INDICE SECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO DE ARONA T E N E R I F E

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Transcripción:

INDICE CAPITULO I: SERVICIOS A PRESTAR....3 1.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO...3 2.- ALCANCE DEL SERVICIO...3 3.- MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES, INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPOS..4 4.- GESTIÓN DEL CONTRATO...4 CAPÍTULO II: GESTIÓN DE ZONAS VERDES DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL....5 SECCIÓN II-1: CALIDADES...6 5.- SUELOS Y TIERRAS FÉRTILES...6 6.- MODIFICACIONES Y ENMIENDAS...6 7.- ABONOS ORGÁNICOS...6 8.- ABONOS MINERALES...7 9.- PROFUNDIDAD DEL SUELO...7 10.- AGUA...7 SECCIÓN II-2: LABORES DE CONSERVACIÓN GENERALES...7 11.- ABONADOS...7 12.- ACOLCHAMIENTO...8 13.- AIREACIÓN Y ESCARIFICADO...8 14.- ENTRECAVADO Y RASTRILLADO...8 15.- ENTUTORADO...9 16.- ESCARDA...9 17.- FORMACIÓN DE ÁRBOLES DE ALINEACIÓN...10 18.- FORMACIÓN DE SETOS...10 19.- INSPECCIONES TÉCNICAS...10 20.- LABORES DE PODA...11 21.- LABORES DE REPOSICIÓN...12 22.- PERFILADO...12 23.- PLANTACIÓN Y/O REPOSICIÓN...13 24.- RECORTE Y PODA DE ARBUSTOS...13 25.- RESIEMBRA Y/O REPLANTACIÓN...14 26.- RETIRADA DE ELEMENTOS MUERTOS O PELIGROSOS...14 27.- RIEGO...14 28.- SIEGA...17 29.- TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS...18 30.- ZONAS VERDES CON VEGETACIÓN DE CRECIMIENTO ESPONTÁNEO...19 31.- LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS...19 32.- MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS ZONAS VERDES...20 33.- PLAN ANUAL DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO...21 34.- ZONAS VERDES EN EDIFICIOS MUNICIPALES....21 35.- GESTIÓN DEL VIVERO MUNICIPAL...22 36.- SUMINISTRO DE ESPECIES VEGETALES...23 37.- CREACIÓN Y GESTIÓN DE UNA PLANTA DE COMPOSTAJE MUNICIPAL...25 1

CAPÍTULO III. MEDIOS HUMANOS, VEHÍCULOS, MAQUINARIA, HERRAMIENTAS E INSTALACIONES...26 SECCIÓN III.1. PERSONAL...26 38.- MEDIOS PERSONALES...26 39.- PERSONAL MÍNIMO...27 40.- JEFATURA DEL SERVICIO...30 41.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES...30 42.- GESTIÓN DE INCIDENCIAS...32 43.- CAMBIOS EN EL PERSONAL...32 44.- UNIFORMIDAD E IDENTIFICACIÓN...32 45.- FORMACIÓN ESPECÍFICA...33 46.- LIBRO DE ÓRDENES...34 47.- CARTEL DE SEGURIDAD...35 48.- INVENTARIO DE ZONAS VERDES....35 SECCIÓN III.2.VEHÍCULOS Y MAQUINARIA...36 49.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA...36 50.-CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS Y MAQUINARIA...38 51.- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS VEHÍCULOS Y MAQUINARIA...43 52.- HERRAMIENTAS...45 53.- PLAN DE INVERSIONES...45 SECCIÓN III.3. INSTALACIONES FIJAS...45 54.- INSTALACIONES FIJAS...45 55.- MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES FIJAS...46 56.- GESTIÓN DE LOS MEDIOS MATERIALES...47 CAPITULO IV: ORGANIZACIÓN, CALIDAD, SEGURIDAD Y CONTROL DE LOS SERVICIOS...47 57.- ORGANIZACIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS...47 58.- COMUNICACIONES ENTRE EMPRESA ADJUDICATARIA Y AYUNTAMIENTO48 59.- SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS...49 60.- CONTROL DEL PERSONAL...50 61.- COMUNICACIONES CON LOS CIUDADANOS....50 62.- CONTROL DE LOS TRABAJOS...50 63.- INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES...51 64.- CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE...52 65.- SEGURIDAD Y SALUD....54 66.- CONTROL DE LOS CONSUMOS DE AGUA....55 68.- CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN MEDIOAMBIENTALES...55 70.- DURACIÓN DEL CONTRATO...57 71.- COSTE DEL CONTRATO Y PRECIO BASE DE LICITACIÓN...57 73.- REVISIÓN DE PRECIOS...59 2

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL SERVICIO DE GESTIÓN DE ZONAS VERDES DEL MUNICIPIO DE ARONA. Es objeto del presente procedimiento de licitación la contratación de la prestación del servicio de gestión de zonas verdes del municipio de Arona. Los servicios objeto de este contrato se especifican en el presente pliego de prescripciones técnicas. Los licitadores desarrollarán sus ofertas conforme a las especificaciones comprendidas, tanto en el presente pliego como en el pliego de cláusulas administrativas. CAPITULO I: SERVICIOS A PRESTAR. 1.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL SERVICIO. El ámbito territorial a los efectos del servicio de gestión de zonas verdes abarca todos los espacios de uso público del municipio de Arona, así como determinados bienes patrimoniales. Durante la duración del contrato se producirá la recepción de nuevas áreas (calles, plazas, viales, etc.), como consecuencia del desarrollo de los distintos núcleos. Al objeto de que no se produzcan continuas ampliaciones del servicio, cuando se incorporen nuevas zonas será obligatoria su gestión por parte de la empresa adjudicataria hasta el siguiente Plan Anual del Servicio, en las que se incluirán las ampliaciones completas de los medios necesarias. A tal efecto, el Ayuntamiento de Arona comunicará al concesionario la ampliación del servicio. Los servicios a prestar y su valoración se realizará con los mismos criterios técnicos y económicos que se emplearon para la contratación del servicio y de acuerdo con las condiciones económicas establecidas en el pliego y en su oferta aprobada. 2.- ALCANCE DEL SERVICIO. La prestación del servicio de gestión de zonas verdes tendrá el siguiente alcance: Gestión de zonas verdes de dominio público municipal. Gestión de zonas verdes situadas en edificios públicos municipales. Mantenimiento correctivo de zonas verdes existentes. Gestión del vivero municipal. Suministro de especies vegetales. Creación y gestión de una planta de compostaje municipal. Mantenimiento de la redes de distribución de agua para riego. Campañas de concienciación ambiental. 3

