CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROYECTO DE:



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Transcripción:

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROYECTO DE: Para descarga del proyecto: ftp://ftp.puertomalaga.com/documentacion.zip HABILITACIÓN Y MEJORA DE LA DÁRSENA EXTERIOR Y ABRIGO EXTERIOR DE SAN ANDRÉS DEL PUERTO DE MÁLAGA 1. PROYECTO REDACTADO POR: INGENIERÍA Y ECONOMÍA DEL TRANSPORTE (INECO) FECHA DE REDACCIÓN: NOVIEMBRE 2010 2. CLASE DE EXPEDIENTE ORDINARIO X URGENTE DE EMERGENCIA CÓDIGO CPV: 45240000 3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO: PROCEDIMIENTO ABIERTO. Art. 60.6 LEY 31/2007, DE 20 DE SEPTIEMBRE. Adjudicación en atención a la oferta económicamente más ventajosa en función de criterios objetivos. 4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA EXCLUIDO). ANUALIDADES Y APROBACIÓN ECONÓMICA. 4.1 PRESUPUESTO: TRECE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (13.666.810,97 ) 4.2. ANUALIDADES (IVA EXCLUIDO): 2011 2012 6.868.000,00 6.798.810,97 4.3. APROBACIÓN ECONÓMICA: 3. CARÁCTER MÁXIMO DE DICHO PRESUPUESTO: EL PRESUPUESTO TENDRÁ CARÁCTER DE MÁXIMO, SIENDO RECHAZADAS LAS OFERTAS QUE LO SUPEREN 5. GARANTÍAS. 5.1. GARANTÍA PROVISIONAL. 3% DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, IVA EXCLUIDO: 410.004,33 5.2. GARANTÍA DEFINITIVA: 5 % DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN, IVA EXCLUIDO 5. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA. 5.1. CLASIFICACIÓN: PROCEDE: SI Grupo F. Subgrupo 1. Categoría f. (Obras Marítimas de dragados) Grupo F. Subgrupo 2. Categoría f. (Obras Marítimas de escollera) Grupo F. Subgrupo 3. Categoría e. (Obras Marítimas de bloques de hormigón) 5.2. SOLVENCIA. ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA (sólo para empresarios extranjeros) ECONÓMICA Y PROFESIONAL: Informe de instituciones financieras, en su caso, justificante de existencia de un seguro de riesgos profesionales Presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en los Registros Oficiales les podrán aportar como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados Declaración de la cifra de negocios global y en su caso sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato y de las obras realizadas en los últimos tres ejercicios. 1

TÉCNICA: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. 6. ADMISIÓN DE VARIANTES: SI NÚMERO MÁXIMO DE VARIANTES ADMITIDAS (1) ALCANCE Y VALORACIÓN DE LAS VARIANTES: LAS SEÑALADAS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y EN EL ANEXO IX DEL PRESENTE PLIEGO 7. COEFICIENTES DE PONDERACIÓN DE LAS PUNTUACIONES TÉCNICA Y ECONÓMICA X+Y= 100 % Técnica (X) 50% Económica (Y) 50% 8. REVISIÓN DE PRECIOS. SI FÓRMULA Nº 1 9. FORMA DE PAGO. CONFORME A LO SEÑALADO EN EL PRESENTE PLIEGO Y EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 10. PLAZO DE EJECUCIÓN: 10.1 PLAZO MÁXIMO TOTAL: DIECIOCHO (18) MESES 10.2 PLAZOS PARCIALES. NO PROCEDE. 11. PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD. SI X NO CATEGORÍA A 12. PENALIDADES POR DEMORA. CONFORME A LO SEÑALADO EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES 13. PLAZO DE GARANTÍA: UN (1) AÑO 14. GASTOS DEL CONTRATISTA 14.1 GASTOS POR SERVICIOS TÉCNICOS NO PORCENTAJE 14.2 GASTOS POR ENSAYOS Y PRUEBAS SI PORCENTAJE 1% 15. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA: TRES (3) MESES 16. SEGUROS. CONFORME A LO SEÑALADO EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES 17. SUBCONTRATACION. CONFORME A LO SEÑALADO EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES 2

