Comité de Basilea de Supervisión Bancaria. Principios para el Reconocimiento Local-Anfitrión del Capital de Riesgo Operacional AMA

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Transcripción:

Comité de Basilea de Supervisión Bancaria Principios para el Reconocimiento Local-Anfitrión del Capital de Riesgo Operacional AMA Enero 2004

Tabla de Contenidos Principio 1. El cálculo de requerimientos de capital del AMA debería ser congruente con el alcance de aplicación del Nuevo Acuerdo y el reciente el artículo del Comité sobre " Principios de alto nivel para la implementación transfronteriza del Nuevo Acuerdo " 1 Principio 2: La junta directiva y la dirección en cada nivel de la organización bancaria tiene la obligación de entender el perfil de riesgo operacional en aquel nivel de la organización y asegurar que los riesgos sean manejados de manera apropiada y que el capital guardado en cada nivel con respecto a aquellos riesgos es adecuado. 2 Principio 3. Ya que la experiencia ha mostrado que el capital generalmente no es transferible libremente dentro de un grupo bancario, sobre todo en tiempos de tensión, la filial de cada banca dentro del grupo debe estar lo suficientemente capitalizada en una base independiente. 2 Principio 4. En lo posible, los supervisores deberían equilibrar los principios sobre el objetivo de reducir al mínimo la carga y costo - tanto para organizaciones bancarias como para supervisores - de poner en práctica el AMA en una base transfronteriza. 3 Anexo 4

Principios del Anfitrión para el Reconocimiento del Capital Operacional de Riesgo AMA 1. El Comité de Basilea está persiguiendo un enfoque para la asignación de capital de riesgo operacional, esto dirige las preocupaciones expresadas por un número de organizaciones en sus comentarios de CP3 sobre impedimentos prácticos en la implementación transfronteriza de un Advanced Measurement Approach (AMA) (Enfoque de Medidas Avanzadas) para riesgo operacional. El enfoque establece cómo una organización bancaria que calcula los requerimientos de capital para todo el grupo AMA podría calcular los requerimientos de capital de riesgo operacional de sus filiales. 2. Mientras el Comité ha reconocido la necesidad de flexibilidad en la implementación del Acuerdo, también le preocupa que tal flexibilidad no socave el objetivo fundamental del Acuerdo de asegurar que los bancos se encuentren lo suficientemente capitalizados. En consecuencia el Comité persigue un enfoque "híbrido" para bancos AMA bajo los cuales un grupo bancario sería permitido - sujeto a aprobación de supervisión - para usar una combinación de cálculos de AMA independiente para filiales significativas internacionalmente activas y una parte asignada para los requerimientos de capital de todo el grupo AMA para sus otros filiales de la banca internacionalmente activa. En este enfoque híbrido, una filial bancaria internacionalmente activa que desee poner en práctica un AMA y que sea capaz de conocer los criterios eliminatorios tendría que calcular sus requerimientos de capital AMA en una base independiente. Al calcular los requerimientos de capital del AMA independiente, las filiales bancarias significativas internacionalmente activas pueden incorporar una estimación bien razonada de las ventajas de diversificación de sus propias operaciones, pero pueden no considerar ventajas de diversificación para todo el grupo. Donde tales filiales son parte de un grupo que desea implementar un AMA en una base para todo el grupo, se les permitiría utilizar los recursos de su padre u otras entidades apropiadas dentro del grupo; ellos podrían confiar en datos y parámetros calculados en el nivel del grupo, por ejemplo, con tal de que aquellas variables fueran ajustadas como es necesario para ser compatibles con las operaciones de la filial. Otras filiales internacionalmente activas que no son determinadas para ser significativas en el contexto del grupo completo permitirían - sujeto a la aprobación de supervisión - usar como su Pilar 1 cargo para el riesgo operacional una cantidad que les ha sido asignada del cálculo del AMA para todo el grupo. 3. El Comité de Basilea considera que los siguientes principios serán útiles para dirigir a los supervisores sobre la implementación de este híbrido enfoque a la asignación de capital de riesgo operacional a través de la casa y jurisdicciones del anfitrión. El Grupo del Comité de Implementación del Acuerdo (AIG) desarrolló

