ACCIDENTES DEL TRABAJO
|
|
|
- Cristián Farías Villalobos
- hace 10 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROCEDIMIENTO ANTE
2 I.- - ACCIDENTES DEL TRAYECTO ENFERMEDADES PROFESIONALES PERSONAL DEL CÓDIGO DEL TRABAJO DEFINICIONES LEGALES (Ley N ) ACCIDENTE DE TRABAJO: Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. (Exceptuase los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima). ACCIDENTE DEL TRAYECTO : Es el ocurrido en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo. ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. PROCEDIMIENTO A SEGUIR 1. Todo funcionario de Dipreca, contratado bajo las Normas del Código del Trabajo, que sufra un accidente del trabajo, accidente del trayecto o enfermedad profesional deberá comunicarlo de inmediato a su jefe directo (salvo excepciones en que las circunstancias no lo permitan). 2. El Jefe directo, debidamente informado, deberá acreditar las circunstancias en que ocurrió el accidente para determinar si corresponde o no, de acuerdo a la Ley, denunciarlo como un accidente de origen laboral. En virtud de lo cual deberá llenar el Informe Interno del Accidente y derivar estos antecedentes a la Jefatura que tiene a su cargo la confección de la Declaración Individual de Accidente del Trabajo (DIAT). 3. La Jefatura que confeccione la Declaración Individual de Accidente del Trabajo, podrá solicitar la atención médica en la Mutual de Seguridad, emitiendo la documentación exigida por este organismo, Declaración Individual de Accidente del Trabajo, (DIAT). 4. En casos de Urgencia, o en horarios no hábiles, el Informe Interno del Accidente, podrá ser entregado por el Jefe directo a la Jefatura encarga da de la DIAT dentro de un plazo de 24 horas hábiles.
3 5. En caso de Accidente de Trayecto, el afectado deberá presentar ante la Mutual de Seguridad la siguiente documentación: o Certificado de horario extendido por el Depto. del Personal de Dipreca, o Indicando el horario del día del accidente. o Certificado de atención de un centro asistencial, si lo hubiera. o Parte de Carabineros, si hubiera. o Presentación de testigos, si los hubiera. o Todos estos antecedentes, más la declaración del afectado ante la o Mutual, constituirán los elementos necesarios para que este organismo o dictamine si corresponde o no, a un accidente de Trayecto. 6. Todo funcionario que sea atendido en Mutual, deberá presentar en el Departamento de Personal, el Certificado de Alta Médica extendido por Mutual, como requisito para reintegrarse a sus funciones. 7. En caso de una posible enfermedad profesional, el funcionario afectado deberá informar a su Jefe directo, quien enviará una Comunicación Interna aportando los antecedentes al Departamento de Personal. Este último solicitará la evaluación del caso por Mutual de Seguridad. 8. Cabe hacer presente que, de acuerdo a la Ley Nº artículo 70; si el accidente o enfermedad ocurre debido a negligencia inexcusable de un trabajador, se le aplicará el artículo 80 de la misma Ley serán penadas con una multa de 1 a 24 sueldos vitales mensuales. 9. Cualquier duda o consulta respecto a la aplicación del presente procedimiento, se solicita dirigirla al Departamento de Personal, ya que a partir de esta fecha se dará por conocido.
