PLIEGO NO APTO PARA COTIZACION SOLO LECTURA ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES



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Transcripción:

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES 1. ALCANCE. 1.1. Generalidades. 1.2. Requisitos obligatorios del Contratista. 1.3. Consultas Técnicas. 2. MANTENIMIENTO. 2.1. Generalidades. 2.2. Trabajos a ejecutar. 2.3. Responsabilidad del Contratista. 2.4. Seguimiento de los trabajos. 2.5. Calidad y control de los materiales. 3. GARANTIA. 4. LIMPIEZA. INDICE 5. VISITA ASCENSORES, MONTACARGAS Y SALA DE MAQUINAS.

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE EQUIPOS DE ELEVACION EDIFICIO EX ADUANA 1. ALCANCE. 1.1. GENERALIDADES. Se solicita cotización para la provisión de MATERIALES, MANO DE OBRA Y HERRAMIENTAS, para el Mantenimiento Integral de los equipos de elevación, cuatro (4) ascensores para uso público, un (1) ascensor para uso privado y un (1) montacargas; ubicados en el Edificio Ex Aduana, sito en Av. Belgrano N 328 de esta ciudad. El Contratista deberá realizar el mantenimiento por un precio global total, divisible en partes iguales por el periodo de Contratación (12 meses), es decir que se cotizará por el mismo precio cada mes calendario, independiente de las posible variaciones en el volumen o características de los trabajos de mantenimiento integral realizados en cada periodo. El precio contratado, incluirá todos los conceptos e insumos necesarios para realizar el servicio: Mano de obra, herramientas, utensilios, maquinarias, pinturas, productos de limpieza, gastos de traslado, fletes, viáticos, seguros, y toda clase de obligaciones laborales y previsionales en vigencias o a crearse durante el periodo de contratación, quedando la Municipalidad de Rosario expresamente liberada de toda responsabilidad en tal sentido respecto del personal que trabaje en el servicio contratado. Los pagos correspondientes a los trabajos de Mantenimiento Integral, serán efectuados a partir de FACTURAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS, confeccionadas por el Contratista y aprobadas por la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento, Municipalidad de Rosario, los cuales definirán oportunamente los mecanismos para la verificación y certificación de la calidad y cantidad de los trabajos realizados. Para lo cuál el Contratista deberá proveer la totalidad de la mano de obra, seguros, materiales, equipos, herramientas y componentes necesarios a tal fin, en un todo de acuerdo a las especificaciones del presente pliego, y las instrucciones que imparta al respecto la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento, Municipalidad de Rosario. 1.2. Requisitos obligatorios del Contratista. A los efectos de poder participar en el presente Acto Licitatorio, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por las Ordenanzas N 6035/95, 6345/97, 6575/98, 6742/99 y su Decreto Reglamentario N 12.333. 1.3. Consultas Técnicas. Todas las consultas técnicas y verificación de las condiciones y alcances de los trabajos de mantenimiento integral a realizar deberán remitirse, antes de cotizar, a la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Avda. Belgrano N 328, 4 piso, Edificio ex Aduana. Teléfono: (0341) 4802 412 de lunes a viernes de 8 a 14 hs. e-mail proyarq @ rosario. gov. ar. Todos los oferentes deberán presentar con carácter de Declaración Jurada donde manifiesten haber realizado una visita de los ascensores, montacargas y sala de máquinas para verificar las características y condiciones de las tareas a realizar, renunciando a todo derecho a reclamo posterior por desconocimiento del lugar y de las condiciones de trabajo. SE CONSIDERA CONDICIÓN EXCLUYENTE LA NO VISITA DE ASCENSORES Y SALA DE MAQUINAS. 2. MANTENIMIENTO. 2.1. Generalidades. El Contratista estará a cargo de la Conservación y el Mantenimiento integral mensual según Ordenanza Municipal durante el período de 12 meses. Todas las novedades quedarán registradas en los Libros de ordenes de servicios, notas de pedidos y de Registro Técnico correspondiente, especificando claramente las causas de cada desperfecto, cuando lo hubiere, y la tarea realizada. NOTA IMPORTANTE: Entiéndase por Mantenimiento integral de los equipos de elevación como: la prestación del servicio de mantenimiento conforme a lo estipulado por Ordenanza N 6035/95, 6345/97, 6575/98, 6742/99 y Decreto Reglamentario N 12.333, debiendo realizar toda reparación necesaria, independientemente de la causa que produzca el desperfecto, para garantizar el buen funcionamiento de los equipos, tal el estado en que se encuentran los mismos en el momento de la toma de servicio, estando a cargo de la Contratista todo costo de materiales y mano de obra que dicha tarea demande.

