AUTORIDAD PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LA CUENCA DEL LAGO DE ATITLÁN Y SU ENTORNO BASES DE COTIZACIÓN

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Transcripción:

AUTORIDAD PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LA CUENCA DEL LAGO DE ATITLÁN Y SU ENTORNO VICE-PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA BASES DE COTIZACIÓN PARA COMPRA DE EQUIPO PARA LA AMPLIACION DEL LABORATORIO DE AGUAS AL SERVICION DE AMSCLAE. Guatemala, Agosto 2009 1

1. INTRODUCCIÓN: La Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno AMSCLAE, necesita comprar los siguientes equipos de laboratorio: 1 horno/incubadora de laboratorio. 1 refrigeradora de laboratorio. 1 balanza analítica de precisión para laboratorio. 1 desecadora de tipo gabinete para laboratorio con doble bandeja. 1 estéreo-microscopio binocular para laboratorio. Por lo anterior, se elaboran las presentes Bases de cotización, que tienen como objetivo establecer los requerimientos, condiciones y procedimientos para participar en el proceso de Cotización; de conformidad con lo que estipula la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92) y su Reglamento (Acuerdo Gubernativo 1056-92) y sus reformas, así como leyes de aplicación supletoria. 2. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS: 2.1 ACTA DE RECEPCIÓN FINAL: Documento emitido por la Comisión Receptora y Liquidadora como constancia de la revisión y recepción final de los bienes que se proveerán. Este documento será parte integrante del proceso para la liquidación, de acuerdo con las cláusulas contractuales. 2.2 COTIZACIÓN: Es el procedimiento administrativo, para la adquisición de los bienes requeridos, conforme lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, reformas y las presentes bases. 2.3 COMISIÓN RECEPTORA Y LIQUIDADORA: Es el órgano competente nombrado por la Autoridad Superior Administrativa, que deberá proceder a la recepción y liquidación de los bienes adquiridos. 2.4 CONTRATISTA: Es la persona individual o jurídica, a quien se adjudicó el objeto de la Cotización y que ha suscrito el contrato para proveer los bienes requeridos. 2

2.5 CONTRATO: Documento suscrito entre el titular de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno y el contratista. Contiene las condiciones para la adquisición de los bienes y el monto del mismo. Forman parte del contrato, quedando incorporados a él, la oferta económica presentada por el contratista y las bases de Cotización. 2.6 JUNTA DE COTIZACIÓN: Es el órgano competente nombrado por la autoridad superior administrativa, para la recepción, calificación y adjudicación del negocio jurídico. 2.7 AUTORIDAD PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LA CUENCA DEL LAGO DE ATITLÁN Y SU ENTORNO Es el órgano responsable de planificar, coordinar y ejecutar en coordinación con las instituciones que corresponda, todos los trabajos que permitan rehabilitar el ecosistema de la Cuenca y del Lago de Atitlán, generando los mecanismos necesarios para lograr sus objetivos. 2.8 OFERENTE: Es la persona individual o jurídica que presenta la oferta económica para proveer los bienes a adquirir, de conformidad con las bases de cotización. 3. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES: a) Cada persona individual o jurídica, nacional, podrá presentar una sola oferta. En ningún caso se permitirá la presentación por una misma persona, de más de una oferta. Quien actúe por sí no puede participar representando a un tercero. b) El oferente estará sujeto en todo a las leyes de Guatemala. c) No se tomarán en cuenta las ofertas que no se ajusten a las presentes bases de Cotización. d) El oferente acepta desde el momento de presentar su oferta, todas las condiciones de la presente Cotización. e) No se admitirán contra ofertas o condiciones que modifiquen o tergiversen las bases de Cotización. 3