4 II.- ACCIDENTES EN ACTOS DEL SERVICIO PERSONAL DEL PLANTA ACCIDENTE EN ACTOS DE SERVICIO (Art. 110 Ley /89): Se entenderá por accidente en acto de servicio toda lesión que el funcionario sufra a causa o con ocasión del trabajo, que le produzca la muerte o la incapacidad para el desempeño de sus labores. Se considerarán también accidentes en actos de servicio los que sufra el funcionario en el trayecto directo de ida o regreso entre su residencia y su lugar de trabajo. Investigación Sumaria (Art. 120 Ley /89): Procedimiento administrativo que tiene por objeto verificar la existencia de los hechos, y la individualización de los responsables y su participación, si los hubiere, designando para tal efecto un funcionario que actuará como investigador. El procedimiento será fundamentalmente verbal y de lo actuado se levantará un acta general que firmarán los que hayan declarado, sin perjuicio de agregar los documentos probatorios que correspondan, no pudiendo exceder la investigación el plazo de cinco días. Según lo dispuesto en el Art. 110 de la Ley N /89, la ocurrencia de un accidente en acto de servicio deberá ser comprobada por Investigación Sumaria, la que deberá iniciarse a más tardar dentro de los 10 días hábiles posteriores a aquel en que se haya producido el hecho. Sin perjuicio de ello, debe hacerse presente que tratándose de lesiones calificadas como graves e importantes, el procedimiento a seguir será el de Sumario Administrativo, atendidos los beneficios previsionales que pudieran derivarse de dicho accidente, tales como abono de años de servicios e invalidez, conforme al D.F.L. (Int.) N 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros, aplicable en tales casos. De acuerdo a lo sostenido por el Ente Contralor en sucesivos dictámenes, el plazo para iniciar la investigación es un plazo fatal que no admite prórroga (10.789/62, 4.243/90 y /93); no obstante, si antes del vencimiento del plazo la autoridad no tiene noticias del accidente o el funcionario está impedido de ponerlo en conocimiento de sus superiores, no existe impedimento para que el procedimiento se instruya con posterioridad, pues la inobservancia del plazo no deriva en este caso de la negligencia del afectado (36.158/95); a su vez el Dictamen N 6.466/63, indica que nada obsta a que la autoridad administrativa, en conocimiento de lo ocurrido, disponga de oficio instrucción de la investigación administrativa.
5 Investigar la causa del accidente, objetivo de la investigación sumaria, significa indagar el origen del hecho para poder calificarlo como ocurrido o no en acto de servicio y proceder al pago de los beneficios consultados en la ley. En caso de accidentes del tránsito, la investigación estará dirigida a indagar el origen del mismo y a reunir antecedentes que permitan calificarlo como acto de servicio, sin que sea necesario esperar el resultado del proceso judicial (Dictámenes N /69 y /74). PROCEDIMIENTO A SEGUIR 1. El funcionario que se accidentare en actos de servicio, deberá poner en conocimiento de inmediato, en forma personal o por otro conducto, a su jefatura directa o al Departamento de Personal, de la ocurrencia del accidente, debiendo asistir a un establecimiento asistencial para la constatación de las lesiones y recibir la atención médica correspondiente. 2. El jefe directo o el Departamento de Personal, según sea el caso, deberá a la brevedad, poner en conocimiento de la Dirección del Servicio la ocurrencia del accidente, para que esta Jefatura Superior, proceda a dictar la Providencia designando al Fiscal que realizará la Investigación Sumaria correspondiente. Para estos efectos y en virtud de los plazos señalados en la ley, bastará con esa Providencia para dar inicio a las indagaciones. 3. El plazo máximo para iniciar la investigación es de 10 días, contados desde la ocurrencia del accidente. La Investigación Sumaria, por su parte, no podrá exceder del plazo de 5 días, no admitiéndose la posibilidad de ser prorrogado. Cabe indicar que todos estos términos son de días hábiles, no computándose en consecuencia, los sábados, domingos y festivos. 