2.2. Trabajos a ejecutar. Los trabajos a ejecutar serán los de Mantenimiento que exige las Ordenanzas N 6035/95, N 6345/97, 6575/98, 6742/99 y su Decreto Reglamentario N 12.333 y demás Ordenanzas vigentes. Tomará conocimiento del lugar y condiciones en que trabajarán los equipos, teniendo en cuenta que están ubicados en un lugar público, no pudiendo eludir sus responsabilidades por esta ni por ningún otro tipo de situaciones. Además de las reparaciones y reemplazos de todos los elementos que se deterioren o falten, tales como teclas y lámparas de botoneras, iluminación de cabinas, leds de los pesadores, baterías y lámparas luces de emergencias, espejos, pintura de puertas y cabinas (2 veces en el año), componentes de los tableros de maniobra, protecciones, etc.. El Contratista deberá ejecutar los trabajos de forma tal que, a juicio de la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento, Municipalidad de Rosario, resulten completos y adecuados a su fin, tal como se infiere de las especificaciones y demás documentos del legajo y/o en los Reglamentos y/o las Normas respectivos, y aún cuando en los mismos no figuren detalles necesarios al efecto, sin que para ello tenga derecho al pago de adicional alguno. Para todo lo no contemplado en este legajo y/o en la reglamentación correspondiente, se observarán en su ejecución las reglas del buen arte y presentarán, una vez terminados, un aspecto prolijo y de sólida ejecución. Toda interpretación, divergencia, o criterios encontrados sobre forma de ejecución de los trabajos y demás exigencias establecidas en este legajo, será resuelta por la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento y obligatoriamente acatadas por el Contratista. Todo trabajo defectuoso, deberá ser corregido por el Contratista, a su costo, a simple requerimiento de la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario. Si dada la naturaleza de los defectos, no correspondiere adoptar los criterios precedentemente señalados, la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, lo comunicará a la Secretaría de Planeamiento a los fines de ser tenido en cuenta al efectuarse la recepción. Si la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario tuviere dudas sobre la existencia de vicios ocultos o sobre la mala calidad de materiales o defectuosa ejecución de un determinado sector, podrá hacerlo remover y reconstruir, por cuenta del Contratista si las sospechas fueran probadas, y por cuenta de la Municipalidad de Rosario en caso contrario. No serán reconocidos ni indemnizados los trabajos y/o gastos que sean consecuencia de la imprevisión, negligencia o imprecisión del Contratista. Para ascensores, montacargas, el conservador deberá: Una vez por mes como mínimo: Efectuar limpieza del solado de cuarto de máquinas, selector o registrador de la parada en los pisos, regulador o limitador de velocidad, grupo generador y otros elementos instalados, tableros, controles, techos de cabina, fondo de hueco, guiadores, poleas inferiores tensoras, poleas de desvío y/o reenvío y puertas. Efectuar lubricación de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones, componentes del equipo. Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistemas de alarma, parada de emergencia, freno regulador o limitador de velocidad, poleas y guiadores de cabina y contrapeso. Constatar el estado de tensión de los cables de tracción o accionamiento así como de sus amarres, control de maniobra y de sus elementos componentes, paragolpes hidráulicos y operadores de puertas. Constatar la existencia de la conexión de la puesta a tierra de protección en las partes metálicas de la instalación, no sometidas a tensión eléctrica. Controlar que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la misma, no hallándose la cabina en el piso y que no cierren el circuito eléctrico, que el segundo gancho de seguridad no permita la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico. Una vez por semestre como mínimo:

