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Mexicali, Baja California, a 13 de diciembre de 2012. C. DIP. JUAN VARGAS RODRÍGUEZ PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO DEL CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E.- ASUNTO: Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Anual del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada, por el ejercicio fiscal 2011. Con fundamento en los Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, me permito rendir a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público que Usted preside, el siguiente INFORME DE RESULTADOS: Para efectos del presente Informe, cuando se haga referencia al articulado de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, es de conformidad con el Artículo Transitorio Cuarto de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 22 de octubre de 2010. De igual forma, cuando se haga referencia al articulado de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, es de conformidad con los Artículos Transitorios Segundo y Tercero de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 22 de octubre de 2010. El presente Informe tiene por objeto dar a conocer los resultados de la revisión que fue practicada a la Cuenta Pública del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, mismo que contiene la opinión sobre el estado que guardan los ingresos, egresos, el patrimonio y la deuda pública de dicha Entidad, así como los elementos que sirvieron de base para la emisión de la opinión antes mencionada, de acuerdo con los resultados del examen de la información financiera, presupuestal, programática y demás elementos de información que constituyen la Cuenta Pública Anual.

ASUNTO: 2 La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por la Entidad fiscalizada, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma, la cual se deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, así como del exámen que fue realizado principalmente en base a pruebas selectivas, y de acuerdo con las disposiciones legales que regulan el proceso de fiscalización y con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental, las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener elementos de juicio razonables de que la Cuenta Pública Anual no contiene errores importantes, que está preparada en base a los postulados básicos de contabilidad gubernamental, que se lograron los objetivos y metas de los principales programas de la Entidad, que se aplicaron los recursos en términos de eficiencia y eficacia y que se cumplieron las disposiciones legales aplicables a la Entidad, por lo que esta opinión se emite conforme a bases razonables que la sustentan debidamente. Es de señalar que, durante el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, fungió como Presidente de la Entidad el C. C.P. Jorge Manuel Labastida Bonifant A N T E C E D E N T E S Mediante oficio número CUM-056, de fecha 28 de marzo de 2012, el C. Ing. Ricardo Fletes García, en su carácter de Gerente General de la Entidad, presentó ante el Congreso del Estado la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, en cumplimiento al Artículo 9 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, la cual fue remitida al Órgano de Fiscalización Superior por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público mediante oficio número XX/CFGP/1901/2012, de fecha 11 de abril de 2012. Con fecha 1 de diciembre de 2011, mediante oficio número DEMF/077/2011, el Órgano de Fiscalización Superior notificó al Titular de la Entidad del inicio de la fiscalización de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2011, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 22, Párrafos Segundo y Último; 27, Fracción XII; y, 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en los Artículos 3, 8, 16, 17 y 23 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California. Como resultado de la fiscalización de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos, Patrimonio y Deuda Pública de la Entidad, el Órgano de Fiscalización Superior formuló observaciones, las cuales fueron notificadas a la Entidad mediante los oficios números DEMO/038/2012,

ASUNTO: 3 DEP/091/2012 y DEF/097/2012 de fechas 21 de junio, 11 y 13 de septiembre de 2012, respectivamente, mismos que fueron atendidos, a través de los oficio nύmeros GG-140-12, PT/0275/12, PT/0294/12 y PTE/305-12 de fechas 6 agosto, 25 de septiembre, 4 y 15 de octubre de 2012, respectivamente, remitidos al Órgano de Fiscalización Superior por el C. Ing. Ricardo Fletes García, en su carácter de Gerente General de la Entidad. En atención a las observaciones notificadas y, en cumplimiento al Artículo 17, Fracción XXI, de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, mediante los oficios números DEO/057/2012 y DEF/099/2012 de fechas 8 de agosto y 17 septiembre de 2012, respectivamente, se requirió la presencia del Titular o de representantes de la Entidad en las instalaciones del Órgano de Fiscalización Superior, habiendo comparecido los días 13 de agosto y 15 de octubre de 2012, los CC. Ing. Ricardo Fletes García, C.P. José Luis Sarabia Flores, Ing. Pedro García Mejia, Lic. Israel López Mejia, Oc. Jaime Orduño Octavio, María del Carmen Pérez Zerecero, Dora María Gastelum Melesio, Carlos Lorenzo López Márquez, Ing. Alejandro Bareño Domínguez, Ing. José de Jesús Cabrera P. e Ing. Juan Manuel Hernández Velásquez, en su carácter de Gerente General, Gerente Administrativo, Gerente de Producción, Gerente de Promoción-Recaudación, Jefe de Recaudación, Jefe del Departamento Administrativo, Auxiliar de Presupuestos, Jefe del Departamento de Informática, Departamento de Obras, Departamento de Proyectos y Administración de Obras, respectivamente, para el esclarecimiento de los hechos u omisiones derivadas de la revisión de la Cuenta Pública Anual por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011. Así mismo, se hace constar que durante el ejercicio fiscal de 2011, la Entidad no realizó operación alguna de Deuda Pública, por lo que el presente Informe no contiene opinión sobre el particular. En base a lo anteriormente expuesto y, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, tengo a bien emitir la siguiente O P I N I Ó N: I. Es procedente otorgar la aprobación de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos y Patrimonio al Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada, por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011. II. Como resultado de la revisión, se derivaron las siguientes salvedades que no afectan la Cuenta Pública Anual de la Entidad:

ASUNTO: 4 1. La Entidad tiene como practica contable reconocer el costo por M3 de concreto hidráulico aplicado a obras derramables a un precio convenido, observándose que en algunos casos es mayor al efectivamente pagado, lo que genera el registro de un costo mayor al real, mismo que se derrama entre los particulares de lo cual, en el ejercicio de 2011 se generó una diferencia de $ 442,196, importe que se registró como una utilidad en la cuenta Remanente convenio suministro de concreto ; y en otros casos el costo convenido resultó menor al efectivamente pagado, resultando una diferencia a cargo de la Entidad por un monto de $ 1 307,830 registrado en la cuenta Costos de obra no derramada ; por lo anterior se observa incumplimiento a lo señalado en los Artículos 80 y 81 de la Ley de Urbanización del Estado de Baja California. 2. Diversas erogaciones realizadas por Servicios Personales, de los cuales se observa lo siguiente: 2.1 La Entidad durante el ejercicio 2011, realizó erogaciones por concepto de compensaciones por estímulos en la Producción de Concreto, Recuperación de Cobranza y Juntas de Vecinos, por la cantidad de $ 330,879, de los cuales, de la revisión a 6 empleados se determinó un monto pagado por $ 18,362, mismos que no se integran al salario diario del trabajador para efectos de cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, así mismo no se incluyen para efectos de la retención del impuesto sobre la renta, incumpliendo con el Artículo 26 de la Ley del Seguro Social y 113 primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 2.2 Adicionalmente efectuó pagos por concepto compensaciones por estímulos a Funcionarios Públicos de la Entidad, por asistir a las Juntas de Vecinos para promover y aprobar obras de Urbanización por la cantidad de $ 67,601, contraviniendo con lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que la obligación de los Funcionarios de la Entidad es llevar a cabo dichas juntas para aprobación de las obras de acuerdo a la Ley de Urbanización del Estado de Baja California. 3. La Entidad presenta en su Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2011, Obras por Recuperar (Terminadas) por la cantidad de $ 25 038,221 que al comparar contra el Padrón de saldos emitido por el departamento de Recaudación

ASUNTO: 5 a esa misma fecha que ascienden a $ 47 166,677, se observa una diferencia de menos en registros contables por $ 22 128,456, cuya diferencia en el ejercicio de 2012 se identificó e integró, manifestando la Entidad que procederá a la corrección contable correspondiente. 4. La Entidad al cierre del ejercicio presenta en las Cuentas por Cobrar el importe de $ 4 832,300, del cual, un monto de $ 1 127,813 corresponde a Deudores diversos y $ 3 704,487 a Obras por Recuperar, al respecto se observa que durante el ejercicio de 2011 no tuvieron movimiento, ni han sido recuperados o corregidos en su caso. 5. La Entidad proporcionó Padrón de Obras en Proceso de Ejecución emitido por el departamento de Recaudación con cifras al 31 de diciembre de 2011 que ascienden a $ 19 500,821, que al compararlo con el importe presentado en registros contables por $ 21 131,533, existe una diferencia de $ 1 630,712 de más en registros contables, pendiente de aclarar. Cabe señalar que la Entidad desde mayo de 2010, no ha efectuado traspasos de cancelación de Obras en Proceso a Obras Terminadas. 6. La Entidad recibió cuotas de vecinos al 31 de diciembre de 2011 por $ 963,483, sin que a esa fecha las obras se encontraran en formal proceso de construcción, incumpliéndose a lo establecido en el Artículo 97, segundo Párrafo de la Ley de Urbanización del Estado de Baja California, el cual señala: Los pagos de las cuotas no se efectuarán antes de que la obra se encuentre en formal proceso de construcción. 7. La Entidad al cierre del ejercicio presenta en las Cuentas por Pagar el importe de $ 5 391,106, del cual, un monto de $ 997,963 corresponde a Acreedores diversos y $ 4 393,143 a Anticipos de vecinos, al respecto se observa que durante el ejercicio de 2011 no tuvieron movimiento, ni han sido liquidados o corregidos en su caso. Durante el ejercicio fiscal de 2012 se efectuaron reembolsos a vecinos por la cantidad de $ 438,246.

ASUNTO: 6 8. La Entidad presenta en el Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2011, en la cuenta de Pasivo a favor del Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, un saldo de $ 32 004,950, el cual se integra de Fondos de Reinversión por un monto de $ 18 092,365, y Rehabilitación de Asfalto por $ 13 912,585, los cuales provienen de ejercicios anteriores, observándose que la Entidad no ha efectuado el pago o las correcciones contables que procedan. Cabe señalar, que mediante oficio número 2107 de fecha 26 de octubre de 2012 de la Tesorería Municipal de Ensenada, manifiesta que no se reporta adeudo alguno por los conceptos antes señalados, por lo tanto la Entidad procederá a someterlo a consideración en el mes de diciembre de 2012 en Junta Ordinaria de su Consejo de Administración para su corrección contable. 9. Durante el ejercicio de 2011 la Entidad erogó la cantidad de $ 7 302,391 por concepto de sueldos y prestaciones, sobre los cuales se omitió el pago y registro contable del pasivo del 1.8% del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal por la cantidad de $ 131,443, así como $ 32,861 del 25% de Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior, incumpliéndose con lo establecido en los Artículos 151-13, 151-14, 151-15, 151-18, 151-19, 152 y 153 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, y Tercero de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California, así como con el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental Sustancia Económica. Así mismo, en cumplimiento del Artículo 44 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, considero que las salvedades anteriormente señaladas, deben hacerse del conocimiento de la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Ensenada, B.C., con el propósito de que se dicten las medidas correctivas conducentes. A T E N T A M E N T E. AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL. C. P. MANUEL MONTENEGRO ESPINOZA. C.c.p.- Expediente/Archivo. MME/SMC/HESC/luz*