GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN PERSONAL Y SOCIOECONÓMICA DE LOS ADMITIDOS VICERRECTORÍA DE DOCENCIA DEPARTAMENTO DE ADMISIONES Y REGISTRO Admitido Casado (matrimonio civil o religioso) o en Unión Libre Marque el sobre de manila (tamaño OFICIO de 25 cm x 35 cm) como lo muestra la imagen:
Recuerde que la documentación que debe entregar para efectos de liquidación de derechos de matrícula, debe corresponder a los datos suministrados en el formulario diligenciado al momento de la inscripción en la Universidad para el examen de admisión. La documentación por usted allegada podrá ser verificada por el Comité de Liquidación de derechos de matrícula, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Rectoral 15849 del 23 de abril de 2002 (Artículo 7), y en consonancia con la Ley Estatutaria 1581 del 17 de octubre 2012 y el Decreto 1377 del 27 de junio 2013. Presente de manera completa, clara y precisa los documentos que a continuación se solicitan, y que son indispensables para definir la clasificación socioeconómica, según la cual se liquida el valor de la matrícula, conforme a las normas de la Universidad (Resolución Rectoral 15849 del 23 de abril de 2002). Nota 1: Los admitidos que hayan sido estudiantes de la Universidad de Antioquia deberán presentar nuevamente toda la documentación. Nota 2: De no entregar los documentos, NO SE LE PERMITIRÁ ADELANTAR EL PROCESO DE MATRÍCULA. I. Admitido Casado (matrimonio civil o religioso) o en Unión Libre Documentos: 1. El admitido que esté casado, es decir, aquel que ha contraído matrimonio civil o religioso, deberá probarlo con la copia del Registro civil de matrimonio. 1.1. Para los admitidos con unión marital de hecho, aplican los mismos requisitos y podrán probar la unión según lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 979 de 2005: ARTÍCULO 2. El artículo 4 de la Ley 54 de 1990, quedará así:
Artículo 4. La existencia de la unión marital de hecho entre compañeros permanentes, se declarará por cualquiera de los siguientes mecanismos: 1. Por escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. 2. Por Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. 3. Por sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba consagrados en el Código de Procedimiento Civil, con conocimiento de los Jueces de Familia de Primera Instancia. Es claro que a partir del 12 de julio de 2012, el Código de Procedimiento Civil fue derogado por el literal c), art. 626, Ley 1564 de 2012 por la cual se expide el Código General del Proceso, cuyo artículo 165 establece que Son medios de prueba la declaración de parte, la confesión, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios, los informes y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento del juez. ( ). Siempre que estos hayan sido conocidos y aceptados por un Juez de Familia de primera instancia. 2. Fotocopia ampliada y legible del documento de identidad vigente del admitido y su cónyuge o compañero (a) permanente. 3. El admitido extranjero debe entregar fotocopia de la VISA VIGENTE DE ESTUDIANTE O DE RESIDENTE (Visa tipo TP3 o TP7 para aquellos que hagan parte de la Alianza Pacifico), expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Además, deben presentar un seguro médico al momento de su matrícula; en caso de que los estudiantes no tengan uno disponible, en la Dirección de Relaciones Internacionales le brindarán asesoría para cumplir con este requisito y tener cobertura médica para cualquier eventualidad. Para información adicional puede consultar en la página de la Cancillería, en el siguiente enlace http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visas/clases 4. Fotocopia legible del diploma de bachiller o acta de grado, donde figuren los números del folio, acta y libro. Si no se ha graduado, certificación en original o
fotocopia, donde se informe la fecha de terminación de estudios o promulgación de bachiller. 5. Certificado en papel membrete expedido por la Institución Educativa donde se informe el año en que cursó el grado 11, especificando: Naturaleza del colegio: Oficial, privado, nocturno, o validación ante el ICFES Derechos académicos: Valor de la matrícula y de la pensión mensual cancelada en el último año, en la Institución donde obtuvo su título de Bachiller. Si fue becado por el colegio o por la Asociación de Padres de Familia, especificar el porcentaje del cubrimiento de la beca. Constancia de gratuidad de la educación para Instituciones Educativas oficiales. La Universidad no acepta certificación de otro tipo de Becas o ayudas educativas. 5.1. Quienes validaron el bachillerato ante el ICFES, deben presentar fotocopia de la resolución del grado. 5.2. Los admitidos de reingreso, que están o han estado matriculados en un programa de pregrado de la Universidad de Antioquia, no necesitan presentar la fotocopia del diploma de bachiller o acta de grado, ni el certificado del valor pagado en último año de colegio, lo anterior siempre y cuando este dato se encuentre registrado en los sistemas de información de la Universidad (para confirmar si la información se encuentra en el sistema puede enviar solicitud al correo liquidacionmatricula@udea.edu.co). 5.3. El admitido extranjero debe presentar la validación del título de educación media ante el Ministerio de Educación en Colombia y fotocopia del resultado del examen de estado del país de origen.