f) Presentar certificación de inscripción en Guatecompras. 4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISPOSICIONES ESPECIALES 4.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE LABORATORIO 1 horno/incubadora de laboratorio (doble uso). o Rango de temperatura de horno de 80 220 C. o Rango de temperatura de incubadora de 5 80 C. o Cámara especular de acero inoxidable. o Alimentación eléctrica estándar de pared, 110 volts. o Espiga eléctrica robusta. o Puerta de cristal térmico para fácil inspección de muestras. o Espacio interno de dos repisas móvibles. o Estabilidad de temperatura de ± 0.5 C. o Fácil ajuste de temperatura. o Manual de uso y especificaciones. o Certificado de garantía 1 refrigeradora de laboratorio. o Capacidad entre 16 y 21 pies 3. o Cámara de refrigeración vertical. o Deshielo automático. o Que no produzca escarcha. o Indicador de temperatura integrado. o Fácil ajuste termostático. o Junta magnética de cierre. o Temperatura graduable entre 2 25 C. o Alarma de advertencia de temperatura máxima y mínima. o Luz interior con sistema automático. o Sistema de estantes regulables, varillas plastificadas. o Sistema de enfriamiento de aire forzado de flujo vertical. o Alimentación estándar de pared, 110 volts. o Espiga eléctrica robusta. o Manual de uso y especificaciones. o Certificado de garantía. 4

1 balanza analítica de precisión. o Rango de 0.001 1,000 gramos. o Pesa de calibración incluida. o Display de alta luminosidad. o Varias unidades de pesada. o Salida de datos RS-232-C. o Carcasa de aluminio inyectado. o Cumplimiento de normas GMP/GLP. o Alimentación eléctrica estándar de pared, 110 volts. o Espiga eléctrica robusta. o Manual de uso y especificaciones. o Certificado de garantía. 1 gabinete desecador. o Dimensiones internas superiores a 1 pie cúbico. o Altura máxima de 30 a 40 cm. o Dos bandejas internas graduables. o Puerta de vidrio o material transparente. o Indicador de humedad interna. o Bandeja de metal para gel absorbente de humedad (para usar en el horno). o Gel absorbente de humedad incluido. o Ancho de 25 a 30 cm. o Bandejas internas perforadas para mejor control de humedad. o Manual de uso y especificaciones. o Certificado de garantía. 1 estéreo microscopio de laboratorio. o Estereomicroscopio compatible con cámara digital Olympus E 420. o Oculares campo ancho de 10x aumento. o Cabezal Rotable 360. o 55 a 78 mm Distancia Interpupilar. o Enfoque graduable con piñón de base alta y baja distancia. o Luz de base e incidente de halógeno de 10w. o Plato color blanco y negro para contraste. o Aumento de 2x y 4x mecánico con aumento total de 40 magnificaciones. o Alimentación eléctrica de 110 volts. Estándar de pared. o Manual de uso y especificaciones. o Certificado de garantía. 5

4. 2 LUGAR Y FECHA EN DONDE SE ENTREGARÁN LOS EQUIPOS o En las oficinas de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, en el departamento de Sololá. 12 calle 7-49 zona 2 Barrio San Bartolo. El día viernes 25 septiembre del 2009 a las 10:30 Hrs. 5. CONTENIDO DE LA PLICA: De conformidad con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la plica debe contener, como mínimo, los documentos siguientes: 5.1) Todas la hojas que forman la oferta deberán estar firmadas por el oferente. Si se trata de una persona jurídica, la oferta deberá firmarla el representante legal de la misma. La oferta deberá presentarse en el formulario de Cotización oficial, debidamente firmado, debiendo tomar en cuenta que deberá ser expresado en moneda nacional, tanto en números como en letras, especificando el precio unitario y el monto total, el monto será fijo e invariable, el costo total de la oferta debe incluir el Impuesto al Valor Agregado -IVA-. 5.2) Fotocopia legalizada del Testimonio de la Escritura Constitutiva de la Sociedad, y cualquier modificación que hubiera, debidamente razonada por el Registro General Mercantil de la República de Guatemala. 5.3) Fotocopia legalizada del documento que acredite la personería del representante legal del oferente (fotocopia legalizada del acta notarial de su nombramiento o del mandato, debidamente inscrito en los registros correspondientes). 5.4) Fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de la empresa. (Persona individual). 5.5) Fotocopia legalizada de Patente de Comercio de Sociedad, si fuera el caso. 5.6) Declaración jurada en acta notarial, debidamente firmada por el oferente o su representante legal, en la que conste que el oferente no es deudor moroso del Estado ni de las entidades a las que se refiere el Artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, conforme lo establece el artículo 19 inciso 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 6

