Tercero.- Que existe Informe del Técnico de Desarrollo Local-AFIC de fecha 11/12/2015, del siguiente tenor literal:

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Transcripción:

D. José Luis Sáez Pastor, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura, en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Ley. EXPONE: Primero.-Que El Ayuntamiento de Guardamar del Segura Segundo.- Que la economía de Guardamar del Segura es esencialmente de servicios, por lo que es imprescindible fomentar el ocio y tiempo libre, así como incentivar la promoción turística relacionada con el sector de la restauración, con las sinergias que puedan existir con el resto de sectores económicos. Tercero.- Que existe Informe del Técnico de Desarrollo Local-AFIC de fecha 11/12/2015, del siguiente tenor literal: D. Jorge Juan García Cutillas, Técnico de Empleo y Desarrollo Local-AFIC del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, ANTECEDENTES I N F O R M A: Primero.- Que desde el Ayuntamiento de Guardamar del Segura con motivo de las próximas fiestas navideñas y con la finalidad de fomentar el ocio y tiempo libre, tiene previsto celebrar un Mercadillo de Navidad en Guardamar del Segura para el año 2015. Segundo.-Que atendiendo a la Concejala Delegada, se redacta una propuesta de bases. FUNDAMENTOS Único.- BASES REGULADORAS DEL MERCADILLO DE NAVIDAD 2015 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Concejalía de Promoción Económica, Fomento del Empleo, Mercados y Comercio, del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, pretende llevar a cabo la iniciativa para la realización del Mercadillo de Navidad de Guardamar del Segura para el año 2015. El objetivo que se pretende conseguir consiste en promocionar el comercio de productos navideños y la ocupación del tiempo libre de los ciudadanos guardamarencos y visitantes. El mercadillo de Navidad, no solamente se presenta como una exposición de artículos, sino además, como una manifestación cultural y atracción lúdica de productos exclusivamente navideños. Durante el año 2015, el Ayuntamiento de Guardamar del Segura aprobó la Ordenanza reguladora de la Venta fuera de establecimiento comercial en su modalidad no sedentaria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante Número 200, de fecha 19 de octubre de 2015. De la lectura de la citada ordenanza y más concretamente el artículo 4.2, se concluye que, el mercadillo de Navidad a realizar supone una venta realizada en mercados ocasionales durante las fiestas o acontecimientos populares, con ocasión de la Navidad. El mercadillo se realizará en la vía pública, siendo por ello que se va a ocupar el dominio público y requiere un acto de concurrencia competitiva se organiza por el Ayuntamiento bajo su vigilancia, tutela y competencia normativa. Las bases que regirán la convocatoria para conseguir ocupar un puesto en el mercadillo resultarán las siguientes: BASE 1ª.- OBJETIVOS. Los objetivos que se pretenden alcanzar con esta iniciativa resultan los siguientes: - Potenciar el comercio local - Promocionar el comercio de productos navideños. - Potenciar la ocupación del tiempo libre de los ciudadanos guardamarencos y visitantes. BASE 2ª.- DENOMINACIÓN. Mercadillo de la Navidad 2015.

