Procedimientos de la Justicia de Familia



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Transcripción:

Reino de Marruecos Ministerio de Justicia y las Libertades Procedimientos de la Justicia de Familia

Procedimientos de la Justicia de Familia 3 SUMARIO Introducción...4 El matrimonio...5 El matrimonio de los convertidos al Islam y de los extranjeros...8 El matrimonio y el divorcio de los marroquíes residentes en el extranjero...10 La Reconocimiento del matrimonio...15 La conciliación en materia de familia...17 El divorcio...19 El divorcio judicial...21 La guarda y custodia del niño... 24 La pensión alimenticia... 26 La capacidad y la representación legal... 28 La acogida permanente (Kafala) de los niños abandonados...31 El fondo de solidaridad familiar... 34

4 Procedimientos de la Justicia de Familia Introducción El código de la familia que entro en vigor el 5 de febrero del 2004, es considerado como el fruto de un proceso participativo basado en la cooperación y la concertación, que son las bases de una sociedad regida por las normativas de responsabilidad que garantizan la dignidad de los ciudadanos y protege sus derechos. El código de la familia instituye una visión moderna conforme al contexto nacional e internacional. Conlleva también, en sus manifestaciones, un proyecto de cambio social basado en los valores de justicia, igualdad y dignidad para todos los miembros de la familia y en la mejora del estatuto jurídico de la mujer y del niño. Esto procedimientos, dirigidos al conjunto de la ciudadanía, viene para apoyar los esfuerzos desplegados por el ministerio de la justicia y las libertades en el marco de su estrategia que encaminada a vulgarizar las informaciones jurídicas y mejorar el acceso a la justicia de la familia. Esta guía constituye también un apoyo pedagógico encaminado a reforzar y consolidar la sensibilización y la comunicación de proximidad, a través de las repuestas a las problemáticas que se articulan sobre temas fundamentales vinculados a la implementación del código de la familia que podemos presentar como lo siguiente: El matrimonio; el matrimonio de los convertidos al Islam y de los extranjeros; el matrimonio y el divorcio de los marroquíes residentes en el extranjero; la reconocimiento del matrimonio; la conciliación en materia de familia; el divorcio; el divorcio judicial; la guarda y custodia del niño; la pensión alimenticia; la capacidad y la representación legal; la acogida permanente (Kafala) de los niños abandonados; el fondo de solidaridad familiar. Cabe señalar que este guía, además de la edición española, ha sido editado en lengua árabe, amazighe, francesa y inglesa. La publicación de este trabajo entra en el marco del programa del Apoyo a la aplicación del Código de Familia a través la simplificación del acceso de las mujeres a los servicios de justicia Género y Gobernabilidad Democrática-, que es implementado por el Ministerio de la Justicia y las Libertades en partenariado con el Ministerio de la Solidaridad, de la Mujer, de la Familia y el Desarrollo Social y con el apoyo de la ONU MUJERES.

Procedimientos de la Justicia de Familia 5 El Matrimonio La autorización para extender el acta de matrimonio La capacidad matrimonial La tutela matrimonial La dote (Sadaq) El código de la familia contiene disposiciones importantes relativas al matrimonio, que se pueden resumir como sigue : La autorización para extender el acta de matrimonio: Para la conclusión del acta de matrimonio, se requiere la obtención de la autorización del juez de la familia. La solicitud de autorización firmada por el interesado o por su representante, en su caso, será enviada al juez encargado del matrimonio del lugar de la conclusión del acta, acompañada de los siguientes documentos: 1. Una copia de la partida de nacimiento de cada uno de los novios. 2. Un certificado administrativo para cada uno de los novios. 3. Un certificado médico para cada uno de los novios. La poligamia El matrimonio del discapacitado mental La prueba del matrimonio Los bienes adquiridos durante el matrimonio 4. Un certificado de aptitud para los extranjeros, o cualquier documento que puede hacer las veces de este certificado. 5. Una autorización para contraer matrimonio expedida por la autoridad competente, al tratarse de personal militar, de la gendarmería, del personal de la dirección de la seguridad nacional, así como del personal de las fuerzas auxiliares. La capacidad matrimonial : 1. La capacidad matrimonial se alcanza al cumplir 18 años gregorianos para ambos sexos. 2. El menor que no haya cumplido 18 años puede solicitar al juez de la familia encargado del matrimonio la autorización para contraer matrimonio. Dicho matrimonio será supeditado al acuerdo del tutor legal del menor. A falta de este acuerdo, el juez emitirá su dictamen sobre el asunto.

6 Procedimientos de la Justicia de Familia 3. La autorización será otorgada mediante una decisión que tendrá en cuenta el interés del menor. 4. Contra la decisión de autorización del matrimonio, a diferencia de la decisión de denegación, no se podrá interponer ningún recurso. 5. Los esposos que no hayan cumplido 18 años, adquirirán la capacidad de promover en justicia todas las acciones relativas al matrimonio y a los derechos y obligaciones correspondientes. La tutela matrimonial La mujer mayor de edad puede contraer matrimonio por sí misma o delegar a este efecto a su padre o a sus parientes próximos. La dote La dote se determina al concluir el acta. Esta determinación puede pasarse bajo silencio a la hora de concluir el acta. La supresión de la dote no puede ser acordada. La esposa puede pedir el pago de la dote, cualquiera que fuera la duración del matrimonio y cualesquiera que fueran las razones que le impidieron pedir el pago anteriormente. La poligamia La poligamia supone la autorización del tribunal, la cual se otorga previa solicitud haciendo constar un motivo objetivo excepcional para la poligamia y describiendo la situación material del solicitante. El tribunal sólo otorga la autorización cuando hay constancia de que la poligamia está justificada por un motivo objetivo excepcional, que el solicitante tiene la capacidad de subvenir a las necesidades de las dos familias, que no habrá de temer ninguna injusticia y que no existe ninguna condición de monogamia en el acta de matrimonio primero. Si tras una tentativa de conciliación, el tribunal tiene constancia de que la continuidad de la vida conyugal está comprometida y que la esposa del solicitante persiste en pedir el divorcio, deberá entonces, antes de proseguir el procedimiento, fijar un importe a pagar por el requirente y que comprende los derechos tanto de la esposa como los de los niños. Si la esposa rechaza la poligamia, sin pedir el divorcio, se recurrirá al procedimiento de discordia. Una vez otorgado el acuerdo para la poligamia, se deberá avisar a la prometida del solicitante y el tribunal deberá asegurarse de su consentimiento.