6. Fotocopias recientes y por ambos lados de todas las facturas de servicios públicos (energía, acueducto, teléfono y gas), de la residencia que habitan el admitido y su cónyuge o compañero (a) permanente. En las facturas, debe aparecer el número telefónico y el estrato socioeconómico de la residencia. En caso de no figurar en la factura, debe traer constancia de la empresa prestadora del servicio donde se indiquen estos datos. 6.1. En caso de que el admitido no resida con su cónyuge o compañero, deberá presentar las fotocopias (por ambos lados) de todas las facturas recientes de servicios públicos de la residencia que habita el admitido y su cónyuge o compañero permanente. 6.2. Si se presenta alguna movilidad de residencia entre los períodos de inscripción y el de entrega de documentos para la liquidación de los derechos de matrícula, se deben presentar las fotocopias de todas las facturas de servicios públicos de los sitios que habitó y habita actualmente el admitido. 7. Constancia de la Entidad Promotora de salud (EPS), Institución Prestadora de Salud (IPS) o Sistema de Selección de Beneficiarios a Programas Sociales (SISBEN), donde figure el grupo familiar del admitido y su cónyuge o compañero (a) permanente. No es fotocopia del carné de la EPS o SISBEN. 8. Bienes o patrimonio neto: se deberá registrar el valor en pesos del total de los bienes muebles e inmuebles que poseía durante el último año gravable a la admisión en la Universidad. Para este efecto debe presentar los siguientes documentos tanto del admitido como del cónyuge o compañero (a) permanente: 8.1. La Universidad de Antioquia y la Subsecretaría de Catastro Municipal de Medellín y la Oficina de Catastro Departamental de Antioquia han aunado esfuerzos con el fin de validar la información que reposa en sus bases de datos respecto de los inmuebles que posean o no, el(a) cónyuge y el admitido. Por lo tanto no se requiere presentar certificados o constancias catastrales del Municipio de Medellín y de Catastro Departamental.
8.2. Para los admitidos que viven en el resto del país: Certificado Catastral Nacional, documento que certifica si la persona tiene inscrito predio(s) en la base de datos catastral a nivel nacional, éste certificado no incluye los predios que estén inscritos en las bases de datos catastrales del Departamento de Antioquia, Municipio de Medellín, Municipio de Cali y Santafé de Bogotá. Para solicitarlo, presente el documento de Identidad en original y fotocopia y recibo de factura para pago de certificado. Diríjase a la ventanilla del banco y realice el pago. Entregue el comprobante de pago y reciba certificación en la oficina de la entidad sede central o Dirección Territorial del INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI IGAC donde solicitó el servicio. 8.3. En caso de que el admitido y/o su cónyuge o compañero (a) permanente tengan vivienda propia, pero la propiedad no haya sido registrada aún, por favor presente fotocopia de la escritura pública del predio o compraventa del mismo. No se reciben para estos efectos contratos de arrendamiento. No se reciben certificaciones de la oficina de Instrumentos Públicos. 9. Ingresos o renta líquida: se deberá registrar el valor en pesos de la suma total de los ingresos que recibió por algún tipo de pago, en efectivo o en especie, durante el último año gravable (año inmediatamente anterior a la admisión en la Universidad). No se reciben, para ningún efecto, declaraciones extrajuicio, siendo obligatorio presentar la certificación de los ingresos del admitido y su cónyuge o compañero (a) permanente. Para tal efecto puede presentar alguno de los siguientes documentos: 9.1. Declaración de Renta y Patrimonio del último año gravable definido por la DIAN, firmado y relacionando las personas a cargo. 9.2. Certificado de Ingresos y Retenciones expedido por la empresa del último año gravable definido por la DIAN, en caso de contribuyentes
