REGLAMENTO GENERAL PARA LAS LICENCIATURAS DE FILOSOFÍA Y PEDAGOGIA EN MODALIDAD NO ESCOLARIZADA



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Transcripción:

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS LICENCIATURAS DE FILOSOFÍA Y PEDAGOGIA EN MODALIDAD NO ESCOLARIZADA UNIVERSIDAD ABIERTA DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS LIBRES Noviembre del 2014

Capítulo I. Disposiciones generales Art. 1 Las actividades académicas y administrativas de las licenciaturas de Filosofía y Pedagogía modalidad No Escolarizada, con validez oficial según los acuerdos de la SEP números 00933752 y 00933753 respectivamente, quedan normadas por el «Reglamento General» de la Universidad Panamericana y el Reglamento de la Facultad de Filosofía y Ciencias Sociales de la Universidad Panamericana y, dadas las peculiaridades del Sistema Abierto, también se rige por las especificaciones contenidas en este reglamento. Art. 2 La Universidad Panamericana cuenta con el Sistema de Universidad Abierta que en el Departamento de Estudios Libres presta sus servicios a quienes desean realizar estudios a nivel licenciatura en la modalidad No Escolarizada. Art. 3 La Universidad Abierta se organiza de acuerdo con sus tres ciclos escolares por año enunciados en sus planes de estudio. Art. 4 Las inscripciones y re-inscripciones se realizarán de acuerdo a las fechas que indique el Departamento de Estudios Libres. Para tener derecho a cursar materias, realizar exámenes o recibir asesorías durante el ciclo escolar correspondiente, se requiere del pago de inscripción dentro del periodo especificado. No se aceptarán inscripciones o reinscripciones extemporáneas. Capítulo II. De las admisiones Art. 5 Las licenciaturas en modalidad No Escolarizada atienden a personas que cumplen con los siguientes requisitos académicos y administrativos, además de los establecidos en el Reglamento General de la Universidad: a) Tener 23 años para la Licenciatura abierta en Pedagogía y 25 años para la Licenciatura abierta en Filosofía, como edad mínima para quien no cuenta con estudios de nivel superior o ser estudiante de licenciatura con 70% de los créditos cursados. La excepción a esta normativa debe ser aprobada por las autoridades competentes. b) Presentar y aprobar examen de admisión. 2

c) Realizar una entrevista con el Coordinador Académico, el Coordinador de Asuntos Estudiantiles o el Coordinador de Admisiones. d) Entregar formato de inscripción y recabar firmas y sellos correspondientes, previa firma del alumno. Los alumnos que estudian en la modalidad en línea, también deben enviarlo. e) Presentar la documentación requerida por el Departamento de Servicios Escolares en las fechas establecidas por la Coordinación Académica. La documentación incluye: Para ciudadano mexicano: a. Acta de nacimiento original con una copia. b. Certificado de Bachillerato original con dos copias. (Este certificado debe estar legalizado en caso de que la escuela que lo emitió esté incorporada a la Universidad Autónoma o a la Secretaría de Educación de algún estado de la República Mexicana). c. Dos fotografías tamaño credencial ovalado en blanco y negro (adheribles). d. Copia del CURP ampliado al 150%. Para ciudadanos extranjeros: Solicitar el documento con todas las indicaciones necesarias. Para alumnos que ingresan con equivalencia, residentes en México: a. Acta de nacimiento original con una copia. b. Certificado de Bachillerato original con dos copias. (Este certificado debe estar legalizado en caso de que la escuela que lo emitió esté incorporada a la Universidad Autónoma o a la Secretaría de Educación de algún estado de la República Mexicana). c. Dos fotografías tamaño credencial ovalado en blanco y negro (adheribles). d. Copia del CURP ampliado al 150%. e. Certificado parcial de estudios de licenciatura con dos copias. f. Copias de los programas de estudios avalados por la Institución de origen. g. Comprobante de pago por trámite de equivalencia. Para los extranjeros en sistema en línea, no existe la posibilidad de hacer equivalencia. Art. 6 La admisión de los aspirantes a las licenciaturas No Escolarizadas del Departamento 3