Procedimientos de la Justicia de Familia 7 Si la esposa no fuera citada a comparecer por causa de fraude cometido por el esposo que solicita la poligamia al comunicar una dirección errónea o un nombre o apellido inexactos, éste último se expondrá a persecuciones penales previa denuncia de su esposa. El matrimonio del discapacitado mental El discapacitado mental puede contraer matrimonio. Este matrimonio supone la obtención de la autorización del juez de la familia encargado del matrimonio. El futuro cónyuge del discapacitado mental debe gozar de la capacidad, su consentimiento debe ser expreso y su compromiso revestir una forma auténtica. La prueba del matrimonio El documento del acta de matrimonio constituye la prueba válida del matrimonio. No obstante, si algunas razones imperiosas hubieran impedido el establecimiento del acta en tiempo oportuno, cada uno de los esposos o ambos podrán solicitar al tribunal el reconocimiento del matrimonio. Las actas testificales o el intercambio de confesiones no harán las veces de actas de matrimonio. La acción de reconocimiento de matrimonio es admisible durante un período de cinco años a contar desde la fecha de entrada en vigencia del código de la familia. Los bienes adquiridos durante el matrimonio Cada uno de los cónyuges dispone de un patrimonio propio. Los esposos pueden-según su voluntadponerse de acuerdo en un acta separada acerca de la manera de administrar y de repartir los bienes que serán adquiridos durante el matrimonio, fijando la parte que corresponde a cada uno de ellos. A falta de acuerdo y en caso de litigio, cada uno de los esposos podrá aportar la prueba de sus pretensiones.

8 Procedimientos de la Justicia de Familia El matrimonio de los convertidos al Islam y de los extranjeros Los documentos a presentar Los trámites a seguir para la obtención de la autorización de matrimonio Los documentos a presentar Los trámites a seguir para la obtención de la autorización de matrimonio Los documentos a presentar Si el solicitante es un marroquí convertido al Islam; Si el solicitante es un extranjero; En caso de matrimonio mixto. Los trámites a seguir para la obtención de la autorización de matrimonio Entre los documentos que componen el expediente de matrimonio de los conversos al Islam y de los extranjeros, la autorización de matrimonio expedida por el juez de familia encargado del matrimonio. Cuáles son entonces los documentos a presentar y los trámites a seguir para la obtención de dicha autorización. Los documentos a presentar Solicitud para la obtención de la autorización en la cual se debe mencionar la identidad completa del interesado. Copia de la partida de nacimiento. Fotocopia compulsada del DNI o del documento que haga sus veces a la cual se agregarán otros documentos según los casos a continuación: primero: Si el solicitante es un marroquí convertido al Islam En este caso se tiene que presentar el documento de conversión al Islam Segundo: Si el solicitante es un extranjero 1. En este caso, se deberá presentar, además de la documentación general antes citada, los siguientes documentos:

Procedimientos de la Justicia de Familia 9 2. El certificado de aptitud o el documento que haga sus veces. 3. El certificado de residencia, si el solicitante reside en Marruecos o en un país diferente de su país de origen, atendiendo siempre al periodo de caducidad de dicho certificado. 4. Fotocopia del pasaporte y de la página del mismo en la que figura la fecha de su entrada a Marruecos. 5. Cuatro fotos personales recientes. 6. Certificado de nacionalidad, con la posibilidad de conformarse en los casos difíciles con cualquier documento acreditativo de la nacionalidad del interesado, como el documento de aptitud para el matrimonio y el DNI. tercero : En caso de matrimonio mixto Si una de las partes del matrimonio es marroquí y la otra es extranjera, esta última deberá presentar- además de los documentos arriba señalados: 1. Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades nacionales de su país de origen o del país de residencia. 2. Certificado del Registro central de penado y rebeldes especial para los extranjeros, expedido por el servicio competente del Ministerio de Justicia. 3. Certificado haciendo constar su profesión e ingresos. 4. Autorización del Ministerio del interior de Omán o de Qatar para los nacionales de estos países que desean contraer matrimonio con una marroquí. Los trámites a seguir para la obtención de la autorización de matrimonio Para la obtención de la autorización, sólo se exige la presentación de los documentos arriba indicados, según los casos. En cuanto al matrimonio mixto, en caso de una acción de confirmación matrimonial, el juez de familia encargado del matrimonio o el tribunal envía un escrito acompañado de la documentación requerida al fiscal del Rey ante el Juzgado de 1ª instancia del cual depende la sección de la Justicia de la familia, para la comprobación por parte de las instancias competentes de la inexistencia de los impedimentos del matrimonio y de la buena conducta de la parte extranjera, así como de su profesión e ingresos.