5.7) Declaración jurada en acta notarial, debidamente firmada por el oferente o su representante legal, en la que conste que no está comprendido el oferente en ninguna de las prohibiciones a que se refieren los artículos 26 y 80 de la Ley de Contrataciones del Estado y 9 del Reglamento de la misma ley. 5.8) Fotocopia legalizada de la constancia vigente de inscripción en el Régimen al Impuesto al Valor Agregado -IVA- e Impuesto Sobre la Renta -ISR-. 5.9) El precio de la oferta, fijo e invariable, expresado en quetzales, tanto en números como en letras, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado -IVA- consignándolo en el formulario de solicitud de Cotización respectivo. 5.10) Fotocopia legalizada de la cédula de vecindad del propietario de la empresa o representante legal completa. En el caso de los extranjeros, si éste fuera el Representante legal, deberá adjuntar fotocopia legalizada del pasaporte vigente. 5.11) Fotocopia legalizada de carné de número de identificación tributaria (NIT). 5.12) Fotocopia legalizada de la inscripción en el Registro Tributario Unificado. 5.13) Fianza de sostenimiento de oferta por un monto del 1% del valor ofertado, conforme lo determina el artículo 64 de la Ley de Contrataciones del Estado. 5.14) Declaración jurada en acta notarial (original) en la que conste que el oferente acepta el contenido de las presentes bases. 5.15) Copia de la certificación de inscripción en GUATECOMPRAS. 6. REQUISITOS: 6.1 FUNDAMENTALES: Se consideran requisitos fundamentales para la presentación de las plicas los contenidos en los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.9, 5.13, 5,14. 7

6.2 FORMALES: 6.2.1 Las ofertas de precios deberán referirse y sujetarse a las condiciones establecidas en este documento, y la presentación de la propuesta constituirá evidencia de que el OFERENTE estudió y examinó completamente los documentos y características requeridas, lo que le habrá permitido identificar de manera clara, completa y precisa lo requerido para poder cotizar adecuadamente el precio de los bienes correspondientes, de conformidad con las especificaciones y condiciones de los mismos. 6.2.2 La Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, se reserva el derecho y la facultad de verificar la autenticidad de los documentos presentados, así como la veracidad de la información que contenga la oferta. 6.2.3 El precio de los aparatos de laboratorio ofertados, deberá expresarse con dos decimales y tendrán que incluir todas las tasas, fletes, impuestos, arbitrios y cualesquiera otros gastos aplicables. De acuerdo con lo que establece el artículo 10 del Decreto 27-92 del Congreso de la República y sus reformas, dicho precio deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado -IVA-, y hacerlo saber en la oferta del contratista. 6.2.4 Los costos y gastos en que incurra el OFERENTE para la preparación y presentación de su oferta, serán por su cuenta y riesgo, por tal razón, la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, no reconocerá suma alguna ni efectuará reembolsos de ninguna naturaleza por tales conceptos, salvo lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado. 7. FIANZAS: El valor de la adquisición de las fianzas deberá ser incluido en el precio de la oferta. Las Fianzas serán emitidas por una institución afianzadora autorizada para operar en el país, de reconocida capacidad y solvencia. 8

7.1 DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA: Para poder participar en esta Cotización, el oferente deberá constituir a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, garantía de sostenimiento de oferta, que cubra el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de la adjudicación y, en todo caso, tendrá una vigencia de 120 días. La presente garantía deberá formalizarse por medio de fianza, la cual deberá ser por el equivalente al uno por ciento (1%) del monto de la oferta (incluyendo el Impuesto al Valor Agregado). Dicha fianza deberá ser emitida a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno por una compañía debidamente autorizada para este tipo de operaciones, legalmente constituida para operar en la República de Guatemala. 7.2 DE CUMPLIMIENTO: Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato correspondiente, el contratista deberá constituir garantía de cumplimiento de contrato, dentro de los 15 días siguientes de su suscripción. La presente garantía deberá formalizarse por medio de fianza, la cual deberá ser por el equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato (incluyendo el Impuesto al Valor Agregado). Dicha fianza deberá ser emitida a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, por una compañía debidamente autorizada para este tipo de operaciones, legalmente constituida para operar en la República de Guatemala. 7.3 DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante depósito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección, que cubra el valor de las reparaciones de las fallas y desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de los equipos. Tratándose de bienes y suministros, deberá otorgarse garantía de calidad y/o funcionamiento, cuando proceda. La garantía de conservación de obra, o de calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción del equipo, bien o suministro. Art. 67, Ley de Contrataciones del Estado. 9

