Secretaría de Salud Infraestructura Hospitalaria, en el Estado de Chiapas Auditoría de Inversiones Físicas: DS-040

Documentos relacionados
Universidad de Guanajuato Apoyos para Saneamiento Financiero y la Atención a Problemas Estructurales de las UPES Alcance EGRESOS

Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 428,770.2 Muestra Auditada 428,770.2 Representatividad de la 100.0%

Informe del Resultado de la Revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2011 e ingresos y egresos de la primera quincena del año 2012

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014

Criterios de Selección

Gobierno del Estado de Baja California Recursos del Programa Escuelas de Tiempo Completo Alcance EGRESOS Resultados Evaluación de Control Interno 1.

Grupo Funcional Desarrollo Económico

Gobierno del Estado de Nuevo León Recursos del Programa Escuelas de Tiempo Completo Alcance EGRESOS Resultados Evaluación de Control Interno 1.

EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 224,134.6 Muestra Auditada 224,134.6 Representatividad de la Muestra 100.0%

Grupo Funcional Desarrollo Económico

Criterios de Selección

Universidad Autónoma de Baja California Subsidios Federales para Organismos Descentralizados Estatales Alcance EGRESOS

Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 10,000.0 Muestra Auditada 4,712.4 Representatividad de la Muestra 47.1%

Grupo Funcional Desarrollo Económico

Instructivo para el llenado del Acta Administrativa de en Entrega-Recepción

INSTITUTO DE LA POLICÍA AUXILIAR Y PROTECCIÓN PATRIMONIAL FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2009 RESULTADO DE LA FASE DE COMPROBACIÓN

Alcance. Representatividad de la Muestra: 78.7 % Resultados. Control interno

Informe del Resultado de la Revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2011 e ingresos y egresos de la primera quincena del año idalgo.

INSTITUTO DE LA POLICÍA AUXILIAR Y PROTECCIÓN PATRIMONIAL FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2011 RESULTADO DE LA FASE DE COMPROBACIÓN

Manual para la Administración y Uso del Servicio de Telefonía Celular

Universidad Autónoma "Benito Juárez" de Oaxaca Programa de Expansión en la Oferta Educativa en Educación Media Superior y Superior Alcance EGRESOS

Gobierno del Estado de Tabasco Recursos Federales Transferidos a través de Subsidios para Centros de Educación Alcance EGRESOS

INTEGRACIÓN DE LA MUESTRA (Miles de pesos) Valores de Renta Variable 244,269.7 Pagos a Fideicomisarios 9,009.2 Total 253,278.9

Del Objeto de los Lineamientos

Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

El Grupo del Banco Mundial, mediante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), otorga dos tipos de instrumentos de financiamiento:

Policía Federal Construcción de un Hangar de la Policía Federal, en el Distrito Federal Auditoría de Inversiones Físicas: L GB-021

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la

PROCEDIMIENTO DE CALCULO Y ELABORACIÓN DEL FINIQUITO DEL PERSONAL QUE CAUSA BAJA POR RENUNCIA VOLUNTARIA

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Municipio de Monterrey, Nuevo León Recursos del Fondo de Infraestructura Deportiva Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 14-D GF-1072

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013

Auditoría a los Recursos de Fondos y Programas Federalizados. Abril, 2014

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.

Alcance (Miles de pesos y porcentaje) Monto Importe. Alcance de la Número de contrato. Ejercido en 2013 Revisado en 2013 contratado

Organización de Observadores Electorales Conciencia Ciudadana y Desarrollo Integral, A.C.

Resultados. Servicios personales

M-3: PLAN DE MEJORAMIENTO F14.1: PLANES DE MEJORAMIENTO - ENTIDADES Fecha 01/09/2013. Comites de Seguimiento (Actas) Eventos 5

Universidad Autónoma de Baja California Recursos Federales Transferidos para la Educación Superior de Calidad Alcance EGRESOS

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO REVOLVENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ÍNDICE

Criterios de Selección

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CAPACITACION

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera

Alcance. Representatividad de la Muestra: 43.4 % Resultados. Evaluación del Control Interno

Gobierno del Estado de Nayarit Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud Alcance EGRESOS Resultados Control Interno 1.