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DEL PROYECTO HABILITACIÓN Y MEJORA DE LA DÁRSENA EXTERIOR Y ABRIGO EXTERIOR DE SAN ANDRÉS DEL PUERTO DE MÁLAGA ÍNDICE A) OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO, FORMA DE ADJUDICACIÓN Y PRESUPUESTO 1. Objeto del Contrato 2. Régimen Jurídico 3. Procedimiento y forma de adjudicación 4. Presupuesto y financiación 5. Plazo de ejecución B) FASE DE LICITACIÓN 6. Licitadores 7. Presentación de proposiciones y contenido 8. Variantes 9. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación C) ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 10. Clasificación de las ofertas, adjudicación del contrato y notificación de la adjudicación. 11. Garantía definitiva y complementaria 12 Documentación adicional 13. Formalización del contrato D) DESARROLLO, EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DEL CONTRATO 14. Condiciones generales 15. Dirección Facultativa de las obras 16. Responsabilidades del Contratista 17. Obligaciones del Contratista 18. Gastos exigibles al Contratista 19. Gastos por servicios técnicos y por ensayos y pruebas 20. Plan de seguridad y salud en el trabajo 21. Plazo de ejecución, cumplimiento de plazos y penalidades por demora 22. Programa de trabajo 23. Libros de órdenes, de incidencias y de subcontratación 24. Equipo y medios personales 25. Maquinaria y medios técnicos 26. Autorizaciones y permisos 27. Señalizaciones 3

28. Daños a las obras y perjuicios a terceros: seguros 29. Cesión del contrato 30. Subcontratación 31. Precio y régimen de pagos 32. Revisión de precios 33. Modificaciones del contrato 34. Suspensión de las obras 35. Obras defectuosas o mal ejecutadas 36. Recepción de las obras 37. Liquidación 38. Protección de datos de carácter personal 39. Plazo de garantía 40. Devolución de garantías 41. Extinción del contrato y causas de resolución 42. Efectos de la resolución 43. Reclamaciones y recursos 44. Régimen jurídico y jurisdicción competente. ANEXO I MODELO DE AVAL PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA PROVISIONAL MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA PROVISIONAL ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III MODELO DE AVAL PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA DEFINITIVA ANEXO IV DOCUMENTACIÓN TÉCNICA QUE EL LICITADOR DEBE PRESENTAR PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Y EXIGENCIAS PARA SU REDACCIÓN. ANEXO V CRITERIOS OBJETIVOS QUE SERVIRÁN DE BASE PARA LA DETERMINACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA: ANEXO VI REQUISITOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ANEXO VII CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS ENTRE EL LICITADOR/CONTRATISTA Y LA APM ANEXO VIII NORMAS ESPECÍFICAS A CONTEMPLAR PARA LA LICITACIÓN DEL PROYECTO ANEXO IX PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LAS VARIANTES A PRESENTAR AL PROCEDIMIENTO ANEXO X MODELO DE CERTIFICADO, A EXPEDIR POR LA COMPAÑÍA, PARA ACREDITAR LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL A QUE SE REFIERE LA CLAÚSULA 28 DEL PRESENTE PLIEGO 4

A) OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO, FORMA DE ADJUDICACIÓN Y PRESUPUESTO Cláusula 1. Objeto del Contrato. El presente Pliego de Condiciones Generales tiene por objeto la contratación de las obras definidas en el Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego. Cláusula 2. Régimen Jurídico. 1.El Contrato de obras objeto de este Pliego se regula con sujeción al mismo, y a los documentos adicionales que rijan la licitación (Cuadro de Características, Pliego de Prescripciones Técnicas, Proyecto, relación de unidades, etc.). 2. De conformidad con lo previsto en el apartado 1 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias en adelante Orden FOM/4003/2008, el régimen jurídico del contrato se rige, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las normas de la ley 31/2007 de 30 de Octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, modificada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, y supletoriamente, por las instrucciones de contratación de las Autoridades Portuarias, y en cuanto a sus efectos y extinción, por el derecho privado. Todo ello sin perjuicio de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 Octubre de 2007, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, en los supuestos previstos en el presente pliego. 3.En caso de contradicción, en cuanto a las determinaciones económicoadministrativas, entre el Pliego de Condiciones Generales, y los documentos adicionales que rijan la contratación, prevalecerá lo establecido en el primero. 4.Las referencias normativas contenidas en el presente Pliego se entenderán realizadas a las normas vigentes en el momento de redacción del mismo, o aquellas otras que pudieran dictarse en un futuro en sustitución de las vigentes o que fueran de aplicación. Cláusula 3. Procedimiento y forma de adjudicación. 1.El Contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, en virtud del cual todo operador económico interesado podrá presentar una proposición. 5