estos principios junto a la coordinación con el Grupo del Comité de Administración de Riesgo. 4. Se desea que los principios que siguen sean ampliamente compatibles con las reglas puestas en el Tercer Documento Consultivo. Sin embargo, es claro que el lenguaje a utilizarse en el Acuerdo deberá ser específico y válido para permitir al enfoque híbrido dentro del Pilar 1. Para este fin, el Comité considera el texto proporcionado como un anexo al artículo. Principio 1: El cálculo de requerimientos de capital de AMA debe ser congruente con el alcance de aplicación del Nuevo Acuerdo y el nuevo artículo sobre Principios de alto nivel para la implementación transfronteriza del Nuevo Acuerdo. 1 5. Se desea que el Nuevo Acuerdo sea aplicado no sólo a la entidad paternal de un grupo bancario, sino también a todos los bancos internacionalmente activos en una base consolidada en cada hilera dentro el grupo bancario. 6. }Por lo tanto, bajo el alcance de su aplicación, se requiere que cada banco internacionalmente activo calcule sus propios requerimientos de capital. A discreción nacional, los supervisores pueden elegir aplicar los requerimientos del Nuevo Acuerdo a organizaciones bancarias domésticas también. De la misma manera, como el artículo de implementación transfronterizo (y el Concordato de Basilea) 2 aclara, se requiere que las organizaciones bancarias no sólo conozcan los requerimientos del país de los supervisores en una base consolidada, sino también satisfacer cualquier exigencia establecida por supervisores de la sede. Por consiguiente, en casos donde un mecanismo de asignación es permitido bajo el Pilar 1, este necesitará la aprobación tanto de la casa como del país anfitrión de los supervisores. Como es sugerido en el artículo de implementación transfronteriza, la cooperación entre la casa y supervisores anfitriones está dirigida a reducir al mínimo la duplicación en procesos de aprobación y revisión. Sin embargo, aún cuando tal aprobación cooperativa sea obtenida, los anfitriones del país de sede conservaría el derecho de imponer requisitos de capital adicionales bajo el Pilar 2 si ellos no estuvieran satisfechos que el capital determinado para la filial en su jurisdicción fuera conmensurada con su perfil de riesgo operacional. 1 Principios de alto nivel para la implementación transfronteriza del Nuevo Acuerdo. Agosto 2003 (Disponible en el sitio web del BIS en http//:www.bis.org/publ/bcbs100.htm). 2 Principios para la supervisión establecimientos extranjeros bancarios, mayo 1983 (disponible en el sitio web del BIS en http://ww.bis.org/publ/bcbsc312.pdf), complementado por La información circula entre las autoridades bancarias supervisoras, abril 1990 (disponible en el sitio web del BIS en http://www.bis.org/publ/bcbsc313.pdf).

7. Consecuentemente con el Principio 6 del artículo de implementación transfronteriza, será deseable para los supervisores del país, en cooperación con los supervisores anfitriones pertinentes, que desarrollen un plan anticipadamente de la implementación detallando sus respectivos roles en la revisión y aprobación del AMA de un banco con operaciones transfronterizas significativas, y comunicarlo al grupo bancario afectado con tanto tiempo de anticipación como sea posible. La casa del supervisor será responsable de dirigir este esfuerzo de coordinación, en cooperación con los supervisores anfitriones pertinentes, que también podrían extenderse al monitoreo en desarrollo del AMA del banco. Por lo tanto, estará encargado del grupo bancario para desarrollar y someter su plan de implementación anticipadamente en el proceso. Principio 2: La junta directiva y dirección en cada nivel de una organización bancaria tiene la obligación de entender el perfil de riesgo operacional en aquel nivel de la organización y asegurar que los riesgos son administrados de manera apropiada y que el capital guardado en cada nivel con respecto de aquellos riesgos es adecuado. 8. Uno de los principios fundamentales de gobierno corporativo sano es que la responsabilidad primaria de la administración de riesgo en general de una organización bancaria descansa sobre la junta directiva de la organización y la dirección. Incluso en casos cuando un banco puede ser una filial poseída totalmente por una organización bancaria más grande, la junta y el gerente de aquel banco subsidiario es responsable de dirigir su propia evaluación de los riesgos operacionales del banco y controles operacionales y deben asegurar que la filial está lo suficientemente capitalizada para los riesgos afrontados por aquella institución. Principio 3: Puesto que la experiencia ha mostrado que el capital generalmente no es libremente transferible dentro de un grupo bancario, sobre todo en tiempos de tensión, cada filial de la banca dentro del grupo debe estar lo suficientemente capitalizada en una base independiente. 9. Al calcular sus requerimientos de capital AMA, los grupos bancarios que conozcan las condiciones prescritas para tal tratamiento se les permite reconocer los beneficios de la diversificación para todo el grupo en el nivel de grupo (p. ej., mientras hay un riesgo de pérdidas operacionales considerables en cada línea subsidiaria o de negocio, hay una pequeña probabilidad de que tales pérdidas ocurrirán simultáneamente a través de filiales o líneas de negocio). Si el capital fuera libremente transferible, entonces en principio cada filial podría compartir en todo el grupo los beneficios de la diversificación (ya que las pérdidas en una filial por lo visto serían cubiertas por otras partes del grupo bancario). Sin embargo, la experiencia ha demostrado que hay típicamente un número de impedimentos legales y prácticos al flujo libre de capital en un grupo bancario, en particular a través de fronteras nacionales y durante argumentos de tensión. Por consiguiente,