10 Procedimientos de la Justicia de Familia El Matrimonio y el divorcio de los marroquíes residentes en el extranjero La conclusión de las actas de matrimonio ante los servicios del país de residencia La conclusión de las actas de matrimonio ante las embajadas y consulados marroquíes El matrimonio entre marroquíes; El matrimonio mixto La prueba del matrimonio El divorcio de los marroquíes residentes en el extranjero El divorcio ante las jurisdicciones marroquíes El divorcio pronunciado por las jurisdicciones extranjeras El matrimonio de los marroquíes residentes en el extranjero Habida cuenta de las condiciones de los marroquíes residentes en el extranjero, éstos pueden concluir sus actas de matrimonio, bien sea ante los servicios del país de residencia, bien sea ante las secciones notariales de los consulados y embajadas marroquíes. La conclusión de las actas de matrimonio ante los servicios del país de residencia Los marroquíes residentes en el extranjero pueden concluir matrimonio conforme a los procedimientos administrativos locales del país de residencia, siempre que concurran las siguientes condiciones de fondo y de forma: 1. La oferta y la aceptación, la capacidad y la presencia, en su caso, del tutor matrimonial. 2. La ausencia de impedimentos legales. 3. La ausencia de una cláusula suprimiendo la dote (Sadaq). 4. La presencia de dos testigos musulmanes. Una copia del acta de matrimonio deberá ser depositada ante los servicios consulares marroquíes del lugar donde fue concluida, en un plazo que no podrá ser superior a tres meses a contar desde la fecha de la conclusión. A falta de servicios consulares en el país de residencia, la copia precitada deberá ser enviada dentro del mismo plazo tres meses- al ministerio de asuntos exteriores y de la cooperación en Marruecos.

Procedimientos de la Justicia de Familia 11 Dicha copia será enviada al oficial del registro civil del lugar de nacimiento de los esposos en Marruecos. Si los esposos o uno de ellos no hubieran nacido en Marruecos, la copia será enviada a la sección de la justicia de la familia y al fiscal del Rey ante el juzgado de primera instancia de Rabat. Si una de las condiciones arriba indicadas hubiera sido omitida, se podrá subsanar mediante un aditivo conteniendo la condición omitida en el acta civil, como es el caso en particular de la condición relativa a la presencia de dos testigos musulmanes. Este aditivo, una vez transcrito sobre el registro llevado a este efecto, deberá adjuntarse al acta de matrimonio, de conformidad con las formalidades legales locales. El acta y el aditivo serán enviados al oficial del estado civil y a la sección de la justicia de la familia según el procedimiento arriba descrito. El acta de matrimonio civil conteniendo las condiciones previstos en el artículo 14 del código de la familia, servirá de base para la inscripción de los niños en los registros del estado civil. La conclusión de las actas de matrimonio ante las embajadas y consulados marroquíes El matrimonio entre marroquíes: Los marroquíes residentes en el extranjero pueden también concluir sus actas de matrimonio ante las secciones notariales de las embajadas o consulados en el extranjero, tomando en consideración los convenios, en su caso, tras la presentación de los documentos siguientes: 1. una solicitud de autorización con vistas a extender acta de matrimonio; 2. una copia de la partida de nacimiento de cada un de los novios; 3. un certificado administrativo para cada uno de ellos; 4. un certificado médico para cada uno de ellos; 5. una autorización para contraer matrimonio en los siguientes casos : El matrimonio por debajo de la edad de capacidad mínima. La poligamia cuando concurran sus condiciones (teniendo en cuenta la legislación interna del país de residencia). 6. una copia del pasaporte y de la tarjeta de residencia, en su caso.

12 Procedimientos de la Justicia de Familia El juez autoriza la extensión del acta de matrimonio. Tras lo cual, se entrega el original del acta a la esposa y una copia al esposo. Un resumen de la misma será enviado al oficial del registro civil del lugar de nacimiento de los cónyuges, por la vía administrativa. Si los cónyuges o uno de ellos no tiene lugar de nacimiento en Marruecos, dicho resumen será enviado al fiscal del Rey ante el juzgado de primera instancia de Rabat. El matrimonio mixto Este matrimonio podrá ser concluido ante las embajadas y los consulados marroquíes teniendo en cuenta los convenios, en su caso, y las leyes nacionales del país de acogida. La conclusión de este matrimonio, cuando es permitido, exige : 1. La presentación de los mismos documentos que los requeridos para la conclusión del matrimonio ante las embajadas y consulados marroquíes, tal como se ha descrito anteriormente. 2. Tener en cuenta la religión musulmana para el esposo y una religión del libro para la esposa no musulmana. Diligenciar una información, por medio del cónsul que expide una certificación haciendo constar que no existe ningún impedimento para la conclusión de este matrimonio. La autorización del juez con vistas a concluir el matrimonio se conserva en el expediente y se envía una copia de la misma al adel secretario judicial para que proceda a la extensión del acta de matrimonio. El reconocimiento del matrimonio Como consecuencia de la publicación del código de la familia, no se recurrirá para el establecimiento del matrimonio al acta testifical o el acta de intercambio de confesiones entre los esposos, como documentos que puedan probar por sí solos el matrimonio, puesto que éste sólo podrá ser establecido de forma válida mediante acta de matrimonio. Si por motivos imperiosos, no se hubiera podido extender el acta matrimonio de en tiempo oportuno, sería conveniente entonces recurrir a la justicia para la obtención de una sentencia estableciendo el matrimonio. Cualquier persona interesada que desea normalizar su situación mediante el establecimiento de la prueba de su matrimonio, tendrá que presentar un escrito a este efecto ante un tribunal marroquí dentro de cinco años a contar desde la fecha de publicación del código de la familia. La acción de reconocimiento de matrimonio podrá ser interpuesta por el procurador del interesado ante el tribunal.