2.La forma de adjudicación será la de oferta económicamente más ventajosa, prevista en el artículo 60.b) de la Ley 31/07, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, en virtud de la cual, la adjudicación recaerá sobre el licitador que, en su conjunto, haga la proposición económicamente más ventajosa en función de los criterios objetivos establecidos a tal fin, sin que, consiguientemente, tenga que recaer en la proposición más económica, pudiendo, incluso, declararse desierto el procedimiento. Cláusula 4. Presupuesto y financiación. 1. El presupuesto de licitación, o de contrata, de las obras objeto del Contrato, así como su distribución en anualidades, figura reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, y comprende tanto el precio del Contrato como los demás impuestos y tasas que pudieran corresponder, excluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. El importe de adjudicación no podrá superar el presupuesto base de licitación. Cualquier oferta que supere tal cantidad será rechazada. El importe de adjudicación tendrá el carácter de máximo, por lo que el adjudicatario no podrá exigir su aumento por ninguna causa, sea por el aumento de sus costes, por haber utilizado materiales de calidad superior a la exigida contractualmente, cambio de procedencia de los mismos, por variación exclusiva del número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el Proyecto dentro de los límites establecidos en el presente pliego o por haber finalizado la construcción antes de la fecha pactada, mas allá de lo establecido para la ejecución de unidades de obra por modificaciones en el proyecto aprobadas por la Dirección de Obra. 2.La cobertura financiera del Contrato está amparada por la consignación presupuestaria correspondiente, tal como queda acreditado en el expediente de contratación conforme a la Regla 2.1.b) de la Orden FOM/4003/2008. 3.La oferta seleccionada determinará el precio del contrato. Cláusula 5. Plazo de ejecución. 1.El plazo total de ejecución del Contrato, será el reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, salvo que en la oferta seleccionada se establezca uno menor, y los plazos parciales, serán exigibles si así se establece en el Cuadro de Características y conforme a lo señalado en el presente pliego o, en su caso, en las modificaciones previamente aprobadas por la Autoridad Portuaria como consecuencia del programa de trabajo presentado por el adjudicatario. 6

2.En todo caso, se estará a lo previsto en el presente pliego respecto a lo que se refiere al plazo de ejecución. B) FASE DE LICITACIÓN Cláusula 6. Licitadores. 1.Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten los requisitos para contratar que se señalan en la Cláusula 7 del presente Pliego de Condiciones Generales. 2. Cuando dos o más empresas acudan conjuntamente a la licitación, en el caso de que resulten adjudicatarias deberán constituir una Unión Temporal de Empresas en los términos y condiciones que se establece en el artículo 13.1.a) de la Orden FOM/4003/2008. Para la licitación bastará con que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y características de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe a la persona o entidad que representará a la UTE durante la fase de licitación, así como un domicilio a efectos de notificaciones. 3. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas y de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras. Cláusula 7. Presentación de proposiciones y contenido. 1. El anuncio de licitación publicado por la Autoridad Portuaria en el boletín o diario oficial correspondiente, indicará la oficina o dependencia en la que los interesados pueden examinar y obtener en su caso, copia de la documentación que rige la licitación, así como el plazo máximo y lugar de presentación de las proposiciones, cuyo contenido queda sujeto a los requerimientos que se establecen a continuación. 2. La Autoridad Portuaria de Málaga se reserva el derecho de modificar los términos de la convocatoria, inclusive su anulación, en cualquier momento antes de que finalice el plazo de presentación de proposiciones, procediendo, en su caso, a publicar nuevos anuncios. 7

