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Transcripción:

RESOLUCIÓN No. 3665 DE 1 DE OCTUBRE DE 2014 Por medio de la cual se deroga la Resolución No. 3220 de 2 de septiembre de 2013 y se reglamenta el Curso para ser Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos de Paso. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACION COLOMBIANA DE ASOCIACIONES EQUINAS - FEDEQUINAS En uso de sus facultades Estatutarias y Reglamentarias, CONSIDERANDO: Que obrando con lo establecido en el Numeral Q del Artículo 28 de los Estatutos de FEDEQUINAS, es función de la Junta Directiva establecer la reglamentación para optar el título de Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos de Paso. Que realizadas las modificaciones pertinentes, la Junta Directiva de FEDEQUINAS, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Reglamentar, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, el curso para obtener el título de Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos bajo las normas y procedimientos que se detallan a continuación: CURSO PARA SER JUEZ NACIONAL DE CABALLOS CRIOLLOS COLOMBIANOS FEDEQUINAS se reserva el derecho de modificar en cualquier momento la Resolución del Curso a Aspirante a Juez y se reserva el derecho de admisión. ETAPA UNO SELECCIÓN Y PRESENTACIÓN Quien pretenda ser presentado como aspirante a Juez Nacional de caballos criollos colombianos debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Ser presentado ante FEDEQUINAS por el Presidente de la Junta Directiva de una Asociación Federada. b. Ser mayor de edad. c. Tener escolaridad mínima de tecnólogo. (Casos especiales, serán analizados por el Comité Técnico de FEDEQUINAS). d. Pertenecer a una Asociación Federada. e. Poseer Certificado de Curso de Selección y Juzgamiento en Equinos avalado por FEDEQUINAS, o en su defecto, acreditar cinco (5) certificados de asistencia a cursos, congresos, seminarios o eventos relacionados, con intensidad horaria mínima de 16 horas cada uno, en temas como: producción, sanidad, manejo, selección o clasificación de caballos colombianos de paso. En caso de no acreditar este requisito, el aspirante a Juez Nacional lo podrá acreditar durante las tres primeras etapas que reglamenta esta Resolución. f. Haber participado en la organización de más de una Exposición Equina; este certificado debe ser expedido por una Asociación Federada. g. Haber participado como Montador en por lo menos tres (3) Exposiciones Equinas o Exposiciones de Jinetes No Profesionales o Válidas de Chalanería, avaladas por una Asociación Federada. h. Presentar Hoja de Vida según formato oficial de FEDEQUINAS.

PRESENTACIÓN a. La Junta Directiva de una Asociación Federada, presentará la hoja de vida del aspirante a Juez ante FEDEQUINAS, mediante comunicación escrita en la cual manifiesta y adjunta los siguientes aspectos: Que posee los conocimientos básicos para llegar a ser Juez Nacional de caballos criollos colombianos, además de la aptitud de entender, manejar y montar los caballos. b. Presentar certificados de antecedentes disciplinarios y fiscales. c. Presentar dos referencias personales de miembros de una Asociación Federada. d. Presentar dos referencias comerciales. ETAPA DOS EVALUACIÓN INICIACIÓN DEL PROCESO. Una vez aceptado el candidato por La Junta Directiva de FEDEQUINAS, el aspirante procederá a: a. Someterse al Examen Psicotécnico ante el profesional que FEDEQUINAS designe y cuyo objetivo es verificar si la persona posee las condiciones emocionales y de comportamiento de acuerdo al perfil ocupacional que determina FEDEQUINAS. Si el concepto del profesional es negativo finaliza su aspiración a Juez. b. Presentar y aprobar con mínimo de 60% de resultado, el examen teórico ante el Comité Técnico de FEDEQUINAS o ante quien ésta designe, para acreditar sus conocimientos generales de los caballos criollos y del Reglamento para su juzgamiento. c. Presentar y aprobar con mínimo de 60% de resultado, el examen práctico ante el Secretario Técnico de FEDEQUINAS, quien se apoyará para esta evaluación por una Comisión Técnica especializada en el tema, la cual será nombrada por el Comité Técnico de FEDEQUINAS. Esta evaluación se realizará en el sitio que determine el Comité Técnico. Si después de dos (2) exámenes teóricos y dos (2) prácticos el candidato no ha obtenido el porcentaje mínimo