Página 1 de 5 CONCEJALÍA DE SERVICIOS GENERALES EXPTE.: 18/2013 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE APERTURA Y CIERRE DE INSTALACIONES MUNICIPALES PÚBLICAS. 1.- Objeto del contrato: 1.1.- Relación de Instalaciones objeto del servicio: Es necesaria la contratación del servicio de cierre y apertura de las instalaciones municipales públicas que se detallan a continuación, así como el servicio auxiliar de revisión del Parking Público municipal: Jardín histórico. Parque de la Estación. Parque del Mirador. Parque de San Babilés. Pasaje de la Plaza de las Margaritas. Parque del Señorío. Parking Público municipal. C/ Nueva. Instalaciones deportivas de la C/ Navalcarnero. Instalaciones deportivas de la C/ Echegaray. Instalaciones deportivas de la C/ Felipe II. Parque Ángel Rodríguez (Urb. El Bosque). Isla verde (Urb. El Bosque). Isla verde calle Toledo. Parque C/ Miño (frente número 20). Vallas sitas entre la Avda. Príncipe de Asturias y Calle San Sebastián (zona El Mirador ). 1.2.- Alcance de las posibles modificaciones de ámbito contractual: Durante la vigencia del contrato, se podrán tanto incluir instalaciones que requieran el presente servicio, como dar de baja aquellas instalaciones que ya no lo precisen. El alcance de dichas modificaciones no podrá exceder, en más o en menos, del 20% del importe anual del contrato. La modificación se calculará por la proporción entre las horas de dedicación presentes y las futuras que resulten necesarias ya sean por incremento o por reducción.
Página 2 de 5 2.- Descripción del servicio: 2.1.- Horario y cometidos: Jornada parcial tanto diurna como nocturna de acuerdo con los horarios establecidos para el público en los distintos centros según la jornada del período de verano (6 meses desde abril a septiembre) o invierno (6 meses desde octubre a marzo), siendo en jornada de mañana entre las 08:00 horas y las 10:00 horas para apertura, y para el cierre de los centros entre las 21:30y las 23:30 horas en período de verano y de 19:00 horas a 22:30 en período de invierno, incluyéndose los domingos y jornadas festivas. No obstante cualquier horario podrá ser modificado atendiendo a las necesidades del servicio. Durante los meses de julio y agosto, la jornada establecida podrá ser modificada, reducida y/o anulada en función de las necesidades de cada instalación. Dichas modificaciones, siempre que sean posibles, serán comunicadas por la dirección de la instalación con antelación suficiente y podrán compensarse en una bolsa de horas equivalente que será utilizada en el ámbito del servicio como más adelante se establece. El auxiliar que se destine al servicio, deberá estar uniformado e identificado y tendrá como cometido la apertura de los siguientes recintos entre las 08:00 horas y las 10:00 horas aproximadamente de cada jornada y por el orden que se le indique por los servicios técnicos municipales, y en su defecto en el siguiente: INSTALACIONES Pág. 2 HORARIO DE APERTURA VERANO INVIERNO PARKING PÚBLICO. C/Nueva 8:00 8:00 ISLA VERDE 8:05 8:05 JARDÍN HISTÓRICO 9:00 8:10 PARQUE DE LA ESTACIÓN y VALLAS SITAS EN LA ZONA EL MIRADOR 8:15 8:15 PARQUE DEL MIRADOR 8:20 8:20 PARQUE DE SAN BABILÉS 8:30 8:30 PASAJE DE LA PLAZA MARGARITAS 8:40 8:40 PARQUE DEL SEÑORIO 8:50 8:50 INSTALACIONES C/ NAVALCARNERO 9:10 9:00
Página 3 de 5 INSTALACIONES C/ ECHEGARAY 9:15 9:10 INSTALACIONES C/ FELIPE II 9:25 9:15 PARQUE ÁNGEL RODRIGUEZ (URB. EL BOSQUE) 9:35 9:35 ISLA VERDE (URB. EL BOSQUE) 9:45 9:45 PARQUE C/ MIÑO (frente al número 20) 9:55 9:55 Y el cierre de los siguientes recintos en cada jornada, desde las 21:30 hasta las 23:30 horas en período de verano, y desde las 19:00 hasta las 22:30 horas en período de invierno, y por el orden que se le indique por los servicios técnicos municipales, y en su defecto en el siguiente: INSTALACIONES Pág. 3 HORARIO DE CIERRE VERANO INVIERNO ISLA VERDE C/ TOLEDO 21:30 19:00 JARDÍN HISTÓRICO 21:35 19:05 (*) PARQUE DE LA ESTACIÓN y VALLAS SITAS EN LA ZONA EL MIRADOR 21:40 20:10 (*) PARQUE DEL MIRADOR 21:50 20:20 PARQUE DE SAN BABILÉS 21:55 20:30 PARKING PÚBLICO. C/Nueva 22:00 22:00 (*) PASAJE DE LA PLAZA MARGARITAS 22:10 20:40 PARQUE DEL SEÑORIO 22:20 20:50 INSTALACIONES C/ NAVALCARNERO 22:30 21:00 INSTALACIONES C/ ECHEGARAY 22:40 21:10 INSTALACIONES C/ FELIPE II 22:45 21:15 (*) PARQUE ÁNGEL RODRÍGUEZ (URB. EL BOSQUE) 23:15 22:10 ISLA VERDE (URB. EL BOSQUE) 23:20 22:15 PARQUE C/ MIÑO (frente al número 20) 23:25 22:20