Procedimientos de la Justicia de Familia 13 El escrito debe contener la identidad completa de los esposos, las condiciones del matrimonio reunidas, su duración, el número de niños, en su caso, sus fechas de nacimiento, los medios de prueba, si la esposa estuviera embarazada, y las condiciones que han impedido extender el acta en tiempo oportuno. Los testigos que conocen a los esposos podrán, en caso de que estuvieran en el extranjero y no pudieran dar testimonio ante el tribunal, hacer transcribir su testimonio ante dos adules, que lo harán constar por acta, la cual será presentada ante el tribunal. Los esposos pueden extender una escritura legalizada ante los servicios consulares con el fin de prevalecerse de la misma ante el tribunal a efectos de establecimiento del vínculo conyugal. Si persisten en hacer establecer esta escritura por dos adules, es posible- de forma excepcional- que su testimonio sea recibido por éstos. Hay que subrayar que el acta testifical y el acta de intercambio de confesiones no pueden, de ninguna manera, hacer las veces de acta de matrimonio, pero pueden ser presentadas ante el tribunal en el marco de una acción de reconocimiento de matrimonio. El divorcio de los marroquíes residentes en el extranjero El divorcio ante los tribunales en Marruecos El divorcio se hace constar por dos adules mediante acta, previa autorización del tribunal. Antes de autorizar el divorcio, el tribunal intenta conciliar a los esposos si ambos están presentes en Marruecos. El tribunal puede, en su caso, encomendar al consulado más próximo de su lugar de nacimiento para que lleve a cabo la tentativa de conciliación. El tribunal determina los derechos de la esposa y de los niños, en su caso, en caso de disponer de elementos justificativos. Es posible optar por un divorcio por consentimiento mutuo, dada du simplicidad procesal. La demanda de divorcio por consentimiento mutuo será presentada por los cónyuges o uno de ellos ante el tribunal con una copia del acuerdo mutuo concluido entre ellos. Los cónyuges pueden consignar en su escrito- así como en la demanda de divorcio mediante compensación- su voluntad de descartar la tentativa de conciliación, designando la dirección del consulado más próximo.

14 Procedimientos de la Justicia de Familia Si lo estimara conveniente, el tribunal podrá encomendar la tentativa de conciliación al consulado. El divorcio pronunciado por las jurisdicciones extranjeras Las sentencias emitidas por las jurisdicciones extranjeras sólo son ejecutables en Marruecos después de ser revestidas de la fórmula ejecutoria por el juzgado de primera instancia en el marco del procedimiento de exequátur. El escrito será presentado, salvo disposiciones contrarias de los convenios diplomáticos, acompañado de los siguientes documentos : 1. Una copia auténtica de la sentencia. 2. El original del certificado de notificación o de cualquier documento que hiciera las veces del mismo. 3. Un certificado de la secretaría judicial haciendo constar la sentencia no es objeto de oposición, ni de recurso de alzada, ni de casación. 4. Una traducción integral de los citados documentos, al árabe, en su caso, traducción que debe ser compulsada por un traductor jurado. El interesado puede dar procuración a una persona en Marruecos para que efectúe en su lugar los trámites antes indicados. El interesado puede también enviar una solicitud al ministerio público para que lo represente en el requerimiento del exequátur, sobre todo tratándose del divorcio por consentimiento mutuo. Esta solicitud y los documentos adjuntos precitados serán enviados por la dirección de asuntos civiles del ministerio de justicia o por la dirección de asuntos consulares y sociales del ministerio de asuntos exteriores y de la cooperación.

Procedimientos de la Justicia de Familia 15 La reconocimiento del matrimonio La importancia de establecer el acta de matrimonio La obligación de establecer el matrimonio mediante un acta ante dos adules Reconocimiento del matrimonio Ofrecer una segunda oportunidad a los interesados para la obtención de la sentencia de reconocimiento del matrimonio La tramitación de la acción de reconocimiento del matrimonio La importancia de establecer el acta de matrimonio El establecimiento del matrimonio reviste una importancia crucial en cuanto a: La regularización de la situación de los cónyuges; La regularización de la situación de los niños; La protección y la preservación de los derechos relativos a la pensión alimenticia, guarda, afiliación, sucesión,.. El establecimiento de los documentos administrativos, sobre todo el libro de familia. La obligación de establecer el matrimonio mediante un acta ante dos adules El código de la familia dispone que el acta de matrimonio debe ser establecida ante dos adules con el fin de preservar los derechos de los esposos y de los niños. El documento del acta de matrimonio constituye el medio de prueba para el establecimiento de dicho matrimonio. El acta testimonial no hace las veces de acta de matrimonio. Reconocimiento del matrimonio Si existen razones imperiosas o dificultades que impidan a los esposos establecer el acta de matrimonio ante los adules en tiempo oportuno, ambos o uno de ellos pueden presentar una solicitud a la sección de la justicia de la familia para la obtención de una sentencia de reconocimiento del matrimonio.

16 Procedimientos de la Justicia de Familia Ofrecer a los ciudadanos interesados una segunda oportunidad para la obtención de sentencias de reconocimiento del matrimonio El código de familia ofrece otra oportunidad a los ciudadanos que no han establecido sus actas de matrimonio hasta el 05 de febrero de 2014. Por ello, los interesados deben apresurarse en sus solicitudes antes del vencimiento de este plazo. La tramitación de la acción de reconocimiento del matrimonio El procedimiento se caracteriza por su flexibilidad, simpleza, sencillez y prontitud con el fin de facilitar su tramitación por los ciudadanos interesados. Por lo que se refiere a los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero, las solicitudes de reconocimiento del matrimonio serán presentadas, o bien directamente ante el juzgado competente, o bien enviando al ministerio público, bajo la supervisión de los señores jueces asignados a las embajadas y a los consulados marroquíes en el extranjero, una solicitud conforme al formulario disponible ante dichos jueces acompañada de la documentación exigida. Evolutión del número de sentencias durante el período (2004-2011) 27671 La solicitud de reconocimiento de matrimonio debe ser presentada por el interesado en la sección de la justicia de la familia del juzgado de 1ª instancia. En apoyo de la solicitud, el interesado presenta todas las pruebas de las que dispone para fallado registrado establecer el vínculo conyugal. Evolutión del número de sentencias durante el período El juzgado se basa sobre todos los medios de prueba, entre los cuales figura la prueba testifical, el peritaje y las presunciones. El juzgado toma en consideración también la presencia de niños o de embarazos que resulten del vínculo matrimonial, y si la acción fuera incoada estando en vida ambos esposos. Año Registrado Fallado Tasa devarifición la fallado 2004 8114 6918 2005 19170 14817 114 (2004-2011) 2006 23470 16832 14 2007 19818 18751 11 2008 27671 23390 25 2009 22793 13962-40 2010 30439 14473 4 2011 53652 45122 218.77