establecido, finaliza su proceso de aspiración. PRÁCTICA PRELIMINAR Una vez superada la etapa de Aceptación el aspirante procederá a realizar las siguientes fases: FASE I - Participar en cinco (5) Exposiciones Grado A en la que estará enterándose de su desarrollo técnico general (inscripciones, cómputos, premiaciones, locución, etc.), programación que será establecida por el Secretario Técnico de FEDEQUINAS. Su labor será supervisada y evaluada por el Director Técnico de la respectiva exposición, cuya labor será registrada en formato definido para tal fin. Si los informes POSITIVOS son cuatro (4) o más, el aspirante a juez continuará a la siguiente fase. Si los informes NEGATIVOS son dos (2) o más, el aspirante reiniciará la FASE I de la práctica preliminar como única oportunidad. La inasistencia del aspirante a las NEGATIVO. FASE II - Participar en siete (7) Exposiciones Grado A en las que trabajará como auxiliar del Médico Veterinario oficial de Prepista, ayudando en la revisión de ejemplares (edad por cronología dentaria, alzadas, defectos descalificantes, aperos, etc.), programación que será establecida por el Secretario Técnico de FEDEQUINAS. Su labor será evaluada por el Médico Veterinario Jefe de Prepista quien la dará a conocer por escrito en el

formato establecido para tal fin, el cual debe ser entregado al Director Técnico y enviado a FEDEQUINAS en los cinco (5) días siguientes a la finalización del evento. Si los informes POSITIVOS son cinco (5) o más, el aspirante a juez pasará a la siguiente etapa. Si los informes NEGATIVOS son tres (3) o más, el aspirante reiniciará la FASE II de la práctica preliminar como única oportunidad. La inasistencia del aspirante a las NEGATIVO. ETAPA TRES CONOCIMIENTO PRÁCTICO JUZGAMIENTO FEDEQUINAS, a través del Secretario Técnico, es la encargada de coordinar con las Asociaciones la participación del o de los aspirantes a juez, tanto en las ferias grado B como en las grado A. El Comité Técnico, será el encargado de evaluar a los Aspirantes a Juez y a su vez recomendará el paso a cada una de las etapas descritas en la presente Resolución. FASE I Exposiciones Grado B - Participar con voz y sin voto en el juzgamiento de mínimo doce (12) exposiciones grado B seleccionadas por FEDEQUINAS y en donde haya al menos una (1) Exposición de Jinetes No Profesionales, con al menos diez (10) jueces nacionales diferentes, programación que cada cuatro (4) meses establecerá el Secretario Técnico de FEDEQUINAS. Su comportamiento y conocimiento será evaluado por el Juez(s) nacional, quien (s) deberá diligenciar por escrito el formato establecido para tal fin, documento que debe ser entregado al Director Técnico y enviado a FEDEQUINAS en los cinco (5) días siguientes a la finalización del evento. Si los informes POSITIVOS son diez (10) o más, el aspirante a juez pasará a la siguiente fase. Si los informes NEGATIVOS son hasta tres (3), el aspirante iniciará de nuevo la FASE I del Juzgamiento como única oportunidad. La inasistencia del aspirante a las NEGATIVO. Si el aspirante a juez no asiste consecutivamente a tres (3) exposiciones programadas por FEDEQUINAS, su aspiración concluirá en esta etapa y no podrá reiniciar el mismo. Nota. El aspirante debe ser evaluado montando en todas las exposiciones grado B y en todas las modalidades. El Aspirante tendrá como máximo 24 meses para finalizar la FASE I Exposiciones Grado B. Si vencido este tiempo y no ha terminado esta fase, su aspiración concluirá en esta etapa, salvo fuerza mayor sustentada ante el Comité Técnico de FEDEQUINAS. FASE II Exposiciones Grado A - Participar con voz pero sin voto en el juzgamiento en doce (12) Exposiciones Equinas Grado A, repartidas en las cinco (5) zonas geográficas en que está dividido el país, acompañado de por lo menos doce (12) jueces nacionales diferentes, programación que cada cuatro (4) meses establecerá el Secretario Técnico de FEDEQUINAS. Su comportamiento y conocimiento será evaluado por los jueces nacionales por separado, quienes deberán diligenciar por escrito el formato establecido para tal fin, el cual debe ser entregado al Director Técnico antes de iniciar la última competencia de la exposición, y enviado a FEDEQUINAS en los cinco (5) días siguientes a la finalización del evento. Si los informes POSITIVOS son veintisiete (27) o más, el aspirante a juez pasará a la siguiente etapa.

