GUÍA SOBRE EL PROCESO SELECTIVO DE OPOSICIÓN A POLICIA NACIONAL ESCALA BÁSICA.

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Transcripción:

El proceso de oposición a policía nacional de la escala básica constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el Anexo I de la presente guía. La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante. La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando eliminados los que den positivo al consumo de dichas sustancias. Su ejecución será pública, pero no se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno porque pudiera afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y a la propia imagen de los intervinientes en la misma. Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo. Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en el Centro de Formación a la superación de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria. 1

La incorporación al Centro de Formación se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas. En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas. SEGUNDA PRUEBA: DE CONOCIMIENTO Y ORTOGRAFÍA Esta prueba constará de dos partes de carácter eliminatorio: PARTE A: Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como Anexo I a la presente convocatoria. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A-(E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta. PARTE B: Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. La calificación de la parte A será de cero a diez puntos; y de la parte B será de apto o no apto, para lo cual, el Tribunal fijara la puntuación mínima necesaria para superarla. 2

Los interesados dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de realización de estas pruebas, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes del cuestionario de conocimientos y ortográfico. TERCERA PRUEBA: PSICOTÉCNICA PARTE A: TEST PSICOTÉCNICOS. Consistirá en la realización de uno o varios tests dirigidos a determinar la personalidad y evaluar las aptitudes del candidato para el desempeño de la función policial; así como la confección de un cuestionario biográfico. Igualmente los interesados dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de realización de esta prueba, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes del cuestionario de test psicotécnicos. PARTE B: ENTREVISTA PERSONAL. A partir de los resultados de los tests de personalidad y teniendo en cuenta el cuestionario biográfico, se investigarán en el aspirante los factores de personalidad que determine el Tribunal, el cual fijará la puntuación mínima para superar esta prueba. Esta prueba constará de dos partes: Ambas partes se valorarán conjuntamente y el Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada una de ellas. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto». 3

CUARTA PRUEBA: RECONOCIMIENTO MÉDICO Dirigida a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988, Anexo II de la presente guía. El punto 2 de dicha Orden, obesidad-delgadez, se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC). Peso: No serán aptos aquellos aspirantes, que presentando características morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior de 18. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T 2 donde P es el peso desnudo en kilogramos y T la talla en metros. La realización de esta prueba implica el consentimiento de los aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de la misma. Para la realización de esta prueba se aplicarán a los aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto». Ejercicio voluntario de idioma. Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema educativo general en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar hasta dos puntos la nota final de la oposición, de los que superen la misma. 4

ANEXO I DESCRIPCIÓN DE LAS PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA PRIMER EJERCICIO (Hombres y Mujeres) Con la salida de pie, detrás de la línea de partida, el opositor debe realizar el recorrido que figura en el siguiente gráfico representativo. Es nulo todo intento en el que el candidato derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el recorrido o se equivoque en el mismo. Se permiten dos intentos sólo a los opositores que hagan nulo el primero. Por debajo de la valla Por encima de la valla ------ SEGUNDO EJERCICIO (Hombres) Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se realizarán flexiones asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento. SEGUNDO EJERCICIO (Mujeres) El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: brazos flexionados, presa con las palmas de la mano hacia atrás, piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Un intento. 5

TERCER EJERCICIO (Hombres y Mujeres) Desde la posición inicial, de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el candidato marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 centímetros de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos al nivel alcanzado. Al flexionar las piernas para tomar impulso, no se permite despegar los talones del suelo. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Un intento. CUARTO EJERCICIO (Hombres) Carrera de 2.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento. CUARTO EJERCICIO (Mujeres) Carrera de 1.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento. SISTEMA DE CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS FÍSICAS PRIMER EJERCICIO TIEMPO PUNTOS HOMBRES MUJERES 11,7" ó + " = 0 12,8" ó + " = 0 11,6 a 11,5" = 1 12,7 a 12,6" = 1 11,4 a 11,3" = 2 12,5 a 12,4" = 2 11,2 a 11,0" = 3 12,3 a 12,1" = 3 10,9 a 10,6" = 4 12,0 a 11,7" = 4 10,5 a 10,2" = 5 11,6 a 11,3" = 5 10,1 a 9,8" = 6 11,2 a 10,9" = 6 9,7 a 9,4" = 7 10,8 a 10,4" = 7 9,3 a 8,9" = 8 10,3 a 9,9" = 8 8,8 a 8,3" = 9 9,8 a 9,4" = 9 8,2" ó - " = 10 9,3" ó - " = 10 6

SEGUNDO EJERCICIO FLEXIONES-PUNTOS TIEMPO PUNTOS HOMBRES MUJERES 0 a 3 = 0 0 a 21" = 0 4 = 1 22 a 26" = 1 5 = 2 27 a 31" = 2 6 = 3 32 a 36" = 3 7 = 4 37 a 43" = 4 8 = 5 44 a 51" = 5 9 = 6 52 a 60" = 6 10 = 7 61 a 70" = 7 12 = 8 71 a 82" = 8 14 = 9 83 a 94" = 9 17 = 10 95 ó +" = 10 TERCER EJERCICIO CENTRIMETOS-PUNTOS HOMBRES MUJERES 0 a 43 = 0 0 a 33 = 0 44 a 45 = 1 34 a 35 = 1 46 a 47 = 2 36 a 37 = 2 48 a 49 = 3 38 a 39 = 3 50 a 52 = 4 40 a 41 = 4 53 a 56 = 5 42 a 44 = 5 57 a 60 = 6 45 a 47 = 6 61 a 64 = 7 48 a 50 = 7 65 a 69 = 8 51 a 54 = 8 70 a 75 = 9 55 a 59 = 9 76 ó + = 10 60 ó + = 10 7

CUARTO EJERCICIO TIEMPO-PUNTOS HOMBRES MUJERES 8,45' ó + ' = 0 5,00' ó + ' = 0 8,44 a 8,35' = 1 4,59 a 4,54' = 1 8,34 a 8,25' = 2 4,53 a 4,48' = 2 8,24 a 8,15' = 3 4,47 a 4,38' = 3 8,14 a 8,05' = 4 4,37 a 4,28' = 4 8,04 a 7,51' = 5 4,27 a 4,18' = 5 7,50 a 7,36' = 6 4,17 a 4,08' = 6 7,35 a 7,16' = 7 4,07 a 3,57' = 7 7,15 a 6,56' = 8 3,56 a 3,42' = 8 6,55 a 6,31' = 9 3,41 a 3,27' = 9 6,30' ó - ' = 10 3,26' ó - ' = 10 8

ANEXO II CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS PARA INGRESO EN EL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA ESACALA BÁSICA (Orden de 11 de Enero de 1.988) 1. Talla Estatura mínima: 1,65 metros los hombres; 1,60 metros las mujeres. 2. Obesidad-Delgadez Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. 3. Exclusiones circunstanciales Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad de la Dirección General de la Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial. 4. Exclusiones definitivas 4.1. Ojo y visión. 4.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos. 4.1.2. Queratotomía radial. 4.1.3. Desprendimiento de retina 4.1.4. Estrabismo. 4.1.5. Hemianopsias. 4.1.6. Discromatopsias. 4.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual. 4.2. Oído y audición. Agudeza auditiva que suponga una perdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 9

4.3. Otras exclusiones. 4.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares). 4.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 4.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/hg en presión sistólica, y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo. 4.3.4. Aparato Respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial. 4.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial. 4.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. 4.3.7. Otros procesos patológicos. Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial. 10