4. El investigador deberá requerir las certificaciones médicas correspondientes, en caso que, por motivos de caso fortuito o fuerza mayor, no hayan podido ser proporcionadas por el afectado. Efectuadas las indagaciones pertinentes, el investigador deberá dar por finalizada la investigación, emitiendo su vista o informe conteniendo las conclusiones sobre si el accidente acaeció en acto de servicio y, en tal evento, los derechos que le asistirían al funcionario lesionado. 5. En caso de no iniciarse oportunamente la Investigación Sumaria correspondiente por causas imputables al Servicio, el funcionario mantendrá intactos todos los derechos de asistencia médica, previa instrucción de la Investigación Sumaria de los hechos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá instruir la respectiva Investigación o Sumario Administrativo por separado,
6 para establecer la responsabilidad de quien corresponda, por la iniciación extemporánea de ese procedimiento. 6. Si las lesiones sufridas por el funcionario son calificadas como graves y de importancia, la determinación de los hechos deberá ser realizada mediante un Sumario Administrativo, según ya se indicara con antelación, el que se regirá por las reglas generales contenidas en los Artículos 121 y siguientes del Estatuto Administrativo, debiendo requerirse en su oportunidad el respectivo pronunciamiento de la Comisión Médica Central de Carabineros, para que determine la procedencia de los beneficios de años de abono de servicios o de invalidez, si correspondiese. Ello, en forma previa a evacuarse el dictamen por parte de la Fiscalía instructora. Accidente del Trabajo y/o Actos del Servicio Personal de Planta es enviado a: Personal del Código del Trabajo es enviado a: Hospital de Carabineros Hospital DIPRECA Hospital con convenio Hospital o Clínica de la MUTUAL DE SEGURIDAD Jefe directo informa al Dpto. de Personal quien a su vez comunica a la Dirección del Servicio a objeto de dar inicio a una Investigación sumaria Jefe directo debe completar Formulario Interno de Investigación de Accidente y enviarlo al encargado de confeccionar la DIAT (documento oficial) quién posteriormente lo remite a la Mutual de Seguridad
7 Recordar que NO TODOS LOS ACCIDENTES QUE OCURRAN AL INTERIOR DE LAS DEPENDENCIAS DE DIPRECA, necesariamente serán del Trabajo. No olvidar que debe existir una relación directa entre el accidente y la labor que realizaba el afectado al momento de sufrirlo. Algunos ejemplos, de cuando NO CORRESPONDE A UN ACCIDENTE DEL TRABAJO: Realizar un tramite personal fuera del servicio en horario de trabajo; durante una actividad NO LABORAL al interior de alguna dependencia del Servicio. Todos los accidentes del trabajo sufridos por los funcionarios del Código del Trabajo, son acumulativos en las tasas de Accidentabilidad y tienen un efecto en relación a lo que Dipreca cancela ($) mensualmente a la Mutual de Seguridad. En caso de un Accidente del Trayecto de ida o de regreso del trabajo a su hogar o viceversa Personal de Planta dirigirse a: Personal del Código del Trabajo dirigirse a: Hospital de Carabineros Hospital DIPRECA Hospital con Convenio Hospital o clínica de la MUTUAL DE SEGURIDAD Jefe directo informa al Dpto. de Personal quien a su vez comunica a la Dirección del Servicio a objeto de dar inicio a una Investigación sumaria Jefe directo debe completar Formulario Interno de Investigación de Accidente. No olvidar los medios probatorios (parte policial -testigos-certificado de atención médica u otro) para recibir los beneficios que otorga la Ley de Accidentes del Trabajo
8 En caso de una posible Enfermedad Profesional Personal de Planta Dirigirse a: Personal del Código del Trabajo comunica al Depto. de Personal Hospital de Carabineros Hospital DIPRECA Hospital con Convenio Depto. del Personal, envía al afectado a la MUTUAL DE SEGURIDAD El médico tratante determinará si la dolencia tiene o no un origen Laboral. La Mutual de Seguridad determinará si la dolencia tiene o no un origen Laboral, en caso positivo el afectado recibirá los beneficios de la Ley, en caso contrario será remitido a su Sistema de salud particular. Recordar que el afectado por un siniestro laboral (Accidente o Enfermedad) debe comunicarlo inmediatamente a su Jefe Directo. Una vez concluida una licencia, el funcionario deberá presentar el correspondiente Certificado de Alta Médica en el Departamento de Personal como requisito para reintegrase a sus labores. Hospital con Convenio, es aquel que lo mantiene con Dipreca.