Los licitadores propondrán en sus ofertas los servicios necesarios para alcanzar la correcta gestión, bajo los criterios de calidad indicados en el presente Pliego. De no cumplirse los objetivos de calidad, la empresa adjudicataria realizará a su cargo las ampliaciones de los servicios que sean necesarios para garantizar la óptima realización de los trabajos. El servicio se desarrollará en horario diurno, salvo que el ayuntamiento determine otro horario. El Ayuntamiento de Arona podrá decidir en cualquier momento durante la duración del contrato, la supresión o aumento de determinados servicios de limpieza y reducir o aumentar de esta forma el coste del contrato, todo ello dentro de los límites establecidos en la legislación vigente. 3.- MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES, INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPOS. El adjudicatario incorporará, con la mayor brevedad posible, la maquinaria necesaria para la ejecución del contrato. El adjudicatario está obligado al mantenimiento en perfectas condiciones de funcionamiento, seguridad, salubridad y ornato, durante la totalidad de la vigencia del contrato, los bienes muebles e inmuebles afectos al mismo, debiendo destinar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios a tal fin, tanto si son de titularidad municipal como si los dispuso el mismo a favor del contrato. El Ayuntamiento velará por el cumplimiento de lo anterior, pudiendo actuar subsidiariamente ante la inactividad del adjudicatario. 4.- GESTIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario gestionará de forma directa y permanente los medios humanos y materiales que estén dispuestos para la ejecución del contrato objeto de este pliego, todo ello bajo la dirección y control del Ayuntamiento de Arona, quien deberá autorizar cualquier cambio o modificación de lo que se haya fijado contractualmente. Los medios humanos, mecánicos, así como las instalaciones y los servicios generales asignados a este contrato no podrán ser utilizados para trabajos ajenos al mismo. 4

Para la gestión del contrato por parte del adjudicatario, éste deberá realizar y mantener los trabajos de informatización de los parámetros necesarios para el óptimo control de los medios humanos y materiales y de los trabajos a realizar. El adjudicatario implantará los medios y mecanismos informáticos y de todo tipo necesarios para una permanente comunicación con el Ayuntamiento, e interconexión entre sus sistemas informáticos y los de este último. El adjudicatario, como parte del servicio, realizará la asistencia y asesoramiento a la Sección de Medio Ambiente con el fin de asegurar el mantenimiento del conocimiento del estado de la técnica y tecnología ligada a los servicios, así como de las exigencias legales derivadas de las nuevas normativas en la materia. Además, siempre que se solicite, el adjudicatario deberá realizar los estudios necesarios para la correcta gestión de los servicios y desarrollo futuro de las actividades e instalaciones. CAPÍTULO II: GESTIÓN DE ZONAS VERDES DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. El objetivo fundamental a obtener a través de la gestión de zonas verdes del municipio de Arona es que todas las áreas verdes de uso público (jardines, áreas cespitosas, arbolados, palmerales, jardineras, zonas terrizas, etc.) ofrezcan un nivel de ornato óptimo, entendiendo por tal la inexistencia de especies vegetales secas o muertas, así como su correcta conservación; el estado saludable del césped; la inexistencia de plagas y enfermedades que puedan comprometer la salud de los vegetales y/o la seguridad de los ciudadanos; la correcta formación y poda de árboles, arbustos, setos y palmeras; la plantación de jardineras; la limpieza de las áreas verdes, la inexistencia de malas hierbas, y otros. En este apartado, se mostrarán las labores a realizar para llevar a buen fin todos los trabajos y operaciones. En la ejecución de los mismos están incluidos todos los medios necesarios para su perfecta conservación, incluyendo la maquinaria, las herramientas y los demás elementos que corran por cuenta del adjudicatario. Teniendo en cuenta que los sustratos, abonos, material de riego, fitosanitarios, tierra y especies vegetales son por cuenta del adjudicatario y el suministro de agua será por cuenta del Ayuntamiento de Arona. 5

Las frecuencias que aquí se señalan deberán tomarse como orientativas y, en todo caso como mínimas, encontrándose siempre supeditadas al criterio del responsable del servicio. SECCIÓN II-1: CALIDADES 5.- SUELOS Y TIERRAS FÉRTILES Se considerarán aceptables los que reúnan las condiciones siguientes: Menos del 20% de arcilla Aproximadamente un 50% de arena (o superior en céspedes) Aproximadamente un 30% de limo (o inferior en céspedes) Menos del 2% de CaCO3 Conductividad inferior a 2 mmhos/cm Menos de 138 ppm de Cl- Relación C/N aproximada a 10 Aproximadamente un 5% de materia orgánica Más de 370 ppm de N nítrico Más de 50 ppm de P2O5 Más de 110 ppm de K2O Aproximadamente 140 pm de Ca2+ Aproximadamente 52 ppm de Mg2+ 6.- MODIFICACIONES Y ENMIENDAS Cuando el suelo no reúna las condiciones mencionadas o las específicas para alguna especie, se realizarán enmiendas, tanto de la composición física como de la química, por medio de abonos minerales u orgánicos. 7.- ABONOS ORGÁNICOS Se definen como abonos orgánicos las sustancias orgánicas de cuya descomposición, causada por los microorganismos del suelo, resulta un aporte de humus y una mejora en la textura y estructura del suelo. Todos estos abonos estarán razonablemente exentos de elementos extraños y singularmente de semillas de malas hierbas. Se evitará el empleo de estiércoles frescos que puedan causar molestias a los ciudadanos. 6

