"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo"



Documentos relacionados
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional frente a la Crisis Externa"

Secretaria Técnica del Fondo de InverSlon en Telecomunlc,), ".l~";

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional frente a la Crisis Externa"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional frente a la Crisis Externa"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru" "Ano de la Union Nacional Frente a la Crisis Externa"

ACUERDO DE CONCEJO No. 015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MARIANO MELGAR

DE AYACUCHO. Conste por el presente documento, el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional

Anexo. Resolución OSINERGMIN Nº OS/CD

1.3 EL OPERADOR ha solicitado el reemplazo de las localidades afectadas por otras nuevas en lugares donde no existan tales problemas.

El presente Convenio Especifico se celebrará y ejecutará en concordancia con el marco normativo vigente y, en particular, por las siguientes normas:

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

ADENDA AL CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE LÍNEA DE CRÉDITO DE CONSUMO

CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA SENATI EMPRESA PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DE TÉCNICOS

EL CONTRATO se celebra en los términos y condiciones que se especifican en las siguientes cláusulas:

"Afio del Buen Servicio al Ciudadano" ADENDA DE MODIFICACI6N DEL CONTRATO DE INVERSI6N CELEBRADO CON HIDROELECTRICA MARAN6N S.R.L.

ADENDA DE MODIFICACiÓN DEL CONVENIO DE ESTABILIDAD JURíDICA CELEBRADO CON CONSORCIO HOTELERO GLOBAL DEL PERÚ S.A.C.

ACTA DE COMPROMISO DEL CONCURSO NACIONAL DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE LARGOMETRAJE

Señor Notario: PRIMERA ANTECEDENTES

f!!!jndum N" 2 al Contratode Financiamientode la OperaciOn:

1.1 Con fecha 08 de enero de 2011, se suscribió el Contrato entre la Concesionaria y el Concedente.


Agencia de Promoción de Economía y Finanzas de la trwersión Privacla -- , -;-~-:e. 11Año del Buen Servicio al Ciudadano 11

DECRETO SUPREMO Nº EF

Parte, el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PUBLICO

Anexo. Resolución OSINERGMIN Nº OS/CD

RESOLUCIÓN QUE IMPONE MC N EXPEDIENTE EMPRESA INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS SITUACIÓN ACTUAL

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO Y EL INSTITUTO DE INGENIEROS DE MINAS DEL PERÚ


CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA

PERÚ CONVENIO N VIVIENDA

CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y EL GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

X INGEMMET ICGC SECTOR ENERGÍA YMINAS CLAUSULA PRIMERA: DE LOS ANTECEDENTES CLAUSULA SEGUNDA: DE LAS PARTES. de Catalunya

1.1 Con fecha 26 de abril de 2001, se suscribió el Contrato entre la Sociedad Concesionaria y el Concedente.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA

1.1 Con fecha 20 de enero de 2014, se suscribió el Contrato entre el MINEM y el Operador del Proyecto

PLANES CONTROL MULTIDESTINO

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y del Reconocimiento de nuestra Diversidad"

Viceministerio de Transportes

: N GG-GPRC/CI. : Aprobación de Contrato de Interconexión

DOCUMENTO. Nº 215-GPRC/2013 Página: 1 de 11 INFORME : GERENCIA GENERAL

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INVERSIÓN CELEBRADO CON CONCESIONARIA LÍNEA DE TRANSMISIÓN CCNCM S.A.C.

CONVENIO MARCO DE COOPERACiÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Y LA UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA

CONTRATO Nº REGIÓN CALLAO ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS

DECRETO SUPREMO Nº MTC

I. CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

1.1 Con fecha 15 de enero de 1998, se suscribió el Contrato entre la Sociedad Concesionaria y el Concedente.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA BASES ADMINISTRATIVAS

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

DE LOS ANTECEDENTES. Pesquería y Zootecnia junto a sus respectivos Departamentos Académicos, además

Conste por el presente documento, el Convenio Marco de Cooperación

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA Y EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

PLAN DE DISTRIBUCIÓN LOCAL DE MATERIALES EDUCATIVOS Y FUNGIBLES DE EBR PARA EL BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR 2015