CIRCULAR Nº 35. ANT.: No hay. MAT.: Instruye sobre procedimiento en caso de accidentes y enfermedades profesionales. Santiago, 28 de noviembre de 2008
CIRCULAR Nº 35 ANT.: No hay. MAT.: Instruye sobre procedimiento en caso de accidentes y enfermedades profesionales. Santiago, 28 de noviembre de 2008 DE : DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE LAS PERSONAS PARA :
El decreto supremo n 313 del 12 de mayo de 1972 del ministerio del trabajo y previsión social establece lo siguiente:
SEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades
EL DECRETO SUPREMO N 313 DEL 12 DE MAYO DE 1972 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ESTABLECE LO SIGUIENTE:
Todo sobre el Seguro Escolar: Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades
Seguro Escolar. EXTRACTO DE UN DOCUMENTO ELABORADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CON RELACIÓN AL DECRETO Nº 313172 (Difundido por Secreduc RM)
Seguro Escolar EXTRACTO DE UN DOCUMENTO ELABORADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CON RELACIÓN AL DECRETO Nº 313172 (Difundido por Secreduc RM) ARTÍCULO 1 : A quién protege el Seguro Escolar? A todos
DOCUMENTO: PDA /100-02
I.- OBJETIVO. Establecer un instructivo o procedimiento general como base de control administrativo, que permita denunciar, calificar e informar adecuadamente los accidentes del trabajo y enfermedades
SEGURO ESCOLAR D. S. 313 ISL
SEGURO ESCOLAR D. S. 313 ISL Quién Administra este Seguro? El Sistema Nacional de Servicio de Salud (SNSS) Otorgan las prestaciones médicas Instituto de Seguridad Laboral (ISL) Otorga las prestaciones
Qué Hacer en Caso de Accidente del Trabajo?
Instituto de Seguridad Laboral Qué Hacer en Caso de Accidente del Trabajo? Qué es un Accidente del Trabajo? Un Accidente del Trabajo es cualquier lesión que sufra una persona, a causa o con ocasión del
Guía 600 MINEDUC Seguro Escolar. 1. Protección 2. 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3. 3. Beneficios 3. 4. Denuncia del accidente 4
SEGURO ESCOLAR Última actualización Abril 2010 1. Protección 2 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3 3. Beneficios 3 4. Denuncia del accidente 4 5. Educación en caso de invalidez 4 6. Administración
PROCEDIMIENTO Certificaciones Médicas por los Prestadores Integrales de Salud del SNIS
Gerencia de Personal - Sección Control de Personal Documento de PROCEDIMIENTO Certificaciones Médicas por los Prestadores Integrales de Salud del SNIS Versión 00 ARCHIVO: Procedimiento Certificaciones
PROTOCOLO PARA MANEJO DE ACCIDENTES Y SEGURO ESCOLAR ESTATAL PARA ESTUDIANTES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
PROTOCOLO PARA MANEJO DE ACCIDENTES Y SEGURO ESCOLAR ESTATAL PARA ESTUDIANTES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE JULIO 2014 SEGURO SALUD ESCOLAR ESTATAL Protege de los accidentes que sufran
La presente Directiva tendrá vigencia a partir del día siguiente de su aprobación y por un periodo de Tres (03) años.
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 001-2013-SA-DS-HSR- UCA/OARRHH NORMA INTERNA DE ATENCION MÉDICA Y PRESTACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL PARA EL TRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DEL HOSPITAL SANTA ROSA I. OBJETIVOS
LEGISLACION LABORAL EN CHILE
LEGISLACION LABORAL EN CHILE INTRODUCCION La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir con diversos requerimientos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de cada
INSTRUCTIVO DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE
Denuncia de ACCIDENTE DE TRABAJO Y ACCIDENTE In Itinere (EN TRÁNSITO) 1. - CONTENIDOS GENERALES: 1.1 - OBJETIVOS de este INSTRUCTIVO: Con el propósito de agilizar y facilitar la gestión ante un Accidente
ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones
ANEXO III ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones A efectos del presente anexo: a) "autoridad requirente" significa una autoridad aduanera competente u otra autoridad
TAMARA ANTÓN MONTES PROCEDIMIENTO PARA ACCIDENTE DEL TRABAJO Rev. Nº Fecha Ítem Párrafo Actual 1 11/09/14 - - - Emisión Inicial Modificación 2 27/10/14 III - VI - - Organismo Administrador (IST) TAMAR
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO, DEL TRAYECTO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO, DEL TRAYECTO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL OBJETIVO GENERAL Estandarizar el Procedimiento que se debe cumplir en caso de Accidentes del Trabajo, del Trayecto
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES MUNICIPALES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES MUNICIPALES 1.0 OBJETIVO El presente tiene por objeto regular un procedimiento uniforme, que sea eficiente y eficaz, para el otorgamiento de patentes
Qué Hacer en Caso de Accidente del Trabajo?