3. La APM podrá desistir del procedimiento de Adjudicación de un contrato iniciado, con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los operadores económicos que hubieran presentado una oferta o que hubieran solicitado participar en el mismo. 4. Las proposiciones serán entregadas necesariamente en mano en la oficina de Registro y Archivo de la Autoridad Portuaria, hasta la fecha y hora indicadas en el anuncio de la licitación. No se admitirán las enviadas por correo o cualquier otro procedimiento del señalado, salvo que en el anuncio de licitación se autorice expresamente, respetándose, en cualquier caso, el secreto de la oferta. En el supuesto de admitirse las proposiciones remitidas por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, los DIEZ (10) días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. 5. El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia, en este último caso debidamente legitimada notarialmente o compulsada por los servicios de la Autoridad Portuaria. Las distintas declaraciones a incluir en la documentación administrativa se presentarán en todo caso en original. 6. Los licitadores presentarán la totalidad de documentos requeridos en castellano, en caso de tratarse de documentos en lengua extranjera deberá aportarse asimismo traducción oficial al castellano. 7. La Autoridad Portuaria se reserva la facultad de comprobar o verificar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de la documentación presentada por los licitadores, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados podría ocasionar, si aún no se ha adjudicado el contrato la pérdida de la fianza provisional, o una vez adjudicado el mismo puede ser, a criterio de la Autoridad Portuaria, causa de resolución del contrato por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por el valor de aquella si no se hubiera constituido, sin perjuicio de los daños y perjuicios ocasionados. En todo momento, la Autoridad Portuaria puede, asimismo, exigir mayores acreditaciones de cualquier tipo para la comprobación de la personalidad y capacidad jurídica del adjudicatario o de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional. 8

8. Si durante la tramitación del procedimiento abierto y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquisición del patrimonio, siempre que acredite, ante el Órgano de Contratación, reunir las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este Pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 9. El plazo máximo de validez de las propuestas será de tres (3)meses, a contar desde la fecha de la apertura pública de ofertas fijada ene. Anuncio de licitación, salvo que en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se establezca un plazo mayor, en cuyo caso la validar de las propuestas se mantendrá durante el plazo a tal efecto establecido. 10. La documentación general y técnica presentada por los licitadores no adjudicatarios les será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación. Transcurrido el plazo de tres (3)meses a contar desde la adjudicación sin que los licitadores que no resulten adjudicatarios hayan retirado la citada documentación, la APP podrá proceder a su destrucción. 11. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presenten a la licitación será por cuenta exclusiva de los licitadores, quienes no podrán reclamar compensación alguna en caso de no resultar adjudicatarios. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, de al menos tamaño DIN A 4, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en cada uno de los cuales se hará constar el título del contrato, su respectivo contenido, y el nombre o denominación social, y DNI o CIF del licitador. SOBRE nº 1: Documentación general: En dicho sobre deberá incluirse obligatoriamente la documentación que acredite: 1) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar del licitador. a) Empresarios españoles, deben presentar los siguientes documentos: La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución y modificación, en su caso, los 9

estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado dónde están establecidos, o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el Anejo 1 del Registro General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas. Asimismo, y en función de lo dispuesto en el art. 37 de la ley 31/07 los certificados equivalentes a los exigidos en este Pliego que hayan sido expedidos por organismos establecidos en otros Estados Miembros de la Unión Europea sientan una presunción de capacidad frente al Órgano de Contratación. c) Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 LCSP, en forma sustancialmente análoga. Para celebrar contratos de obras será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil. 2) Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Los que firmen o presenten proposiciones en lugar de otro presentarán poder notarial bastante y suficiente al efecto y fotocopia legitimada de su DNI o del que, en su caso, le sustituya legalmente. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, salvo que se trate de un poder para un acto concreto. 3) Documentos que justifiquen la solvencia necesaria para ejecutar el contrato: Los licitadores que pretendan contratar con la Autoridad Portuaria, deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica, en los términos y medios que se especifiquen en el correspondiente apartado del Cuadro de Características de entre los previstos en los artículos 64 y 65 Ley 30/2007 o aquellos otros medios de prueba que se consideren adecuados. Este requisito será sustituido por la correspondiente 10