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

subcontraloría de auditoría financiera y contable

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA. NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

CONSEJO VERACRUZANO DE ARTE POPULAR FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2010 RESULTADO DE LA FASE DE COMPROBACIÓN

Gobierno del Estado de Puebla Remodelación del Estadio Cuauhtémoc, en el Estado de Puebla Auditoría de Inversiones Físicas: 14-A GF-1195

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

República de Panamá Superintendencia de Bancos

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

El contenido del presente informe no tiene el carácter de definitivo hasta en tanto sea dictaminado por el H. Congreso del Estado

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014

INFORME DE AUDITORIA DEFINITIVO EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSE DE METÁN PROYECTO RES. 30/06 AGPS

CONDONACIÓN DE MULTAS, ARTÍCULO 74

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Sistema de Garantía Interna de Calidad de los programas de doctorado de la UAM

NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública.

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013

1. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA

MINUTA DE LA CENTESIMA VIGÉSIMA SEGUNDA REUNIÓN DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DE LA CNSF CON FECHA DE 10/01/12 ANTECEDENTES

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

Escuela Básica N 350 Sagrada Familia de Nazareth

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

PROCEDIMIENTO DE DECLARACIONES PATRIMONIALES

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

MANUAL DE AUDITORÍA A LA INVERSIÓN EN OBRA PÚBLICA

Servicio de Administración Tributaria Operación Aduanera e Impuestos al Comercio Exterior Auditoría Forense: E GB-096

Informe Final N 151 Procesos de Adquisiciones

XII.1 Desarrollo, Evaluación y Capacitación en Sistemas de Cómputo.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social Programa de Apoyo al Empleo Auditoría de Desempeño: DE-101

Grupo Funcional Gobierno

Gobierno del Distrito Federal Subsidio para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Penal Alcance EGRESOS

Resultados. Control Interno

Criterios de Selección

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA UDAI MEMORIA DE LABORES ENERO 2014

-EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: Sí. Se podrá presentar oferta para uno, varios o todos los lotes.

Plan de la calidad para la ejecución de obra

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA REVISIÓN DEL PROYECTO DE OBRA PÚBLICA POR LA SUPERVISORA OBJETIVO

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014

CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DESINFECCIÓN Y DESINSECTACIÓN.

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.

Viernes 17 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Especialista A en las Áreas de Responsabilidades y de Quejas del O.I.C.

Transcripción:

Grupo Funcional Desarrollo Social Secretaría de Salud Infraestructura Hospitalaria, en el Estado de Chiapas Auditoría de Inversiones Físicas: 14-0-12100-04-0171 DS-040 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la normativa institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 1,504,194.0 Muestra Auditada 373,638.2 Representatividad de la Muestra 24.8% Los recursos federales para la infraestructura hospitalaria en el estado de Chiapas fueron asignados tanto por la Secretaría de Salud Federal a las secretarías de Salud y de Infraestructura y Comunicaciones estatales como por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Para efectos de la presente auditoría, se seleccionaron cuatro hospitales, respecto de los cuales se revisó su registro, control, seguimiento y rendición de cuentas, conforme al siguiente alcance: del universo seleccionado de 1,504,194.0 miles de pesos, se revisó una muestra de 373,638.2 miles de pesos ejercidos en 2014, que representó el 24.8% del importe total de los compromisos asumidos en cuatro contratos de obras públicas, de los cuales los núms. SI- OBRA-2012/437 F y DA-SOC-C-039-2013 se formalizaron sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado y los núms. SI-OBRA-2012/093 F y SI-OBRA-2009/348 F a precio alzado y tiempo determinado. Antecedentes Para mejorar la infraestructura hospitalaria en el estado de Chiapas, la Secretaría de Salud federal, en coordinación con las secretarías de Salud y de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del Estado de Chiapas, llevó a cabo la construcción de los hospitales de 30 camas en los municipios de Reforma, Yajalón y del centro médico de Tuxtla Gutiérrez para incrementar la capacidad productiva del servicio médico y contar con una red de servicios para atender la salud. Asimismo, el ISSSTE efectuó la construcción de un hospital general de 120 camas en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, ante los mayores requerimientos manifestados por la población derechohabiente, comprendida por 44 municipios aledaños, y que obligaba a canalizar una gran cantidad de pacientes al Hospital Regional (H.R.) Gral. Ignacio Zaragoza y 1

