PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE LA RED DE MERCAS. (EXP 3/11 U.A.) I.- DISPOSICIONES GENERALES



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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE LA RED DE MERCAS. I.- DISPOSICIONES GENERALES 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente Pliego tiene por objeto la contratación de seguros de la Red de Mercas, que se llevará a cabo por MERCASA en los términos y condiciones establecidos en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas. Código CPV: Servicios de seguros 66510000 2. DIVISION DE LOTES La adjudicación del contrato se hará por lotes que se corresponden con las distintas pólizas de seguros de la Red de Mercas, pudiendo adjudicarse todos ellos a un solo licitador o por separado o varios. Al mismo tiempo se pretende unificar las fechas de vencimiento de sus Pólizas a fecha 31 de Diciembre de 2012. Los lotes son los siguientes: LOTE TIPO DE PÓLIZA SOCIEDAD LOTE 1 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCALGECIRAS LOTE 2 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCALICANTE LOTE 3 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCASTURIAS LOTE 4 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCABADAJOZ LOTE 5 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCABARNA LOTE 6 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCACORDOBA LOTE 7 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAGALICIA LOTE 8 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAGRANADA LOTE 9 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAIRUÑA LOTE 10 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAJEREZ LOTE 11 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCALASPALMAS LOTE 12 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCALEON LOTE 13 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAMALAGA LOTE 14 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAMURCIA LOTE 15 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAPALMA LOTE 16 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCASALAMANCA LOTE 17 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCASANTANDER LOTE 18 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCATENERIFE LOTE 19 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAVALENCIA LOTE 20 Todo Riesgo de Daños Materiales MERCAZARAGOZA LOTE 21 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCALGECIRAS LOTE 22 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCALICANTE LOTE 23 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCASTURIAS - 1 -

LOTE 24 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCABADAJOZ LOTE 25 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCABARNA LOTE 26 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCACORDOBA LOTE 27 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAGALICIA LOTE 28 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAGRANADA LOTE 29 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAIRUÑA LOTE 30 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAJEREZ LOTE 31 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCALASPALMAS LOTE 32 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCALEON LOTE 33 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAMALAGA LOTE 34 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAMURCIA LOTE 35 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAPALMA LOTE 36 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCASALAMANCA LOTE 37 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCASANTANDER LOTE 38 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCATENERIFE LOTE 39 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAVALENCIA LOTE 40 Responsabilidad Civil de la Explotación MERCAZARAGOZA LOTE 41 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCALGECIRAS LOTE 42 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCALICANTE LOTE 43 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCASTURIAS LOTE 44 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAGALICIA LOTE 45 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAGRANADA LOTE 46 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAIRUÑA LOTE 47 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAJEREZ LOTE 48 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCALASPALMAS LOTE 49 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCALEON LOTE 50 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAMALAGA LOTE 51 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAMURCIA LOTE 52 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAPALMA LOTE 53 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCASANTANDER LOTE 54 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCATENERIFE LOTE 55 Accidentes del Personal (TC2) según Convenio MERCAZARAGOZA LOTE 56 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCALICANTE LOTE 57 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCASTURIAS LOTE 58 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCAGALICIA LOTE 59 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCAIRUÑA LOTE 60 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCAJEREZ LOTE 61 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCALASPALMAS LOTE 62 Accidentes Voluntario Pers. Dtvo. MERCAPALMA LOTE 63 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCALGECIRAS LOTE 64 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCALICANTE LOTE 65 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCASTURIAS LOTE 66 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCACORDOBA LOTE 67 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAGALICIA LOTE 68 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAGRANADA LOTE 69 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAIRUÑA LOTE 70 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAJEREZ LOTE 71 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCALASPALMAS LOTE 72 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCALEON - 2 -