CLAUSULAS ADICIONALES DE PRECONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA VEHICULAR

CONVENIO DE ACCESO AL SISTEMA DEL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE VIVIENDA

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

Xesofución Viceministerial

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Y LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CAÑA - ANDAMAYO

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN

CONVENIO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS AMERICATEL NGN. Av. / Calle / Mz. / Lote Número Dpto. Urbanización

^\Avenida José Gálvez Barrenechea N 145, distrito de San Isidro, en adelante EL

RACSO, ENTRE EL INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR (IPEN) Y EL

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Y EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional frente a la Crisis Externa"

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

ADENDA DE MODIFIGAGI6N DEL GONTRATO DE INVERSI6N CELEBRADO CON MIRAGE HOLDING S.A.G.

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet a Plazo Determinado

CLÁUSULA TERCERA: DEL OBJETO

EMPRESA CINEMATOGRÁFICA

Aprueban modelo de contrato de estabilidad administrativa ambiental para la actividad minero-metalúrgica RESOLUCION MINISTERIAL Nº EM-VMM

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

CONTRATO DE SERVICIO DE RECAUDACIÓN

Fecha de actualización: 25 de junio de Nº Tema Contenido Ref.

CLÁUSULA PRIMERA: DE LOS ANTECEDENTES

ACTA DE COMPROMISO DEL CONCURSO NACIONAL DE PROYECTOS DE POST- PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJE

CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO PUBLICO Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARIA

CONTRATO- N CONTRATO DE USO_PILA INFRAESTRUCTURA DE SOPORTIELECTRICO DE ELECTRO SUR ESTE S.A.A. (ELSE) EN EL TRAMÓ: ESTACIÓN DE

Ministerio de Transportes y Comunicaciones PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL PROVIAS NACIONAL UNIDAD ZONAL X LIMA

SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. TELEFONO (503) Web:

EL ORGANISMO, LIC. CARLOS ACEVES AMEZCUA

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES Y EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Transcripción:

ADENDA AL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO "INTEGRACiÓN DE LAS ÁREAS RURALES Y LUGARES DE PREFERENTE INTERÉS SOCIAL A LA RED DEL SERVICIO MÓVIL - CENTRO NORTE" Conste por el presente documento la Adenda al Contrato de Financiamiento del Proyecto "Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil - Centro Norte" (en adelante EL CONTRATO), que celebran de una parte el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (en adelante FITEL), con Registro Único de Contribuyentes N 20514935590, con domicilio en Jr. Zorritos N 1203, Lima, debidamente representado por su Secretaria Técnica, Eco. Nora Gina del Pilar Tejada Vidal, identificada con D.N.!. N 08782351, designada mediante Resolución Ministerial N 166-2009-MTC/03, y de otra parte, la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.c., (en adelante EL CONTRATADO), registrada con R.U.C. N 20467534026, con domicilio en Avenida Carlos Villarán N 140, piso 11, Santa Catalina, La Victoria - Lima, debidamente representado por su GERENTE COMERCIAL, Sr. RODRIGO AROSEMENA RUIZ-HUIDOBRO, identificada con D.N.!. 08746546, quienes obran según los poderes mediante Acta de Junta General de Accionistas de fecha 06 de junio de 2010, inscritos en la Partida N 11170586, de la Oficina Registral de Lima, en los términos y condiciones siguientes: clausula PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 22 de febrero de 2011, se suscribió el contrato de financiamiento para la ejecución del proyecto "Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil - Centro Norte" entre el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones, en adelante FITEL y la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.c., en adelante EL CONTRATADO. 1.2 Mediante Oficio N AACC-11-256, del10 de octubre de 2011, EL CONTRATADO solicito la modificación de la cláusula 2.51 de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Contrato de Financiamiento. 1.4 Con Informe N 1647-2011-MTC/24, del 27 de noviembre de 2011, el Área de Supervisión de Proyectos de la Secretaría Técnica del FITEL opina debe aprobarse la modificación de la cláusula 2.5.1 de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del CONTRATO DE FINANCIAMIENTO. $ Mediante Informe N 1647-2011-MTC/24, del21 de noviembre de 2011, el Área de Supervisión de Proyectos de la Secretaría Técnica del FITEL propone que se ~.. incorpore el cobro de la penalidad en caso EL CONTRATADO incumpla con la disponibilidad del servicio durante el período de inversión..