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014 al Centro Médico Nacional 20 de Noviembre, ambos en el Distrito Federal, así como al H.R. Mérida en el estado de Yucatán. Con el propósito de comprobar que las inversiones físicas de los cuatro proyectos de referencia se ejecutaron y pagaron conforme a la legislación y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo con lo previsto, para efectos de la presente auditoría se seleccionaron cuatro contratos de obras públicas, de los cuales los núms. SI-OBRA-2012/437 F y DA-SOC-C-039-2013 se formalizaron sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado; y los núms. SI-OBRA-2012/093 F y SI-OBRA-2009/348 F a precio alzado y tiempo determinado, por un importe global ejercido de 373,638.2 miles de pesos en 2014, que representó el 24.8% de la inversión total de recursos federales por 1,504,194.0 miles de pesos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó al Gobierno del Estado de Chiapas, como se detalla a continuación. Contrato núm. / Objeto Secretaría de Salud (SSA) SI-OBRA-2012/437 F 1 Construcción y equipamiento del Hospital Universal de 30 Camas, en el municipio de Reforma. SI-OBRA-2012/093 F 2 Construcción y equipamiento del Hospital de 30 camas en el municipio de Yajalón. SI-OBRA-2009/348 F 3 Construcción y equipamiento del Centro Médico de Tuxtla Gutiérrez. CONTRATOS REVISADOS (Miles de pesos y días naturales) Contratado Importe Ejercido Subtotal 1,126,795.5 281,140.8 ISSSTE DA-SOC-C-039-2013 1 Hospital General de 120 camas Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Subtotal 377,398.5 92,497.4 Periodo de ejecución 230,730.2 50,000.0 26/11/12-31/12/14 (776 d.n.) 157,669.2 37,275.2 06/03/12-22/03/14 (747 d.n.) 738,396.1 193,865.6 01/08/09-07/12/14 (1935 d.n.) 377,398.5 92,497.4 29/08/13-18/08/15 (720 d.n.) Total 1,504,194.0 373,638.2 FUENTE: Tabla elaborada con base en los expedientes de los contratos revisados, proporcionados por las Secretarías de Salud y de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del Estado de Chiapas y la Dirección de Administración del ISSSTE. d.n. Días naturales. 1 Se formalizó con fundamento en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 9 de abril de 2012 y 28 de julio de 2010. 2 Se formalizó con fundamento en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento, publicados en el DOF del 28 de mayo de 2009 y 28 de julio de 2010. 3 Se formalizó con fundamento en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento, publicados en el DOF del 28 de mayo de 2009 y 29 de noviembre de 2006. 2