ya que una filial bancaria no siempre puede confiar en la ayuda del grupo en caso de una pérdida operacional importante, los beneficios de la diversificación de todo el nivel de grupo debe ser excluida para filiales bancarias significativas y puede ser limitada - a discreción de supervisores anfitriones - para filiales bancarias no significativas. Cuando es permitida una metodología de asignación bajo el Pilar 1, la junta de un banco subsidiario, el gerente administrativo y los supervisores deben considerar razonablemente considerar el de los beneficios de diversificación para todo el grupo en la evaluación de si la filial posee un nivel apropiado de capital regulatorio mínimo. Principio 4: Cuando sea posible, los supervisores deberán equilibrar los principios arriba mencionados con el objetivo de reducir al mínimo la carga y costos - tanto para organizaciones bancarias como para los supervisores - de implementación del AMA en una base transfronteriza. 10. La industria ha sido clara en opinión de que el requerir el cálculo de requisitos del AMA en cada entidad jurídica sería excesivamente pesado desde el punto de vista de que hay que hacer numerosos cálculos separados y no puede ser factible dado a las restricciones de la información en el caso de pequeñas y medianas filiales. De la misma manera, los observadores de la industria han expresado su preocupación de que sería costoso y pesado el mantener la infraestructura de sistemas para bases de datos separadas sobre pérdidas en múltiples jurisdicciones. 11. Una manera de tratar las preocupaciones de la industria en cuanto al costeo y la carga es el de permitir a las instituciones el apalancamiento de los recursos del grupo en el nivel subsidiario. Así, por ejemplo, en lugar de tener expertos cuantitativos y sistemas en cada filial, un grupo bancario podría concentrar sus conocimientos cuantitativos en la casa matriz o alguna otra entidad apropiada dentro del grupo para realizar cálculos por parte de las filiales. De la misma manera, sería posible, al calcular los requisitos de capital del AMA, para las filiales confiar en la información y los parámetros estimados en el nivel paternal, ajustado como sea necesario para las circunstancias de la entidad jurídica. La junta directiva de la entidad jurídica. La junta directiva de la entidad jurídica y gerencia administrativa - y supervisor anfitrión - tendrían que tener el conocimiento suficiente sobre las técnicas de valoración y suposiciones para tomar una decisión informada sobre la adecuación del cálculo del capital para la entidad jurídica. 12. Para estar en una posición para tomar tales decisiones informadas, un supervisor anfitrión tendría que estar satisfecho con sus acuerdos con el banco paternal y el supervisor de casa. En particular, la cooperación anticipada, entre la casa y supervisores anfitriones será crítica para asegurar que el supervisor anfitrión tenga el tiempo suficiente para planificar, revisar y comentar a todo el grupo la metodología del AMA. Cuando los supervisores anfitriones desean ajustar los resultados al objetivo propuesto del banco, ellos darán preferencia a las formas simples de hacer tales ajustes para reducir al mínimo los gastos de implementación para bancos.

Anexo El Comité está considerando incluir el siguiente lenguaje facilitador en la sección de Riesgo Operacional del Nuevo Acuerdo para clarificar la asignación de capital AMA según los principios dispuestos en este artículo: 619. Los bancos que adoptan el AMA pueden, con la aprobación de su supervisor anfitrión pertinente, usar un mecanismo de asignación aprobado con el objetivo de determinar los requerimientos regulatorios de capital para las filiales bancarias internacionalmente activas que no, como se considera, son significativas en relación con el grupo bancario en general pero está sujeta al Acuerdo de conformidad con el Alcance de Aplicación. Se requiere la aprobación de la supervisión del mecanismo de asignación. Tal aprobación sería condicional sobre el banco que se manifiesta en la satisfacción de la casa y supervisores anfitriones pertinentes que el mecanismo de asignación para estas filiales es apropiado y puede ser respaldado. La junta directiva y la dirección de cada filial bancaria internacionalmente activa es responsable de conducir su propia evaluación de los riesgos operacionales y controles de la filial, así como asegurar que la filial está lo suficientemente capitalizada con respecto a aquellos riesgos. 620. La incorporación de una estimación de beneficios de diversificación bien razonada - por bancos que conozcan los criterios prescritos para tal tratamiento - puede ser fabricada en el nivel de todo el grupo o en el nivel subsidiario del banco. Sin embargo, las filiales bancarias cuyos supervisores anfitriones determinan que ellos deben calcular los requerimientos de capital independiente (ver el Alcance de Aplicación, el párrafo XX) no puede incorporar beneficios de diversificación para todo el grupo a sus cálculos del AMA (p. ej., donde una filial bancaria internacionalmente activa se considera significativa, la filial bancaria puede incorporar los beneficios de diversificación de sus propias operaciones - aquellos que surgen en el nivel subconsolidado - pero no puede incorporar los beneficios de diversificación del grupo). 621. La adecuación de la metodología de asignación será revisada con la consideración dada a la etapa de desarrollo de técnicas de asignación del riesgo sensibles y el grado que éste refleje el nivel de riesgo operacional en las entidades legales y a través del grupo bancario. Los supervisores esperan que los grupos bancarios AMA continuarán los esfuerzos para desarrollar técnicas de asignación de riesgo operacional sensible. Traducción de la Superintendencia de Bancos de Guatemala.