Procedimientos de la Justicia de Familia 17 La conciliación en materia de familia La importancia de la conciliación en materia de familia La adopción de medidas útiles para la realización de la tentativa de conciliación La importancia de la conciliación en materia de familia Con el fin de mantener la estabilidad, la cohesión y la continuidad de la unidad familiar, el Código de la Familia exhorta a la tentativa de conciliación en los asuntos de divorcio revocable, divorcio irrevocable, divorcio mediante compensación (por Khol ), divorcio por consentimiento mutuo, divorcio en tanto que derecho de opción otorgado a la esposa, divorcio antes de la consumación del matrimonio, así como en todos los asuntos de divorcio judicial, como el divorcio por perjuicio o por incumplimiento de una de las condiciones estipuladas en el acta de matrimonio, el divorcio por falta de manutención, por vicio redhibitorio, por juramento de continencia y de abandono, a excepción del divorcio por ausencia y falta de comparecencia del esposo, en el procedimiento de la autorización a la poligamia. El Código de procedimiento civil dispone que se puede recurrir a la tentativa de conciliación en La repetición de la tentativa de conciliación El modo de realización de la tentativa de conciliación Estadísticas sobre la conciliación todos en los asuntos de familia, incluida la pensión alimenticia, la guarda y la visita de le niños. La adopción de medidas útiles para la realización de la tentativa de conciliación El tribunal adopta todas las medidas y todos los mecanismos útiles para llevar a efecto la tentativa de conciliación, incluso la procuración de dos árbitros o del consejo de familia o de cualquier otra persona que estime calificada para la conciliación. En este sentido, se puede recurrir a los consejos de Ulemas, a las asistentas sociales, a los jueces asignados a las embajadas y los consulados en el extranjero y a cualquier persona habilitada. La repetición de la tentativa de conciliación Dada la importancia de la conciliación en cuanto al mantenimiento de la cohesión familiar y social, el Código de la familia prevé que en

18 Procedimientos de la Justicia de Familia caso de existencia de niños, el tribunal debe emprender dos tentativas de conciliación con un intervalo que no sea menor a treinta días. El modo de realización de la tentativa de conciliación En la tentativa de conciliación se utilizan todos los medios, así como las modalidades y vías, tendentes a lograr un arreglo amistoso del conflicto conyugal. Para influir a los esposos, Se puede hacer referencia a los versículos del Corán o a los dichos del profeta en materia de conciliación, así como a los refranes que se evocan en los usos, costumbres y tradiciones. Asimismo, se puede utilizar las técnicas de la mediación, y otras técnicas, con el fin de conseguir la conciliación Estadísticas sobre la conciliación a) La conciliación en las demandas de divorcio bajo control judicial durante el período 2006-2011 Año Casos de conciliación 2006 6693 2007 8512 2008 7545 2009 6818 2010 6121 2011 9848 b) La conciliación en las demandas de divorcio judicial durante el año 2011 Tipos de divorcio judicial Autorizaciones para hacer constar el divorcio Número % con respecto a la cocalidad de instoncias Divorcio por discordia 9679 16,29% Divorcio por incumplimiento de una de los condiciones del acte de matrimonio Divorcio por falto de monutención 56 24,24% 22 7,97% Divorcio por ausencia 89 9,97% Divorcio por vicio redhibitorio Divorcio por juramento de continencia a abondono 1 4,17% 1 16,67% TOTAL 9848 16,18%

Procedimientos de la Justicia de Familia 19 El divorcio La tramitación del divorcio El divorcio Tamlik El divorcio por consentimiento mutuo La tramitación del divorcio Cualquier persona que quiere divorciar deberá presentar una solicitud a efectos de obtener la autorización de hacer constar el divorcio por dos adules, nombrados ante el juzgado en cuya jurisdicción se encuentra el domicilio conyugal o el de la esposa o el lugar de residencia o el de la conclusión de matrimonio, según este orden. La solicitud del requirente debe contener claramente los datos relativos a su identidad, a la identidad de la esposa, la profesión de ambos y su dirección, así como el número de niños, en su caso, su edad y su situación escolar. El requirente debe adjuntar a esta solicitud el acta de matrimonio y los medios de prueba de su situación material, tales como el extracto de nómina o el certificado de salario, la declaración fiscal de ingresos, así como las pruebas de sus compromisos financieros. Si el esposo fuera citado a una audiencia con vistas a proceder a una tentativa de El divorcio a cambio de compensación (khol ) conciliación y no compareciera, sin excusa válida, se considerará como si hubiera renunciado a su solicitud.si el esposo hiciera maniobras fraudulentas, como el hecho de dar una falsa dirección de la esposa, incurrirá en sanciones penales previa denuncia de la esposa. Los esposos deberán asistir personalmente a la audiencia para la conciliación. En caso de tener niños, el juzgado recurrirá a dos tentativas de conciliación. Si la conciliación pareciera imposible, el juzgado fijará un importe cubriendo los derechos de la esposa y de los niños beneficiarios de la pensión alimenticia, que el esposo consignará en la caja del juzgado en un plazo que no deberá ser superior a treinta días. Si el esposo no consigna el importe fijado por el juzgado en el plazo impartido, se considerará como si hubiera renunciado al divorcio.

