GESTIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO



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GESTIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO - D. GRAL. DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA Última modificación: 22-04-2015 Finalidad Formalizar administrativamente los cambios en la titularidad de los derechos de pago básico mediante alegaciones y cesiones. Destinatarios Cualquier persona física o jurídica o agrupaciones de personas físicas o jurídicas con capacidad legal para la transmisión de derechos de pago básico. Plazo de presentación Del 1 de marzo de 2015 al 15 de mayo de 2015, y años sucesivos, entre el 1 de noviembre del año correspondiente y el fin del plazo de solicitud de la campaña siguiente al de inicio. Requisitos Tener capacidad legal para la transmisión de derechos de pago básico. Documentación Documento en virtud del cual se transfiera el derecho de pago básico, conforme a los artículos 17, 18, 19, 28, 29 y 30 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos del régimen de pago básico del régimen de la política agraria comunitaria, y documentación prevista en los Anexos III y IV del mismo Real Decreto.

DOCUMENTACIÓN COMÚN: Fotocopia compulsada del NIF del Receptor y del Titular. En caso de personas jurídicas o agrupaciones de personas físicas: Acreditación de poder suficiente del representante legal. Fotocopia compulsada del NIF del representante legal. Documento fehaciente de constitución de la entidad. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA: MODELO 1. Causa de fuerza mayor o circunstancia excepcional. - Certificado de defunción, denuncia de desaparición, declaración de ausencia, o declaración de fallecimiento. Certificado de TGSS de incapacidad. Declaración de zona catastrófica. Certificado compañía seguros u otro documentación oficial. - Certificado de los servicios veterinarios que justifique la muerte o sacrificio de animales por epizootia alegada. - Certificado de los servicios de sanidad vegetal que acredite la afectación de la plaga o enfermedad alegada. - Documento que acredite la expropiación y fecha de comunicación de la misma. - Liquidación de seguro de responsabilidad civil de la entidad colaboradora y declaración jurada de la omisión por parte de esta. MODELO 2. Comunicación de compraventa total o parcial de explotación entre 16/05/2013 y 15/05/2015.

Escritura pública o contrato privado de compraventa liquidado de impuestos. MODELO 3. Comunicación de arrendamiento total o parcial de explotación entre 16/05/2013 y 15/05/2015. Escritura pública o contrato de arrendamiento de tierras liquidado de impuestos. MODELO 4. Comunicación de finalización de arrendamiento total o parcial de explotación entre 16/05/2013 y 15/05/2015. Escritura pública o contrato de arrendamiento de tierras liquidado de impuestos. Documento justificativo del fin del arrendamiento de tierras. MODELO 5. Comunicación por herencia 16/05/2013 y 15/05/2015. Certificado de defunción. Testamento o declaración de herederos o escritura de partición de herencia. Contrato de arrendamiento. (Fallecido arrendatario). Nuevo contrato de arrendamiento. (Heredero arrendatario). MODELO 6. Comunicación de Jubilación a familiar de primer grado o por programa de cese anticipado o incapacidad laboral permanente de la actividad agraria entre 16/05/2013 y 15/05/2015. Resolución de jubilación o incapacidad de la TGSS. Resolución de programa de cese anticipado. MODELO 7. Comunicación de Escisión de persona jurídica o entes sin personalidad jurídica entre 16/05/2013 y 15/05/2015. - Escritura pública de disolución o documento justificativo de la escisión de la sociedad. MODELO 8. Comunicación de Fusión de persona física o jurídica en persona jurídica o entes sin personalidad jurídica entre 16/05/2013 y 15/05/2015.

Escritura pública de la nueva sociedad. Documento justificativo de la nueva fusión. MODELO 9. Comunicación por Cambio de denominación o de estatuto jurídico entre 16/05/2013 y 15/05/2015. jurídico. - Escritura pública de transformación o documento justificativo del cambio de estatuto MODELO 10. Comunicación por Cambio de titularidad entre cónyuges en régimen de gananciales o en régimen de titularidad compartida entre 16/05/2013 y 15/05/2015. - Certificado de no haber otorgado capitulaciones matrimoniales de separación de bienes. IMPORTANTE: Para el caso de los modelos 2, 3 y 4, los contratos celebrados entre el 16 de mayo de 2014 y el 15 de mayo de 2015 que se adjunten a la solicitud, deben llevar contenida o, en su caso, anejada la cláusula que corresponda, dispuestas en los artículos 20 y 21 del Reglamento Delegado (UE) Nº 639/2014 de la Comisión. Asimismo, para el caso de los modelos 2, 3, 4 y 6, en los que el cesionario no cumpliera el requisito establecido por el artículo 24. 1 b) del Reglamento 1307/2013 de 17 de diciembre, relativo a la percepción del algún pago directo en la campaña 2013 (la llamada llave ), será necesario la aportación, junto con la solicitud, de documento firmado por cedente y cesionario mediante la cual se transmita el cumplimiento de dicho requisito. (Firma de la cláusula contractual contemplada en el artículo 24.8 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo). * La relación de documentos indicada tiene valor orientativo y está sujeta a actualizaciones siendo de aplicación, para la resolución de las solicitudes, lo dispuesto por el artículo 78.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Normativas Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos del régimen de pago básico del régimen de la política agraria comunitaria (B.O.E. nº 307, de 20-12-2014) Resolución Dirección General de Política Agraria Comunitaria. Plazo normativo para resolver Tres meses. Efecto del silencio administrativo Desestimatorio Impugnación vía administrativa La resolución de la DG de PAC no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución que se quiere impugnar.

Más información Las Comunicaciones a la Administración de las transmisiones de derechos de pago básico se podrán llevar a cabo a través de la Iniciativa ARADO, para la campaña 2015 en el tramite de Alegaciones a la Asignación de derechos de Pago Básico y las consultas de los datos de cada beneficiario a través de LABOREO. Órgano gestor D. GRAL. DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA AVDA. LUIS RAMALLO, S/N. 06800 MERIDA dgpac.marpat@gobex.es 924002159