LOTE 73 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAMALAGA LOTE 74 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAMURCIA LOTE 75 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCASALAMANCA LOTE 76 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCASANTANDER LOTE 77 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCATENERIFE LOTE 78 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAVALENCIA LOTE 79 Responsabilidad Civil Aministradores y Altos Cargos MERCAZARAGOZA LOTE 80 Responsabilidad Civil Medioambiental MERCABILBAO LOTE 81 Responsabilidad Civil Medioambiental MERCAGRANADA LOTE 82 Responsabilidad Civil Medioambiental MERCAIRUÑA LOTE 83 Responsabilidad Civil Medioambiental MERCAMURCIA La ejecución del contrato se desarrollará en las condiciones y con el alcance establecido en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. 3. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO El contrato tiene naturaleza privada y se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación de MERCASA, por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, en cuanto resulten de aplicación a las entidades del sector público y supletoriamente, por el Derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de derecho privado: La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro La Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. El Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. La Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. Ley 34/2003 de 4 de noviembre de 2003 de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados. R.D. 297/2004 de 20/02/2004 que modifica el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. R.D. 300/2004 de 20/02/2004 por el que se aprueba el Reglamento de Riesgos Extraordinarios Y por cuantas disposiciones, resulten de aplicación al objeto del contrato. - 3 -

4. ORGANO DE CONTRATACION El responsable de la contratación es el Órgano de Contratación de cada una de las Mercas conforme a sus Instrucciones Internas de Contratación sin perjuicio de la delegación de facultades de cada una de ellas realizada a favor de MERCASA para llevar a cabo en su nombre la presente licitación. 5. DURACION DEL CONTRATO La duración del contrato será desde la formalización del mismo hasta el 01.01.2013. Dicho plazo será prorrogable anualmente hasta un máximo de dos anualidades (01.01.2015) incluidas todas las prórrogas en caso de que cada Merca manifieste su interés en la continuación. En el supuesto de que el contrato no se prorrogue por alguna de las partes, en tanto se resuelva la nueva licitación pública que al efecto se convoque la Compañía de Seguros adjudicataria vendrá obligada a prorrogar, si cada Merca así lo solicitara, el correspondiente contrato de seguro en vigor por un periodo de tiempo máximo de cuatro meses, en las mismas condiciones de tasa y cobertura (proporcionalmente al tiempo prorrogado). 6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO. Dada la naturaleza del contrato no se establece un presupuesto base de licitación. La mediación y administración de las pólizas de seguro objeto de la presente licitación, no generará contraprestación directa a favor del adjudicatario o gasto a cargo de cada Merca sin perjuicio de la comisión que derive de las pólizas intermediadas y de su cobro por parte del mediador de Seguros, de acuerdo con la normativa reguladora de la actividad aseguradora privada y distribución de seguros y con la oferta que presenten. 7. FORMA DE PAGO DE LA PRIMA El pago del importe de las primas se realizará trimestralmente, previa presentación del correspondiente recibo o factura por la entidad aseguradora o mediador de seguros y la conformidad con el mismo por parte de cada Merca. El importe de las primas anuales de seguro será el que figure en la adjudicación, en el que se incluyen todo tipo de impuestos, tasas y recargos aplicables incluso el Consorcio de Compensación de Seguros. - 4 -

8. PERFIL DEL CONTRATANTE El perfil de contratante de MERCASA es accesible a través de su web institucional (www.mercasa.es) donde se encuentran publicadas las Instrucciones Internas de Contratación de MERCASA, el presente pliego y toda la información contractual relativa a esta licitación y a las demás licitaciones en curso y adjudicaciones efectuadas en procedimientos no excluidos de publicidad, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios alternativos o adicionales de publicidad. En todo caso, las empresas interesadas pueden recabar información adicional en el domicilio social de MERCASA, sito en el Paseo de la Habana 180 de Madrid. 9. DOCUMENTACION CON CARÁCTER CONTRACTUAL El presente Pliego de Cláusulas Particulares y sus Anexos y el Pliego de Prescripciones Técnicas (que incluye los cuadros de Características, Capitales y Garantías, así como los anexos de Datos sobre Activos a Asegurar) revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente documento, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos. II.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES 10. APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva - 5 -

Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Público correspondiente. Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplirlas obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. 11. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Para acreditar la solvencia técnica o profesional será necesario presentar en todo caso la documentación específica requerida en el presente pliego. La prueba del contenido del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se efectuará mediante certificación del órgano - 6 -

encargado del mismo, que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 12. PROHIBICIONES DE CONTRATAR. No podrán concurrir a la licitación las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 49.1 de la LCSP. La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA. 1. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos: - Informe de Instituciones financieras de solvencia económica y buenas prácticas. 2. La solvencia técnica o profesional se acreditará por los siguientes medios: - 7 -

