Modelo 347. Preguntas Frecuentes.

Documentos relacionados
Modelo 347. Preguntas Frecuentes

Modelo 347. Preguntas frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES relativas a la Declaración anual de operaciones con terceras personas MODELO 347 (Información web Agencia Tributaria)

PREGUNTAS FRECUENTES DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347

PREGUNTAS FRECUENTES relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347

Modelo 347. Novedades y preguntas frecuentes

NOVEDADES EN DECLARACIONES INFORMATIVAS 2011 Y OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

Calendario del Contribuyente - Enero de 2018

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES (MODELO 347)

INFORMATIVO-INFORMATIVO-INFORMATIVO-INFORMATIVO-INFORMATIVO-INFORMATIVO EL MODELO 347

XXXXXm. MODELO 347 DE DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS (3.005,06 euros) Navarra modelo F-50

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS (2015)

DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS Y OTRAS OBLIGACIONES INFORMATIVAS

Información Tributaria y Mercantil

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS (2016)

Suministros (electricidad, agua, combustibles, etc.) Seguros (exclusión innecesaria, ya que no existe obligación de expedir factura).

Quienes satisfagan rentas sujetas a retención o ingresos a cuenta

DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS MODELO 347, EJERCICIO 2016

DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS Y OTRAS OBLIGACIONES INFORMATIVAS

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS (2013)

MODELO 347. DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS (EJERCICIO 2014)

CIRCULAR FIS 05/17 CUESTIONES GENERALES SOBRE EL MODELO 347

Las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal. Determinadas entidades o establecimientos de carácter social.

Calendario del Contribuyente - Abril de 2018

CIRCULAR INFORMATIVA ASUNTO: CUESTIONES A TENER EN CUENTA EN EL MODELO 347. Se incluyen como obligados a presentar el modelo 347:

CAMPAÑA '12 Modelo 347 Declaración anual operaciones con terceras personas

EDIFICIO SANT ANTONI Vía Sindicato 67, 3º1ª Palma de Mallorca T F MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR

Suministro Inmediato de Información del IVA (SII)

MODELO 347. DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS (3.005,06 euros). Navarra modelo F-50. PLAZO HASTA EL 28/02/2014.

Preguntas frecuentes en la obligación de declarar operaciones con terceros (modelo 347) de las comunidades de propietarios

CIRCULAR INFORMATIVA ENERO 2014

CAMPAÑA'11 Modelo 347

CAMPAÑA'13 Modelo 347

MODELO 347. Repaso y Novedades. 21 de enero de 2016 Página 1

1) Las operaciones se devengan conforme a los criterios generales del principio del devengo, es decir, en el momento en que se realiza.

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

MODELO 347 EJERCICIO 2014

La Cuenta Corriente Tributaria (CCT)

CALENDARIO DE OBLIGACIONES FISCALES OBLIGACIONES FISCALES DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2018

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 4º TRIMESTRE 2015

Retenciones a aplicar durante el año 2017.

CIRCULAR INFORMATIVA ASUNTO: DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS, MODELO 347

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE 2003

CAMPAÑA'14 Modelo 347

CAMPAÑA'15 Modelo 347

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

I. Tenemos el agrado de adjuntar el calendario tributario correspondiente al mes de Febrero de 2017.

CIRCULAR INFORMATIVA MODELO

Portal de Actualidad 1/26/2015

MEMORANDUM DE OBLIGACIONES FISCALES EN EL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2017

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 4º TRIMESTRE 2013

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) EL MODELO 303: IVA

Indot Versión Actualizado Febrero 2015

Modelo 347 ERP Microsa Procesos Resumen Facturas y Modelo 347

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 4º TRIMESTRE 2012

NEWS ALERT FISCAL. Declaración sobre la renta y patrimonio de las personas físicas

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

INSTRUCCIONES SOBRE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340.

DISPOSICIONES OFICIALES ESTATALES.-

Esteo Guía informativa para facilitar la obtención de información en fichero cara a la confección de los modelos 340 y 347 a partir de 2012

PREÁMBULO SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA

IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303

Modelo 720: Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero

INFORMACION FISCAL CIRCULAR 03/2011

1. A partir del ejercicio 2012 deben declararse en el 340 otras operaciones además de las facturas?

Obligatoriedad de presentación de las autoliquidaciones correspondientes al

FEBRERO 2016 L M X J V S D

PREGUNTAS FRECUENTES. relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347

Modelo 720: Declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero

PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 4º TRIMESTRE 2017

CAMPAÑA'12 Modelo 347

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CALENDARIO FISCAL PARA EL MES DE ENERO DE 2019

