INSTRUCTIVO: RECONOCIMIENTO Y PAGO CESANTÍAS DEFINITIVAS O PARCIALES

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Transcripción:

INSTRUCTIVO: RECONOCIMIENTO Y PAGO Apreciado docente y directivo docente: A continuación encontrará las instrucciones para diligenciar los documentos tendientes a obtener el pago de las cesantías definitivas o parciales que haya reconocido el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y han transcurrido quince días sin que la entidad las haya reconocido. Si reúne este requisito diligencie los siguientes documentos: La forma F-C1 (Contrato de servicios profesionales), que debe firmarlo ante dos testigos. No requiere presentación personal. La forma F-P2 poder dirigido al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, F- P3 poder al Juez Laboral del Circuito (tutela), F-P4 poder al Juez Laboral del Circuito (proceso ejecutivo), F-P5 y F-P6 poder al Juez Administrativo y F-P7 Poder a la Alcaldía, poder F-P8 poder a la Procuraduría. Debe hacerles presentación personal ante notario o ante juez y su secretario. La Forma F-P9 (Cuadro de datos) debe diligenciarlo en su totalidad a maquina o letra imprenta legible. Debe anexar los siguientes documentos: 1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía. 2. Certificado de tiempo de servicios (fecha de expedición inferior a tres meses). Debe contener el tipo de vinculación del educador para determinar el régimen prestacional, las novedades administrativas como: nombramientos, traslados, comisiones, permutas, licencias, suspensiones, reflejando el número y fecha de los actos administrativos de las novedades con fecha de ingreso y retiro. 3. Certificado de salario del último año de servicio (anterior a la fecha en que solicito las cesantías), en el que se refleje el tipo de vinculación, cargo, grado en el escalafón, horas extras certificadas mes por mes, si hubo ascensos en el escalafón certificar a partir de que fecha surte efectos fiscales. 4. Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del FNPSM sobre anticipos pagados. (En el que conste los anticipos cancelados o en su defecto certificado de no pago, excepto para docentes del Régimen Nacional). 5. Paz y Salvo expedido por la pagaduría de la entidad empleadora sobre cancelación de pagos y deudas. 6. Reportes anuales de las cesantías de 1990 en adelante o reportes desde la fecha de posesión. (Para docentes Nacionales con Régimen de Nacional). 7. Paz y salvo del Fondo Nacional del Ahorro. (Para los docentes Nacionales y los vinculados a partir del 1 de Enero de 1991) 8. Si se trata de cesantías definitivas, debe aportar copia autentica de la resolución por la cual le fue aceptada la renuncia, donde se indique la fecha de efectos fiscales.

9. Si se trata de cesantías parciales, debe aportar los siguientes documentos, según sea el caso: Copia del contrato de promesa de compra-venta. (Debidamente firmado por los que intervienen y donde se compromete el valor del anticipo solicitado al Fondo del Magisterio. Debe contener identificación plena del inmueble a reparar, valor, plazo, forma de pago). Certificado original de libertad y tradición del inmueble a comprar (Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado de no poseer vivienda o en su defecto manifestación expresa ante notario (Declaración extrajuicio). Copia auténtica del contrato de obra o construcción. (Debidamente firmado por los que intervienen y donde se compromete el valor del anticipo solicitado al Fondo del Magisterio. Debe contener identificación plena del inmueble a reparar, valor, plazo, forma de pago). Fotocopia del Registro civil de matrimonio (O declaración extrajuicio del compañero(a) permanente, en donde se demuestre la convivencia en unión libre de manera permanente, constante y notoria por un tiempo mínimo de dos (2) años, si el inmueble no es de propiedad del educador). Fotocopia de la matrícula del Ingeniero Civil, Arquitecto o Maestro de Obra (O certificación de la Alcaldía sobre la idoneidad del contratista). Certificado Original de libertad y tradición del inmueble donde se registra la hipoteca. (En cabeza del educador, cónyuge o compañero(a) permanente donde se registre la hipoteca, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado Original de libertad y tradición del inmueble. (Donde aparezca el educador como propietario o su cónyuge o compañera(o). Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado de la entidad oficial, financiera o persona natural sobre el monto y vigencia de la obligación. Registro Civil de Nacimiento: cuando solicita para estudio del hijo Declaración de terceros sobre convivencia o manifestación expresa de convivencia: cuando solicita para estudio de compañero (a) permanente. Fotocopia del recibo de pago u orden de matrícula de la institución educativa que incluye número de NIT, programa académico, periodo académico grado, valor de matrícula, entidad bancaria, número y tipo de cuenta. NOTA: Si usted solicitó al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas, no es necesario que remita los anteriores documentos, basta que remita la solicitud donde aparezca la fecha en la que fue radicada. Entregue o envíe la documentación con el recibo de consignación efectuada en la cuenta de Corriente No. 074004433 del Banco BBVA a nombre de JORGE H. VALERO RODRIGUEZ por valor de CINCUENTA MIL PESOS ($50.000) para los respectivos gastos de trámite, si se encuentra en Antioquia a la Calle 57 No. 42 60 Local 101 de Medellín, en Tolima a la Avenida 37 Carrera 4 G Casa del Maestro de Ibagué, en el Valle del Cauca a la Carrera 8ª No. 6 38 de Cali, en Bogotá y el resto del país a la Calle 19 No. 4 88 Of. 1403 de Bogotá.