8. FORMA DE PAGO: Las ofertas deberán de presentarse en quetzales y los precios deberán de incluir todos los impuestos, arbitrios, tasas o contribuciones. Toda documentación deberá ser legible y redactada en idioma español y no deberá tener borrones, raspaduras o enmiendas. El pago de los aparatos se realizará en quetzales contra entrega de los mismos, previa presentación de la fianza respectiva; lo cual quedará previamente establecido en una de las cláusulas del Contrato Administrativo que se suscriba para formalizar la contratación. Dichos pagos se girarán por medio de un Comprobante Único de Registro -CUR-, a favor de la empresa favorecida, para que le sean acreditados a la cuenta bancaria que tenga registrada en el Ministerio de Finanzas Públicas. 9. PRESENTACIÓN, RECEPCIÓN Y APERTURA DE PLICAS La oferta debe presentarse en sobre cerrado, dirigido a la Junta de Cotización de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, incluyendo los documentos indicados en el numeral 5; en original y dos (1) copias; impresas y en idioma español; en la sala de sesiones de las oficinas de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno ubicadas en el departamento de Sololá Al recibir las ofertas en el lugar indicado anteriormente, la Junta de Cotización, procederá a abrir cada una de ellas y a rubricar en un lugar visible cada hoja que contenga las ofertas. Las ofertas y demás documentos de Cotización, deberán entregarse en la dirección, fecha y hora ya indicadas. Transcurridos treinta minutos de la hora señalada para la presentación de ofertas, no se aceptará alguna más y procederá a la apertura de plicas. La calificación y adjudicación deberá hacerse por la Junta de Cotización en un plazo que no excederá del día miércoles 30 de Septiembre del presente año. 10

10. DE LA OFERTA: Si se presentara uno o más oferentes, pero en menor número al establecido en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, pero si por falta de oferentes no se pudiera llenar dicho requisito la Junta de Cotización suscribirá el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior, a quien le compete calificar dicha circunstancia bajo su responsabilidad. La Junta de Cotización hará constar lo actuado en el acta correspondiente. Si no se presentaran oferentes, la Junta de Cotización suscribirá el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas. Si aún así no se presentaran ofertas, la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, quedará facultada a realizar la compra directa a que se refiere el artículo 43 de la Ley de Contrataciones del Estado. 11. JUNTA DE COTIZACIÓN: La Junta de Cotización estará integrada por tres personas nombradas por el Director Ejecutivo de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno y tendrá competencia para lo siguiente: 1) Recepción, apertura, calificación, adjudicación o rechazo de las ofertas. 2) La Junta de Cotización deberá de adjudicar el negocio jurídico tomando en cuenta los criterios de calificación. 12. CRITERIO DE CALIFICACION: La calificación de las ofertas será efectuada por la Junta de Cotización, con apego a salvaguardar los intereses del Estado, prevaleciendo a lo estipulado en estas bases y énfasis al menor precio. Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable a los intereses del Estado, se utilizarán los criterios siguientes: 11

DESCRIPCIÓN VALORACION CALIDAD 30% Marca reconocida a nivel global 10% Certificado de Calidad 10% Vida útil del equipo 10% SOPORTE TÉCNICO 30% Comprobar equipo técnico para la reparación y mantenimiento 10% Comprobar repuestos en stock para los equipos 10% Capacitación a personal para uso de equipos 10% PRECIO DE LA OFERTA 20% TIEMPO DE ENTREGA 10% CONTENIDO DE LA PLICA 10% TOTAL: 100% 13. ADJUDICACIÓN: La Junta de Cotización quedará integrada de conformidad con los artículos 15 de la Ley de Contrataciones del Estado y 14 de su Reglamento y determinará la oferta más conveniente, y que favorezca a los intereses del Estado, mediante los criterios de calificación de oferta descritos en las presentes bases. La Junta de Cotización evaluará también a los oferentes que clasifiquen sucesivamente. La presente contratación deberá formalizarse mediante Contrato Administrativo entre las partes. De todo lo actuado, la Junta de Cotización, suscribirá el Acta respectiva, debiendo emitir el punto resolutivo correspondiente y la cursará con el resto de la documentación, al Despacho del Director Ejecutivo de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, quien podrá aprobar o improbar dicho evento, conforme lo determina el artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado y el Acuerdo Gubernativo 232-2000. 12

14. DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación, el adjudicatario se obliga a suscribir con la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, el contrato correspondiente, en el que se fijarán las condiciones que garanticen los derechos de la institución. La modalidad para la presente oferta es de una invitación a Cotizar y la del contrato será de un contrato cerrado a precio fijo. 15. ACLARACIONES: La Junta de Cotización podrá, si así lo considera conveniente, solicitar a los oferentes cualquier aclaración en relación con la oferta presentada. La información que proporcionen los oferentes no debe constituir contraoferta o modificación de las condiciones de la oferta originalmente presentada. 16. DUDAS Y CONSULTAS: Cualquier duda, aclaración y/o consulta que el oferente tenga con relación a estas bases, deberá ser realizada por medio del sistema de Guatecompras y resuelta por escrito. Las consultas deberán hacerse a más tardar 3 días antes de la fecha máxima de recepción de ofertas y las resoluciones y/o respuestas serán comunicadas a todos los participantes invitados a más tardar 2 días antes de la fecha de recepción. Toda solicitud o consulta por escrito deberá ser enviada a: Junta de Cotización, AMSCLAE, Proyecto: Compra de equipo para la ampliación del laboratorio de aguas al servicio de AMSCLAE. 17. DERECHO DE PRESCINDIR: Bajo la responsabilidad de la autoridad que corresponda, la decisión de prescindir sólo puede adoptarse si concurriere un caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobado que diere lugar a la imposibilidad de continuar con la negociación. Si la decisión de prescindir se adopta con posterioridad a la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación la Junta deberá hacer una calificación para el sólo efecto de compensar a los oferentes que ocupen los tres primeros lugares, de los gastos incurridos en la elaboración de su oferta, por el equivalente al dos y medio por millar del monto de la misma. Pero si la decisión de prescindir se adopta después de la adjudicación, pero antes de la suscripción del contrato, se deberá compensar al oferente ganador que ocupó el primer lugar, de los gastos incurridos en la elaboración de su oferta y otros trámites por el equivalente al cinco por millar del costo de la misma. 13

18. CONTROVERSIAS: Cualquier controversia o reclamación que surgiere entre las partes será resuelta con carácter conciliatorio entre las mismas, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de conformidad con el artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República y sus reformas. 19. SANCIONES: 19.1 RETRASO EN LA ENTREGA: De conformidad con el artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado, el retraso del contratista en la entrega de los bienes y suministros contratados y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar del valor total del contrato; cuando este comprenda la ejecución de más de una obra, la sanción se calculará solamente sobre el valor de la o las obras en que se diere el retraso. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir del contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece esta ley y su reglamento. 20 VARIACIÓN EN LA CALIDAD O CANTIDAD: Si el contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación. 21. CONFIDENCIALIDAD: La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de Cotización, no podrán ser reveladas a las empresas invitadas, ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso, hasta que se haya anunciado el nombre de la empresa adjudicada. 14

Todo intento de una empresa invitada, que pretenda influir en el procesamiento de las ofertas o decisión de la adjudicación, dará lugar al rechazo de su oferta. i. El contratista guardará total confidencialidad sobre los datos a que tenga acceso por el cumplimiento del contrato, sean estos almacenados en medios electromagnéticos o incluidos estos en medios inteligibles tales como reportes, despliegues, redes de telecomunicación y similares, que no sean del dominio público. En caso contrario, AMSCLAE, ejercerá las acciones que correspondan de conformidad con la ley. ii. La Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, se reserva el derecho de autorizar el uso del nombre de la institución, por parte del contratista, como cliente de referencia. El formulario de Cotización, lo deberá adquirir el oferente en las oficinas de AMSCLAE, en el departamento de Sololá Las ofertas técnicas y económicas estarán claramente identificadas, utilizando para cada sobre el siguiente rotulo: AUTORIDAD PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LA CUENCA DEL LAGO DE ATITLAN Y SU ENTORNO AMSCLAE Proyecto: Presentada por Dirección Teléfono Fax Correo electrónico Sobre No. 1 OFERTA TÉCNICA 15

AUTORIDAD PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LA CUENCA DEL LAGO DE ATITLAN Y SU ENTORNO AMSCLAE Proyecto: Presentada por Dirección Teléfono Fax Correo electrónico Sobre No. 2 OFERTA ECONÓMICA I. Forma de pago La forma de pago a realizar contra entrega mediante presentación de factura por medio de depósito realizado por el Ministerio de Finanzas. 16