Color... Blanco. Dimensiones.. Longitud: 4.365 cm. Control de estabilidad. Frenos.. Disco con ABS. Equipamiento: Elevalunas delanteros y traseros. Airbag conductor y pasajero.

- 2 - Climatizador. Equipo de radio. Lunas tintadas parte trasera. Equipamiento especial: 2 linternas halógenas con corona de leds ámbar/rojo por cada vehículo con batería y cargador vehículo y cono difusor. Alfombras de goma o similar. Flexo lectura para acompañante. Los vehículos contarán con equipamiento policial para el transporte de detenidos, consistente en mampara de seguridad de separación de los asientos traseros, asientos traseros de material plástico, mandos de puertas y cristales adaptados así como accesorios. La mampara estará construida de forma que se facilite a los agentes la visión del espacio dedicado a los detenidos, y se dificulte a éstos la visión de los agentes. Podrán reutilizarse kit de detenidos, con las características que se indican, que se encuentren en perfecto estado. Adhesivos y distintivos: Los vehículos tendrán los distintivos y leyendas con las características que se especifican en la Orden Pat/1056/2006, de 13 de junio de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León por la que se regulan las características de imagen de los vehículos de los Cuerpos de Policía Local de Castilla y León. A estos vehículos se añadirá además las siguientes leyendas: 092 en color rojo debajo de 112. El emblema de la Policía Local de León en el capó delantero con la identificación de la Unidad de servicio: Brigada Especial de Seguridad Ciudadana. Puentes policiales: Puente policial de las siguientes características: Altavoz 100 w 14 + 14 leds azul con crucero incorporado. Sistema de control luces, sirena y megafonía. Botonera de control con todos los mandos integrados. Barra secuencial posterior de 8 focos de leds. 2 focos frontales halógenos. 2 focos laterales alógenos. 2 focos intermitentes frontales rojos de leds, detención. 1 conector techo de 23 vías. 1 juego fijaciones techo vehículo. Sistema de destellos azules en faros delanteros.

- 3 - Podrán instalarse puentes reutilizados siempre que cumplan con los requisitos anteriores y se encuentren en perfecto estado. Observaciones: El Cuerpo de Policía Local podrá instalar en dichos vehículos, por su cuenta, el equipamiento de transmisiones y GPS, que serán retirados cuando el vehículo deje de prestar el servicio policial al que está destinado. Cambio de neumáticos.- El cambio de neumáticos irá ligado principalmente, no solo a la realización de un número determinado de kilómetros, sino al cumplimiento de la normativa sobre desgaste de los mismos, debiendo encontrarse previsto el cambio por imprevistos como pinchazos de difícil reparación, reventones, etc. Reparación de los vehículos y vehículo de sustitución.- Las reparaciones que duren más de cinco días, desde su entrada en el taller, darán derecho a un vehículo de sustitución de similares características generales en el que se adosarán distintivos policiales provisionales que no dañarán en ningún caso el vehículo. 2.- DEL PRECIO DEL CONTRATO IMPORTE DEL CONTRATO 1. El importe del contrato viene integrado, para cada operación de "renting", por: a) Las cuotas o rentas mensuales a satisfacer por el Ayuntamiento de León en concepto de "renting" de los vehículos objeto del contrato. b) El valor de la opción de compra neta ofertada por el arrendador al arrendatario, que se podrá hacer efectiva por éste, en su caso, transcurrido el plazo del contrato. c) El importe por kilómetro no realizado dentro del período y de los kilómetros contratados, que hará efectivo el arrendador al arrendatario. d) El importe por kilómetro realizado en exceso dentro del período y de los kilómetros contratados, que hará efectivo el arrendatario al arrendador. e) El kilometraje total máximo contratado no será inferior a 50.00 kilómetros por año. f) La fianza a depositar, en su caso, por el arrendatario. 2. Las rentas mensuales de los vehículos objeto de contratación no podrán exceder:

- 4 - Para la totalidad de los CINCO vehículos la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ EUROS MENSUALES, (5.310.-) lo que supone un total de SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS ANUALES, (63.720.-) y DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS durante los CUATRO años del contrato. (254.880.- ) (18% IVA INCLUIDO) Las citadas cantidades tienen el carácter de máximas, sin que pueda adjudicarse el contrato a quien oferte un importe superior. 3. No se establece el valor de la opción de compra neta del bien arrendado, valor que, en todo caso, será ofertado por el arrendador, formando parte del importe del contrato. 4. Tampoco se establecen los valores e importes a que se refieren los apartados c), d) e) y f) del punto Uno de la presenta cláusula, valores e importes que, en todo caso, serán ofertados por el arrendador, formando parte del importe del contrato. 5. Si en los precios ofertados no se incluyera alguno de los equipamientos de los vehículos que vienen recogidos en la cláusula Primera del presente Pliego, se hará constar así por los licitadores, quienes vendrán obligados a detallar qué equipamientos no se incluyen en tales precios. 6.- Seguro a todo riesgo, con inclusión del conductor. Como segunda opción las empresas participantes en el concurso podrán considerar que el referido seguro sea contratado directamente por el Ayuntamiento de León. 7.- Vehículo de sustitución. Atendiendo razones de eficiencia los vehículos, durante la duración del contrato, podrán ser matriculados a nombre del Excmo. Ayuntamiento de León, sin que ello suponga la asunción de ningún tipo de responsabilidad extra, que la derivada la de utilización de los vehículos en virtud del presente contrato. En el supuesto de que los licitadores hicieran uso de esta clausula, lo harían constar expresamente en la oferta que presenten. 3.- DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO Tercera.- DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del presente contrato será de CUATRO (4) AÑOS, esto es, CUARENTA Y OCHO (48) MESES. 4.- CRITERIOS DE VALORACION DEL CONTRATO.- El presente concurso se regirá por los siguientes criterios de valoración:

- 5 - A) CRITERIOS DE VALORACIÓN MATEMÁTICA: A.1 Propuesta económica para los vehículos a servir: 90 puntos. Se concederán 90 puntos a la oferta económica más ventajosa. El resto de las ofertas se valorarán de manera proporcional. El importe total de las cuotas se modulará con el valor de los restantes elementos del contrato, que figuran en el apartado 2, como precio del kilometraje de exceso y defecto, valor de recompra de los vehículos. B) CRITERIOS DE VALORACIÓN DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR: B.1 Mantenimiento de los vehículos en talleres ubicados en el término municipal de León: 10puntos. La ubicación fuera del término municipal se puntuará con 4 puntos los que tengan ubicado el taller de asistencia técnica a menos de 5 kilómetros, 1 punto a la ubicación del taller de asistencia técnica entre 5 y 10 kilómetros. 5.- PRORROGA DEL CONTRATO.- A la finalización del contrato, por acuerdo de las partes, esté podrá ser prorrogado por un periodo máximo de 24 meses, mediante acuerdo expreso del órgano de contratación. Asimismo el presente contrato se prorrogará por el tiempo imprescindible, con motivo de la sustitución de los vehículos objeto del mismo, por un nuevo contrato de renting, o la adquisición de nuevos vehículos, al objeto de salvaguardar el servicio de seguridad al que los vehículos van destinados. León, a 25 de mayo de 2.012 EL INTENDENTE JEFE, Fdo. Martín Muñoz Navarro