clasificación como contratista de obras, en los casos en que, con arreglo al citado Cuadro de Características que encabeza este Pliego, sea exigible. Cuando la exigencia de clasificación no proceda, se hará constar así en el correspondiente apartado del Cuadro de Características. En el caso de que proceda la exigencia de clasificación, los licitadores deberán presentar los correspondientes acuerdos sobre clasificación y revisión de la clasificación, en su caso, expedidos por el Registro Oficial de Licitadores y de Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda. Dicho documento deberá justificar que el licitador está clasificado en los grupos, subgrupos y categorías que se especifiquen en el Cuadro de Características, con categorías iguales, o superiores, a las allí mencionadas. Los licitadores que aporten la clasificación deberán además, presentar una declaración jurada de la que se manifieste la vigencia de la Clasificación de la Junta Consultiva de Contratación aportada así como de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. No serán admitidos acuerdos de clasificación y revisión emitidos por terceros distintos al Registro Oficial de Licitadores y de Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda. Para los empresarios no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea que no estén clasificados será suficiente que acrediten, en su caso, ante el Órgano de Contratación, su solvencia económica y financiera y técnica, en los términos y por los medios señalados en el cuadro de características del presente pliego. Los certificados de clasificación, o documentos similares, que hayan sido expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios, constituyen una presunción de capacidad frente al Órgano de Contratación, en los términos recogidos en el Artículo 73 de la Ley 30/2007 y en el art. 37 de la ley 31/07. En el supuesto de que concurran a la licitación Uniones Temporales de Empresas, la clasificación de las U.T.E. se determinará mediante la acumulación de las características de cada uno de los asociados, expresadas en sus respectivas clasificaciones. Se exigirá que todas las empresas que concurran en unión temporal estén clasificadas como contratistas de obras, excepto cuando concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros de Estados no miembros de la Unión Europea (extranjeros no comunitarios) o extranjeros de Estados miembros de la Unión Europea (extranjeros comunitarios), en cuyo caso, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica y financiera y técnica. 11

La acumulación de clasificaciones en las UTE se practicará conforme a las reglas que se establezcan en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento. 4) Que no están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49.1 Ley 30/2007, y que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. Dichos aspectos se acreditarán mediante la presentación de una declaración responsable debidamente firmada por el licitador o su representante, por alguno de los medios previstos en el artículo 62 del citado texto legal. Siendo admisible asimismo la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la seguridad social mediante la presentación de las correspondientes certificaciones administrativas emitidas por los órganos competentes. 5) Resguardo acreditativo de que se ha constituido la garantía provisional, cuando esta fuera exigible, en el importe que se determine en el Cuadro de Características, la cual responderá y se regirá por lo establecido en la Regla 14 de la Orden FOM/4003/2008. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición, del adjudicatario, hasta la formalización del contrato. Dicha garantía no podrá ser superior al 3% del presupuesto de licitación, excluido el I.V.A. Esta garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria y podrá constituirse por cualquiera de los medios que se establezcan en la normativa de contratación del sector público estatal vigente en cada momento. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éste deberá sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo Nº 1, y estar bastanteado por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenido por fedatario público. En el caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las personas participantes de la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía de la misma, y garantice solidariamente la proposición presentada por todos los componentes de la unión. A los licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación les será incautada la garantía provisional. 6) Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso. Cuando dos o más empresas acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar, como se ha señalado anteriormente, su personalidad y capacidad, debiendo indicar, en documento privado, 12

los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que representará a la UTE durante la fase de licitación, así como un domicilio a efectos de notificaciones. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de las empresas de la unión con poder suficiente para ello que deberán acreditar en este acto. 7) Declaración jurada de cada empresa sola o formando parte de una Unión de Empresarios que se presente a la licitación en la que se haga constar, en su caso, su pertenencia a un grupo de empresas (entendiéndose, por empresas pertenecientes a un grupo, aquéllas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el art. 42.1 del Código de Comercio) o, en caso contrario, su no pertenencia a ningún grupo. En caso de pertenencia, cada una de las empresas acompañará una relación de todas las agrupadas con ella. 8) Sumisión por las empresas extranjeras a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato y con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. 9) Cuantos otros documentos se requieran, en su caso, en el cuadro de características como necesarios para tomar parte en la licitación. Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquisición del patrimonio, siempre que acredite, ante el Órgano de Contratación, reunir las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este Pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 10) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones. 11) Compromiso de nombramiento como Delegado y Jefe de Obra de un titulado superior, ingeniero de caminos, canales y puertos, con al menos 10 años de experiencia en obras marítimas, con capacidad para representarle en todo aquello que afecte a la ejecución de la obra y al cual se atribuya la responsabilidad técnica y de seguridad de la misma. Dicho documento será registrado en caso necesario en el Colegio profesional correspondiente. 11) Documentos Pro forma de los contratos de seguros exigibles, según el presente pliego. 13

