CURSO TALLER DE CIERRE LA CUENTA PÚBLICA: UNA VISIÓN A CONTABLE PRESUPUESTAL Y LA TRAVÉS DE LA TRANSPARENCIA Y PRESENTACIÓN DE LA CUENTA DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA PÚBLICA Mtra. Iliana Guadalupe León González Zacatecas, Zacatecas a 11 de enero 2017
CONTENIDO 1. Introducción 2. Transparencia y difusión de la información financiera 3. Sanciones 4. Cuenta Pública 5. Registro de asientos contables y presupuestales de cierre de ejercicio fiscal 6. Registro del cierre contable y presupuestal 7. Estados financieros contables y presupuestales para la cuenta pública 8. Conclusiones
INTRODUCCIÓN Dentro de las reformas que se han llevado a cabo en nuestro país en materia de esquemas de fiscalidad gubernamental, ha sido de vital importancia la llamada Armonización contable, ya que ésta ha marcado un parteaguas en la materia de transparencia y rendición de cuentas. En este marco de cambios entró en vigor en el año 2009, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, misma que en su capítulo V, hace mención de la transparencia y rendición de cuentas, así como también estipula la obligatoriedad de la presentación de la cuenta pública.
TRANSPARENCIA Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
OBJETIVOS RELEVANTES DE LA TRANSPARENCIA Gobierno Transparente. Rendición de Cuentas Acceso a la Información Artículo 4 LFAIPG
CONSTITUCIÓN NACIONAL Para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, los recursos económicos la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administraran con: EFICIENCIA EFICACIA TRANSPARENCIA HONRADEZ Artículo 134 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
NUEVA ESTRUCTURA DE LA LEY TÍTULO PRIMERO: OBJETO Y DEFINICIONES DE LA LEY TÍTULO SEGUNDO: DE LA RECTORÍA DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE TÍTULO TERCERO: DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL TÍTULO CUARTO: DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL Y LA CUENTA PÚBLICA TÍTULO QUINTO: DE LA TRANSPARENCIA Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA TÍTULO SEXTO: DE LAS SANCIONES TRANSITORIOS
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan: XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;
LA TRANSPARENCIA EN LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA La información financiera de los entes públicos será difundida, trimestralmente en internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda. En términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso. Artículo 51. DOF 31 de diciembre 2008
OBJETIVOS PRINCIPALES DE LA REFORMA Difusión de información financiera en Internet. Inclusión de relación de bienes patrimoniales. Establecer formatos para armonizar la información. Transparentar el gasto en los tres órdenes de gobierno Informar sobre la evaluación y rendición de cuentas de recursos ejercidos. La implantación y operación del PBR y de SED. Sancionar el incumplimiento de obligaciones de transparencia.
NORMAS EMITIDAS POR EL CONAC EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
DISPOSICIONES GENERALES Arts. 56 al 58 LGCG Se establecen formatos para la publicación de la información financiera para difundirse en la página de Internet del ente público y en los medios oficiales de difusión aplicables. Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen. Enlaces electrónicos en páginas de Internet estatales y municipales, que permitan acceder a la información financiera de todos los entes públicos de su respectivo orden de gobierno y a los órganos o instancias de transparencia competentes.
FORMATOS ANUALES 1.-Iniciativa de Ley de Ingresos 2.-Proyecto del Presupuesto de Egresos 3.-Presupuesto Ciudadano 4.-Calendario Mensual de Ingresos 5.-Calendario Mensual de Egresos 6.-Relación de Cuentas Bancarias Productivas 7.-Difusión de los Resultados de las Evaluaciones de los Recursos Federales 8.-Relación de Bienes que Componen el Patrimonio DOF 3, 4 Y 8 de agosto 2013
3 SANCIONES
NORMAS EMITIDAS POR EL CONAC Artículo 84 Las responsabilidades administrativas se fincarán, a quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que, por la naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que impliquen dolo, culpa, mala fe o negligencia por parte de los mismos.
NORMAS EMITIDAS POR EL CONAC Artículo 85 Se sancionará administrativamente en los términos de la legislación en materia de responsabilidades administrativas aplicables en cualquiera de los siguientes supuestos: I. Cuando omitan realizar los registros de la contabilidad de los entes públicos, así como la difusión de la información financiera en los términos a que se refiere la presente Ley;
NORMAS EMITIDAS POR EL CONAC. Artículo 85 II. Cuando de manera dolosa: a) Omitan o alteren los documentos o registros que integran la contabilidad. b) Incumplan con la obligación de difundir la información financiera
NORMAS EMITIDAS POR EL CONAC Artículo 86 Se impondrá una pena de dos a siete años de prisión, y multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien causando un daño a la hacienda pública o al patrimonio del ente público correspondiente, incurra en las conductas previstas en las fracciones II y IV del artículo 85 de esta Ley. SMDF 80.04 X 1000 = 80,040 SMDF 80.04 X 500,000 = 40,020,000
LA CUENTA PÚBLICA ARMONIZADA
CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN PARA LA CUENTA PÚBLICA 1. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN CONTABLE Estado de Situación financiera Estado de Actividades Estado de Variación de la Hacienda Pública Estado de cambios en la Situación Financiera Estado de Flujo de efectivo Estado Analítico del Activo Estado Analítico de la Deuda Informes sobre pasivos contingentes Notas a los estados financieros 2. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA 3. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN PROGRAMÁTICA 4. ANÁLISIS CUALITATIVO DE LOS INDICADORES DE LA POSTURA FISCAL 5. INTEGRACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE PRESUPUESTAL Y LA CUENTA PÚBLICA.