exentos de la obligación de declarar, firmado y relacionando las personas a cargo. 9.3. Certificado laboral (en papel membrete), en dónde se especifique el tipo de contrato, cargo, salario y jornada laboral. Aplica para los que no posean el Certificado de Ingresos y Retenciones. 9.4. Colilla de pago del último mes. 9.5. Fotocopia de la última colilla de pago de la mesada pensional, sólo aplica para las personas pensionadas o jubiladas y que no posean Declaración de Renta y Patrimonio o Certificado de Ingresos y Retenciones. 9.6. Para las personas que no laboran o son independientes: Formato de la DIAN para personas naturales No Declarantes, del último año gravable definido por la DIAN, para trabajadores independientes NO OBLIGADOS A DECLARAR, especificando los ingresos del año, firmado y relacionando las personas a cargo, este formato lo puede descargar en la página principal de la Universidad, donde aparecen las guías de liquidación de matrícula. 9.7. Certificado expedido por Contador Público, con fotocopia de la tarjeta profesional, copia de la cédula de ciudadanía, especificando los ingresos del año, firmado y relacionando las personas a cargo. 9.8. Para el admitido cuyo cónyuge resida en el exterior, y que tenga bienes en Colombia y/o que en Colombia obtenga ingresos de fuente nacional, son sujetos pasivos del impuesto a la renta, por lo tanto, en la medida en que superen los topes fijados por la ley, tendrán que declarar renta, lo cual tendrán que hacerlo en la respectiva embajada o consulado. 9.9. Para el admitido o el cónyuge o compañero (a) permanente que en Colombia reciba ingresos por donaciones constituidos en giros desde el exterior son sujetos pasivos del impuesto a la renta, por lo tanto, en la medida en que superen los topes fijados por la ley, tendrán que declarar renta. Para ello, deberán presentar un informe expedido por la casa de cambios y/o divisas de los giros recibidos del último año gravable definido por la DIAN.
10. Las siguientes son situaciones especiales que se deben tener en cuenta: 10.1. En caso de que el admitido o su cónyuge o compañero (a) permanente no laboren, presentar el (los) certificado (s) de la EPS donde figure (n) como beneficiario (s), y los documentos que certifiquen los ingresos del familiar que lo tiene a su cargo. Por ejemplo, si el admitido labora y su cónyuge no, éste (a) debe figurar como beneficiario (a) del admitido en la EPS, en este caso no será necesario presentar ingresos del cónyuge o compañero (a) permanente; así mismo, si el admitido no labora y figura como beneficiario (a) del cónyuge en la EPS, no será necesario adjuntar certificado de ingresos del admitido. 10.2. En caso de fallecimiento del cónyuge, presentar Registro Civil de Defunción. 10.2.1. A falta del registro civil de defunción, y si el fallecimiento acaba de ocurrir, presentar certificado de defunción expedido y firmado por médico con tarjeta profesional entre los dos días siguientes a la muerte; en el evento que tampoco haya constancia expedida por el médico, presentar el certificado expedido por inspector de policía. 10.3. Si el cónyuge o compañero está desaparecido, presentar la sentencia judicial ejecutoriada que declare la presunción de muerte por desaparecimiento. 10.4. En caso de situaciones particulares para justificar la ausencia del cónyuge, debe presentar alguno de los siguientes certificados expedido por autoridad competente: 10.4.1. Demanda por inasistencia alimentaria. 10.4.2. Embargo judicial por alimentos. 10.4.3. Sentencia judicial que autorice la separación de cuerpos. Nota1: Se recomienda realizar la solicitud del certificado en papel membrete expedido por la Institución Educativa donde se informe el año en que cursó el grado 11, con suficiente antelación para evitar posibles demoras ya que puede coincidir con el periodo de vacaciones.
Nota 2: No se reciben, para ningún efecto, declaraciones extrajuicio, es decir, aquellas que se realizan ante Notario Público. ORGANICE LOS DOCUMENTOS DENTRO DEL SOBRE EN EL SIGUIENTE ORDEN: Fotocopia documento de identidad admitido Registro civil de matrimonio o documento que acredite la unión marital de hecho. Diploma o Acta de grado (folio, libro, acta) Carta valor pagado en el grado 11 Certificado electoral ( opcional) Servicios públicos completos ( agua, luz, teléfono con estrato) Ingresos admitido Patrimonio de acuerdo a la guía Fotocopia del documento de identidad del cónyuge Ingresos del cónyuge Patrimonio del cónyuge EPS del grupo familiar