Grupo Funcional Desarrollo Social Resultados 1. Con la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2012/093 F, se determinó que la entidad fiscalizada realizó pagos indebidos en las estimaciones núm. 6 de obra civil por 7,194.0 miles de pesos; y núms. 2 y 3 de equipamiento médico y mobiliario por 29,512.4 miles de pesos en las partidas de obra civil, instalaciones hidráulica, sanitaria, eléctrica, instalación de pararrayos, instalaciones de aire acondicionado, gases medicinales, cable estructurado, comunicación enfermo-enfermera, de sonido, de telefonía, de televisión, de gas LP, de radio comunicación y detección de incendios que suman un total de 36,706.4 miles de pesos, como consta, tanto en el acta administrativa circunstanciada del 29 de diciembre de 2014, en la que se asentó que la entidad fiscalizada tomó posesión de la obra y constató el estado que guardaban los trabajos, como en las transferencias bancarias y en la averiguación previa núm. FAR/091/2014-06 del 21 de octubre de 2014, en la que señaló que estos trabajos no fueron ejecutados por la contratista; sin embargo, se cobraron en dichas estimaciones. Mediante el oficio núm. SFP/CEAEF/675/2015 del 5 de octubre de 2015, la entidad fiscalizada remitió los oficios núms. IS/DIS/SIS/DGA/5003/11145/2015 e IS/DIS/SIS/DGA/5003/11778/2015 del 30 de septiembre y 1 de octubre de 2015, en los que manifestó que se le requirió a la Dirección de Infraestructura en Salud, solventar el resultado núm. 7. Una vez analizada y verificada la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación persiste, en virtud de que la entidad fiscalizada no aportó documentación que acredite el resarcimiento efectuado por el pago indebido de 36,706.4 miles de pesos y que fue cobrado por la contratista en el ejercicio 2014. 14-A-07000-04-0171-03-001 Solicitud de Aclaración Para que el Gobierno del Estado de Chiapas aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por un monto de 36,706,411.91 pesos (treinta y seis millones setecientos seis mil cuatrocientos once pesos 91/100 M.N.) por concepto de trabajos pagados no ejecutados en las estimaciones núms. 6 de obra civil, 2 y 3 de equipamiento médico y mobiliario del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SI-OBRA- 2012/093 F. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. 2. En la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2012/093 F, se detectó que la entidad fiscalizada no aplicó la pena convencional a la contratista por un monto de 18,289.6 miles de pesos por no haber concluido los trabajos en el plazo establecido, que fue el 25 de marzo de 2014, y a la fecha de la visita de inspección física efectuada del 24 al 28 de agosto de 2015, aún no se habían concluido; asimismo, tanto en el acta circunstanciada del 29 de diciembre de 2014 como en el oficio núm. SIyC/CAJ/UALyA/ACyTN/019/2015 del 19 de enero de 2015, se señaló que se tenía un importe pendiente de ejecutar por 46,093.2 miles de pesos; asimismo, en las estimaciones 1, 2 y 3 de equipamiento médico y mobiliario se tenía un monto pendiente de ejecutar por 65,177.2 miles de pesos que suman un total de 99,564.6 miles de pesos, monto sobre el que se aplicaría el 3.0% de pena convencional por los 9 meses de atraso, resultando una pena convencional por 26,882.4 miles de pesos; sin embargo, en la cláusula décima cuarta, párrafo sexto contractual, se estableció que las penas convencionales en ningún caso podrían ser superiores en su conjunto al monto de la garantía otorgada para 3

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014 el cumplimiento del contrato, por lo que el importe por aplicar sería de 18,289.6 miles de pesos. 14-A-07000-04-0171-03-002 Solicitud de Aclaración Para que el Gobierno del Estado de Chiapas aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por un monto de 18,289,631.25 pesos (dieciocho millones doscientos ochenta y nueve mil seiscientos treinta y un pesos 25/100 M.N.) por concepto de la aplicación de la pena convencional del 3.0% por el atraso registrado en la terminación de los trabajos del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SI-OBRA- 2012/093 F. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. 3. Con la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2012/093 F, se constató que la entidad fiscalizada no tiene resguardo de los materiales, ni de los equipos que se pagaron a la contratista, como tampoco de los materiales que se encontraban en su bodega al momento de rescindirle administrativamente el contrato; además, en el acta circunstanciada no se dejó constancia de que haya entregado toda la documentación para que la entidad pudiera hacerse cargo de la obra y, en su caso, proseguir con los trabajos, en virtud de que la contratista contaba con 10 días naturales contados a partir de que recibió la notificación para devolver toda la documentación que le entregó la contratante para que ejecutara los trabajos. 14-B-07000-04-0171-08-001 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria Ante el Órgano Interno de Control del Gobierno del Estado de Chiapas para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no resguardaron los materiales y los equipos que se le pagaron a la contratista, ni le exigieron que devolviera toda la documentación que le fue entregada para hacerse cargo de la obra objeto del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SI-OBRA- 2012/093 F. 4. En la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F, se detectó que el helipuerto no cuenta con servicios de salvamento y extinción de incendios, ni se cuenta con la evidencia documental que acredite la obtención del permiso que debió otorgar la Dirección General de Aeronáutica Civil para su operación. Mediante el oficio núm. SFP/CEAEF/734/2015 del 27 de octubre de 2015, la entidad fiscalizada remitió el oficio núm. SlyC/SSOP/DIOPyV/340/2015 del 26 de octubre de 2015, donde señaló que se realizó la revisión de los términos de referencia, donde se constató que dentro de los alcances del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F, no se encuentran estipulados los servicios de salvamento y extinción de incendios; asimismo, con respecto a la documentación que acredite el permiso de la Dirección General de Aeronáutica, entregó los oficios solicitados por la gerencia de proyectos en la visita que realizó el personal de dicho organismo regulador, a fin de verificar el cumplimiento de los permisos correspondientes. Una vez analizada y verificada la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación se atiende parcialmente, no obstante que en los alcances del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F no se consideraron los servicios de salvamento y 4