- Presentación de una relación de los principales seguros de similares características al que es objeto de la presente licitación en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y beneficiarios de los mismos, con mención expresa y separada de los trabajos realizados en dicho periodo, de carácter similar a los que son objeto del presente concurso. Si, por una razón justificada, el licitador no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado. Para acreditar la solvencia necesaria el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. 14. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES. Además de acreditar su solvencia mediante la documentación solicitada, los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que deben ser suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato con el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de la resolución del contrato III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 15. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. El contrato se adjudicará por el procedimiento general previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de MERCASA, en el que todo empresario interesado que acredite la capacidad y solvencia exigidas podrá presentar una oferta, estando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. 16. ANUNCIO DE LICITACIÓN. El anuncio de licitación se publicará en el perfil de contratante de MERCASA, donde se mantendrá hasta el fin del plazo que se señale en el anuncio para la presentación de ofertas y en el Diario Oficial de la Unión Europea. El pliego de cláusulas particulares será accesible a través del perfil de contratante de MERCASA y estará a disposición de los licitadores desde el día siguiente de la publicación del anuncio en prensa y - 8 -

página web, hasta el fin del plazo de admisión de ofertas, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, en el Paseo de la Habana 180 de Madrid. 17. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en la sede de MERCASA sita en el Paseo de la Habana 180, 28036 de Madrid, en mano o por correo certificado, en horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 horas, hasta el día señalado en el anuncio de licitación. Su presentación supone, la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del presente Pliego sin salvedad o reserva alguna, y tener conocimiento suficiente de las circunstancias de los riesgos a efectos del cálculo de la prima. Cuando se envíen por correo certificado, el empresario deberá justificar el día y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al responsable de la contratación en MERCASA la remisión de la oferta mediante email, télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida en MERCASA con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 18. GARANTIAS. Para tomar parte en el procedimiento, se exime a los licitadores de la constitución de garantías, considerando el objeto del contrato a que se refiere este pliego. 19. MEJORAS Y VARIANTES. Se admite expresamente la posibilidad de que los licitadores presenten variantes o mejoras que, sin alterar los contenidos mínimos recogidos en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, permitan una protección de riesgos superiores a los exigidos o una mejora en la gestión del Programa. 20. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. La propuesta constará de TRES sobres separados e independientes, identificados con las letras A, B, y C cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en los que se indicará el título del concurso, contenido de los mismos, nombre del licitador y del - 9 -

representante legal en su caso, dirección, nº de teléfono y fax del licitador, dirección de correo electrónico a la que poder enviar notificaciones, y nº de lotes al que concursa. Todos los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas, conforme a la legislación en vigor. Toda la documentación que se presente por los licitadores deberá estar redactada en lengua castellana. En el interior de cada sobre se incluirá en hoja independiente la relación de su contenido. SOBRE A): Documentación complementaria En el sobre A) se incluirán los siguientes documentos: 1. Los que acrediten la personalidad y capacidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, conforme a las cláusulas anteriores, más una fotocopia legitimada notarialmente del D.N.I. del licitador o de su representante. 2. Certificación emitida por la Dirección General de Seguros relativa a la inscripción del licitador en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros Corredores de Reaseguros y de sus Altos Cargos, de conformidad con la Ley 26/2006 de 17 de julio, en su caso ó Certificación emitida por la Dirección General de Seguros relativa a inscripción del licitador en el Registro Especial de Compañías de Seguros. 3. En el caso de Entidades Aseguradoras domiciliadas en otros países miembros del Espacio Económico Europeo que ejerzan sus actividades en España en régimen de derecho de establecimiento o en régimen de libre prestación de servicios, presentarán la autorización para operar en el Estado Miembro de Origen y acreditaran el cumplimiento de las condiciones establecidas en las secciones 2ª y 3ª, del Capítulo I del Título III de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. 4. Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores conforme a lo señalado en la cláusula 13. 5. Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar conforme al modelo Anexo I. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse por el adjudicatario antes de la formalización del contrato. 6. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. - 10 -