20 Procedimientos de la Justicia de Familia Si el esposo presenta el recibo de depósito del importe fijado por el juzgado, este último le otorgará la autorización de hacer extender el acta de divorcio por dos adules habilitados a este efecto en la jurisdicción del juzgado. Una vez recibida el acta de divorcio procedente del juez (notario) de la familia encargado del matrimonio, el juzgado dicta una resolución fijando los derechos de la esposa y de los niños, la remuneración de la guarda que será percibida por la esposa después de transcurrir el período de continencia legal (Ida). Se podrá interponer recurso contra esta resolución de conformidad con las reglas de derecho común. El divorcio Tamlik La esposa podrá solicitar al juzgado la autorización de hacer extender el acta de divorcio por dos adules, si el esposo le hubiera delegado el derecho de tomar la iniciativa de divorcio. Esta solicitud será presentada de acuerdo con el procedimiento descrito más arriba. El juzgado otorga la autorización de hacer extender el acta de divorcio, después de asegurarse de las condiciones de la delegación y el fracaso de la tentativa de conciliación entre los esposos. El juzgado emitirá su dictamen acerca de los derechos de la esposa y de los niños, en su caso El divorcio por consentimiento mutuo Los esposos podrán acordar amistosamente la disolución del vínculo conyugal sin condiciones, o bajo condiciones que no sean contrarias a las disposiciones del código de la familia y no perjudiquen los intereses de los niños. Los esposos, o uno de ellos, solicitarán al juzgado la autorización de hacer extender el acta de divorcio, presentando a este efecto el acuerdo concluido entre ellos. Si la conciliación entre los esposos no surtiera efecto, el juzgado otorgará la autorización de hacer constar el divorcio y de extender la correspondiente acta. El divorcio a cambio de compensación (khol ) Los esposos podrán ponerse de acuerdo sobre un divorcio a cambio de una compensación de conformidad con las precitadas reglas relativas al divorcio por consentimiento mutuo. En caso de ponerse de acuerdo los esposos sobre un divorcio khol, a cambio de compensación, y en caso de desacuerdo sobre la contrapartida, el juzgado procederá a una tentativa de conciliación. En caso de resultar infructuosa la tentativa de conciliación, el juzgado ratificará el divorcio después de efectuar la evaluación de la compensación.

Procedimientos de la Justicia de Familia 21 El divorcio judicial El divorcio judicial a instancias de uno de los esposos por motivo de discordia El divorcio judicial por motivo del incumplimiento de una condición del acta de matrimonio o por perjuicio El divorcio judicial por falta de manutención El divorcio judicial a instancias de uno de los esposos por motivo de discordia La discordia es todo conflicto profundo y permanente entre los esposos que impide la continuidad normal de la vida conyugal. Los esposos o uno de ellos podrán someter al juzgado su discordia mediante una demanda de divorcio judicial. El juzgado intentará conciliar a los esposos. Si esta tentativa no tuviera éxito, el juzgado pronunciará el divorcio y emitirá su dictamen sobre los derechos de la esposa y de los niños. El juzgado podrá pronunciar asimismo, en la misma sentencia, una indemnización a aquél de los esposos que se hubiera visto perjudicado, a instancias de este último. El juzgado resolverá sobre la demanda de divorcio por motivo de discordia en un plazo que no deberá ser superior a seis meses a contar desde la fecha de la demanda. El divorcio judicial por motivo de ausencia El divorcio judicial por vicio redhibitorio El divorcio judicial como consecuencia del juramento de continencia y de desatención El divorcio judicial por motivo del incumplimiento de una condición del acta de matrimonio o por perjuicio La esposa podrá solicitar al tribunal que pronuncie el divorcio, si el esposo no cumpliera una de las condiciones estipuladas en el acta de matrimonio, bien sea una condición derivada del acta misma, bien sea una condición que resulta de una obligación contraída por el esposo. Lo mismo ocurre también en caso de malos tratos físicos o morales del esposo a la esposa. El perjuicio podrá ser probado por cualquier medio, incluso mediante la audición de testigos. En caso de que fuera imposible probar el perjuicio, y que la esposa persistiera a solicitar el divorcio, podrá solicitar al juzgado el divorcio por motivo de discordia sin necesidad de promover una nueva acción. La esposa que se hubiera perjudicado podrá

22 Procedimientos de la Justicia de Familia pedir indemnización, independientemente de los otros derechos que le corresponden. El divorcio judicial por falta de manutención La esposa podrá solicitar el divorcio por falta de manutención que incumbe al esposo, según los casos a continuación: 1. Si el esposo dispone de bienes a los que es posible recurrir, el juzgado determinará de oficio la manera de asegurar la ejecución de la pensión alimenticia, sin necesidad de una solicitud a este efecto, tal como la orden de operar una retención en la fuente del salario. En este caso, no se dará curso a la demanda de divorcio. 2. En caso de que el esposo pudiera probar su indigencia, el juzgado le concederá un plazo que no deberá ser superior a 30 días para pagar la pensión alimenticia a su esposa, so pena de pronunciar el divorcio, salvo circunstancia imperiosa o excepcional. 3. Si el esposo persistiera en rechazar el pago, aún teniendo recursos para ello, o que su indigencia no hubiera podido ser probada, el juzgado pronunciará el divorcio sin demora. El divorcio judicial por motivo de ausencia La esposa podrá solicitar el divorcio si el esposo se ausentara del hogar conyugal durante un período superior a un año. El juzgado se asegurará de la ausencia, de su duración y de la localización del esposo por todos los medios de prueba posibles. El juzgado avisa al esposo ausente cuya dirección es conocida de la necesidad de residir con su esposa o de traerla residir con él, en un plazo impartido, bajo pena de pronunciar el divorcio. Si el esposo ausente no tuviera una dirección conocida, se procederá a su busca por todos los medios, con la ayuda del ministerio público, y por medio de la designación de un curador. Si siguiera ausente, el juzgado pronunciará el divorcio irrevocable. La esposa tendrá derecho a solicitar el divorcio, si el esposo fuera condenado irrevocablemente a una pena de encarcelamiento o de reclusión superior a tres años, a partir de un período de un año a contar desde la fecha de su detención. En todos los casos, la esposa podrá solicitar el divorcio después de dos años a contar desde la detención del esposo, aunque no se hubiera pronunciado todavía ninguna sentencia en su contra. El divorcio judicial por vicio redhibitorio Cada uno de los esposos tiene derecho a solicitar el divorcio por la existencia de vicio afectando las relaciones conyugales, o de cualquier enfermedad que constituya un peligro contra la vida o la salud del