Grupo Funcional Desarrollo Social extinción de incendios; la entidad fiscalizada no presentó el permiso de la Dirección General de Aeronáutica Civil para la operación del helipuerto. 14-A-07000-04-0171-03-003 Solicitud de Aclaración Para que el Gobierno del Estado de Chiapas aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria del permiso que la Dirección General de Aeronáutica Civil le haya otorgado para operar el helipuerto en el centro médico de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, objeto del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SI-OBRA-2009/348 F. 5. En la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F, se observó que no obstante que la contratista suministró el total de los equipos, no se cuenta con los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes, ni con los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de dichos equipos, como consta en las actas de entregarecepción parciales del 28 de febrero, 30 de mayo, 29 de julio, 28 de agosto, 31 de octubre y 12 y 13 de noviembre de 2014; tampoco existe evidencia documental que demuestre que se dio la capacitación necesaria al personal correspondiente para la operación de los equipos suministrados. Mediante el oficio núm. SFP/CEAEF/734/2015 del 27 de octubre de 2015, la entidad fiscalizada remitió el oficio núm. SlyC/SSOP/DIOPyV/340/2015 del 26 de octubre de 2015, donde señaló que derivado del suministro de los equipos se presenta la integración de los manuales, que constan en las actas de entrega-recepción del mes de febrero a noviembre de 2014, no obstante se está realizando la integración de los soportes, donde se muestra la capacitación del personal, correspondiente a la operación de los equipos, sin omitir mencionar que las acciones antes aludidas están directamente relacionadas a la designación del personal que para los efectos conducentes tenga a bien emitir el Instituto de Salud, con la finalidad de acreditar la impartición de dicha capacitación. Una vez analizada y verificada la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación subsiste, en virtud de que la entidad fiscalizada no cuenta con los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los equipos suministrados e instalados. 14-A-07000-04-0171-03-004 Solicitud de Aclaración Para que el Gobierno del Estado de Chiapas aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de la entrega de los manuales e instructivos de operación y mantenimiento, así como los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los equipos de instalación permanente y de la capacitación al personal correspondiente en la operación de los equipos del centro médico, relativo al contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SI-OBRA-2009/348 F. 6. En la revisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F, se observó que en las áreas de neonatología, terapia intermedia adultos y terapia intensiva adultos no se están prestando los servicios correspondientes, ya que en la plantilla de trabajo del centro médico no se consideró el personal médico para esas áreas, por lo que se da atención en el área de urgencias, la cual no cuenta con el espacio, ni con los equipos apropiados para proporcionar dicha atención, debido a la deficiente planeación realizada por la entidad fiscalizada para la programación de las necesidades del personal médico necesario para esas áreas. 5