Información Contable Estado de Situación Financiera Estado de Actividades Estado de Variación en la Hacienda Pública Estado de Cambios en la Situación Financiera Estado de Flujos de Efectivo Estado Analítico del Activo Estado Analítico de la Deuda Informes sobre Pasivos Contingentes Notas a los Estados Financieros
Notas a los Estados Financieros Los entes públicos deberán acompañar notas a los estados contables cuyos rubros así lo requieran teniendo presente los postulados de revelación suficiente e importancia relativa con la finalidad, que la información sea de mayor utilidad para los usuarios. NOTAS DE DESGLOSE NOTAS DE MEMORIA (CUENTAS DE ORDEN) NOTAS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
NOTAS DE GESTION ADMINISTRATIVA 17.Responsabilidad Sobre la Presentación Razonable de los Estados Financieros Los Estados Financieros deberán estar rubricados en cada página de los mismos e incluir al final la siguiente leyenda: Bajo protesta de decir verdad declaramos que los Estados Financieros y sus notas, son razonablemente correctos y son responsabilidad del emisor. * Lo anterior no será aplicable para la información contable consolidada Acuerdo por el que se reforma el Capítulo VII del Manual de Contabilidad Gubernamental DOF 06/Oct/2014
CONTENIDO 1. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN CONTABLE Estado de Situación financiera Estado de Actividades Estado de Variación de la Hacienda Pública Estado de cambios en la Situación Financiera Estado de Flujo de efectivo Estado Analítico del Activo Estado Analítico de la Deuda Informes sobre pasivos contingentes Notas a los estados financieros 2. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA 3. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA 4. CONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN PROGRAMÁTICA 5. ANÁLISIS CUALITATIVO DE LOS INDICADORES DE LA POSTURA FISCAL 6. INTEGRACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE PRESUPUESTAL Y LA CUENTA PÚBLICA. 7. EJERCICIOS PRACTICOS.
Información Presupuestaria INGRESOS Los informes tienen por finalidad conocer en forma periódica y confiable el comportamiento de los ingresos públicos. EGRESOS En este estado, el usuario identificará de manera detallada el ciclo presupuestal, desde el presupuesto autorizado hasta el pago de las operaciones. ESTADO ANALÍTICO DE INGRESOS ESTADO ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
Información Programática Mide los avances físicos y financieros que se registran en el período por la ejecución de los programas presupuestarios y coadyuva a la implantación integral del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED). Lineamientos sobre los Indicadores para Medir los Avances Físicos y Financieros Relacionados con los Recursos Públicos Federales. (DOF 09-12-2009)
El presente acuerdo tiene por objeto armonizar la estructura de la Cuenta Pública del Gobierno Federal, de las Entidades Federativas, de los Ayuntamientos de los Municipios y de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales por conducto del Distrito Federal DOF 30-DICIEMBRE-2013
Estructura de la Cuenta Pública Artículo 53 de la LGCG se establece los requisitos mínimos que deben estructurar la cuenta pública del Gobierno Federal y las entidades federativas: I. Información contable II. Información Presupuestaria III. Información programática IV. Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual.
Integración de la cuenta pública La cuenta pública de las entidades federativas se recomienda sea formulada e integrada por la Secretaria de Finanzas o su equivalente, por lo que los entes públicos remitirán la información en los términos y por los conductos de la SEFIN o su equivalente que les solicite.
EJERCICIO PRÁCTICO DE CIERRE DE EJERCICIO Y CUENTA PÚBLICA Favor de acceder a su ejercicio
CONCLUSIONES Y ENTONCES, LA CUENTA PÚBLICA Y LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, SON SUFICIENTES INSTRUMENTOS PARA EVADIR LA CORRUPCIÓN Y EL MAL USO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS? Y LA INFORMACIÓN PLASMADA EN LOS ESTADOS FINANCIEROS CONFORME A QUÉ CRITERIOS ES EVALUADA?
Gracias por su Atención Mtra. Iliana León González zmiliana@hotmail.com 3315644207