de Estudios Libres estará determinada por el Comité de Admisiones y su decisión será inapelable. Capítulo III. Del Plan de Estudios Art. 7 Los planes de estudio se encuentran divididos en bloques disciplinarios, los cuales se deben cubrir en el orden siguiente: básico, intermedio y profesional. Art. 8 En el bloque profesional existe un número determinado de materias obligatorias, incluyéndose algunas materias optativas, que deberán acreditarse según el plan de estudios correspondiente. Art. 9 Cada materia tiene un número determinado de créditos que corresponden al grado de dificultad y a la amplitud temática de la materia en cuestión. Para acreditar la licenciatura se deberá aprobar el 100% de los créditos que integran a cada plan de estudios. Capítulo IV. De la inscripción y acreditación de materias Art. 10 El tiempo máximo para completar el 100% de créditos de la licenciatura es de 6 años conforme al Art. 24 del Reglamento General de la Universidad Panamericana y el tiempo mínimo es de 2 años. Se consideran ciclos escolares activos, aquéllos en los que el alumno cursa materias o en los que no se dio de baja temporal. Art.11 Para la inscripción de materias es necesario considerar que: 1. El número mínimo de créditos que deberá cursar el alumno por ciclo escolar es de 3 y el número máximo es de 57 créditos. 2. Un alumno podrá inscribir materias de un bloque disciplinario superior sólo si ha cubierto más del 60% de créditos del bloque inmediato anterior correspondiente a su plan de estudios. En el caso de inscribir materias para el bloque profesional, debe estar cubierto, además, el 100% del bloque básico. 4

3. La Coordinación Académica del Departamento de Estudios Libres indicará las fechas únicas para realizar los trámites de inscripción de materias. Fuera de este periodo, las solicitudes de inscripción a materias, se deberán programar para el siguiente ciclo escolar. Es deber del alumno proceder a darse de baja temporal del ciclo en el que no inscribirá materias, para que no le cuente como oportunidad. En caso de que un alumno se inscriba a una materia y no la concluya, contará como una oportunidad. 4. El alumno podrá inscribirse simultáneamente a varias materias, respetando el mínimo y máximo de créditos establecidos por ciclo escolar. 5. Para que un alumno pueda ser inscrito a un ciclo escolar, es indispensable no tener saldo vencido en su estado de cuenta. 6. Si un alumno no desea inscribir materias durante el siguiente ciclo escolar, deberá hacer el trámite de baja mediante la firma del formato correspondiente. En caso de no realizarse, el ciclo escolar se contabiliza como activo para efectos del artículo 10 de este Reglamento. Art. 12 Para la acreditación de materias es necesario considerar que: 1. Las materias deberán ser acreditadas en los periodos establecidos a cada ciclo, de acuerdo con el calendario escolar del Departamento de Estudios Libres. 2. Los alumnos en la modalidad semipresencial deberán cumplir con 80% de asistencia a las asesorías para tener derecho a evaluación. De no cumplir con este requisito, reprobarán la materia y será necesario volver a cursar la materia y realizar el pago correspondiente. Para los alumnos en modalidad en línea, será necesario cumplir con 80% de la participación en los espacios de comunicación de la plataforma que son obligatorios. 3. La evaluación presupone, por parte del alumno: estudio del contenido, trabajo de las guías o del curso en línea y la comunicación con el asesor. Normalmente, todas las materias serán evaluadas de acuerdo a las siguientes evidencias de aprendizaje y los 5