SOBRE B): Proposición técnica El sobre B) contendrá la información y documentación técnica que como mínimo debe incluir: Mejoras Propuestas: Descripción de las mejoras propuestas. a) Ampliación de Coberturas, Ampliación del ámbito temporal, Límites, Sublímites, Retroactividad. b) Disminución y reducción de exclusiones: Plan de Administración: Descripción del Plan de Administración del Programa y Gestión de siniestros y pólizas. Además, el licitador deberá rellenar, para cada lote, el Cuadro Resumen de la Oferta Técnica, indicando en el caso de Mediadores de Seguros las Compañía Aseguradora, conforme al Anexo II del presente Pliego, indicando en detalle las mejoras introducidas para su valoración. SOBRE C): Proposición económica Contendrá la proposición económica firmada expresando su valor en euros, redactada conforme figura en el Anexo III al presente Pliego. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica por cada lote. La proposición deberá estar firmada por el licitador o persona que lo represente. A todos los efectos se entenderá que la proposición económica de los licitadores comprende no sólo el precio del contrato, sino también el importe de todos aquellos gastos, tasas e impuestos que graven la actividad contratada, sin que, por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. 21. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES. Se constituirá una Mesa de Contratación que estará presidida por el Presidente de MERCASA o persona en quien éste delegue, un mínimo de tres vocales y un secretario, designándose uno de los vocales entre quienes tienen encomendadas funciones de asesoría jurídica, otro entre los que desempeñan funciones de control económico financiero, y el resto por la unidad o unidades competentes por razón de la materia. Las proposiciones serán secretas hasta el momento de su apertura, que se efectuará por la Mesa de contratación, una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones señalado en el anuncio. La Mesa se reunirá en sesión previa interna para el estudio de la documentación complementaria presentada por los licitadores, procediéndose a la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma. - 11 -

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados por teléfono o, en su defecto, por fax o correo electrónico a través de los medios que los licitadores hayan indicado en el sobre A), concediéndoles un plazo no superior a tres (3) días hábiles para su corrección o subsanación. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada en el sobre A, y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los requisitos establecidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo, dejando constancia de ello en Acta. Para la calificación de la documentación complementaria a efectos de la admisión de los licitadores concurrentes y para la valoración de la documentación técnica incluida en el sobre B) la Mesa de contratación podrán solicitar los informes técnicos que estimen pertinentes. La apertura de las proposiciones económicas (sobre C) tendrá lugar en un acto público que se celebrará el día y hora señalados en el anuncio en la sede social de MERCASA. A continuación la Mesa procederá a valorar las proposiciones de acuerdo con los criterios establecidos en el presente pliego, y formulará al órgano de contratación la correspondiente propuesta de adjudicación. 22. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El contrato se adjudicará a la oferta que resulte más ventajosa, atendiendo a los siguientes criterios, 1. Oferta económica.. Hasta 60 Puntos. 2. Mejoras Propuestas Hasta 30 Puntos. 2.1 Ampliación Coberturas, Ámbito, Límites, Sublímites, Retroactividad.Hasta 20 Puntos. 3.1 Disminución y reducción de Exclusiones.....Hasta 10 Puntos. 3. Plan de Administración del Programa y Gestión de Siniestros y Pólizas:... Hasta 10 Puntos. Oferta económica: Se valorará de 0 a 60 puntos, de acuerdo a: Se dará una puntuación por el nivel de reducción del precio de cada Seguro, con un máximo de 60 puntos. Mejoras Propuestas: Se valorarán de 0 a 30 puntos. Ampliación de Coberturas, Ampliación del ámbito temporal, Límites, Sublímites, Retroactividad: Se valorará de 0 a 20 puntos, de acuerdo a: Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que realice el mayor aumento sobre los mínimos fijados en el pliego de prescripciones técnicas del presente concurso, valorándose el resto de las ofertas en función - 12 -