BASE 3ª.- FECHA Y LUGAR DE REALIZACIÓN DEL MERCADILLO. Fecha sorteo adjudicación: el día 17 de diciembre a las 11 horas en el salón de Plenos del M.I Ayuntamiento de Guardamar del Segura. Fecha de inicio y fin de la actividad: desde el día 18 hasta el 24 de diciembre de 2015 Inauguración oficial. viernes 18 de diciembre de 2015 a las 18:00 horas. Horario de apertura y cierre en horario de mañana: de 10 a 14 horas. Horario de apertura y cierre en horario de tarde: de 17 a 20 horas. Lugar de realización: Avenida de los Pinos. Número de casetas de madera disponibles: 9. BASE 4ª.- ORGANIZACIÓN. La organización del mercadillo correrá a cargo del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, a través de la Concejalía de Promoción Económica, Fomento del Empleo, Mercados y Comercio. El Ayuntamiento facilitará las casetas a los que resulten adjudicatarios, sin que suponga coste alguno para los mismos. BASE 5ª.-PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y POSTERIOR SORTEO. Podrán presentar solicitud de participación en el sorteo para la obtención de caseta, los siguientes: -Los establecimientos comerciales sitos en el municipio de Guardamar del Segura, siempre y cuando el producto que vayan a ofrecer esté relacionado con la Navidad, siendo un requisito imprescindible. Para participar se deberá presentar impreso de solicitud de participación que se adjunta a las presentes bases debidamente cumplimentado. En relación al lugar de presentación, deberá presentarse en el registro del Ayuntamiento, situado en la Plaza de la Constitución nº 5 de Guardamar del Segura, del 11 al 16 de diciembre de 2015 o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si bien en éste último caso deberá enviarse un FAX al correo electrónico siguiente: aytoguardamar.comercioafic@gmail.com Junto con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación: a) Aportación de los siguientes documentos: - Documento Nacional de Identidad, (D.N.I.), tarjeta de extranjero o documento que legalmente le sustituya de la persona física. - En el caso de que la solicitud de autorización sea formulada por una persona jurídica, deberá aportar, además de los anteriores, los siguientes datos sobre la misma: Denominación, forma jurídica, domicilio social, Nombre, dirección y DNI del representante/s b) Relación de productos que serán expuestos. c) Presentar y firmar la declaración responsable que se adjunta a las presentes bases, en la que el interesado manifieste, al menos, los siguientes extremos: 1. Que cumple, los requisitos a los que se refiere la Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial en su modalidad de no sedentaria, que dispone de la documentación que lo justifique y que asume el compromiso de mantener su cumplimiento durante todo el tiempo de vigencia de la autorización. 2. Que se encuentra dado de alta en el impuesto de actividades económicas y al corriente del pago de los impuestos tributarios municipales. d) Seguro de responsabilidad civil que cubra los daños por el ejercicio de la actividad. El día inmediato posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se realizará, mediante acto público en el salón de plenos, a las 11 horas, sorteo para la adjudicación de las casetas entre los distintos participantes. En el caso de que se presente un número de solicitudes inferior al número de casetas ofertadas, se podrá conceder a aquellos que presenten su solicitud con posterioridad a la fecha de finalización del plazo máximo de presentación. Si realizada esta última asignación, continuasen quedando casetas libres, los adjudicatarios iniciales tendrán derecho a solicitar una segunda caseta, teniendo en cuenta el orden de

posición en el que hubiesen quedado tras el sorteo. El Ayuntamiento se reserva la facultad de excluir en el proceso a aquellos participantes que en su solicitud no acrediten que los productos o servicios a prestar estén relaciones estrictamente con la Navidad, no presenten la documentación requerida o tengan deudas contraídas ante este Ayuntamiento. Aquellos que resulten adjudicatarios deberán depositar ante la Tesorería General del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, las siguientes cuantías: -100,00 euros en concepto de fianza -59,06 en concepto de ocupación del dominio público. BASE 6ª.- UBICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN El mercadillo se desarrollará en el interior de las casetas, éstas se ubicarán en dominio público, en la Avenida de los Pinos. A lo largo de este espacio físico se instalarán las casetas. En relación al tipo de caseta, dispondrán de las siguientes dimensiones y características: - Nueve casetas con estructura de madera, cuyas medidas resultan: 2,50 metros de fondo x 3,75 metros de ancho, aproximadamente. Las casetas contará con conexión eléctrica. No se permitirá el depósito, exposición o uso de materias peligrosas, inflamables, explosivas o insalubres, que emitan ruidos molestos o excesivos o que desprendan olores desagradables y en general puedan ser molestas para otros adjudicatarios o al público en general. El ayuntamiento se reserva la facultad de declarar decaído en su derecho al participante que junto con su solicitud declare que va a realizar un actividad que esté relacionada o sea análoga a las indicadas anteriormente. BASE 7ª.- DECORACIÓN PARTICULAR POR CADA ADJUDICATARIO La decoración interior de las respectivas casetas será por cuenta del adjudicatario y siempre atendiendo a las prescripciones técnicas que se ofrecerán por el Ayuntamiento, a través de la responsable que se indicará en su momento. Queda terminantemente prohibido perforar las lonas o maderas de las casetas que se instalen. El Ayuntamiento suministrará un punto de luz por caseta, no estando permitido conectar ningún tipo de elemento eléctrico. El incumplimiento de cualquiera de las medidas descritas en las presentes bases, facultará al ayuntamiento para dejar sin efecto la autorización, pudiendo proceder incluso a la incautación de la fianza aportada, en cuantía suficiente para cubrir el daño ocasionado, ya sea a la instalación, al dominio público o a la ciudadanía, sin perjuicio de las acciones legales oportunas que se puedan emprender. BASE 10ª.- FUERZA MAYOR La organización se reserva el derecho, en caso de fuerza mayor o de circunstancias particulares sobrevenidas, de retrasar, acortar, prolongar, interrumpir o anular el mercadillo. BASE 11ª.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. El Ayuntamiento no se responsabiliza de las pérdidas producidas en el material y objetos depositados en cada caseta, ni con motivo de hurto, robo, daños, accidentes naturales o vandalismo que puedan sufrir, ni análogos, ya sea antes, durante, ni después de la celebración del mercadillo, cuyo cuidado corresponderá a los propios adjudicatario, debiendo contratar, en su caso, el seguro correspondiente, si lo consideran necesario. Los daños que el adjudicatario pudiese ocasionar a terceros correrán a su cargo. BASE 12ª.- MONTAJE DE LAS CASETAS Las casetas se entregarán el día 18 de diciembre a partir de las 9 horas, con la finalidad que puedan los adjudicatarios descargar el material y realizar las actuaciones encaminadas para su puesta en funcionamiento y decoración. No se permitirá la ocupación de la caseta mientras los operarios del Ayuntamiento están realizando las labores de montaje. Las entradas de vehículos al recinto ferial estarán restringidas a la vía de circulación y en horario anterior a la apertura del mercadillo.