Página 4 de 5 (*) Durante el invierno, los tiempos muertos entre las 19:10 horas y las 20:10 horas, así como desde las 21:20 horas a las 22:00 horas, e igualmente la bolsa de horas referida anteriormente en este mismo apartado, se deberán emplear en revisar el aparcamiento público de la c/ Nueva, 2, informar a los usuarios y reportar cualquier anomalía que observe a la concejalía pertinente. 3.- Forma de prestación del servicio: El servicio que se contrata, conlleva las siguientes funciones: Informar de la entrada a las instalaciones de personas ajenas a las mismas que detectasen fuera del horario. Desocupar cualquier parque e instalación. Prestar la colaboración necesaria con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policía Municipal, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. Comprobación del cierre de puertas y ventanas. Realización de un informe diario del servicio con detalles de las incidencias más destacables. En un parte distinto se recogerán las incidencias que precisen de una actuación cualquiera que sea la naturaleza de ésta. En caso de incidencias, se comunicarán de inmediato a las fuerzas de seguridad o a los servicios municipales que se le indiquen, según sea el caso, cumpliendo las instrucciones que se dicten. Indemnizar a terceros por los daños que se puedan producir por la ejecución del servicio, salvo que se hubiera realizado en cumplimiento de una orden forzosa acordada por el Ayuntamiento. El servicio no podrá subcontratarse en ningún caso. 4.- Personal: El personal que se destine al servicio deberá tener experiencia y disponer de un curso de primeros auxilios, carnet de conducir, así como algún curso relativo a la vigilancia de seguridad. En relación al personal que se adscriba a la ejecución del servicio, el adjudicatario asume la condición de patrono no existiendo relación laboral o jurídica alguna con el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón durante la duración del contrato ni a la finalización del mismo. Dicho personal percibirá del adjudicatario los haberes y los jornales establecidos en la correspondiente reglamentación o Convenio laboral y deberá estar en todo momento, al corriente de las cuotas de la Seguridad Social. Igualmente el adjudicatario está obligado a cubrir, sin interrupción del servicio, las bajas por enfermedad o accidentes laborales, así como todos los salarios consecuencia de la prestación del mismo, incluyéndose vacaciones, pagas extraordinarias, seguridad social, etc. de cuantos trabajadores queden adscritos a la prestación del servicio objeto Pág. 4
Página 5 de 5 del contrato. El personal deberá ir uniformado y ostentando el distintivo de su función portando una linterna diseñada para vigilancia nocturna profesional y un teléfono móvil para la comunicación de cualquier incidencia a las fuerzas de seguridad, si fuese el caso, o a los servicios municipales que se le indiquen. 5.- Medios materiales: Todo el material, vehículos, aparatos o dispositivos que sean necesarios, en todo momento, para la realización del servicio y los gastos de adquisición serán a cargo de la empresa adjudicataria, así como los gastos de combustible, conservación y mantenimiento de los mismos. Deberán sustituir todos los candados, cadenas o cerraduras que por cualquier circunstancia fueran deteriorados, facilitando una llave de los candados de cada instalación a la Concejalía de Servicios Generales y a la Alcaldía-Presidencia. El material y vehículos serán, en todo momento, tanto durante la vigencia como al finalizar el contrato, de propiedad del contratista, quien será el único responsable de los mismos y sus permisos correspondientes. Durante el período de vigencia del contrato, el material, los vehículos y maquinaria deberán estar en condiciones de presencia digna, exentos de defectos, buen estado de limpieza y funcionamiento. El contratista debe prever la sustitución del material o vehículo u otra clase de maquinaria siempre que necesite operaciones de mantenimiento preventivo, correctivo o de reparación de fallos o daños, de tal suerte que en ningún caso el servicio se pueda ver afectado por la falta de disponibilidad de cualesquiera materiales, vehículos, aparatos o dispositivos contratados. Villaviciosa de Odón a 22 de abril de 2014. Fdo.: Antonio Cobo de Guzmán González Director de Operaciones y Proyectos Especiales Pág. 5