La documentación administrativa presentada por los licitadores no adjudicatarios les será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación y transcurridos los plazos legales para la interposición de recursos. SOBRE nº 2 Documentación técnica: Contenido: Sólo se admitirán variantes en el caso de que así se establezca en el Cuadro de Características del presente Pliego. 1) Documentación requerida para el supuesto de concurso sin variantes: La documentación técnica a incluir, relativa al proyecto aprobado constará de los siguientes apartados, cuyo contenido y exigencias de redacción se establecen en el anexo nº 4, sin perjuicio de las especificaciones que para cada contrato puedan recogerse en el Anexo nº 8, de Normas Específicas: a) Memoria constructiva y Programa de trabajo. b) Calidad a obtener. c) Programa de actuaciones medioambientales. d) Memoria de Seguridad y Salud. e) Tecnología e I + D + i 2) Documentación requerida para el supuesto de concurso con variantes: Los licitadores deberán presentar obligatoriamente una oferta sobre el proyecto base (identificada como sobre nº 2 A proyecto base y sobre nº 2 B) Asimismo, cada licitador podrá presentar el número máximo de variantes admitidas establecido en el Cuadro de Características. En caso de que algún licitador presentara más variantes que las admitidas únicamente se tendrá en cuenta la oferta base. La documentación técnica a incluir, tanto para el proyecto base como para cada una de las variantes que cada licitador puede presentar será en todo caso la exigida en el apartado 1) a la que se añadirá la solución técnica propuesta. Además, las variantes que se presenten, que deberán sujetarse a lo establecido en el Pliego de Bases Técnicas regulador de dichas variantes, deberán contener los documentos requeridos en el mismo (Anexo nº 9). Salvo en el supuesto en que por venir así determinado en el Cuadro de Características no esté permitida la subcontratación, la oferta de licitador deberá indicar la parte de la 14

misma que pretende subcontratar, indicando su importe así como los subcontratistas que propone o su perfil empresarial. La voluntad de subcontratar parte de los trabajos a realizar no tendrá ninguna virtualidad a los efectos de valoración de las ofertas. Cada licitador presentará dos (2) sobres nº 2 de modo que, en cada uno de ellos, figure de forma visible, respectivamente las palabras ORIGINAL y COPIA. En el sobre con la palabra ORIGINAL se incluirán todos los documentos que deben comprenderse en el Sobre nº 2 en soporte papel y en soporte informático (textos: documentos tipo Microsoft Office; planimetrías: ficheros tipo.dwg). En el sobre con la palabra COPIA se incluirán exclusivamente en soporte informático los documentos anteriores. El soporte informático incluirá dos tipos de archivo: unos que sean copia fiel de la documentación en papel en formato pdf y otros en formato nativo de las aplicaciones en que se hayan generado (MS Word, MS Excel, Autocad, etc.). Además, en el caso en que se admitan variante s y los licitadores presenten alguna, el presupuesto de la misma deberá presentarse en soporte papel y en soporte informático. Transcurrido el plazo de tres (3) meses a contar desde la adjudicación sin que los licitadores que no resulten adjudicatarios hayan retirado la documentación correspondiente a este sobre, la Autoridad Portuaria podrá proceder a su destrucción. SOBRE nº 3: Documentación económica: Contenido: El importe ofertado deberá ser siempre, igual o menor que el presupuesto de licitación señalado en el cuadro de características que encabeza este pliego, cuando este aspecto tenga el carácter de máximo. Proposición económica, firmada por el licitador o persona que lo represente, deberá formularse estrictamente conforme al modelo que se adjunta como Anexo nº 2 de este Pliego, y tanto cuando se presente oferta al proyecto base como, en su caso, a variantes. Si se presentara variante, se presentarán las proposiciones económicas correspondientes en sobres separados en que se incluirá además de la identificación, la misma identificación que para el sobre nº 2 A y B. La proposición económica se presentará escrita a máquina, y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Autoridad Portuaria estime fundamental para considerarla. Ante cualquier 15