decreciente a la proximidad de su oferta respecto a la indicada. En la valoración se tendrá en cuenta tanto el análisis cualitativo como cuantitativo de las ofertas. Mayor número de ampliaciones de los límites y sublímites y su importancia y/o beneficio, retroactividad, etc. Disminución y reducción de exclusiones: Se valorará de 0 a10 puntos, con el siguiente desglose: Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que proponga el menor número de exclusiones, valorándose el resto de las ofertas en función decreciente a la proximidad de su oferta respecto a la indicada. En la valoración se tendrá en cuenta tanto el análisis cualitativo como cuantitativo de las ofertas. Menor número de exclusiones, importancia de la limitación o restricción que imponen las exclusiones ofertadas etc. Plan de Administración: Plan de Administración del Programa y Gestión de siniestros y pólizas: Se valorará de 0 a 10 puntos. En todos los casos, se puntuará en función de lo ofertado por las empresas licitadoras, sin que sea necesario puntuar con el máximo a ninguna de ellas. 23. ADJUDICACIÓN. La adjudicación recaerá en la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego, ponderados en los términos señalados en el mismo, y deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la apertura de las proposiciones, notificándose a los licitadores y publicándose en el perfil de contratante. En el caso de no haberse efectuado la adjudicación en el plazo indicado los licitadores podrán retirar sus proposiciones. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto, pero si no se adjudica el contrato de acuerdo con la propuesta formulada el acuerdo de adjudicación deberá ser motivado. La licitación podrá declararse desierta si ninguna de las proposiciones presentadas fuera admisible, con arreglo a las prescripciones técnicas y a los criterios de capacidad y solvencia del presente pliego, o si ninguna de las proposiciones presentadas se consideraran adecuadas. Asimismo, la adjudicación podrá efectuarse con prescripciones, debiendo el adjudicatario aceptarlas o rechazarlas en el plazo señalado para la formalización del contrato. Las prescripciones impuestas al adjudicatario se entenderán aceptadas tácitamente con la presentación de la documentación a aportar con la formalización del contrato. - 13 -

24. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. Cada Merca contratará individualmente cada póliza de seguros con el adjudicatario. El contrato se formalizará en documento privado o, si lo pide cualquiera de las partes, en escritura pública, dentro de los 10 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. En el mismo plazo señalado para la formalización y, en todo caso, con carácter previo a la misma, los certificados acreditativos de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Si el adjudicatario no hubiera presentado los documentos anteriores y no comparece en el lugar, día y hora previstos para la formalización del contrato cada Merca podrá acordar la resolución del contrato, pudiéndose adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad y presente los documentos en el plazo que se le señale para la formalización del contrato. IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 25. EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, y de acuerdo con la oferta del adjudicatario y con las instrucciones que para su interpretación diere cada Merca. Los servicios se realizaran a riesgo y ventura del contratista, que será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados. 26. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del contratista: 1) La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. 2) El adjudicatario deberá establecer y mantener los medios personales y materiales suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato conforme a la oferta, durante su vigencia. - 14 -

3) El adjudicatario deberá informar trimestralmente sobre la siniestralidad experimentada durante la vigencia de las pólizas, sobre las provisiones constituidas por la Aseguradora para hacer frente al pago de las indemnizaciones derivadas de las reclamaciones y de las cantidades abonadas por tales conceptos. 4) El adjudicatario deberá participar en la instrucción de los procedimientos administrativos de responsabilidad, emitiendo informas y las propuestas, debidamente motivadas, que se soliciten. 5) El adjudicatario deberá cumplir el contrato, obligándose a asistir a reuniones y a realizar los servicios profesionales que se estimen necesarios para el correcto desarrollo del contrato, sin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria. 6) El adjudicatario deberá abonar las indemnizaciones reconocidas o establecidas en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial. 7) El adjudicatario deberá responder de los daños y perjuicios que se causen a terceros en la ejecución del contrato. 8) El adjudicatario quedará obligado, con respecto al personal que emplee para la ejecución de dicho contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y, de lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 9) Será obligación del adjudicatario indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio. 10) El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para cada Merca o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exenta de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella. 11) Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar a MERCASA, a cada Merca y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. - 15 -