A. COMPOST Procedente de la descomposición de restos vegetales. Su contenido en materia orgánica es superior al 25% y su contenido en humedad inferior al 40%. B. MANTILLO Procedente de la descomposición total del compost. Es de color muy oscuro, pulverulento, untuoso al tacto. Su contenido en nitrógeno ronda el 15%. 8.- ABONOS MINERALES Son productos desprovistos de materia orgánica que proporcionan al suelo uno o más elementos fertilizantes. Deberán ajustarse en todo a la Legislación vigente (Reglamento 2003/2003, de 11 de octubre, relativo a los abonos y R.D. 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes). 9.- PROFUNDIDAD DEL SUELO En cualquier caso y como mínimo, la capa de suelo fértil, aunque sólo deba soportar céspedes o flores, deberá ser de 20 centímetros de profundidad, libre de escombros. Además, se rellenarán también con suelo fértil todos los hoyos o zanjas que se excaven para la plantación. 10.- AGUA Las aguas de riego que se utilicen deberán tener las siguientes características, si no cumplen con ellas, habrá que corregirlas para acercarlas a estos valores: ph comprendido entre 7 y 8 Conductividad eléctrica inferior a 3 mmhos/cm SAR inferior a 9 meq/l RSC inferior a 0 meq/l SECCIÓN II-2: LABORES DE CONSERVACIÓN GENERALES 11.- ABONADOS 7

Dentro de la planificación de los servicios de gestión de zonas verdes las empresas licitadoras deberá realizar un plan de abonado para las zonas verdes, haciendo especial hincapié en el aporte de materia orgánica y controlando los valores de nitrógeno. Este plan de abonado será coherente y bajo ningún concepto se podrá sobreabonar. Si en algún momento se vierte accidentalmente abono sobre los jardines, éste se retirará lo más pronto posible. Los aportes de abonos se podrán aplicar como mejor estime el responsable del servicio: vía riego (fertirrigación) o de forma convencional, utilizando para ello los formulados mejor indicados. Se prohíbe terminantemente la utilización de estiércol fresco que por su olor cause molestias a los ciudadanos. 12.- ACOLCHAMIENTO El acolchado o mulching es una operación que se realiza para evitar un pérdida de humedad del suelo por excesiva evaporación o bien para controlar las malas hierbas. Consiste en recubrir el suelo alrededor del árbol de algún material (vegetal o sintético) El acolchado orgánico ha de estar bien descompuesto y ser homogéneo. El radio mínimo donde se ha de aplicar es de 1,5 metros. El espesor oscila entre 8 y 12 cm. Para evitar pudrimientos, se hace la aplicación a unos 2 ó 3 centímetros del tronco. 13.- AIREACIÓN Y ESCARIFICADO Para mejorar la permeabilidad del terreno, facilitando así la penetración del agua, el oxígeno y los nutrientes que se aporten al mismo, se realizará la aireación del césped con rodillos perforadores o máquinas aireadoras, al menos una vez al año, como norma general en primavera. Esta operación se llevará a cabo inmediatamente después de una siega y posteriormente, se deberá extraer y evacuar los restos obtenidos. Luego se realizará un recebo con una mezcla uniforme de arena y mantillo. 14.- ENTRECAVADO Y RASTRILLADO 8

Las zonas ocupadas por árboles, arbustos, plantas de flor, etc, se entrecavarán frecuentemente, de forma que, aparte de evitar el crecimiento de vegetación espontánea, se mantenga la buena estructura del suelo. La profundidad de la cava será del orden de 12-15 cm, sin que en ningún caso afecte al sistema radicular. Para los árboles plantados en alcorque, este entrecavado comprenderá toda la superficie del mismo. La frecuencia dependerá de la época del año, debiendo ser mayor en primavera y verano. Para evitar la compactación del suelo, todos los terrenos serán rastrillados frecuentemente y en particular, después de cada operación de entrecavado. 15.- ENTUTORADO Los tutores y tensores se han de mantener en perfecto estado para que sean efectivos. Han de estar correctamente ajustados para evitar que opriman o estropeen el árbol. Se han de colocar adecuadamente porque deben tener bastante poder de sujeción para evitar que los árboles se caigan o rompan. Se han de inspeccionar, como mínimo, anualmente, y después de alguna incidencia como tormentas, viento, obras, etc, con la finalidad de poder corregir o modificar posibles roces o deficiencias. 16.- ESCARDA Tiene como finalidad la eliminación de malas hierbas y deberá efectuarse lo más pronto posible, pudiendo hacerlo de forma manual, mecánica o química. La escarda manual consiste en el arrancado de la hierba manualmente por el personal de jardinería, mientras que la escarda mecánica se hará con ayuda de la herramienta adecuada a cada caso. La escarda química consiste en la aplicación de productos fitosanitarios específicos para este cometido. Se recuerda la obligatoriedad de usar SÓLO los productos autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM). La aplicación de cualquier producto fitosanitario deberá contar con el visto bueno de la Sección de Medio Ambiente. En el caso concreto de la eliminación de las malas hierbas del césped mediante la utilización de herbicidas selectivos, aparte de la utilización necesaria para su uso, 9

éste debe garantizar la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y las demás plantas que componen el jardín. 17.- FORMACIÓN DE ÁRBOLES DE ALINEACIÓN Por árboles de alineación entendemos especies arbóreas mayores de 3 metros de altura y tronco recto destinados a ser plantados en alineación (avenida, calles, medianas, etc.). 18.- FORMACIÓN DE SETOS Para la formación de setos uniformes, las plantas serán: Del mismo color y tonalidad. Ramificadas y guarnecidas desde la base y capaces de conservar estos caracteres con la edad. De la misma especie y variedad. De la misma altura. 19.- INSPECCIONES TÉCNICAS Las inspecciones permiten identificar posibles peligros o futuras operaciones que se tengan que hacer en cada ejemplar o grupo de ejemplares. Además, también pueden ayudar a identificar operaciones de mantenimiento necesarias y en mantener actualizado el inventario técnico. Se ha de efectuar un control visual del arbolado para detectar con la suficiente antelación cualquier anomalía patológica o carencia de nutrientes que presente. Personal técnico especializado es el que ha de llevar a cabo este tipo de inspecciones. En este tipo de inspecciones además de la experiencia del técnico deben recurrir a métodos instrumentales. En las inspecciones auditivas se ha de utilizar una maza de madera para golpear el tronco y comprobar su estado. Todo el arbolado cuya conservación tenga adjudicada debe diagnosticarse así como hacer las revisiones oportunas anualmente y después de tormentas o épocas de viento fuerte con la finalidad de poder identificar problemas de caídas de árboles y palmeras. El Ayuntamiento de Arona podrá solicitar siempre que lo estime oportuno informes relativos al estado de las zonas verdes. 10