Instituto de Seguridad Laboral Qué Hacer en Caso de Accidente del Trabajo? Qué es un Accidente del Trabajo? Un Accidente del Trabajo es cualquier lesión que sufra una persona, a causa o con ocasión del
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL PROCEDIMIENTO PARA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ACCIDENTES DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE OBJETIVO Investigar todo riesgo ocurrido con el objeto
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
A.R.T. 36 INSTRUCTIVO DENUNCIA DE ACCIDENTE (A.R.T.) ENOHSA DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 1.Objetivo El objetivo del presente procedimiento es uniformar la metodología de Denuncias de Accidentes. 2.
REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)
REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá
Riesgos de trabajo. ST-7 y Seguro Contra Accidentes (ZURICH).
Riesgos de trabajo ST-7 y Seguro Contra Accidentes (ZURICH). Cuando el trabajador (a) sufre un accidente laboral y solicita se le llene el formato ST-7 este puede ser calificado por el IMSS como: o Accidente
GUIA DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
GUIA DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO Queremos ayudarte Con el ánimo de guiar a empresas y trabajadores en el caso de Accidente de Trabajo, Mutua Montañesa pone a tu disposición esta guía de
INSTRUCTIVO ANOTACIONES DE MERITO Y DEMERITO
INSTRUCTIVO ANOTACIONES DE MERITO Y DEMERITO DIVISION DE ADMINISTRACION GENERAL Departamento de Recursos Humanos 2012 INSTRUCTIVO ANOTACIONES DE MERITO Y DEMERITO En el marco del Proceso de Calificaciones,
Parte I DERECHOS, LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTOS. Trabajadores
Parte I DERECHOS, LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTOS Trabajadores OBJETIVOS DEL APRENDIZAJE Conocer las contingencias cubiertas por el Seguro Social de Salud y por el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
Sistema Nacional de Información de Salud Ocupacional (SINAISO)
Sistema Nacional de Información de Salud Ocupacional (SINAISO) Manual Formulario Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT) [Capítulo 1 Introducción] Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo
Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros
Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros
Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:
El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros
DECRETO SUPREMO Nº 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744
DECRETO SUPREMO Nº 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 (APLICABLE A ALUMNOS QUE REALIZAN PRÁCTICA PROFESIONAL EN EMPRESAS) Publicado el 12 de Mayo de 1973 Santiago,
ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA
COBERTURAS Y CAPITALES Coberturas Contratadas Capitales asegurados por asegurado RIESGO 1: EDUCACIÓN PRIMARIA FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE 3.000,00 INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA ACC. E INVALIDEZ PARCIAL
QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL? Asesor en SSO Plataforma de Contacto
1 QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL? Relator: Camilo Astudillo Asesor en SSO Plataforma de Contacto 2 CONTINGENCIAS CUBIERTAS POR LA LEY Definición Legal de Accidente de Trabajo, según la Ley 16.744:
PROCEDIMIENTO PARA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ACCIDENTES DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE OBJETIVO
PROCEDIMIENTO PARA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ACCIDENTES DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD OBJETIVO Investigar todo riesgo ocurrido con el objeto de determinar las causas y circunstancias que le dieron
profesorado o el personal no docente
Protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado o el personal no docente Caracterización página 103 Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún miembro del personal
PROCEDIMIENTO INTERNO EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE LOS ESTUDIANTES
PROCEDIMIENTO INTERNO EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE LOS ESTUDIANTES Con el propósito de dar cumplimiento a todas las normativas que se deben tener presente en un accidente escolar, en la atención
1.- OBJETO. 2.- DURACION DEL CONVENIO DE ASOCIACION
CONDICIONADO ADMINISTRATIVO Y TECNICO QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UNA MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA CUBRIR LA PROTECCION POR CONTINGENCIAS DERIVADAS
REGLAMENTO DE PRÉSTAMO Y CONSULTA DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE SUCRE
REGLAMENTO DE PRÉSTAMO Y CONSULTA DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO CENTRAL DE LA ODO-CO-001 VER 0 OFICINA DE ARCHIVO CENTRAL NOVIEMBRE 2014 PAGINA: 2 de 12 CONTENIDO PRESENTACIÓN 3 1 OBJETIVO. 3 2 ALCANCE 3
Código: P.A.T. 01 Versión: 01 Página: 1/5 Fecha: 31/03/08
PROCDIMINTO FRNT A ACCIDNT DL TRABAJO Y NFRMDAD PROFSIONAL Código: P.A.T. 01 Versión: 01 Página: 1/5 Fecha: 31/03/08 1 Objetivo ste Procedimiento describe las acciones y gestiones que se deben realizar
Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros
Capítulo 5 Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Artículo 5.1: Alcance 1. Las Partes, por medio de sus autoridades competentes, deberán proporcionarse asistencia administrativa y técnica,
Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 9 Procedimiento para el Control de Asistencia de los Versión 01 Colaboradores del CUC
Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 9 1. OBJETIVOS Y ALCANCE 1.1. Objetivo: Este documento establece los lineamientos básicos para llevar a cabo el Control de Asistencia correspondiente al personal
1 IMPORTANTE Al tomar una póliza de seguro es necesario tener en cuenta que como Asegurado tiene derechos y deberes, los que pueden ejercerse y exigirse a partir del momento en que se efectúa la oferta
Lo que usted debe saber de su Seguro Colectivo
Lo que usted debe saber de su Seguro Colectivo Seguros Colectivos (Vida - Salud) SEGURO COLECTIVO DE VIDA Definición del Producto Requisitos de Incorporación Procedimientos de Incorporación Plazos de Cobertura
PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014.
PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. I. DEFINICIONES Para los efectos de la presente póliza de seguros, las
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE 1.- Principios que regirán la mediación La mediación que se lleva a cabo por la CM (Cámara de Mediación), conforme al presente
Guillermo Vidal Giordano Subjefe de la División de Toma de Razón y Registro
PROBLEMAS QUE SUSCITAN LOS RECONOCIMIENTOS DE TIEMPO, AFILIACIONES Y DESAFILIACIONES DE LOS SISTEMAS DE PREVISIÓN DE FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN EN RELACIÓN AL SISTEMA DEL DECRETO LEY 3.500, DE 1980 Guillermo
DECRETO N 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 Y RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES.
FICHA TÉCNICA Nº 02 JUNIO - 2005 Programas Preventivos Educación Sector TEMA: DECRETO N 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 Y RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES.
Fecha: 06/10/04. Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Andrés Morey Juan
Fecha: 06/10/04 Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Tema VII Pérdida de la condición de funcionario. 7.1 Régimen disciplinario. 7.2 Pérdida de la condición de funcionario. Página 1 1
NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.
1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.