12) El adjudicatario deberá prestar, sin derecho a pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de garantía. 13) La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal. 14) La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo, ni cederlos, ni siquiera para su conservación a otras personas. 15) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal 27. CESION DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN No procede. 28. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato acordadas por cada Merca para atender a causas imprevistas, siempre que esté justificada debidamente su necesidad, no afecten a las condiciones esenciales del contrato ni constituyan causa de resolución. En lo referente al modo de prestación del servicio, el adjudicatario podrá proponer variaciones que incidan, en una mayor calidad de éste o en la optimización de los recursos empleados, sin que ello presuponga aceptación por cada Merca de dicha variación. 29. CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Serán causas suficientes de resolución del contrato las que se citan a continuación: a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, siempre que su heredero o sucesor no pueda continuar con la ejecución, la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad - 16 -

contratista, o el término o disolución de la U.T.E. con quien se celebró el contrato. b) El mutuo acuerdo entre las partes. c) No comenzar la actividad del servicio contratado en el plazo indicado. d) Cuando se descubriese falsedad en las declaraciones del adjudicatario. e) La apreciación, por la Dirección de cada Merca, de negligencia, desinterés o mala voluntad, por parte del adjudicatario, en llevar los trabajos coordinadamente. f) No mantener la autorización administrativa necesaria para operar como mediador de seguros ó como compañía de seguros. g) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato. h) Las establecidas expresamente en el contrato. La resolución por mutuo acuerdo sólo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución que sea imputable al contratista, y siempre que existan razones justificadas que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato. Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a cada Merca los daños y perjuicios ocasionados. La concurrencia de cualquiera de las causas de resolución relacionadas en el punto anterior será apreciada por cada Merca de oficio o a solicitud del contratista, sin perjuicio de las acciones judiciales o extrajudiciales a que pueda tener derecho el contratista. 30. JURISDICCION COMPETENTE El conocimiento de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato corresponderá al orden jurisdiccional civil, con arreglo al artículo 21.2., de la LCSP. Las partes se someten al fuero territorial de los Tribunales de la ciudad de cada Merca, por ser esté el lugar donde se preste el servicio, con renuncia a cualquier otro fuero territorial al que pudieran voluntariamente acogerse. - 17 -

ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Dª --------------------------- con NIF nº ----------------- y con domicilio a estos efectos en----------------------------------, actuando en nombre propio/en representación de la persona física/jurídica con CIF nº.., domicilio. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que la empresa a la cual representa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, arts. 13 y 14 del R.D. 1.098/2001, de 12 de octubre y art. 49.1 d) de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público, así como que está dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del pago del mismo. Que ni la Empresa a la cual representa, ni sus representantes y administradores están incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 49.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, ni incurren en ninguna de las incompatibilidades que contempla la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni ostentan cualquiera de los cargos electivos regulados en la L.O. 5/1985. De 19 de Junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma. Madrid, a de de 201 Fdo.: - 18 -

ANEXO I I CUADRO RESUMEN OFERTA TECNICA (Lote número: ) En el caso de Mediadores de Seguros se indicará además la Compañía Aseguradora. DETALLAR LAS MEJORAS PROPUESTAS Ampliación Coberturas, Ámbito, Límites, Sublímites, Retroactividad, etc. Disminución y Reducción de Exclusiones Plan de Administración del Programa y Gestión de Siniestros y Pólizas.... de... de... (lugar, fecha y firma del licitador) Firmado: - 19 -

ANEXO III Oferta Económica (Lote número: ) D/Dña...... con DNI... y domicilio en... calle...... actuando en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda)......con NIF... y domicilio en... calle... teléfono..., dirección de correo electrónico DECLARA QUE acepta incondicionalmente los pliegos de cláusulas particulares y de prescripciones técnicas para concurrir a la convocatoria para la contratación de los seguros de la Red de Mercas, y se compromete a prestar el servicio de referencia con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por la cantidad que a continuación se indica (en números y letras): Oferta económica: LOTE 1: Seguros de Todo Riesgo de Daños Materiales de. Coste anual:... 000.000,00 Euros (impuestos y tasas incluidos). El coste del seguro en caso de acoplamiento de efecto se fijará a prorrata....,... de... de... (lugar, fecha y firma del licitador) Firmado:... - 20 -