porcentajes que se sugieren, a reserva de que el asesor indique algo diferente al inicio del curso: - Evaluación formativa de la materia y asesorías (guías o curso en línea): 30% - Trabajo final de la materia: 30% - Examen final de la materia: 40% 4. La calificación mínima aprobatoria en el nivel de licenciatura será de 6.0 (seis punto cero), dentro de una escala de cinco a diez expresada con un decimal. 5. El alumno será reprobado de manera inmediata con 5.0 si es sorprendido en una acción de plagio y será sancionado con Deshonestidad Académica (DA). Si el alumno junta tres DA será dado de baja definitiva de la licenciatura en curso. Se considera plagio: Copiar en un examen. Realizar un trabajo sin aparato crítico (citas, notas y referencias), en el sistema acordado con el asesor (APA, MLA, ISO, Harvard, Chicago, etc.) Presentar un trabajo o ideas del trabajo como propias que se encuentran en diversas fuentes. En caso de plagio, en examen o trabajo, serán sancionados todos los involucrados. 6. El alumno tiene un máximo de tres oportunidades para cursar y acreditar una materia, de no acreditarla procederá baja definitiva. Art. 13 Ningún alumno podrá cursar materias si no está oficialmente inscrito en la misma. Art. 14 El alumno podrá dar de baja solamente materias en las fechas determinadas por la Coordinación Académica y deberá solicitarlo, por escrito, en tiempo y forma. Fuera de este periodo, se causarán cargos en caja y contará como oportunidad cursada. Art. 15 Los alumnos podrán solicitar revisión de calificaciones y de las evidencias de evaluación presentadas en un plazo no mayor de tres días hábiles, a partir del momento en que conozcan su calificación, la cual deberá consultarse en el sistema. Ésta aparecerá tres días hábiles después del último día de clase. La petición se realizará únicamente a través del Coordinador de Asuntos Estudiantiles. Si después de haber realizado la revisión de su calificación, el alumno no quedara satisfecho con la decisión del profesor, el caso se turnará 6

al jefe de área correspondiente quien deliberará con base en las evidencias (exámenes, trabajos y actividades) y dará una calificación final -superior o inferior a la anterior- que será inapelable. Capítulo V. De la asesoría académica Art. 16 La asesoría académica constituye el elemento nuclear de la metodología propia del Sistema Abierto de la Universidad Panamericana. Art. 17 Las asesorías en la modalidad semipresencial se llevarán a cabo en las fechas y horas programadas por la Coordinación de Académica del Departamento. Los horarios programados serán publicados en la plataforma. Una vez elegido el horario para la materia no se aceptarán cambios. Art. 18 Es obligación del alumno preparar el material de estudio asignado para la asesoría académica; que consta de las lecciones de cada tema, las actividades de aprendizaje y de autoevaluación. Durante la asesoría, el alumno podrá: a. Aclarar dudas sobre los temas estudiados. b. Revisar sus actividades de aprendizaje y autoevaluaciones. c. Solicitar ampliación de un tema. d. Pedir realimentación sobre técnicas de estudios y aspectos metodológicos de la materia. En caso de que el alumno no tenga preparado el material de la guía, el profesor dará la asesoría por vista, sin posibilidad de reposición. Capítulo VI. De las becas Art. 19 El alumno podrá solicitar beca cubriendo los siguientes requisitos: a) Llenar solicitud de beca proporcionada por el Departamento de Estudios Libres, adjuntando los documentos solicitados b) Pagar el estudio socioeconómico. c) Presentar promedio mínimo de 8.0 en el nivel de estudios inmediato anterior a la licenciatura. 7