discrepancia entre términos escritos en letra y número, se estará a lo consignado en letra. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden, a todos los efectos, no sólo el precio del contrato, sino también de todos los gastos, de desplazamiento o de cualquier otro que pudiera incidir sobre el mismo así como el importe de todos los impuestos y tasas y tributos que pudieran originarse como consecuencia del contrato con excepción del importe del Impuesto sobre el Valor Añadido La proposición deberá incluir declaración del licitador de que acepta de manera incondicionada el contenido del Pliego, y que no han presentado más de una oferta tanto individualmente como conjuntamente con otros formando parte de una UTE. La contravención de estos principios conllevará la desestimación de todas las propuestas presentadas por él. No obstante, cuando se admitan variantes, los licitadores, además de la proposición que obligatoriamente deberán presentar al Proyecto base formulado por la Autoridad Portuaria, podrán presentar, en su caso, las respectivas proposiciones económicas, debiendo hacer referencia en cada una de ellas a la variante técnica a que corresponden. Asimismo, la proposición deberá expresar formalmente el plazo máximo de ejecución que se prevé como necesario para la ejecución del presente contrato, plazo de ejecución que deberá ser igual o menor que el plazo que figura en el cuadro de características que encabeza el presente Pliego de Condiciones. En el caso de que se presente una proposición económica por dos o más empresas que pretendan constituir una unión temporal de empresas, aquella deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la misma en caso contrario. Finalmente, adjunto a la proposición económica, y salvo en el supuesto en que por venir así determinado en el Cuadro de Características no esté permitida la subcontratación, los licitadores deberán indicar, en su caso, la parte de los trabajos que se propone, la voluntad de subcontratar parte de los trabajos a realizar no tendrá ninguna virtualidad a los efectos de valoración de las ofertas. Cláusula 8. Variantes. La admisibilidad de variantes, elementos sobre los que se autoriza y requisitos para su presentación serán los señalados en el cuadro de características del presente pliego y la documentación que lo define. 16

Sin perjuicio de lo dispuesto en la definición del objeto del contrato el proyecto, y la determinación del precio de ejecución y de licitación, se admitirán variantes admisibles las que estén identificadas en el cuadro de características del presente pliego o en sus anexos y guarden relación directa con el objeto del contrato. La forma en que incrementarán la valoración de la oferta que las contenga será la establecida en el cuadro de características del presente pliego o en sus anexos. La admisión por parte del órgano de contratación de una variante que afecte al proyecto base dará lugar a la necesaria modificación del mismo, emitiéndose los informes que resulten preceptivos. Cláusula 9. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación. 1.. Antes de procederse ala apertura de las ofertas, deberá constar certificado expedido por el responsable de la oficina receptora de ofertas de la Autoridad Portuaria, expresivo de las proposiciones presentadas dentro del plazo establecido en la convocatoria de licitación del contrato cuyo original será entregado al secretario de la Mesa de Contratación. 2. La composición de la Mesa de Contratación será la designada por el Órgano de Contratación con arreglo a lo previsto en la Regla 4 de la Orden FOM 4003/2008. En ausencia del Presidente y/o del Secretario o de las personas que los sustituyan, la función del Presidente será ejercitada por el componente de la Mesa de Contratación de mayor edad, y la del Secretario por el de menor edad. Se podrán incorporar a la mesa de contratación los asesores especializados que resulten necesarios según la naturaleza de los aspectos a tratar que actuarán con voz pero sin voto. 3. La Mesa de Contratación realizará, en un primer acto no público, el tramite de apertura, examen y calificación de las documentaciones generales incluidas en los sobres nº 1 de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, rechazando aquellas que no lo hubiesen efectuado en la forma debida, por la no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos, tres (3) días hábiles, contando a partir de la notificación que se practique, en el caso de que se detecten defectos subsanables y admitiendo provisionalmente las que reúnan los requisitos exigidos. 4. A continuación, se procederá a la apertura de los Sobres Nº 2 que contienen las proposiciones técnicas de los licitadores admitidos, o, en su caso, en proceso de admisión, que en este acto se entregará a la Comisión Técnica formada a tales efectos, con arreglo a lo previsto en la Regla 39.3 de la Orden FOM/4003/2008, finalizado lo cual se levantará la sesión. 17