Procedimientos de la Justicia de Familia 23 otro cónyuge y cuyo tratamiento no resulte posible dentro del plazo de un año. La admisibilidad de la demanda de divorcio depende de lo que sigue: El demandante no debe haber tenido conocimiento del vicio redhibitorio antes de la conclusión del acta de matrimonio. Si se probara que tenía conocimiento, la demanda será inadmisible. El demandante no debe haber tenido ningún comportamiento que pueda significar su aceptación del vicio después de haber tenido conocimiento de su carácter. Si la aprobación fuese probada, no se dará curso a la demanda. No habrá lugar al pago de la dote (Sadaq) en caso de divorcio judicial por vicio redhibitorio antes de la consumación del matrimonio. El divorcio judicial como consecuencia del juramento de continencia y de desatención Si el esposo prestara juramento de desatender a su esposo y de no tener con ella relaciones íntimas, esta última tendrá derecho a someter su queja al juzgado, el cual fijará un plazo de cuatro meses al esposo para retractarse, bajo pena de pronunciar un divorcio revocable en la secretaría del juzgado de primara instancia en cuya jurisdicción se encuentra el domicilio conyugal, el domicilio de la esposa o el lugar de conclusión del acta de matrimonio. El escrito introductorio de la demanda deberá contener los nombres, apellidos y dirección de los esposos, las causas de la demanda de divorcio, y ser firmado por el demandante o su procurador. Al escrito se adjuntarán todos los documentos a efectos de prueba, así como el título de matrimonio (acta de matrimonio o decisión judicial). Nota Se resuelve sobre las acciones de divorcio en un plazo no superior a seis meses, salvo circunstancias particulares, y tras haber efectuado una tentativa de conciliación entre los esposos, excepción hecha del caso de divorcio por motivo de ausencia. El juzgado resuelve sobre los derechos de la esposa y de los niños en su caso. Contra las sentencias de divorcio no se podrá interponer ningún recurso en su vertiente relativa a la ruptura del vínculo conyugal. La acción de divorcio judicia La demanda de divorcio judicial se interpone mediante un escrito o una declaración verbal

24 Procedimientos de la Justicia de Familia La guarda y custodia del niño Las condiciones de elegibilidad para la guarda y custodia A quién se debe atribuir la guarda y custodia? La duración de la guarda y custodia Las condiciones de elegibilidad para la guarda y custodia Cualquier pretendiente a la guarda y custodia deberá reunir las condiciones siguientes: La mayoría legal para las otras personas que no sean los padres; La rectitud y la honestidad; La aptitud para asegurar la educación del niño guardado, su preservación, su orientación religiosa, su seguimiento sanitario, educativo y escolar; La obligación de no contraer matrimonio para la pretendiente a la guarda, salvo en algunos casos excepcionales. A quién se debe atribuir la guarda y custodia? Después de la ruptura del vínculo conyugal, la guarda y custodia se atribuye a : la madre; luego, al padre; luego, a la abuela materna. La remuneración de la guarda y custodia La pérdida de la guarda y custodia El traslado del niño guardado al extranjero El derecho de visita A falta de éstos, el juzgado encomendará la guarda a quien estima que es el más apto para asumirla entre los parientes, o podrá encomendarla a un establecimiento habilitado a este efecto. La duración de la guarda y custodia La guarda continúa hasta la mayoría de edad fijada en 18 años para ambos sexos. El niño que haya cumplido quince años tiene el derecho, cualquiera que fuera su sexo, de ser puesto bajo la guarda de su madre o de su padre en caso de ruptura del vínculo conyugal. A falta de ello, el niño podrá, con el acuerdo de su tutor legal, elegir a uno de sus parientes, a no ser que esto afectara a su interés. A falta de dicho acuerdo, compete al juzgado ratificar la elección del niño o designar a la persona que estime la mejor indicada para la guarda. La remuneración de la guarda y custodia La remuneración de la guarda y custodia es exigible a la persona sujeta al pago de la pensión alimenticia del niño y es distinta de la remuneración exigible en concepto de lactancia

Procedimientos de la Justicia de Familia 25 y manutención. La madre no podrá pretender a esta remuneración durante el matrimonio o durante el período de continencia sexual consecuente a un divorcio revocable. La pérdida de la guarda y custodia El derecho a la guarda se pierde por el incumplimiento de una de las condiciones arriba indicadas, así como en los siguientes casos: I- El matrimonio de la madre titular de la guarda a. El matrimonio del titular de la guarda conlleva la pérdida de su derecho de guarda, salvo en los siguientes casos: Si el niño bajo guarda no tuviera más de 7 años, o si la separación de su madre le perjudicara. Si el niño bajo guarda sufriera de una enfermedad o de una discapacidad que dificultara su guarda por otra persona que no fuese su madre. Si fuera el tutor legal del niño. Si su esposo fuera pariente a un grado prohibido o tutor legal del niño. b. El matrimonio de otra titular de la guarda que no fuese la madre conlleva la pérdida de su derecho de guarda, salvo en los siguientes casos: Si la titular fuera el tutor legal del niño. Si su esposo fuera pariente a un grado prohibido o tutor legal del niño. 2-La mudanza del titular de la guarda en Marruecos La pérdida de la guarda no tiene lugar en caso de mudanza de la titular en el interior de Marruecos, salvo si el juzgado tuviera conocimiento de la existencia de circunstancias particulares que motivaran esta pérdida. El traslado del niño bajo guarda al extranjero El titular de la guarda puede hacer trasladar al niño al extranjero con el acuerdo del tutor legal. A falta de acuerdo, una demanda será presentada al juez encargado del procedimiento de urgencia, el cual podrá autorizar el viaje después de asegurarse del carácter incidental del traslado y del retorno del niño a Marruecos al finalizar dicho viaje. El derecho de visita Los padres pueden ponerse de acuerdo sobre la organización del derecho de visita. En este caso, los padres informarán de ello al juzgado, el cual hará constar el contenido del acuerdo en la resolución de atribución de la guarda. A falta de acuerdo, el juzgado fijará los horarios y los lugares de visitas para evitar los litigios que puedan surgir por esta razón, tomando en cuenta las circunstancias y la situación de las partes. Cualquier interesado tiene derecho a solicitar la revisión del acondicionamiento del derecho de visita, si hubiera nuevas circunstancias que lo justificaran.