20.- LABORES DE PODA La empresa adjudicataria se encargará de la recogida de restos de poda generada en las zonas verdes municipales que deberá realizar el adjudicatario de forma periódica, así como su gestión para la creación de compost. Esta labor se realizará siempre en la época más adecuada y quedará supeditada a lo que se marque en cada caso por la sección de medio ambiente sometiéndose siempre a unas normas de carácter general: Para la realización de las podas, se tendrá en consideración las épocas de anidados de aves (principalmente los meses de febrero, marzo y abril), no realizando nunca las mismas hasta que esta haya concluido. Se podarán en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas. La eliminación de las ramas vivas y sanas sólo se justificará para aclarar la copa, para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma al árbol y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos. Se eliminarán perfectamente las ramas pequeñas que estén mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del árbol. Se evitarán las podas drásticas, efectuándolas sólo en momentos y condiciones oportunas. Se podarán los árboles para evitar interferencias con cables eléctricos y telefónicos, semáforos, viviendas, señales de tráfico, etc. así como impedir la posible caída espontánea de ramas. En todos los casos es fundamental efectuar correctamente los cortes y tratar debidamente las heridas resultantes. Los cortes se realizarán al nivel de la base de la rama a eliminar, dejando la herida enrasada por la parte que permanece. No se dejarán muñones que sobresalgan, por constituir focos de infección, dificultar la cicatrización y la circulación de savia. Se tenderá a realizar el menor número posible de cortes. Estos serán limpios y sin rebabas, para lo cual la herramienta será la adecuada en cada caso y estará perfectamente afilada, limpia y desinfectada. 11

Deberá realizarse también el tratamiento de las heridas producidas por causa accidental o provocada por cortes efectuados en años anteriores. Las herramientas de poda y la maquinaria deben desinfectarse siempre que se pase de un ejemplar a otro. Los trabajos de poda de palmeras han de ser llevados a cabo por podadores cualificados que han de conocer las necesidades y la biología de las diferentes especies, así como las normas de seguridad. En el caso de palmeras jóvenes, se atarán sus hojas sin apretarlas demasiado para que no molesten o causen accidentes. El servicio de poda en altura se considera una prestación accesoria del contrato, por lo que queda permitida su subcontratación total o parcial previa autorización municipal. 21.- LABORES DE REPOSICIÓN Estas labores consistirán en la sustitución o renovación de las plantas permanentes o de temporada, vivaces, arbustos, árboles, césped, etc. que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales, o bien, que su precario estado haga prever tal situación para un futuro próximo. El procedimiento habitual será suprimir el sistema radicular de la planta sustituida y, en caso necesario, la tierra y demás materiales extraídos al ejecutar el hoyo. La planta nueva quedará perfectamente trasplantada y con alcorque para riego formado en caso de ser necesario. 22.- PERFILADO Comprende la realización mecánica o manual del recorte de los bordes del área de pradera, tanto exterior como interior, arrancando la parte sobrante, incluso hasta las raíces. Esta operación se realizará tantas veces sea necesaria para garantizar una buena estética de las zonas verdes. En todo caso se mantendrá el actual trazado de los perfiles en las diferentes zonas, siempre que no exista otra indicación al respecto, corrigiendo los desperfectos o alteraciones que por cualquier causa se originen en aquellos. 12

23.- PLANTACIÓN Y/O REPOSICIÓN Se realizará un agujero de plantación de la misma profundidad del cepellón, si la tierra que se extrae no se considera adecuada, ha de ser retirada y sustituida. Se colocará la planta en el agujero de plantación de tal manera que el cuello quede entre 2 y 5 cm. por debajo del nivel del suelo. En el caso de árboles y palmeras, antes de rellenar el hueco con tierra, habrá que comprobar la verticalidad del ejemplar. Si se considera necesario se colocarán sistemas de anclaje, fijación, acolchamiento, etc. Los restos de materiales producto de la plantación se han de retirar, dejando la superficie limpia. 24.- RECORTE Y PODA DE ARBUSTOS Se realizará en la forma y época más conveniente para la mejor formación y vegetación de las plantas; teniendo en cuenta que no siempre será necesario la realización de algún tipo de poda, sobre todo en especies de hoja perenne. Se mantendrá el actual trazado de los setos y macizos, siempre que no exista otra indicación al respecto, corrigiendo los desperfectos o alteraciones que por cualquier causa se originen en aquellas. Para la frecuencia e intensidad de la poda o recorte de arbustos se seguirán los criterios generales de jardinería y los particulares para la zona. En general, con la realización de las podas, se deberá conseguir el máximo nivel estético posible, mantener la estructura habitual de la especie y estimular la emisión de ramas nuevas controlando su potencial vegetativo. Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos, los que sean portadores de plagas y/o enfermedades graves y los que presenten precario estado botánico. Las podas se realizarán en las épocas adecuadas y se aplicarán las técnicas, recomendaciones, maquinaria y equipos de protección usuales. Se tendrá en cuenta: Tendencia a respetar la forma genuina y natural de las plantas, a excepción de otros casos que proceda otro tratamiento. La poda deberá tender a conseguir la máxima ventilación y soleamiento de todas las partes de la planta. 13