"--~-"---------_.._-~_.. ------- - ~ Ministerio 1.5 Con Informe N 1778-2011-MTC/24, el Área Legal de la Secretaría Técnica del FITEL emite opinión favorable respecto de la solicitud de modificación de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. clausula SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENDA La presente Adenda tiene por objeto modificar el numeral 1.3.79 del Anexo 8 EL CONTRATO. Modificar los numerales 2.5.1 y 3.8.2, e incorporar el numeral 12.1.7 a las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS de EL CONTRATO e incorporar los numerales 2.11, 7.19 Y 16.1.7 a EL CONTRATO, con la finalidad de permitir que EL CONTRATADO pueda recibir contraprestación económica en el Período de Inversión por la prestación del servicio de telefonía móvil y no exista contradicción con los documentos que forman parte integrante del Contrato. clausula TERCERA: DE LA MODIFICACiÓN DEL ANEXO N 8 DEL CONTRATO Las partes acuerdan modificar el numeral 1.3.79 del Anexo N 8 de EL CONTRATO, el cual quedará redactado de la siguiente manera: 1.3.79 PUESTA EN OPERACiÓN: Es la fecha en la cual el CONTRATADO finaliza la ETAPA DE INSTALACiÓN. EL CONTRATADO acredita la PUESTA EN OPERACiÓN con la fecha de la suscripción de la última acta de instalación. A partir del día siguiente de la PUESTA OPERACiÓN, se dará inicio a la ETAPA DE PRUEBA. clausula CUARTA: DE LA MODIFICACiÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Las partes acuerdan modificar los numerales 2.5.1 y 3.8.2 de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS de EL CONTRATO, el cual quedará redactado de la siguiente manera: 2.5.1 Plazo El PROYECTO ADJUDICADO tiene dos (02) perradas: (... ) En caso el ADJUDICATARIO decidiera iniciar la prestación del servicio de telefonía fija en la modalidad de abonados durante el PERIODO DE INVERSiÓN, FITEL no aplicará penalidades asociadas al incumplimiento de la disponibilidad del servicio. En este supuesto, el ADJUDICATARIO sólo podrá recibir contraprestación económica durante el PERrODO DE OPERACiÓN. Para el caso de los servicios móviles, el ADJUDICATARIO puede iniciar operaciones en el PERrODO DE INVERSiÓN recibiendo por la prestación de dicho servicio una contraprestación económica, siendo aplicable las enalidades asociadas al incum limiento de la dis onibilidad del servicio.

3.8.2 Durante el PERrODO DE OPERACI N, el ADJUDICATARIO está obligado a cumplir con la prestación del servicio de manera continua e ininterrumpida, sujetándose a lo establecido en las BASES. Para el cálculo de la disponibilidad de la red, FITEL otorgará al ADJUDICATARIO un margen de ochenta y cuatro (84) horas en forma semestral, continuas o alternadas, en las cuales no se contabilizará la disponibilidad de la red. Sólo en caso de iniciar la prestación del servicio móvil durante el PERrODO DE INVERSiÓN, se realizará un cálculo de disponibilidad en forma proporcional al tiempo de operación de cada Estación Base (BTS) durante este período. La disponibilidad del servicio durante el PERrODO DE INVERSiÓN se calculará por cada estación bases (BTS) de la siguiente forma: T = TI*84 /6 *30 En donde: TI= Período de Funcionamiento BTS (expresado en días) T = Tolerancia (Horas) El ADJUDICATARIO debe acreditar las interrupciones que se produzcan por alguna de las siguientes causales: i) Caso fortuito o fuerza mayor. ii) Mantenimiento y mejoras tecnológicas. iii)c ircunstancias fuera del control del ADJUDICATARIO. En los casos de mantenimiento y mejoras tecnológicas, el ADJUDICATARIO deberá comunicar la interrupción al FITEL y a sus ABONADOS con una anticipación no menor de siete (07) DrAS. En caso que la interrupción por mantenimiento y mejoras tecnológicas supere los doscientos cuarenta (240) minutos, el ADJUDICATARIO devolverá o dejará de cobrar el excedente a dichos doscientos cuarenta (240) minutos, en tanto dure la interrupción. En los casos imprevistos, que pueden ser por caso fortuito o fuerza mayo. mantenimientos correctivos de emergencia u otras circunstancias fuera de control del ADJUDICATARIO, éste deberá comunicar al FITEL la ocurrencia de dichos eventos, dentro de los cinco (05) DrAS siguientes de producido el evento. "b ll d, Además, las partes acuerdan incorporar el numeral "~"I/ /le ~ TÉCNICAS de EL CONTRATO, siendo estos los siguientes:.!l o'..