Si los informes NEGATIVOS son doce (12) o más, el aspirante iniciará de nuevo la FASE II de Juzgamiento como única oportunidad. La inasistencia del aspirante a las NEGATIVO. Si el aspirante a juez no asiste consecutivamente a tres (3) exposiciones programadas por FEDEQUINAS, su aspiración concluirá en esta etapa y no podrá reiniciar el mismo. Nota. Sólo se pueden entregar tres (3) evaluaciones por exposición. FASE III Válidas de Chalanería - Haber acompañado el Juzgamiento en al menos cuatro (4) Válidas de Chalanería. El comportamiento y conocimiento del aspirante será evaluado por el juez nacional, quien debe entregar al Director Técnico el formato establecido para tal fin, el cual será enviado a FEDEQUINAS en los cinco (5) días siguientes a la finalización del evento. NOTAS: Si los informes POSITIVOS son tres (3) o más, el Comité Técnico elevará a la Junta Directiva de FEDEQUINAS la solicitud de graduación del candidato. Si los informes NEGATIVOS son dos (2) o más, el aspirante iniciará de nuevo la FASE III del Juzgamiento como última oportunidad. a. El aspirante a juez podrá dialogar durante la etapa de Juzgamiento con el juez que esté a cargo de su dirección y solo dará explicaciones con la autorización de sus compañeros, siempre y cuando su fallo coincida con el de éstos, sin prescindir de la entrega al Director Técnico del formato F2. b. El Aspirante podrá realizar conjuntamente las etapas II y III de la Fase de Juzgamiento. c. El Aspirante a Juez analizará las Válidas de Chalanería, bajo el formato establecido para tal fin, en la cual presentará las observaciones pertinentes sobre estos eventos. ETAPA CUATRO REFUERZO DE CONOCIMIENTO PRESENTACIÓN DE MONOGRAFÍA El aspirante a Juez debe presentar un trabajo de grado (monografía) sobre algún tema referente a caballos criollos colombianos y que sea aprobado previamente por el Comité Técnico. Este trabajo de grado tendrá un director que podrá ser un Miembro de Junta, un Juez, Director Técnico, o Médico Veterinario adscrito a FEDEQUINAS y será evaluado por el Comité Técnico junto a la Comisión Técnica, quienes emitirán concepto final: Si es Positivo, la aspirante continúa a la siguiente etapa Si es Negativo, el Comité Técnico sugerirá lo pertinente para continuar el proceso. ETAPA CINCO GRADUACIÓN OTORGAMIENTO DEL TÍTULO. En esta etapa el aspirante debe acreditar una carrera técnica o profesional. El presidente de la Junta Directiva de FEDEQUINAS, en reunión de ésta, le entregará al aspirante a juez el certificado que le confiere el título de Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos. La Junta Directiva de FEDEQUINAS se abstendrá de otorgar el título de Juez Nacional al aspirante que no haya cumplido los veinticinco (25) años de edad ARTÍCULO SEGUNDO: Evaluar los Aspirantes a Juez que a la fecha de expedición de la presente Resolución se encuentren adelantando el curso para obtener el título de Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos, con el objeto de determinar su situación actual y ubicarlos en la etapa o fase de la actual Resolución.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le son contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Bogotá, D.C., 1 de octubre de 2014 RAFAEL ANTONIO SÁNCHEZ PATIÑO Presidente Junta Directiva ALIRIO GALVIS CASTIBLANCO Presidente Ejecutivo Elaboró: ECR/ST