Las ramas que se suprimen definitivamente deberán cortarse próximas a su punto de inserción. Los residuos de poda deben retirarse y ser transportados a la zona de compostaje frescos, es decir, el mismo día del corte. 25.- RESIEMBRA Y/O REPLANTACIÓN Se llevará a cabo en aquellas zonas concretas que no exijan una renovación total de la cubierta vegetal, pero que por cualquier causa, desmerezcan su aspecto frente al resto de la zona ajardinada. Antes de resembrar césped, se hará una siega, seguida de un pase de escarificador, a fin de acondicionar la superficie de plantación. Las áreas de césped formadas por una sola especie se resembrarán con dicha especie; las formadas por mezclas de céspedes, se harán con raigrás (Lolium perenne). Posteriormente se aportará una cobertura a base de materia orgánica y arena de sílice (recebo). 26.- RETIRADA DE ELEMENTOS MUERTOS O PELIGROSOS La retirada de árboles y ramas muertas o peligrosas se ha de realizar siempre de manera urgente y según lo que establezca el jefe del servicio y con conocimiento previo de la sección de medio ambiente del Ayuntamiento. El tocón de árboles situados en alcorque se ha de dejar en una cota inferior a la del pavimento. El tocón de los árboles que no se encuentren en alcorque se ha de dejar, como máximo, al mismo nivel del suelo, de forma que no se produzcan tropiezos. Lo anteriormente indicado será de forma provisional, teniendo que hacer una retirada total del tocón mediante medios mecánicos en el plazo más breve posible. Antes de iniciar las operaciones de retirada se ha de señalizar el ámbito donde se interviene y establecer una zona de seguridad, de acceso cerrado al público. La distancia mínima de seguridad ha de ser de 1,5 m. a partir de la proyección de la copa del árbol. La metodología a seguir será talando el árbol poco a poco de arriba abajo, para ir reduciéndolo, dejando caer las ramas en caída libre. Se prohíbe terminantemente derribar el árbol de una sola vez, mediante el corte del cuello. 27.- RIEGO 14

Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia aconsejable según la época del año, desarrollo del cultivo, dependiendo de las condiciones edafo-climáticas y de las especies existentes, de forma que todos los elementos vegetales encuentren el suelo con el porcentaje útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo. A título orientativo se establecen las siguientes frecuencias para cada tipo de situación: Zonas con césped: 3 veces por semana en primavera-verano-otoño y 2 veces por semana en invierno. Zonas con arbolado: 1 vez por semana en primavera-verano-otoño y dos veces al mes en invierno. Zonas con arbustos: 1 vez por semana durante todo el año. Zonas con plantas de flor: 3 veces por semana. Los riegos se realizarán mediante la utilización de mangueras, camiones cuba, aspersores, difusores o goteo, según la textura del suelo y la naturaleza de las plantaciones a regar. Cuando se riegue con manguera los árboles de alineación, se llenarán los alcorques de agua en toda su capacidad teniendo en cuenta que si éstos no tienen la profundidad adecuada, se deberán llenar cuantas veces hiciese falta. El agua consumida en el riego será por cuenta del Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario no malgastarla, cuidando que no se produzcan pérdidas de agua. El riego de céspedes recién sembrados, así como de cualquier otra especie en la que se comience desde semilla, se hará con las precauciones necesarias para evitar el arrastre de tierra o semillas. Se continuará regando con la frecuencia e intensidad necesarias para mantener el suelo en buen estado de conservación. Para la ejecución correcta del riego de las áreas de césped se debe tener en cuenta que la aportación ha de realizarse uniformemente de forma que llegue al suelo suavemente en forma de lluvia fina. Se ha de evitar el exceso, el estancamiento o la escorrentía superficial de agua. Un césped nuevo recién implantado requiere riegos frecuentes, pero cortos, mientras que un césped consolidado prefiere riegos menos frecuentes y más abundantes. El momento del riego lo determinará el jefe del servicio y los criterios a tener en cuenta serán la preferencia a regar de noche o a primera hora de la mañana y a no regar durante los periodos con pluviometría igual o superior a la dosis de riego. 15

La conservación de los sistemas de riego y de todos los elementos necesarios para ello (conducciones, elementos de distribución, motores, cuadros eléctricos, casetas de riego, etc.) estarán a cargo del adjudicatario. Las averías, roturas y demás incidentes que por cualquier causa se puedan producir, serán subsanadas en el plazo más breve posible, corriendo por cuenta del adjudicatario el coste de adquisición y colocación de las piezas y elementos a reparar. En el caso de que las averías estuviesen localizadas en instalaciones dependientes del servicio municipal de aguas, el adjudicatario deberá notificarlo con la mayor brevedad posible al Ayuntamiento. Si por el incorrecto cumplimiento de cualquiera de estos extremos o de la realización de los riegos se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario restablecerá por su cuenta la situación primitiva de la zona dañada y abonará, en su caso, el importe del volumen de agua derramado. La sustitución de cualquier elemento constituyente de los sistemas de riego será por cuenta del adjudicatario y se hará con piezas y material idéntico al existente, salvo indicación expresa. Para el buen funcionamiento de las instalaciones de riego se efectuará un mantenimiento preventivo en el periodo y frecuencia que el responsable del servicio estime oportuno. A dichos efectos el adjudicatario elaborará un programa de mantenimiento de la red de riego que pondrá en conocimiento del Ayuntamiento. Los trabajos mínimos a llevar a cabo serán: revisión y regulación de los reguladores de presión; revisión y regulación de ventosas, contadores, válvulas de corte, manómetros, etc; detección de fugas en tuberías, piezas y accesorios; comprobación y revisión del funcionamiento del programador, turnos y tiempo de riego; comprobación de electroválvulas y solenoides; comprobación y revisión de cuadros eléctricos; comprobación y revisión de pilas de programadores; revisión y conexión de emisores de riego, aspersores, difusores y goteros; limpieza periódica de filtros de arena; rellenado o cambio de filtros de arena; limpieza de filtros de malla y discos; reparación suministro, montaje y colocación de elementos deteriorados o que afecten al buen funcionamiento de las instalaciones; mantenimiento y conservación de arquetas de obra civil y de plástico; control y programación de los riegos. El adjudicatario deberá hacerse responsable también del mantenimiento de la red de distribución de agua depurada existente en el municipio de Arona a partir del contador. Para ello, deberá documentarse con la localización exacta de la red, del punto de distribución y de los diferentes usuarios. 16