., Ministerio ~ 12. INFORMACION SOLICITADA AL ADJUDICATARIO 12.1 RELACIONADA CON EL PERrODO DE INVERSiÓN (... ) 12.1.7 El ADJUDICATARIO remitirá al FITEL el formato de reportes de interrupciones para el cálculo de Disponibilidad (Apéndice 7) de los servicios móviles, en el plazo de veinte (20) días, plazo que se contabilizará a partir del inicio del PERrODO DE OPERACiÓN. Al presente caso resulta a aplicable lo previsto en los numerales 12.2.3, 12.2.4, 12.2.5 Y 12.2.6 de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. clausula CUARTA: DE LA MODIFICACIÓN DE EL CONTRATO Las partes acuerdan incorporar los numerales 2.11, 7.19 Y 16.1.7 de EL CONTRATO, el cual quedará redactado de la siguiente manera: CLAUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES (... ) 2.11 TI: Perrada de funcionamiento de la BTS durante el PERrODO DE INVERSiÓN. Es un sub período dentro del PERrODO DE INVERSiÓN, en el cual EL CONTRATADO está facultado para brindar el servicio móvil, pudiendo realizar cobros por dicho servicio. También podrá brindar el servicio de telefonía fija en la modalidad de abonados pero sin realizar cobro alguno por dicho servicio. El TI está expresado en días y se calcula de la siguiente forma: TI= Fecha de Inicio del PERIODO DE OPERACiÓN - Fecha de la uesta en funcionamiento de la BTS EL CONTRATADO deberá informar al FITEL en el plazo de quince (15) días hábiles el inicio de operaciones de cada una de las Estaciones Base (BTS), plazo que se computará desde que éstos comiencen a operar. t Asimismo, EL CONTRATADO deberá indicar también la fecha de inicio del PERrODO DE OPERACiÓN, en el supuesto que requiera adelantar dicho período, caso contrario se considerará la fecha del plazo máximo de doce (12) meses contados desde la FECHA DE CIERRE. -----_,....tiól---

16.1 Penalidades por incumplimiento dentro del PER 000 DE INVERSI N (... ) 16.1.7 En caso EL CONTRATADO supere el margen de tolerancia de indisponibilidad del servicio durante el PERrODO DE INVERSiÓN, calculada por cada estación bases (8TS), conforme lo establece el numeral.3.8.2 de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, el FITEL impondrá una penalidad en la misma proporción a las penalidades establecidas durante el PERrODO DE OPERACiÓN. La penalidad se calculará por cada estación base (8TS): La penalidad que será aplicada se calcula de la siguiente forma: P= 1 UIT*TI/(6*30) En donde: P = Penalidad (Soles) TI= Perrada de Funcionamiento 8TS CLAÚSULA CUARTA: INTEGRIDAD DE LAS DEMÁS clausulas Las partes dejan expresa constancia que los demás términos y condiciones de EL CONTRATO mantienen su plena vigencia. Suscrito en la ciudad de Lima, con fecha \ 6 de diciembre de 2011 en dos (02) ejemplares de igual valor. Kodrigo Aroseme1\8 Director Comercial América MóVil Perú S.A.C.

Apéndice 7 Formato de Reporte de Interrupciones para el Cálculo de Disponibilidad: CeIlID. Fecha de la Región (*) Provincia Distrito localidad interrupción Hora de inicio de la Interrupción Tiempo que duró la Interrupción Tiempo que el ADJUDICATARIO solicita descontar por término de la distancia, casos fortuitos, etc. (* *) Origen de la Interrupción (*) CeIlID: Identificador de Celda (* *) Su aceptación requiere ser sustentada