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014 Mediante el oficio núm. SFP/CEAEF/675/2015 del 5 de octubre de 2015, la entidad fiscalizada remitió el oficio núm. IS/DIS/SIS/DGA/5003/11145/2015 y el memorándum núm. DAM/01233/2015 del 30 de septiembre y 1 de octubre de 2015, con los que adjuntó copia del cuadro de personal que se proyectó como necesidad de la puesta en marcha del Centro Médico de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Una vez analizada y verificada la información y documentación proporcionada, la ASF determinó que la observación persiste, en virtud de que en las áreas de neonatología, terapia intermedia adultos y terapia intensiva adultos no se prestan los servicios correspondientes, ya que en la plantilla de trabajo del Centro Médico no se consideró el personal médico para dichas áreas, todo esto derivado de la deficiente planeación por parte de la entidad fiscalizada. 14-B-07000-04-0171-08-002 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria Ante el Órgano Interno de Control del Gobierno del Estado de Chiapas para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no consideraron en la plantilla de trabajo del centro médico de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, la contratación del personal médico para las áreas de neonatología, terapia intermedia adultos y terapia intensiva adultos, lo que ha repercutido en la deficiencia de la prestación del servicio. 7. En la revisión del contrato de obra núm. DA-SOC-C-039-2013, se comprobó la correcta aplicación del IVA, de la amortización del anticipo, de la periodicidad de las estimaciones y de las deducciones contractuales; asimismo, se observó que las cantidades pagadas corresponden con las ejecutadas y que las pruebas de laboratorio aplicadas a los materiales y en los procesos constructivos fueron satisfactorias; además, el laboratorio contó con la certificación por parte de la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y la bitácora se llevó en forma adecuada de conformidad con la normativa aplicable. Recuperaciones Probables Se determinaron recuperaciones probables por 54,996.0 miles de pesos. Consecuencias Sociales Al 31 de diciembre de 2014, de los tres nosocomios solo uno había entrado en operación, por lo que no se habían proporcionado los servicios médicos a la población del estado de Chiapas. Resumen de Observaciones y Acciones Se determinó(aron) 6 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 4 Solicitud(es) de Aclaración y 2 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria. Dictamen El presente dictamen se emite el 17 de diciembre de 2015, fecha de conclusión de los trabajos de auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada y de cuya veracidad es responsable. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría practicada, cuyo objetivo fue fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron y pagaron conforme a la legislación, y específicamente respecto de la muestra revisada que 6

Grupo Funcional Desarrollo Social se establece en el apartado relativo al alcance, se concluye que, en términos generales, la Secretaría de Salud y el Gobierno del estado de Chiapas cumplieron con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, excepto por los aspectos observados siguientes: Gobierno del estado de Chiapas En el hospital de Yajalón, se realizó un pago indebido por 36,706.4 miles de pesos por trabajos pagados no ejecutados; no se ha elaborado el finiquito del contrato, ni se aplicó una pena convencional por 18,289.6 miles de pesos por no concluir los trabajos en la fecha establecida y la entidad fiscalizada no tiene resguardo de los materiales, ni de los equipos que se pagaron a la contratista. En el centro médico de Tuxtla Gutiérrez, no se cuenta con el permiso para la operación del helipuerto; los equipos no cuentan con los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes, ni con sus certificados de garantía de calidad y funcionamiento; y en las áreas de neonatología, terapia intermedia adultos y terapia intensiva adultos no se están prestando los servicios correspondientes. Apéndices Procedimientos de Auditoría Aplicados 1. Verificar que la ejecución y el pago de los trabajos se realizaron de conformidad con la normativa. Áreas Revisadas La Secretaría de Salud; las secretarías de Salud y de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del Estado de Chiapas, y la Dirección de Administración del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan: 1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículo 24, fracción II. 2. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículo 66, fracción III. 3. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 19, 46 bis, 54, párrafo primero, 62, penúltimo párrafo y fracción II, párrafo segundo, 66 y 68. 4. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 65, 88, párrafo segundo, 99, 107, fracción II, 84, fracciones I, VI y IX, 113, fracciones I, V, VI y IX, 122, 132, 136, 137, fracción VII, 138, 159, fracción X, 162, y 215, fracción VIII. 5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Cláusula tercera, vigésima cuarta y programa de ejecución de los trabajos del contrato de obra núm. SI- OBRA-2012/437 F. 7

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014 Cláusulas décima cuarta, párrafo cuarto; y décima octava, párrafos quinto, sexto, y penúltimo, del contrato de obra núm. SI-OBRA-2012/093 F. Tercera resolución del oficio de notificación del inicio de rescisión del contrato de obra núm. SI-OBRA-2012/093 F. Numerales 6.1, Salvamento y extinción de incendios generalidades, de la circular obligatoria núm. CO DA-05/07 y 10.2, Salvamento y extinción de incendios, de la circular obligatoria núm. CO DA-04/07, de los requisitos para regular la construcción, modificación y operación de los helipuertos de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Numerales 2.1, inciso b; 6, apartado V; 6.1.1, y 7.1 de los términos de referencia del contrato de obra núm. SI-OBRA-2009/348 F. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto, y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 29, fracción X; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado. 8