28.- SIEGA Se realizará con la frecuencia precisa para que la hierba no alcance una altura tal que la estética y fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped. De modo general, la altura del césped será de 3 a 5 cm, no admitiéndose en ningún caso una altura superior a los 10 cm. Tampoco podrá realizarse de una sola vez el corte de más de la tercera parte de la altura foliar del césped. A título orientativo se establecen las siguientes frecuencias para la siega. En los meses de mayor actividad vegetativa, una siega cada siete a diez días aproximadamente. En los meses de menor actividad, una siega cada 15-20 días. Antes de iniciar la siega, se asegurará la inexistencia de residuos vegetales, restos orgánicos o piedras en la pradera. Después de cada siega y una vez retirados los restos que a consecuencia de la misma queden sobre el césped, se procederá a regar la superficie segada. Para que la siega sea correcta, hay que tener en cuenta los principios siguientes: Que la hierba no esté mojada. Alternar el sentido y dirección de la siega. Revisar y mantener las piezas de las máquinas cortacésped, especialmente las cuchillas y contracuchillas. Limpieza de las máquinas cortacésped con agua a presión y un fungicida en disolución para no transmitir enfermedades. Elevar la altura de siega siempre que el césped esté sometido a algún tipo de accidente. Variar progresivamente la altura de siega. La siega y recogida de restos se hará con los sistemas mecanizados adecuados. La altura de siega no ha de ser nunca inferior a la mitad de la altura total del césped, y se ha de reducir progresivamente a fin de alcanzar la altura óptima de siega. Es recomendable como máximo segar un tercio de la altura total de la hierba. Como norma general es preferible segar regularmente y periódicamente más veces que hacerlo a ras de tierra menos veces. La siega ha de ser realizada con un corte limpio, sin desgarros ni tirones. 17

Los restos de la siega han de ser retirados para su posterior compostaje, evitando dejarlos depositados sobre el césped. Esta operación se realizará el mismo día de la siega. Las áreas que limiten con muros, mobiliario, desagües, etc, se han de segar con una desbrozadora de hilo de nylon o manualmente con tijeras. Cuando se trate de plantas tapizantes que no admitan la siega, se reducirá la altura mediante corte manual o mecánico cuando sea posible. 29.- TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS El adjudicatario quedará obligado a realizar con sus propios medios los tratamientos necesarios para impedir la propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer en alguna de las zonas verdes objeto del contrato. Todos los productos fitosanitario a emplear serán aportados por el adjudicatario, sin que ello suponga un incremento en el precio del contrato. El adjudicatario deberá disponer de los sistemas de información técnica adecuados para poder controlar y seguir la evolución de los tratamientos que se propongan. Para que los tratamientos sean efectivos, se vigilará todos los condicionantes que pudieran afectar dicha efectividad, como son: boquilla aplicadora, ph del agua, coadyuvantes, mezclas, etc. El adjudicatario deberá comprometerse a cumplir con lo establecido en la normativa vigente respecto al almacenamiento y uso de productos plaguicidas (R.D. 3349/1983) y las condiciones particulares descritas en las etiquetas informativas de cada producto. Asimismo estará obligado a darse de alta en el Registro de la Consejería de Agricultura de la provincia como almacenador y aplicador de productos plaguicidas. El jefe del servicio será el encargado de identificar y evaluar las plagas y enfermedades y así decidir el método de actuación correcto, levantando acta en un libro de órdenes en el que se indique: fecha, plaga o enfermedad, especies afectadas, producto utilizado, dosis y firma. La empresa adjudicataria deberá estar preparada para el tratamiento de las plagas y enfermedades ya existentes y las que se pudieran presentar. 18

Se procurará llevar a cabo un control dirigido, es decir, no establecer calendarios de tratamientos, sino que más bien recurrir a productos fitosanitarios sólo cuando se establezca la plaga. Para prevenir el desarrollo de plagas y enfermedades se recurrirá a lucha biológica y/o productos ecológicos. Todos los envases vacíos de productos fitosanitarios deberán ser enjuagados tres veces e inutilizados practicando unas perforaciones, además, los que tengan el símbolo de SIGFITO en la etiqueta, deberán ser entregados a un centro de agrupamiento para su correcta gestión. La mayoría de estos puntos de recogida son cooperativas agrarias, se pueden llevar los envases de forma gratuita aunque no se sea socio o cliente habitual. No obstante, hay que respetar las condiciones particulares de recogida. 30.- ZONAS VERDES CON VEGETACIÓN DE CRECIMIENTO ESPONTÁNEO. Las zonas verdes con crecimiento espontáneo, en superficies con o sin plantación se tratarán de la siguiente manera: Siega de pastos y desbroce de maleza, incluyendo en esta labor la retirada de los restos originados, destinándose éstos a compostaje. Reposición de marras que le sean imputables a tenor de lo especificado para las zonas ajardinadas. Las masas arbóreas, arbustivas y matorrales recibirán el tratamiento más oportuno según lo demanden las circunstancias, eliminación de ramas secas o enfermas, entresaca, regulación de la masa en porte y anchura, etc. Se atenderá en general a las indicaciones. Limpieza como se contempla para las zonas ajardinadas. Tratamientos fitosanitarios contra plagas y enfermedades, siguiéndose en general las mismas normas que para las zonas ajardinadas. 31.- LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Se dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de los parques y zonas verdes objeto del contrato, especialmente dentro de los jardines. 19

Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo como de residuos vegetales y de los desperdicios y residuos que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto del presente contrato. En todo caso, la limpieza no se limitará al barrido, recogida y amontonamiento de las materias indicadas dentro de la superficie a su cuidado, sino que se completará con la retirada inmediata de todas ellas y el traslado de las mismas con medios propios a su cargo al lugar destinado al compostaje (residuos vegetales) o a los contenedores habilitados para la recogida de residuos sólidos urbanos ubicados en el municipio. Estará totalmente prohibido que permanezcan en la vía pública acopios de los mismos. Durante la manipulación y traslado de los residuos o productos de las diversas labores, no se podrá derramar parte alguna de los mismos, debiéndose tomar para ello las medidas oportunas y, en el caso de que así sucediera, el concesionario estará obligado a que de forma inmediata sean retirados, quedando limpios los lugares donde se haya trabajado. Los objetos que pudieran tener algún valor especial y que aparezcan en los jardines, deberán ser entregados a la Policía Local, con vistas a su posible recuperación por sus dueños. Las operaciones de limpieza se realizarán tantas veces como se precise para que las zonas verdes se encuentren permanentemente en un correcto estado de limpieza. En este sentido, cuando se realicen actos culturales, deportivos, sociales o de cualquier otra naturaleza extraordinaria, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada, de forma inmediata a la realización del acto, sin que esto suponga un incremento en el precio del contrato. Para la limpieza de la mosca blanca (A. vaporiorum y B. tabaci, entre otros) se harán lavados a presión con agua jabonosa en horas de baja temperatura (inactividad del insecto), teniendo especial cuidado en acotar la zona de trabajo y dejando libre de restos de jabón las vías y aceras, evitando de esta manera accidentes. 32.- MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS ZONAS VERDES. La gestión de las zonas verdes tiene por objeto la modificación por implantación de medios tecnológicos, ampliación o reducción de las zonas verdes existentes (entendiendo siempre una mejora de las mismas), aplicando criterios de 20