F-C1 CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Entre los suscritos a saber JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor de edad residente en la ciudad de Bogotá D. C., identificado como aparece al pie de mi firma, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL APODERADO, por una parte, y por otra, mayor, residente en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de su firma, quien en adelante se denominará EL PODERDANTE, por el presente manifestamos que hemos celebrado CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL APODERADO se compromete a adelantar todas las gestiones legales necesarias ante las autoridades competentes tendientes a obtener para EL PODERDANTE el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales reconocidas por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, así como el reconocimiento y pago de la sanción por mora en el pago de dicha prestación, de conformidad con lo ordenado por el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes. SEGUNDA: EL PODERDANTE se obliga a suministrar oportunamente todos los datos y documentos que sean necesarios a fin de obtener la efectividad del derecho pretendido. PARAGRAFO: EL PODERDANTE se hace único responsable de la veracidad de la información y documentos aportados. TERCERA: EL PODERDANTE se compromete a cancelar en calidad de Honorarios Profesionales a EL APODERADO por los servicios de que trata la cláusula primera: un TREINTA POR CIENTO (30%) más IVA de las sumas que le correspondan o puedan corresponder AL PODERDANTE en el evento de que el resultado fuere favorable, al inicio, en el desarrollo o al finalizar la gestión profesional. PARAGRAFO: Se entiende por sumas, aquellos valores que le reconozcan al PODERDANTE previo descuentos y/o deducción de ley. CUARTA: En el caso que sea necesario acudir a demanda ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, los gastos que impongan el respectivo Juez y/o Tribunal al momento de admisión de la demanda, serán a cargo de EL PODERDANTE, quien se compromete a consignarlos a nombre de la autoridad judicial correspondiente. QUINTA: EL PODERDANTE autoriza desde ahora a EL APODERADO a deducir directamente y con prelación a cualquier otro compromiso, el valor total de los honorarios de que trata la cláusula tercera de este contrato, cualquiera que sea la forma de reclamo y pago en vía gubernativa o judicial, utilizada directa o indirectamente, desde la fecha de celebración del contrato y hasta cuando sea incluido en nómina de forma regular. PARAGRAFO: El desarrollo de esta cláusula EL APODERADO podrá pedir la deducción privilegiada de los Honorarios Profesionales, sobre cualquier compromiso, al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, Fiduprevisora S.A., FOPEP o ante la oficina que llegare a realizar el pago. SEXTA: El presente contrato solo podrá rescindirse por mutuo acuerdo entre las partes y por parte de EL PODERDANTE en caso de negligencia comprobada de EL APODERADO. La revocatoria del poder sin causa justificada dará lugar a EL APODERADO a cobrar los honorarios pactados. SÉPTIMA: En caso de desistimiento de la demanda por parte del PODERDANTE dará lugar para que el abogado cobre la totalidad de los honorarios pactados. OCTAVA: Las partes convienen y aceptan que para efectos legales el presente contrato presta mérito ejecutivo y el domicilio será cualquier lugar del país por el valor equivalente a los honorarios pactados. Se firma en la ciudad de a los días del mes de de 200 y ante testigos. EL PODERDANTE EL APODERADO JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ Dirección: TP 44.498 del C. S. de la J. Teléfono: TESTIGOS: CC de CC de Dirección: Dirección: Teléfono: Teléfono:

F-P2 es FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO SECRETARIA DE EDUCACIÓN Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación todas las gestiones legales tendientes a obtener el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, así como el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen de conformidad con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación. Mi apoderado especial, queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si fuere necesario, cotizaciones y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. Acepto: JORGE H. VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C. S. de la J.

F-P3 JUEZ PENAL MUNICIPAL DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, a usted me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE TUTELA contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE, mayor, residente en Bogotá, y/o contra el, representado legalmente por el, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación, por violación al derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política. Mi apoderado queda ampliamente facultado para recibir, solicitar pruebas y copias, notificarse, sustituir y reasumir este poder y realizar todo lo que este conforme en derecho, para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO R. TP 44.498 del C. S. de la J.

F-P4 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación PROCESO EJECUTIVO LABORAL contra LA NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE, mayor, residente en Bogotá, y/o contra el representado legalmente por el, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener el pago de las cesantías reconocidas por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio mediante Resolución No. del, así como el pago de las sumas de dinero que se hayan causado de conformidad con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006, por concepto de mora en el pago de dicha prestación. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C. S. de la J.

F-P5 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARACTER LABORAL, contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE, mayor, residente en Bogotá, y/o contra el, representado legalmente por el, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad del(os) acto(s) administrativo(s), distinguidos con el(los) No(s).,, de fecha, respectivamente, por los cuales se resuelve la reclamación en vía gubernativa sobre el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales. A titulo de restablecimiento del derecho, el apoderado solicitará se ordene a la entidad demandada el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales; así mismo el reconocimiento y pago del ajuste al valor con sus respectivos intereses comerciales y moratorios. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.

F-P6 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARACTER LABORAL, contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE, mayor, residente en Bogotá, y/o contra el representado legalmente por el quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad del acto administrativo ficto o presunto constitutivo del silencio administrativo en relación con la petición presentada el día respecto del reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales. A titulo de restablecimiento del derecho, el apoderado solicitará se ordene a la entidad demandada el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales; así mismo el reconocimiento y pago del ajuste al valor con sus respectivos intereses comerciales y moratorios. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.

F-P7 JEFE DE PERSONAL Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá D.C., identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación SOLICITE CERTIFICADO de salarios y tiempo de servicio. Mi apoderado especial, queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si fuere necesario, cotizaciones y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S.J.

F-P8 PROCURADOR PARA ASUNTOS JUDICIAL ANTE LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DEL CIRCUITO DE Yo,, mayor, residente en, identificado como aparece al pie de mi firma, a usted me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado como aparece al pie de su firma, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional 44.498 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta terminación conciliación extrajudicial contra la LA NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE, mayor, residente en Bogotá, y/o contra el representado legalmente por el por quien sea o haga sus veces o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación de la citación a audiencia, para conciliar las pretensiones relacionadas en el escrito de petición en interés particular y agotamiento de vía gubernativa que reposa en la entidad citada, relacionada con el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales. Mi apoderado queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir sustituciones, y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO R. TP 44.498 del C. S. de la J.

F-D9 DATOS DEL RECLAMANTE (Diligenciar a maquina o letra imprenta legible) FECHA: APELLIDOS: NOMBRES: (Como aparece en la cédula) CC No. Expedida en DIRECCIÓN RESIDENCIA: TELEFONO(S): MUNICIPIO: CELULAR E-MAIL DIR. SITIO DE TRAB: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: TELEFONO(S): MUNICIPIO: ENTIDAD TERRITORIAL EN LA QUE LABORA: CESANTIAS DEFINITIVAS : CESATIAS PARCIALES : Marque com una X COMPRA VIVIENDA CONSTRUCCIÓN VIVIENDA REPARACIÓN VIVIENDA LIBERACION HIPOTECA ESTUDIO FIRMA: CC DE