Constatar el estado de desgaste de los cables de tracción y accionamiento del cable del regulador o limitador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador de las paradas en los pisos y del cable de maniobra, particularmente su asimilación y amarre. Limpieza de guías. Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpen el circuito de maniobra y el circuito de fuerza motriz y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso, cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos extremos. Efectuar las pruebas correspondientes en el aparato de seguridad de la cabina y del contrapeso cuando este lo posee. Además deberá responder: Cuando se encontraran personas atrapadas en los ascensores, y en carácter de urgente, hasta una (1) hora de efectuado el reclamo. De tratarse solo de desperfecto en el funcionamiento, dentro de las 12 hs. de realizada la notificación. En caso que la reparación demande un tiempo mayor se notificará a los responsables de los equipos y se evaluarán conjuntamente los plazos que se fijarán. Todas las novedades deben quedar registradas en el Libro de Registro Técnico correspondiente. 2.3. Responsabilidad del Contratista. El Contratista será responsable de: Del personal. El personal a disponer para la ejecución de las tareas estará a cargo del Contratista, siendo el responsable en lo que se refiere a sueldos, cargos sociales, aportes previsionales, seguro y/o cualquier otra obligación emergente a su condicional patronal se refiere. Seguro obrero. El Contratista deberá asegurar a todo el personal a sus ordenes, afectados al servicio contratado contra toda clase de accidentes de trabajo, responsabilidad civil o inhabilitación temporaria o permanente, así como también asistencia medica y farmacológica. Daños a personas y propiedades. El Contratista tomará a su tiempo y cargo exclusivo todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar los daños a propiedades vecinas existentes en el lugar de trabajo, al personal que dependa de él o el que dependa de la Municipalidad de Rosario y/o terceros ajenos a ambos, así pudieran provenir esos daños de la acción de los elementos utilizados o de causas eventuales. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se pudieran producir, correrán por cuenta y orden exclusivo del Contratista. 2.4. Seguimiento de los trabajos. La Municipalidad de Rosario se reserva para sí la superintendencia de los servicios contratados y controlador de los mismos, como así también el estricto cumplimiento del presente pliego. La Supervisión de los servicios será efectuada por la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario y el Departamento de Ascensores y Equipos de Elevación, quienes observarán las prestaciones realizadas por el adjudicatario e indicarán al mismo cualquier anomalía. 2.5. Calidad y control de los materiales. Todo lo que emplee y/o provea el Contratista en la ejecución de estos trabajos será de primera calidad, estará en buen estado y deberá ajustarse estrictamente a las exigencias que se determinan en este legajo. La Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario lo aprobará o rechazará; a tal efecto, tendrá amplias facultades para supervisarlo o ensayarlo en cualquier momento y lugar, durante su preparación, almacenamiento y/o utilización. Todo lo que, habiendo sido aprobado, se tornare, por cualquier causa, inadecuado para su empleo en la ejecución de estos trabajos, no será utilizado y será retirado dentro del plazo que fije la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario. El Contratista, a pedido de la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento

Comunitario, facilitará los medios necesarios para la toma de las muestras correspondientes y entregará, sin cargo alguno, las de lo que se emplee en los trabajos de mantenimiento. Todos los gastos que demande la realización de los ensayos antes mencionados y/o en los Reglamentos y/o las Normas respectivos (de envío, tarifas de los Organismos que los practiquen, etc.) correrán por exclusivos cargo y cuenta del Contratista. Por otra parte, se establece que el Contratista será responsable, absoluto y exclusivo, por los daños y/o robo de lo que emplee para la ejecución de estos trabajos de mantenimiento de los ascensores, montacargas y sala de máquinas (materiales, productos, equipos, herramientas, implementos, instrumentos, utensilios, útiles, etc.). 3. GARANTIA. El Contratista se obligará a entregar la totalidad de los equipos de elevación en perfecto estado de funcionamiento como así también sus instalaciones, Este plazo será de TREINTA DÍAS CORRIDOS (30), los cuales se contarán a partir de la fecha de aprobación de los trabajos por parte de la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento, posteriormente se realizará el Acta de Recepción Definitiva. Observaciones: Cumplido el plazo de Mantenimiento Integral establecido, la Contratista deberá entregar los equipos en optimas condiciones de uso, antes de la entrega y en presencia del personal del Departamento de Equipos de Elevación y Medidores de Energía se realizaran todas las visitas y pruebas que este considere necesarias a fin de verificar él optimo estado de los equipos, dejando asentado lo actuado por ambas partes en los Libros de ordenes de servicios, notas de pedidos y de Registro Técnico correspondiente. 4. LIMPIEZA. Al concluir cada trabajo de mantenimiento de los ascensores, montacargas y sala de máquinas, la Contratista deberá realizar una profunda limpieza en el sector en donde se haya intervenido, la que será supervisada y aprobada por la Dirección Gral. de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario, Secretaria de Planeamiento, Municipalidad de Rosario. Debiendo la Contratista retirar todo tipo de residuos, material excedente, equipos y herramientas, una vez culminados todos los trabajos. 5. VISITA ASCENSORES Y SALA DE MAQUINAS. Se considerará condición excluyente de la presente Licitación Privada la no Visita a los ascensores, montacargas y salas de máquinas. Junto con la cotización, la Contratista entregará el presente detalle con la firma del Titular de la misma y del personal designado por la Municipalidad de Rosario.