26 Procedimientos de la Justicia de Familia La pensión alimenticia Las causas de la pensión alimenticia El contenido de la pensión alimenticia La evaluación de la pensión alimenticia Los medios de ejecución de una sentencia dictaminando la pensión alimenticia La revisión de la pensión alimenticia El período durante el cual se deberá pagar la pensión alimenticia La extinción de la pensión alimenticia La sanción por falta de manutención de los niños Las causas de la pensión alimenticia Las causas de la pensión alimenticia son el vínculo conyugal y el de parentesco, así como el compromiso. La solvencia de la persona obligada a pagar la pensión alimenticia se presupone hasta que se pruebe lo contrario. El contenido de la pensión alimenticia La pensión alimenticia comprende: el alimento, el vestido, los cuidados médicos, la educación de los niños y todo lo que suele considerarse como imprescindible. La vivienda de los niños incumbe a la persona obligada al pago de la pensión, independientemente de la pensión alimenticia y de la remuneración en concepto de guarda y custodia. La evaluación de la pensión alimenticia Para la evaluación de la pensión alimenticia, se tiene en cuenta, basándose en la media de los recursos del marido, la situación de los beneficiarios de la pensión y los índices de los precios, así como el nivel escolar y social en el que vivían los niños antes del divorcio, procurando siempre hacer uso de moderación. El ingreso de la persona obligada al pago de la pensión podrá ser determinado mediante peritaje cuando resulta difícil establecer el ingreso real.. Los medios de ejecución de una sentencia dictaminando la pensión alimenticia El juzgado determina los medios de ejecución de la sentencia que fija la pensión alimenticia, además de los gastos de vivienda, en relación con los bienes de la persona condenada al pago. El juzgado podrá ordenar la retención de la pensión en la fuente y, en su caso, establecer las garantías de pago de la pensión.

Procedimientos de la Justicia de Familia 27 La sentencia que dicta la pensión alimenticia es provisionalmente ejecutoria. La resolución en materia de pensión alimenticia continúa a ser ejecutoria hasta la extinción del derecho a la pensión o hasta su modificación por otra resolución judicial. La revisión de la pensión alimenticia No se podrá dar curso a ninguna demanda encaminada a obtener la revisión de la pensión alimenticia, con vistas a aumentarla o disminuirla, antes del transcurso del plazo de un año a partir de la fecha de su otorgamiento. No obstante, el juzgado podrá admitir la demanda de revisión cuando se dan circunstancias excepcionales que lo justifiquen.. El período durante el cual se deberá pagar la pensión alimenticia La pensión alimenticia será otorgada por juicio a la esposa a partir de la fecha en la que el esposo cesa de asumir las cargas de manutención que le incumben. La pensión alimenticia no se extingue por prescripción. La pensión alimenticia debida a los niños se exigirá a partir de la fecha del cese de pago de la misma por el padre, mientras que la pensión alimenticia debida a los padres se exigirá a partir de la fecha de presentación del escrito introductorio de demanda.. La extinción de la pensión alimenticia La esposa pierde su derecho a la pensión alimenticia cuando no acata la sentencia dictaminando su reintegración al domicilio conyugal. El derecho a la pensión alimenticia de los niños se pierde cuando alcanzan la mayoría de edad, al cumplir los 18 años, o cuando alcanzan los 25 años, en caso de estar aún cursando estudios, a excepción de los niños con minusvalía física o psíquica, cualesquiera que fuera su edad. La pensión alimenticia debida a la hija se extingue, cuando ésta posee bienes o un empleo que le permite satisfacer sus necesidades o cuando su manutención incumbe a su marido. La sanción por falta de manutención de los niños La persona obligada al pago de la pensión alimenticia que cesara de pagarla, sin excusa válida, durante un período que no excediera un mes, le serán aplicadas las sanciones previstas para el delito de abandono de familia, sin que sea necesario, sin embargo, seguir el procedimiento específico a este delito, tal como está previsto en el código penal..

28 Procedimientos de la Justicia de Familia La capacidad y la representación legal La plena capacidad La emancipación La autorización otorgada al menor dotado de discernimiento para administrar una parte de sus bienes Procedimiento de puesta bajo tutela y levantamiento de la interdicción La representación legal El control jurisdiccional de los actos del representante legal (el padre y la madre) El control jurisdiccional del tutor dativo y testamentario La partición de los bienes pertenecientes al interdicto en copropiedad La plena capacidad La plena capacidad de ejercicio se adquiere a la mayoría de edad legal al cumplir 18 años, salvo para el demente, el pródigo o el discapacitado mental. La emancipación Cuando el menor alcanza los 16 años y muestra signos de madurez, podrá solicitar al juzgado su emancipación. Su representante legal podrá asimismo presentar esta solicitud si nota dichos signos en el menor. La emancipación implica que el menor emancipado entra en posesión de sus bienes y adquiere la plena capacidad de administrarlos y de disponer de ellos. Sus otros derechos que no sean patrimoniales quedan sujetos a los textos jurídicos que los rigen. La autorización otorgada al menor dotado de discernimiento para administrar una parte de sus bienes El menor dotado de discernimiento, que haya cumplido 12 años, podrá recibir de su representante legal una parte de sus bienes para administrarlos, a título de prueba. El menor será autorizado a este efecto por su tutor, o en virtud de una resolución del juez encargado de los asuntos de menores, a instancias del menor o del tutor dativo o testamentario.