Mejoras más relevantes que introduce la nueva Ley de Contratos del Sector Público contra la morosidad

Modelo 179. Declaración informativa TRIMESTRAL de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

DECLARACIONES INFORMATIVAS (Novedades)

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 309 IVA - AUTOLIQUIDACIÓN NO PERIÓDICA

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 308 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA EN EL IVA. Se trata de un nuevo régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 309 IVA - AUTOLIQUIDACIÓN NO PERIÓDICA

Colegio de Administradores de Fincas del Principado de Asturias DUDAS MODELO 347

CALENDARIO FISCAL 2015

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

DECLARACIONES INFORMATIVAS Y ANUALES A PRESENTAR EN ENERO Y FEBRERO DE 2014 Y OTRAS NOVEDADES.

Guía fácil sobre el SII

Calendario 2018 de las principales obligaciones de las fundaciones ante Hacienda y ante el Protectorado

MEMORÁNDUM DE OBLIGACIONES FISCALES PERIODO DEL 1 DE ABRIL AL 30 DE JUNIO DE 2018

ANEXO IV DISEÑOS DE REGISTROS A LOS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS FICHEROS DE LAS DECLARACIONES-LIQUIDACIONES A TRANSMITIR DEL MODELO F-69

SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA. Apunte Técnico 07/17 de fecha 5 de octubre de 2017

Calendario 2017 de las principales obligaciones de las fundaciones ante Hacienda y ante el Protectorado

ABBANTIA ABOGADOS MIEMBROS PARA ESPAÑA DE ALLIOTT GROUP. Hemos estimado oportuno remitirle estas notas que rogamos lean con detenimiento.

Transcripción:

Miembro de Nº 5 / Enero 2016 Modelo 347. Preguntas Frecuentes. A continuación pasamos a informarles de las novedades y operaciones más habituales de las empresas en relación a la Declaración Anual de Operaciones con terceras personas (Modelo 347). 1. PLAZO DE PRESENTACIÓN La presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347, tanto en soporte directamente legible por ordenador como por vía electrónica, se realizará durante el mes de febrero de cada año, en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior. En consecuencia, la presentación de la declaración, correspondiente a las operaciones del ejercicio 2015, se podrá realizar hasta el próximo 29 de febrero. 2. FORMAS DE PRESENTACIÓN 2.1. Presentación por SMS Las comunidades de bienes a las que sea de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de junio sobre la propiedad horizontal, cuando el número de registros no sea superior a 15, podrán realizar la presentación del modelo 347, a través de mensaje SMS. 2.2. Presentación telemática con clave de acceso (Cl@vePIN) Las personas físicas, no obligadas a la utilización de la firma digital avanzada, podrán presentar el modelo 347 mediante el sistema de firma con clave de acceso en conocido como Cl@vePIN. 2.3. Presentación telemática por Internet con certificado electrónico Es obligatoria la presentación telemática por internet con certificado electrónico para las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada. El resto de obligados tributarios podrán igualmente presentar telemáticamente con la firma electrónica avanzada o de un sistema de identificación y autenticación, en ambos casos utilizando un certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003.

3. DESGLOSE TRIMESTRAL Como en periodos anteriores, la información incluida en el Modelo 347, se suministrará desglosada trimestralmente, excepto la relativa a las cantidades percibidas en metálico, que se seguirá suministrando en términos anuales, y la salvedad que se indica en el siguiente punto respecto a los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual de IVA. 4. CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Además, se utilizará el mismo criterio de imputación que en Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Las operaciones se entenderán producidas en el período en el que se deba realizar la anotación registral de la factura o documento sustitutivo que sirva de justificante. En las facturas expedidas deben estar anotadas en el momento que se realice la liquidación y pago del impuesto correspondiente a dichas operaciones. En las facturas recibidas deben estar anotadas por el orden que se reciban y dentro del período de liquidación en que proceda efectuar su deducción. 5. DISCREPANCIAS ENTRE LOS IMPORTES DECLARADOS POR EL CLIENTE Y EL PROVEEDOR En el caso de que se reciba la factura por el cliente y se registre en un período trimestral distinto al de la emisión de la misma por el proveedor surgirán diferencias. Ejemplo: la sociedad X vendió a Y por un importe de 10.000 euros el 20 de marzo de 2015. La sociedad Y recibió la factura el 30 de abril y la registró en el libro de facturas recibidas en esa fecha. En el 347 de X la operación indicada debe incluirse, con la clave B, en la casilla correspondiente al 1T y en el 347 de Y se incluirá, con la clave A en la casilla correspondiente al 2T. 6. DECLARACIÓN DE UN IMPORTE NEGATIVO EN EL MODELO 347 Puede declararse un importe negativo en el modelo 347, siempre que el importe anual de las operaciones supere, en su valor absoluto (sin signo), los 3.005,06. Dicho importe se consignará en la declaración con el signo negativo. 2