sostenibilidad, utilizando para ello todos los medios necesarios, tanto humanos como mecánicos dentro o fuera del contrato. Para la realización del servicio de mantenimiento correctivo de las zonas verdes existentes objeto de este contrato, se dispondrá de una partida económica fija de 30.000 anuales que será gestionada por la Sección de Medio Ambiente en función de las necesidades que vayan surgiendo, siempre acorde al listado de precios ANEXO III a este pliego. El mantenimiento correctivo se realizará en base a las ordenes de servicio que realice el Ayuntamiento a la empresa adjudicataria, donde quedará reflejado el coste de ejecución de material del mantenimiento, realizado por los técnicos municipales en base al listado de precios elementales y descompuestos, formando estos parte de la factura mensual del contrato. 33.- PLAN ANUAL DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Los Licitadores en sus ofertas deberán elaborar un Plan Anual de Gestión de Zonas Verdes, definiendo para cada uno de los trabajos señalados con anterioridad los servicios más eficaces de acuerdo con las directrices de este pliego de condiciones. En base al estudio que se realice de las zonas verdes este plan deberá recoger los medios necesarios a emplear durante toda la anualidad dividida en mensualidades, indicando la forma de gestión tanto de los medios personales puestos a disposición del contrato como los materiales. Se deberán detallar las actuaciones de conservación en cada una de las zonas indicando las labores de riego, siega, recorte y poda de arbustos, aireación y escarificado, resiembra, escarda, entrecavado y rastrillado, limpieza, abonado, aplicación de fitosanitarios, perfilado y otras actuaciones detalladas en este pliego o que considere la empresa licitadora. 34.- ZONAS VERDES EN EDIFICIOS MUNICIPALES. La empresa adjudicataria también será responsable de las zonas verdes ubicadas en los edificios municipales. El horario para estos trabajos serán preferiblemente de tarde cuando se vayan a realizar labores que puedan interferir con el normal desarrollo de las actividades (ruido o maquinaria peligrosa entre otras). 21

A continuación se muestra un listado con los edificios municipales a los que se refiere este pliego: Centro Cultural de Los Cristianos. Local de la 3º edad de Los Cristianos. Guardería de Buzanada Centro de discapacitados del Mojón (solo riego) Centro de salud del Valle de San Lorenzo y Cabo Blanco Exteriores del pabellón deportivo, Centro Salud y oficina de juventud del Fraile. Jardines situados en la Playa de las Vistas. El cementerio de Arona Casco. Colegios públicos de Arona ( Valle de San Lorenzo, Chayofa La Camella, Buzanada, Cabo Blanco, Luis Álvarez Cruz (Las Galletas), El Fraile, La Estrella, Los Cristianos, Peréz de Valero (Los Cristianos), Playa de las Américas y Parque de la Reina. La empresas licitadoras deberán presentar en sus ofertas una planificación de los trabajos a realizar en los distintos edificios municipales. 35.- GESTIÓN DEL VIVERO MUNICIPAL. La empresa adjudicataria gestionará el vivero municipal bajo la supervisión del Ayuntamiento de Arona, donde se podrán producir, conservar y multiplicar las especies vegetales que se vayan a utilizar. Independientemente de que las plantas sean surtidas por terceros o cultivadas en el propio vivero. El uso principal del vivero será el ensemillado y conservación de especies que se destinarán a las zonas verdes municipales actuando como stock de especies vegetales, fomentando el crecimiento de especies autóctonas. La empresa adjudicataria se encargará de todas las labores de conservación y mantenimiento de las infraestructuras. Las empresas licitadoras, dentro de las ofertas que presenten, deberán indicar como realizar la gestión del vivero municipal así como los medios a emplear para la aplicación de criterios de eficacia en el mismo, indicando los medios a emplear en el mismo. Se realizará un estudio de la actual situación de las infraestructuras del vivero y 22

se propondrá en la oferta que se presente una actuación para realizar un acondicionamiento de las instalaciones. 36.- SUMINISTRO DE ESPECIES VEGETALES. La empresa adjudicataria deberá realizar el suministro de todas aquellas plantas que le sean requeridas por el Ayuntamiento de Arona y que se encuentran en el ANEXO II a este pliego, las cuales serán recepcionadas por el responsable municipal del servicio y pagadas dentro de las certificaciones mensuales a los precios establecidos en este pliego. El suministro se realizará directamente en las zonas verdes o en el vivero municipal para su posterior plantado en las zonas verdes. Para la realización del suministro de especies vegetales, la empresa adjudicataria deberá garantizar una partida de 50.000 anuales. Esta partida evolucionará en función de coste del contrato. En el suministro de especies vegetales y material para empleo en las zonas verdes y paisajismo existentes, serán de aplicación las siguientes condiciones: - Autenticidad específica y varietal. - Proporcionalidad equilibrada, según especie y/o variedad, tanto entre las dimensiones de altura y tronco y como entre las de sistema radical y aéreo. - Durante el periodo de cultivo en vivero, se realizarán repicados periódicos, se observará un espaciamiento adecuado a las necesidades de los individuos y, en caso de planta en contenedor, se realizarán cambios del mismo de acuerdo con el desarrollo del ejemplar contenido. - De existir injertos, estos deberán estar unidos de forma satisfactoria. - El material vegetal será sano y bien formado, no presentará defectos derivados de enfermedades, plagas o prácticas de cultivo o manejo inadecuadas ni tampoco heridas en la corteza que no sean consecuencia de la poda. - Para el caso de cultivo en contenedor, los sustratos suministrados estarán libres de malas hierbas. - Los lotes suministrados serán homogéneos y se acompañarán de las correspondientes etiquetas, y si procede, pasaporte fitosanitario. 23