5. La Comisión Técnica, en base a los criterios objetivos de ponderación y a las normas específicas y valoraciones por aspectos de los Anexos nº 5 y 8, redactará un Informe Técnico con las valoraciones de las propuestas técnicas, que serán utilizadas por la Mesa de Contratación para motivar su propuesta de adjudicación o, en su caso, propuesta de declaración del procedimiento desierto. 6. Únicamente se procederá a la apertura de las proposiciones económicas (sobre nº 3) cuando la Mesa de Contratación tenga en su poder el informe de valoración de la Comisión Técnica, por lo que inmediatamente antes de comenzar el acto público de apertura de las proposiciones económicas, la Comisión presentará ante la Mesa el correspondiente Informe Técnico que incluirá la puntuación que merezcan las proposiciones presentadas. 7. En el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación se constituirá de nuevo la Mesa de Contratación, para proceder a la apertura en acto público, de las proposiciones económicas para lo cual, en primer lugar, comunicará la relación de los licitadores admitidos definitivamente a la licitación, así como en su caso, de los licitadores rechazados como consecuencia de la calificación documental, procediéndose a continuación a la apertura y lectura de los Sobres nº 3 que contienen las proposiciones económicas de los licitadores admitidos. 8. Serán rechazadas aquellas proposiciones cuya oferta económica exceda del presupuesto de licitación que figure en el Cuadro de Características cuando éste tenga el carácter de máximo o cuyo plazo de ejecución exceda del previsto. 9. Una vez finalizado dicho acto público, y salvo en el supuesto de posibles ofertas anormalmente bajas en el que se procederá conforme se indica a continuación, la Mesa de Contratación formulará, en atención a la puntuación económica y técnica alcanzada por las distintas proposiciones, su propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. 10. La Mesa de Contratación determinará aquellas ofertas que pudieran ser anormalmente bajas en relación con la prestación. Para la determinación de las ofertas anormalmente bajas se estará a lo previsto al efecto en el Anexo III (criterios de adjudicación para determinar la oferta económicamente más ventajosa) de la Orden FOM/4003/2008, cuyos criterios se reproducen en el Anexo V Criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, en atención a la oferta económicamente más ventajosa, del contrato apartado cálculo de ofertas en su presunción de anormalidad del presente Pliego,. Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo (entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio) presenten distintas proposiciones, individualmente o en UTE, a la 18

licitación de la obra cuyo contrato está regido por el presente Pliego, se tendrá en cuenta, únicamente, para aplicar el método de apreciación de ofertas desproporcionadas, o anormalmente bajas, la oferta más baja de entre todas las presentadas por dichas empresas o por las UTE de que formen parte. Si una oferta resulta en presunción de anormalidad en relación con la prestación, la Mesa de Contratación deberá recabar de todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, las aclaraciones necesarias para poder estar en disposición de determinar si, efectivamente, la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada, o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello ha de ser tomada en consideración para adjudicar el contrato. Para ello, la Mesa de Contratación solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta. El licitador dispondrá de un plazo de respuesta no inferior a (3) días y como máximo (10) días hábiles contados desde la recepción de la solicitud de las precisiones para presentar por escrito sus justificaciones o precisiones que se le soliciten. Si transcurrido este plazo, la Mesa de Contratación no hubiera recibido dichas justificaciones, acordará lo que estime oportuno sobre la admisión o rechazo de la oferta, de acuerdo con los datos contenidos en el expediente de contratación de la obra y con la definición y el importe de la Propuesta de que se trate. Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de Contratación asistida por la Comisión Técnica y, en su caso, técnico/s relacionados con el objeto del contrato, decidirá o bien la aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha oferta. El mencionado posible rechazo en ningún caso tendrá efectos sobre los cálculos ya realizados de los valores medios o de referencia de las bajas. Del rechazo se dará cuenta a los licitadores afectados. 11. Decidida la admisión y/o rechazo de las ofertas anormalmente bajas, la Mesa de Contratación procederá a valorar las ofertas admitidas (incluidas aquéllas que hayan dejado de ser anormalmente más bajas), de acuerdo con los criterios objetivos que servirán de base para la determinación de la oferta más ventajosa, así como conforme a la ponderación entre la propuesta técnica y la económica del Cuadro de Características contando para ello con el informe de la Comisión Técnica. A continuación elevará al Órgano de Contratación la oportuna propuesta de adjudicación, junto con el acta y las proposiciones presentadas. 12. La propuesta de adjudicación efectuada por la Mesa de Contratación, y en tanto no se haya perfeccionado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación, no crea 19

derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Autoridad Portuaria. No obstante, cuando el órgano de Contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada, deberá motivar su decisión. C) ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 10. Adjudicación del contrato y notificación de la adjudicación. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social conforme a lo señalado en la presente cláusula. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social se realizará conforme a lo establecido al respecto en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos de valoración establecidos en este pliego, o declarar desierta la contratación motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios indicados. Asimismo, en el citado plazo de diez días hábiles se presentará la documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva así como los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. Si el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa se comprometió a la contratación de personas en situación de exclusión social, deberá presentar igualmente en el citado plazo: informes de los servicios sociales públicos competentes acreditativos de dicha situación, contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si no se presenta la documentación requerida en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 20