7. CÓMO SE DECLARAN LAS OPERACIONES EN LAS QUE POSTE- RIORMENTE EXISTAN DEVOLUCIONES, DESCUENTOS, BONIFICA- CIONES O MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE? Estas circunstancias modificativas deberán ser reflejadas en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros. Ejemplo 1: En enero de 2015 la entidad X (no es gran empresa) vendió a Y por un importe de 4.000 euros. Pasados 6 meses X no ha cobrado dicho importe por lo que realiza los trámites pertinentes para modificar la base imponible en el último trimestre de 2015. Cómo declara estas operaciones en el 347? No debe presentar el modelo 347 porque el importe anual de las operaciones, en valor absoluto, es inferior a 3.005,06 euros Importe anual de las operaciones= 0= Venta (4000) Modif. BI (-4.000) Ejemplo 2: En diciembre de 2014 la entidad X vendió a Y por un importe de 20.000 euros. En el primer trimestre de 2015, la entidad X recibe una devolución de mercancías procedente de la venta anterior por valor de 4.000 euros. Cómo declara estas operaciones en el 347? En este caso sí debe declarar las operaciones en el 347 ya que se tiene en cuenta el que el valor absoluto de las operaciones realizadas en un mismo año natural supere los 3.005, 06 euros. Ejercicio 2014: Clave B. Importe de las operaciones= 20.000 euros Ejercicio 2015: Clave B Importe anual de las operaciones= - 4.000 euros Importe 1T: - 4.000 euros Importe 2T=0 Importe 3T=0 Importe 4T=0 3

OPERACIÓN DECLARABLE Donativos, donaciones, aportaciones recibidas. Intereses bancarios de préstamos y de créditos relacionadas con Bienes Inmuebles (Hipotecas) Intereses de préstamos no hipotecarios Intereses de préstamos hipotecarios Otras operaciones con entidades financieras Facturas con retención del 1% (para ambos) O Sólo por las comisiones por las que se emita factura (Con IVA) Alquiler de Locales de Negocios. Arrendador, factura sin retención. Arrendatario, si practica retención. Arrendatario, si no practica retención. Siempre Alquiler de Viviendas Arrendador, persona física (no empresario) Arrendador, empresario Letras del Tesoro, activos financieros, valores mobiliarios, valores, etc. Seguridad Social, Impuestos, Retenciones (IRPF Seguros (Destinatario) Suplidos Canarias, Ceuta y Melilla: Prestación de Servicios a clientes. Profesional que realiza funciones de cobro por cuenta de terceros Se considera efectivo un cheque al portador? Nunca Cuando se emite factura. A declarar partir de 300,51 (en lugar de 3.005,06 euros) Exportaciones: Por la mercancía Por la prestación de servicios derivados de la exportación Cuándo se informa el ejercicio de devengo? Cuando no corresponden a operaciones del año 2015. 4

OPERACIÓN DECLARABLE Recibo en 2015 una factura de 2014, Cuándo debo informar dicha operación en el modelo 347? O En el trimestre del año 2015 que se ha recibido. Tengo una devolución de mercancías que supera los 3.005,06 euros. Debo declararla, si el importe es negativo?, a partir de 2011 se toman los valores absolutos (sin signo) Qué debo declarar de un contrato leasing? El total factura, IVA incluido. Minoristas en recargo de equivalencia, cuándo deben informar en el modelo 347. Los sujetos pasivos inscritos en REDEME estarán obligados a presentar el modelo 340 y además el modelo 347. Cuando se haya identificado al cliente en las facturas y haya superado el límite anual de 3.005,06 euros. Quedamos, como siempre, a su disposición para aclararles cualquier duda sobre el particular o cualquier otro tema que sea de su interés. En Barcelona, a 28 de enero de 2016 Gran Vía Carlos III, 94 3ª Planta 08028 Barcelona Telf.: 933 308 051 Fax: 934 112 807 E-mail : info@moreraasesores.com Web: http://moreraasesores.com Los contenidos de esta circular son de carácter general e informativo por lo que, dada la complejidad de la legislación vigente, no se debe actuar sin recurrir previamente al correspondiente asesoramiento profesional. Morera Asesores & Auditores recomienda encarecidamente la consulta a nuestros profesionales antes de tomar una decisión o realizar una determinada actuación. 5