BASE 13ª.- OTRAS DISPOSICIONES. 1. El adjudicatario que por motivos de fuerza mayor no pueda asistir a la feria debe avisar con 2 días de antelación al inicio de la misma. 2. El adjudicatario tendrá la obligación de mantener su caseta abierta durante el horario del evento. 3. En caso de abandonar la feria antes de su clausura, el Ayuntamiento podrá disponer de la caseta y cederlo a otro solicitante. En este supuesto quedará automáticamente excluido de poder participar en la anualidad siguiente. A tal efecto no deberá de concurrir circunstancia de fuerza mayor, para lo cual quedaría exonerado previa ponderación por parte de los órganos correspondientes. En el supuesto que el ajudicatario no acuda al mercadillo, dejando vacío el puesto que se había reservado para éste, facultará al Ayuntamiento para no admitir su participación en la anualidad siguiente. En este caso, el Ayuntamiento podrá disponer de la caseta y cederlo a otro solicitante. 4. El adjudicatario se hará responsable de las instalaciones de la caseta y del material contenido en las mismas, estando obligado a devolverlo en las mismas condiciones en las que se le entregó. 5. Los solicitantes se comprometen expresamente a no traspasar o ceder su caseta a otro titular distinto al solicitado en la instancia de presentación; si se incumpliese esta obligación se podrá cerrar la caseta. Si se diera el caso de que algún establecimiento beneficiario tuviera que renunciar a una caseta que se le adjudique, no podrá en ningún caso traspasarla, sino que deberá comunicarlo al Ayuntamiento para que su espacio sea adjudicado nuevamente, sea ocupado por el correspondiente de la lista de espera. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en estas bases facultará al Ayuntamiento para incautar la fianza deposita por el adjudicatario tras el sorteo y que será de 100 euros. A la finalización de la iniciativa, se comprobará por los técnicos que las casetas se encuentran en las mismas condiciones que fueran entregadas, lo que conllevará que se pueda solicitar ante el Ayuntamiento el reintegro de la fianza por parte de los adjudicatarios. BASE 14ª.- MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA DATOS DEL SOLICITANTE Apellidos y nombre: DNI/CIF: Provincia: Teléfono: En representación de la empresa/ asociación: DNI/CIF: Provincia: Teléfono: Solicita participar en el Mercadillo de la Navidad que se celebrará desde el 18 al 24 de diciembre de 2015. Productos/ servicios que se ofrecerán de carácter navideño: PARA INGRESO DEL IMPORTE DE LA FIANZA: IBAN ES28 3005 0017 3711 3874 3222 (CAJA RURAL CENTRAL ) Guardamar del Segura, de de 2015 Firma:

BASE 15ª.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. Apellidos y nombre: DNI/CIF: Provincia: Por la presente declaro que cumplo con los requisitos a los que se refiere la Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial en su modalidad de no sedentaria, que dispongo de la documentación que lo justifica y que asumo el compromiso de mantener su cumplimiento durante todo el tiempo de vigencia de la autorización, así como me encuentra dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del pago de los impuestos tributarios con el Ayuntamiento de Guardamar del Segura. Guardamar del Segura, de de 2015 CONCLUSIONES Firma: Vistos los antecedentes, es del parecer del informante: Único.- Que se aprueben las bases recogidas en el presente informe para regular el Mercadillo de Navidad de Guardamar del Segura para el año 2015. Lo que se informa a los efectos oportunos. En Guardamar del Segura. Y es por lo que he resuelto dictar el siguiente DECRETO: Primero.- Aprobar las Bases reguladoras del Mercadillo de Navidad de Guardamar del Segura para el año 2015, contenidas en el informe del Técnico de Desarrollo Local-AFIC. Segundo.- Hacer públicas las mismas para el conocimiento de los interesados a través de la página web municipal: www.guardamardelsegura.es. Lo dispone el Sr. Alcalde-Presidente, D. José Luis Sáez Pastor, y CERTIFICA con firma digital reconocida, D. José Luis Vicedo Rubio, Secretario General del Ayuntamiento del Guardamar del Segura, utilizando ambos la firma electrónica reconocida, regulada en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. //FIRMADO DIGITALMENTE// En Guardamar del Segura.