8.0. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD / ACCIÓN: Unidad Responsable / Funcionario. Descripción de la Actividad / Acción
N de Página: 2/15 7.0. FORMULARIOS (FORMAS), INSTRUCTIVOS Y ANEXOS: N ANEXO N DE FORMA TÍTULO 1 N/A Solicitud de Servicios de Intérprete. 2 N/A Confirmación de Disponibilidad Presupuestaria. 3 N/A Resolución
Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación Dirección General de Industria, Energía y Minas
JORNADA TÉCNICA SOBRE REVISION Y MANTENIMIENTO DE DE LAS LAS INSTALACIONES DE DE LAS LAS ZONAS COMUNES EN EN LAS LAS COMUNIDADES DE DE PROPIESTARIO DE DE LA LA REGIÓN DE DE MURCIA Consejería de Industria,
Nombre: INSTRUCTIVO DE ASISTENCIA, PERMANENCIA Y PUNTUALIDAD DEL PERSONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA E INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
Nombre: INSTRUCTIVO DE ASISTENCIA, PERMANENCIA Y PUNTUALIDAD DEL PERSONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA E INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Contenido; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REPÚBLICA DE EL SALVADOR INSTRUCTIVO
PROTOCOLO ATENCIÓN DE ENFERMERÍA Y ACCIDENTE ESCOLAR
Colegio Teresiano Padre Enrique Nacimiento PROTOCOLO ATENCIÓN DE ENFERMERÍA Y ACCIDENTE ESCOLAR ACCIDENTE DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO I - EMERGENCIA VITAL: Ante esta situación, el accidentado requiere atención
Desde esta perspectiva, los conceptos básicos sobre los cuales se deben trabajar estas orientaciones en las comunidades educativas, son:
Manual/Anexo de Accidente Escolar 2015 Escuela Agrícola La seguridad es un derecho humano, reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos. En su Artículo 3º, señala: todo individuo tiene derecho
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN DIGITAL AVISO DE PRIVACIDAD CGCS/DCD/01
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN DIGITAL AVISO DE PRIVACIDAD CGCS/DCD/01 SUSCRIPTORES DE WWW.EDOMEXINFORMA.COM Revisión número 00.
JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ
JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ COMO OPERA EL SEGURO OBLIGATORIO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO? participe el vehículo asegurado, exhibiendo el certificado de seguro correspondiente.
Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009
Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación
Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO
FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO PREGUNTAS FRECUENTES Alumnos Puedo elegir la empresa donde hacer las prácticas? El alumno puede proponer una empresa en la que tenga un contacto. El tutor de FCT comprobará
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales Qué son? Accidente de trabajo: accidente sufrido por un trabajador en el
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS TITULO VI PROTECCION DE LA FAMILIA EN EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS TITULO VI PROTECCION DE LA FAMILIA EN EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO Descanso pre y post natal Artículo 336. La trabajadora en estado de gravidez
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS. Acuerdo tomado en la sesión ordinaria n.º44-2010 de 20 de mayo de 2010
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y Acuerdo tomado en la sesión ordinaria n.º44-2010 de 20 de mayo de 2010 Comunicado por Circular n.º STSE-0032-2010 de 21 de mayo de 2010 INTRODUCCIÓN La ley
CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS
Julio 2014 CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS En el BOE del 21 de julio de 2014 se ha publicado el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio,
SECUELAS DE UN ACCIDENTE LABORAL O ENFERMEDAD PROFESIONAL
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR SECUELAS DE UN ACCIDENTE LABORAL O ENFERMEDAD PROFESIONAL QUÉ SON LAS SECUELAS? Aquellas reducciones anatómicas o funcionales graves, que se pueden determinar de forma objetiva
Pensión de Invalidez
Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Carta Circular Año Fiscal 2006-2007 Núm. 1300-28-07 A los Secretarios de Gobierno, Directores de Dependencias
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO Nº 006895, DE 22 DE OCTUBRE DE 1993 Artículo
SMV. Superintendencia del Mercado de Valores
BASES PARA PROCESO DE SELECCIÓN CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1.1 Objeto 1.2 Modalidad de contratación 1.3 Órgano responsable 1.4 Requisitos del postulante CAPITULO
ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1
ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1 DE SEPTIEMBRE Los partes de baja y de confirmación de baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los
REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES
REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo
ANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO
RESOLUCIÓN N.º DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA IMPULSAR DURANTE EL CURSO 2015-2016 EL PROCESO DE MEJORA CONTINUA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚ- BLICOS
GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004
GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133 SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COTIZACIONES PARA EL SEGURO
Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda
Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,
NUEVO PROCEDIMIENTO EN LA GESTIÓN DE LAS BAJAS DE ENFERMEDAD PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO AFILIADO A MUFACE
NUEVO PROCEDIMIENTO EN LA GESTIÓN DE LAS BAJAS DE ENFERMEDAD PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO AFILIADO A MUFACE 1 En el caso de enfermedad, accidente o riesgo durante el embarazo, el funcionario/a se quedará
PRECEDENCIA: R CLASIF SEG: P GFH: 19 0800 FEB 96 TO: A TODOS LOS COMANDOS. UNIDADES Y ORGANISMOS DE LA FUERZA
NC 0203 PRECEDENCIA: R CLASIF SEG: P GFH: 19 0800 FEB 96 FM: PERSCIV BAIRES TO: A TODOS LOS COMANDOS. UNIDADES Y ORGANISMOS DE LA FUERZA EXCEPTUADO: EDIFICIO LIBERTADOR EMGE ( DPTO PERS CIV ASESORIA LEGAL)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
CONSIDERANDO Legislación universitaria Que la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, no cuenta con un reglamento que norme las tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes del personal académico
Decreto 229/2004, de 2 noviembre
(Disposición Vigente) Decreto 229/2004, de 2 noviembre LARG 2004\304 DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO. Regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos
REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA
REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto
INSTRUCTIVO DE COMUNICACIONES FRENTE A ACCIDENTES FATALES O GRAVES
INSTRUCTIVO DE COMUNICACIONES FRENTE A ACCIDENTES FATALES O GRAVES Normas aplicadas Código del Documento Fecha de Creación Doc. Número de Páginas ISO 9001 - ISO 14001 -OHSAS 18001 I-SGI-08 10/11/2009 1
Preguntas frecuentes :
Preguntas frecuentes : Qué es una nómina? Una nómina es la suma de todos los registros financieros del mes de los sueldos de un empleado, los montos imponibles, los beneficios y aguinaldos. El proceso
6. Informe de adopciones internacionales, conteniendo el número de menores adoptados y país de origen del menor, en los últimos 2 años.
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA ORGANISMOS INTERNACIONALES ACREDITADOS EN SU PAÍS DE ORIGEN, A FIN DE LLEVAR A CABO TRÁMITES DE ADOPCIONES INTERNACIONALES DE MENORES MEXICANOS EN EL SISTEMA
ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones
ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este
REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES.
REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES. TITULO I REGLAS GENERALES Artículo 1º.- Las reglas contenidas en el presente reglamento se
INSTRUCTIVO - REPORTE DE ACIDENTE DE TRABAJO CODIGO-FPATHGT002-1 TABLA DE CONTENIDO
Página 1 de 11 TABLA DE CONTENIDO 1 OBJETIVOS... 2 2 ALCANCE... 3 3 DEFINICIONES... 4 3.1 ACCIDENTE DE... 4 3.2 INCIDENTE... 4 4 POLITICAS Y CONDICIONES GENERALES... 5 5 PROCEDIMIENTO... 6 6 ETAPAS DEL
El acceso personal a la justicia civil
El acceso personal a la justicia civil Este folleto tiene carácter orientativo e informativo. No prejuzga las decisiones que en el curso de los procesos puedan adoptar los Juzgados y Tribunales en su función
I. INTRODUCCIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN
REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU
Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL
Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de
Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros
Capítulo 5 Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros Artículo 5.1: Alcance 1. Las Partes, por medio de sus autoridades competentes, deberán proporcionarse asistencia administrativa
CAPITULO V. De la Asistencia y Puntualidad
CAPITULO V De la Asistencia y Puntualidad 266) Los empleados registrarán personalmente la entrada y la salida diaria en el reloj de la dependencia, si lo hubiera, o en planillas mensuales que se llevarán
NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA
NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA El artículo 33 de la Ley 6/89 de la Función Pública Vasca establece que la selección del personal funcionario interino
II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Régimen General y Regímenes Especiales de la S. Social 18.- En mi empresa vamos a contratar a un trabajador de 16 años. Existe alguna peculiaridad respecto a la cotización
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS Artículo 17. Certificación del Origen 1. El certificado de origen es el único documento que certifica que las mercancías cumplen
REGLAMENTO DE COMPRAS POR CAJA CHICA CAPÍTULO I DEFINICIONES
REGLAMENTO DE COMPRAS POR CAJA CHICA CAPÍTULO I DEFINICIONES ARTÍCULO 1: a. Fondo de Caja Chica: Es el dinero que se utiliza para adquirir Bienes y Servicios menores. b. Empleado o funcionario: Toda persona