El transporte se efectuará de forma adecuada al tipo de planta suministrada, con especial atención a los embalajes y sujeciones, así como al método de carga y descarga. En caso de que la plantación no se efectúe inmediatamente después que el suministro, las plantas se depositarán en zanjas, de forma que queden cubiertas con 20 centímetros de tierra sobre el cuello de la raíz. Inmediatamente después de taparlas, se procederá a su riego por inundación, para evitar que queden bolsas de aire entre sus raíces y preservarlas de la desecación. Las plantas servidas en contenedor deberán permanecer en este hasta el mismo instante de su plantación, transportándolas hasta el hoyo, sin que se deteriore el envase. Si no se plantaran inmediatamente después de su llegada a la obra, se depositarán en lugar cubierto, o se taparán con paja u otro material que la proteja de la desecación y de las heladas. En cualquier caso, se mantendrán húmedos los cepellones mientras se encuentren depositadas. Serán en general bien conformadas, de desarrollo normal, sin que presenten síntomas de raquitismo o retraso. No presentarán heridas en el tronco o ramas y el sistema radicular será completo y proporcionado al porte. Las raíces de las plantas de cepellón o raíz desnuda presentarán cortes limpios y recientes sin desgarrones ni heridas. Su porte será normal y bien ramificado y las plantas de hoja perenne presentarán el sistema foliar completo, sin decoloración ni síntomas de clorosis. El crecimiento será proporcionado a la edad, no admitiéndose plantas criadas en condiciones precarias. Por altura se entiende la distancia que va desde el cuello de las plantas a su parte más distante del mismo, salvo en palmeras, que se cuenta la altura del tronco. Para la ejecución de los trabajos de plantación a los que se refiere este contrato se utilizarán, preferentemente, especies vegetales autóctonas o bien adaptadas a nuestro clima que consuman pocos recursos. Dentro de este artículo se definen los siguientes términos: - Árbol: Vegetal leñoso que alcanza una altura considerable y que posee un tronco diferenciado del resto de las ramas; puede estar vestido de ramas desde la base o formar una capa diferenciada y tronco desnudo. 24

- Arbusto: Vegetal leñoso que, como norma general, se ramifica desde la base. - Cepellón: Se entiende por cepellón el conjunto de sistema radical y tierra que resulta adherida al mismo al arrancar cuidadosamente las plantas, cortando tierra y raíces con corte limpio y precaución de que no se disgreguen. El cepellón podrá presentarse atado con red de plástico o metálica, con paja o rafia, con escayola, etc. En caso de árboles de gran tamaño o transportes a larga distancia, el cepellón podrá ser atado con red y escayolado. - Container, contenedor, envase: Se entenderá por planta en container la que haya sido criada o desarrollada, por lo menos dos años antes de su entrega, en recipiente de gran tamaño, dentro del cual se transporta hasta el lugar de su plantación. - Esqueje: Fragmento de cualquier parte de un vegetal, que puesto en condiciones adecuadas, es capaz de originar una planta completa, de características idénticas a aquélla de la que se tomó. - Planta anual: Planta que completa en un año su ciclo vegetativo. - Planta bianual o bienal: Es la planta que vive durante dos (2) períodos vegetativos; en general, plantas que germinan y dan hojas el primer año y florecen y fructifican el segundo. - Planta vivaz: Planta de escasa altura, no leñosa, que en todo o en parte vive varios años y re-brota cada temporada. - Subarbusto: Arbusto de altura inferior a un metro (1 m). A los efectos de este pliego, las plantas se asimilan a los arbustos y subarbustos cuando alcanzan sus dimensiones y las mantienen a lo largo de todo el año. - Tapizante: Vegetal que, plantado a una cierta densidad, cubre el suelo completamente con sus tallos y con sus hojas, serán en general, pero no necesariamente, plantas cundidoras. - Tepe: Porción de tierra cubierta de césped, muy trabada por las raíces, que se corta en forma generalmente rectangular para implantación de céspedes. - Trepadoras: Son aquellas herbáceas o leñosas que desarrollan su mayor dimensión apoyadas en tutores o muros. 37.- CREACIÓN Y GESTIÓN DE UNA PLANTA DE COMPOSTAJE MUNICIPAL. 25

Es objeto de este contrato la creación de una planta de compostaje municipal en las instalaciones del vivero municipal. En esta planta de compostaje, se recibirán todos los residuos vegetales provenientes de las podas, siegas, recortes y demás de las zonas verdes municipales. El compost que se genere, se reutilizará tanto en el vivero como en las propias zonas verdes municipales así como en todos aquellos usos que determine el Ayuntamiento de Arona. Las empresas licitadoras deberán proponer los medios necesarios tanto materiales como personales para la creación de esta infraestructura y su gestión. CAPÍTULO III. MEDIOS HUMANOS, VEHÍCULOS, MAQUINARIA, HERRAMIENTAS E INSTALACIONES. SECCIÓN III.1. PERSONAL 38.- MEDIOS PERSONALES La empresa adjudicataria organizará, bajo su responsabilidad los sistemas de gestión del personal y de organización del trabajo, en la forma que redunden en una mayor eficacia en el servicio. La empresa adjudicataria afiliará al personal a su servicio al Régimen General de la Seguridad Social y cotizará por el mismo. La empresa adjudicataria deberá exhibir cada vez que el Ayuntamiento lo requiera, los originales acreditativos del documento de liquidación e ingreso de las cuotas de cotización en la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, correspondientes al personal adscrito a los servicios objeto del presente Pliego. Al final de cada anualidad deberá presentar por registro de entrada del Ayuntamiento de Arona copia digitalizada de todos los documentos TC1 y TC2 escaneados de los originales. De la misma forma, se procederá una vez al año, con la liquidación a Hacienda del IRPF. El personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento, debiendo la empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo. 26