d) Presentar en el Departamento de Becas: solicitud de beca, documentos, pago de estudio socioeconómico, certificado de preparatoria con promedio mínimo de 8.0. Con los resultados arrojados en el estudio socioeconómico y en la solicitud, el Comité de Becas de Estudios Libres determinará si se otorga o no un porcentaje de beca y el monto a otorgar tomando en cuenta el presupuesto aprobado para becas. La decisión será inapelable. Art. 20 Las condiciones para conservar la beca serán las siguientes: a. No reprobar ninguna materia. b. Cursar al menos una materia por ciclo escolar, de manera continua. c. Conservar un promedio igual o superior a 8.5 acumulado- a lo largo de los ciclos escolares siguientes. d. No presentar saldo vencido en su estado de cuenta. Art. 21 El alumno al que le sea revocada la beca por cualquiera de las razones anteriores, perderá la oportunidad de solicitar beca nuevamente. Capítulo VII. De la titulación Art.22 Es indispensable haber cubierto las 480 horas de Servicio Social, para liberar el trámite e iniciar el proceso de titulación. Art. 23 Las opciones para la obtención del título de licenciatura dependen del programa de estudios: Licenciatura No Escolarizada en Filosofía: 1. La única opción para obtener el título será la elaboración de un proyecto de tesis y su réplica mediante un examen profesional ante el sínodo presencial o a distancia, elegido para este fin. Licenciatura No Escolarizada en Pedagogía: 1. Elaboración de un proyecto de tesis y su réplica mediante un examen profesional ante el sínodo elegido para este fin. 8

2. Examen general de conocimientos CENEVAL. 3. Estudios de posgrado con RVOE (revisar las universidades autorizadas por la UP para este fin). Art. 24 La mención honorífica podrá otorgarse a los estudiantes cuyo promedio sea igual o superior a 9.0. Art. 25 Los alumnos que requieran carta de pasante podrán solicitarla al concluir el 100% de los créditos de acuerdo al plan de estudios. Capítulo VIII. De las medidas académicas y administrativas Art. 26 El alumno será dado de baja temporal cuando: 1. No haya inscrito materias en algún ciclo escolar. 2. En caso de no entregar los documentos solicitados en el departamento de Servicios Escolares. 3. Acumule tres materias o más con calificación reprobatoria en un mismo bloque, no podrá continuar sus estudios, hasta que acredite por completo ese bloque. 4. Cuando el alumno no firme la aceptación de la tira de materias del ciclo que le corresponde serán dadas de baja automáticamente en el sistema. 5. Cuando acumule un saldo vencido superior a dos colegiaturas y si no cumple sus adeudos según lo establecido en el Art. 157 del Reglamento General. Art. 27 El alumno será dado de baja definitiva cuando: 1. Incurra 3 veces en baja temporal. 2. No acredite una o más materias en las tres oportunidades a las que tiene derecho. 3. Se cometan faltas académicas, administrativas o disciplinarias que a consideración del Comité Directivo de la Facultad de Filosofía y Ciencias Sociales sean graves. 4. Si se entregan documentos apócrifos al Departamento de Servicios Escolares. 5. Tratándose de alumnos que lleven cursados el 50% de créditos de la licenciatura o más, e incurran en baja definitiva, el Comité Directivo de la Facultad de Filosofía y 9

Ciencias Sociales podrá analizar el caso y permitir o no, la continuación de sus estudios. 6. Por incumplimiento de las disposiciones administrativas o económicas, según los lineamientos de la Secretaría Administrativa. Art. 28 El alumno debe acatar en todo momento las disposiciones de las autoridades y cuerpo docente de la Universidad y conducirse en las instalaciones y fuera de ellas, con una conducta acorde a los fines y valores señalados en el Reglamento General de la Universidad Panamericana. Art. 29 El alumno tiene la obligación de revisar los avisos y calendarios del Departamento de Estudios Libres y de la Facultad de Filosofía y Ciencias Sociales, a través de la cuenta del correo institucional y los recursos tecnológicos: consulta de horarios, estado de cuenta y calificaciones. Es responsabilidad del alumno dar aviso por correo electrónico al Departamento de Estudios Libres, sobre algún cambio de datos personales como: correo electrónico, teléfonos o dirección. Art. 30 Toda circunstancia no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Comité Directivo de la Facultad de Filosofía y Ciencias Sociales, quién determinará la manera de proceder. 10