CONVENIO DE ESTUDIOS CENTRO DE FORMACION TECNICA INSTITUTO CENTRAL DE CAPACITACION EDUCACIONAL ICCE Y ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS HOSPITAL CARLOS VAN BUREN En Valparaíso a 29 días de Septiembre de 2010 entre CENTRO DE FORMACION TECNICA INSTITUTO CENTRAL DE CAPACITACION EDUCACIONAL ICCE, en adelante ICCE, representada por don José Oyarzo Machuca, cedula de identidad Nº 7.825.146-8, Director Administrativo Sede Valparaíso y la Asociación de Funcionarios del Hospital Carlos Van Buren FENATS UNITARIA, RAF 85-01-015, en adelante LA ASOCIACIÓN, representada por Doña Cecilia Alday Riveros RUT 10.078.893-4, se declara y conviene lo siguiente: PRIMERO. ANTECEDENTES. Con el objeto de contribuir al progreso de los trabajadores asociados y sus familias, LA ASOCIACIÓN ha considerado del mayor interés propiciar el acceso a la educación superior técnico profesional. Por su parte ICCE consciente de la necesidad de brindar oportunidades de formación profesional a trabajadores y sus hijos egresados de enseñanza media provenientes de Liceos Humanistas y Liceos técnicos profesionales municipalizados y particulares, ha creado y difundido carreras en tres regímenes: Presencial, Semi presencial y Programas Especiales de Titulación para prosecución de estudios en carreras afines a su egreso de enseñanza media o con acreditación de experiencia laboral mínima de 5 años.
SEGUNDO. MATERIA. Conforme a lo expuesto en la cláusula anterior, las partes vienen en celebrar un convenio de estudios técnicos superior para trabajadores e hijos de los afiliados a LA ASOCIACIÓN, bajo las condiciones y modalidades que se establecen en el presente instrumento. TERCERO. CARRERAS. En virtud del presente convenio, ICCE ofrece a los beneficiarios del presente convenio las carreras que se impartirán durante el año 2010 y sucesivos.. CUARTO. EXENCIÓN Y DESCUENTO. ICCE ofrece a cada uno de los asociados que ingresen a la carrera de Técnico Nivel Superior en Enfermería, Técnico Nivel Superior en Administración Pública y Técnico Nivel Superior en Servicios Alimenticios, en su modalidad MET semi presencial de los días sábados u en otro horario que se acuerde, una rebaja en matricula del 50% y un descuento en el arancel mensual según la siguiente tabla: Rango alumnos % Valor cuota Nº de becas Sobre 25 alumnos 46,80% $ 38.000 5 20 a 24 alumnos 40% $ 42.900 4 15 a 19 alumnos 30% $ 50.050 3 10a 14 alumnos 20% $ 57.200 2 1 a 9 alumnos 10% $ 64.350 Cuota Mensual sin descuento: $ 71.500.-
QUINTO. CÓNYUGE Y CARGAS FAMILIARES. ICCE ofrece además, extender estos beneficios a los hijos y cónyuges de los asociados a LA ASOCIACIÓN, bajo las siguientes condiciones rebaja de 50% en matricula y un descuento del 20% en el arancel anual, durante todo el período de vigencia del presente convenio y en tanto se mantenga la condición de funcionario, de cónyuge y/o carga, lo que deberá acreditarse una vez al año al momento de la matricula. Esta cláusula es aplicable a cualquiera de las modalidades que se impartirá ICCE, a saber Presencial, semi presencial y MET, en sus procesos regulares de admisión. SEXTO. POSTULACIÓN. Los funcionarios y familiares que en virtud de este convenio ingresen como alumnos de ICCE estarán sujetos a los requisitos de postulación, promoción y demás aspectos académicos y administrativos que establecen sus reglamentos. SÉPTIMO. DIFUSIÓN. LA ASOCIACIÓN se compromete a difundir el presente convenio mediante la publicación de afiches promociónales en los paneles del establecimiento y la distribución de folletos con la información de las carreras durante todo el año. ICCE remitirá a LA ASOCIACIÓN información sobre el inicio y termino de cada periodo de matrícula. El éxito de este convenio en su convocatoria dependerá del compromiso de difusión que se adquiera.
OCTAVO. MATRÍCULA. Los postulantes deberán matricularse directamente en www.icce.cl durante el o los periodos que esta determine, presentando la documentación que se solicite para cada caso. El beneficio solo podrá invocarse al momento de la matricula. NOVENO. BECAS. ICCE entregara a la organización becas para ser utilizadas en cualquiera de las carreras incluidas en el presente convenio según la escala de la tabla indicada en el Artículo Cuarto de este documento, tomando la carrera de enfermería como base. El número de becas se incrementara en uno cada 15 alumnos adicionales a los 25 considerados en el inciso anterior, y que se constituyan como alumnos regulares y para carreras que efectivamente logren constituirse con 15 alumnos como mínimo. Los beneficiarios de las becas serán propuestos por la organización a ICCE. DÉCIMO. COMPROMISO DE FENATS. LA ASOCIACIÓN compromete el aporte de infraestructura para la ejecución de las carreras y gestionara el acceso a esta de alumnos que provengan de otras instancias ajenas a los hospitales donde se ejecutan los cursos. DÉCIMO PRIMERO. DURACIÓN Y TÉRMINO DEL CONVENIO. El presente convenio tendrá una duración indefinida, pudiendo cualquiera de las partes ponerle termino dando aviso a la otra con una antelación de a lo menos seis meses, del inicio de un periodo de matrícula.
DÉCIMO SEGUNDO. DOMICILIO. Para todos los efectos derivados del presente convenio, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valparaíso y se someterán a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. Cecilia Alday Riveros 10.078.893-4 Presidenta Asociación de Funcionarios del Hospital Carlos Van Buren RAF 85-01-015 José Oyarzo Machuca 7.825.146-8 DIRECTOR CFT ICCE V REGION
ANEXO CONVENIO CONVENIO DE ESTUDIOS CENTRO DE FORMACION TECNICA INSTITUTO CENTRAL DE CAPACITACION EDUCACIONAL ICCE Y ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN Articulo 1. Para efectos del presente convenio se Anexa la opción de la carrera TNS en Enfermería en modalidad semi presencial de 4 semestres (2 años de duración), donde podrán postular todos los funcionarios que trabajando en labores hospitalarias, no tienen una labor directa con los pacientes. Articulo 2. Se establece la siguiente escala de aranceles: Valor cuota 1er año (12 Nº de becas Rango alumnos % cuotas) Sobre 25 alumnos 46,80% $ 35.590 3 21 a 24 alumnos 40% $ 40.140 2 18 a 20 alumnos 30% $ 46.830 1 Valor referencial sin descuento $66.900
Para el segundo año se mantiene la misma escala de aranceles, adecuándola al numero de alumnos, es decir si no hay cambios en el grupo curso el valor de la cuota permanece inalterable. Cecilia Alday Riveros 10.078.893-4 Presidenta Asociación de Funcionarios del Hospital Carlos Van Buren RAF 85-01-015 José Oyarzo Machuca 7.825.146-8 DIRECTOR CFT ICCE V REGION